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Sesión Ordinaria 8 de Octubre de 2024

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SUMARIO

(Circular Nº 34/2024)

 

Aprobación del Diario de Sesión Nº 162.


Solicitud de un minuto de silencio

Edila Valeria Silvera: Por el fallecimiento de la señora Beatriz Costa, madre del edil Darwin Correa.

Edil Sergio Duclosson: Por el fallecimiento del señor Alejandro Curbelo, referente de la ciudad de San Carlos.


Media hora previa

Edil Leonardo Delgado: Plantea reclamos de grupo de periferiantes de Maldonado.

Edila Lilián Santos: El desafío de abordar la perspectiva de género en el interior del movimiento cooperativo.

Edil Fermín de los Santos: La ética como uno de los pilares en que se tiene que fundamentar la política. Tasa de natalidad en nuestro país.


Exposiciones de los partidos políticos

Partido ColoradoEdil Luciano Fernández: Planteo de vecinos de calle Garzón, barrio Perlita.

Frente Amplio Edil Sergio Duclosson: Prioridades del Frente Amplio ante un nuevo gobierno.

Partido Nacional Edil Fernando Perdomo: Consideraciones sobre la reforma de la seguridad social a plebiscitarse próximamente.


Exposiciones

Edil Sergio Casas:Una persona puede cambiar una realidad”.

Edila Graciela Ferrari: “Una realidad que nos interpela e interpela a futuros gobiernos”.


Asuntos entrados tramitados por la Mesa

Tratamiento del Boletín N° 31/2024.


Asuntos entrados

Diligenciamiento de notas y solicitudes elevadas para su consideración en la presente sesión.

Comisión de Asuntos Internos gestiona la inclusión en el orden del día de la fecha de los Expedientes Nos. 573/2023, 583/2024, 584/2024, 589/2024, 600/2024, 602/2024, 606/2024, 592/2024 y 662/1/22.


Asuntos varios

Tratamiento de los informes de Comisión de los Expedientes Nos. 575/2024, 591/2024, 535/2024, 486/2024, 573/2023, 583/2024, 584/2024, 589/2024, 600/2024, 602/2024, 606/2024, 592/2024 y 662/1/22. (dp)

 

DIARIO DE SESIÓN Nº 163.- En la ciudad de Maldonado, siendo la hora 21:41 minutos, previo llamado reglamentario a sala, se da inicio a la sesión ordinaria convocada para el día martes 8 de octubre de 2024.

Asisten los ediles titulares: Alexandro Infante, José L. Sánchez, Javier Sena, Fernando Perdomo, Andrés Arias, Miguel Cabrera, José Ramírez, Carlos Stajano, Sergio Duclosson, Leonardo Pereira, Leonardo Delgado, Daniel Fernández y los ediles suplentes: Valeria Silvera, Ana María Fernández, Nelson Echeto, Jessica Coitinho, Esteban Cabrera, Carlos De Gregorio, Alejandra García, Graciela Ferrari, Mary Araújo, Sebastián Antonini, Juan Urdangaray y Sergio Casas. Preside el acto: Alexandro Infante. Actúa en Secretaría General: Susana Hualde.

PRESIDENTE (Alexandro Infante).- Buenas noches.

Estando en número comenzamos con la sesión.

Ponemos a consideración del Cuerpo el NUMERAL I) DIARIO DE SESIÓN Nº 162. Votamos.

SE VOTA: unanimidad, 24 votos.

¿Está pidiendo la palabra, edila?

EDILA SILVERA (Valeria).- Sí.

Señor presidente, queremos pedir 1 minuto de silencio por el fallecimiento de Beatriz Costa, madre de nuestro compañero Darwin Correa, que nos dejó la semana pasada.

PRESIDENTE.- Bien.

Está coordinado. Votamos.

SE VOTA: unanimidad, 24 votos.

(Así se hace).

Continuamos.

Edil Duclosson.

EDIL DUCLOSSON (Sergio).- Señor presidente, si usted y el Cuerpo así lo entienden, voy a solicitar 1 minuto de silencio por el fallecimiento del compañero Alejandro Curbelo.

Alejandro Curbelo fue un referente de San Carlos. Trabajamos juntos en el Campus de Maldonado donde él hizo una tarea solidaria espectacular. A niños del interior del departamento, muchas veces, les hizo conocer la playa, conseguía barcos para que los pasearan por la bahía y participaran de los juegos de la parada 12. También llevaba niños al Estadio Centenario para ver a la Selección Uruguaya de Fútbol.

La verdad es que fue una persona resolidaria, buen compañero y buena persona.

PRESIDENTE.- Está coordinado. Votamos.

SE VOTA: unanimidad, 27 votos.

(Así se hace). (m.g.g.)

Continuamos. NUMERAL II) MEDIA HORA PREVIA.

(Se le concede el uso de la palabra al edil Darwin Correa, quien no hace uso de la misma por estar de licencia).

Edil Leonardo Delgado..., se encuentra en sala. Adelante, señor edil.

EDIL DELGADO (Leonardo).- Gracias, presidente; buenas noches.

Hoy vamos a hablar de un tema que creemos que es importante para muchos vecinos del departamento de Maldonado.

Hace unos días atrás recibimos a un grupo de periferiantes de nuestra ciudad, los cuales han planteado una serie de reclamos, algunos de los cuales ya vienen realizando desde hace un buen tiempo. Y hoy veíamos en algunos recortes de algunos medios de prensa que desde el año 2015 planteaban algunas dificultades cuando se tomaron algunas resoluciones por parte del Municipio de Maldonado, por la alcaldesa de ese momento, Dina Fernández Chaves, que generaron controversia. Diferentes grupos de periferiantes salieron a manifestarse en contra de algunos planteos que se hacían.

En su momento se planteó que todos los periferiantes de los domingos se instalaran en el estacionamiento. Después, los periferiantes solicitaron que los concejales y la alcaldesa de Maldonado fueran a recorrer la feria, quienes entendieron que no entraban todos en ese lugar y se autorizó que se instalaran en parte de lo que es Avenida Aiguá, en parte de lo que es la paralela a Avenida Aiguá, en frente de las oficinas municipales, y en parte del estacionamiento, por Simón del Pino.

Pero una de las resoluciones que se toma en ese momento por parte del Municipio es sacar la periferia de Cerro Pelado los días sábados y autorizar los días sábados armar periferia en donde se hace la feria de los domingos que todos conocemos‒, entre Avenida Aiguá, Simón del Pino y Camino de los Gauchos. ¿Y qué es lo que sucede? Los sábados los periferiantes no trabajan de la misma forma en ese lugar que como podrían hacerlo en la feria de Cerro Pelado, si estuvieran autorizados.

Si ustedes recuerdan, la feria de Cerro Pelado con los periferiantes pasaba por Carlos Anfuso, ¿verdad?, que une el barrio La Sonrisa, el barrio Míguez, con Cerro Pelado, casi hasta donde está el aserradero; ahí se ubicaban los periferiantes. También se ubicaban en buena parte entre la estación de servicio y lo que es Carlos Anfuso, donde había una mezcla también. Algunos conocemos periferiantes; yo recuerdo al viejo Juan estando ahí, entre los puestos de los feriantes, vendiendo repuestos viejos salía de Cerro Pelado con su carrito de mano y se ponía a vender fierros viejos.

Los periferiantes trabajaban de otra forma, vendían más que lo que venden hoy, ubicados donde están. ¿Por qué? Porque cualquier vecino, cualquier vecina, que va a recorrer, a comprar verdura, a comprar pescado, a comprar fiambre, a comprar ropa a los diferentes puestos de la feria, también recorren los puestos de los periferiantes.

Y no se puede plantear que los periferiantes les sacan venta a los feriantes porque, en la gran mayoría de los casos, venden mercadería totalmente distinta.

Eso quedó, se mantuvo así y ese es uno de los reclamos que hacen los periferiantes: ver la posibilidad de que el Municipio revea la situación y les permita volver a lo que es la feria de Cerro Pelado los días sábados.

Si ustedes pasan los días sábados por el predio ferial de los domingos ven que el público que allí asiste no es el mismo. (k.f.)

Y estos periferiantes también hacen periferia los días jueves y los días miércoles tampoco se les permite hacer donde se hace la feria de los días miércoles, que es en el barrio INVE.

¿Qué es lo que planteamos al Municipio de Maldonado? Que revea esta situación y ahí planteamos varios puntos. Uno tiene que ver con volver a autorizar a los periferiantes a que se puedan instalar en la feria los sábados en Cerro Pelado, en Carlos Anfuso hacia la rotonda ‒en lo que es la cancha de Peñarol‒ y si no que se busque la alternativa por Carlos Anfuso o por la paralela a Sierra de las Cañas que, si ustedes ven, esa calle está entre la perimetral y el polideportivo; es una calle paralela de pedregullo que para lo único que se usa es para el estacionamiento de la feria de los sábados y hay un lugar...

(Aviso de tiempo).

VARIOS EDILES.- Prórroga de tiempo.

PRESIDENTE.- Prórroga de tiempo solicitan varios ediles. Votamos...

SE VOTA: unanimidad, 26 votos.

Puede continuar, compañero edil.

EDIL DELGADO (Leonardo).- Gracias, presidente y compañeros ediles.

Y ahí creemos que hay un lugar importante también donde se pueden ubicar estos periferiantes.

Lo mismo para la feria de los domingos: pedirle al Municipio de Maldonado que autorice a aquellos periferiantes que quedaron afuera porque el lugar es poco, que está autorizado hoy por hoy, se les permita estar instalados en lo que es el estacionamiento que está al costado de la Escuela N° 93 de Camino de los Gauchos. Si ustedes recuerdan, antes del año 2015 también se utilizaba ese estacionamiento para que los periferiantes pudieran armar en ese lugar. ¿Qué es lo que permitía? Era tanto el flujo ‒y lo es‒ de público que concurre a la feria de los domingos, que trabajaban los periferiantes y los feriantes que estaban instalados adentro del predio ferial. Acá tenemos a Marita que sabe bien de lo que estoy hablando, justamente, y sabe que trabajan de una forma cuando están instalados con la feria funcionando que cuando no está la feria.

Aparte de eso, lo que le solicitamos también al Municipio es que los días miércoles se extienda un día más para los periferiantes porque ya están autorizados. Los jueves en la feria de los domingos, en ese lugar donde es el predio ferial, pueden armar los periferiantes tengan permiso o no; los sábados pueden armar tengan permiso o no; lo que le solicitamos es que los días miércoles también les permitan instalar los puestos a los periferiantes en ese lugar.

Varios puntos, presidente: que se les permita instalarse en ese lugar los días miércoles, que se les permita utilizar el estacionamiento que está pegado a la Escuela N° 93 los domingos y que los sábados los periferiantes vuelvan a tener la feria de Cerro Pelado para poder desarrollar su fuente de trabajo. Además sabemos que hay muchos periferiantes que salen del Benedetti, de los Eucaliptos, de Cerro Pelado, y muchos de ellos van cinchando de un carro; no es lo mismo llegar a la feria de Cerro Pelado los días sábados que tener que trasladarse al predio ferial de los domingos. Creemos que esto también sería una buena solución para que estos trabajadores y trabajadoras del departamento de Maldonado y de la ciudad de Maldonado tengan un mejor ingreso y les quede más cerca su lugar de trabajo.

Para muchos de ellos es el único sustento que tienen y todos sabemos... Se podrá pintar el país de las maravillas, pero todos sabemos que en Maldonado sigue aumentando la pobreza infantil, sigue aumentando la pobreza en general y hay decenas y decenas de ciudadanos que viven en Maldonado que no tienen un sustento estable, no tienen un trabajo estable y tienen que salir a vender lo que tienen. Creemos que esto es una buena solución y que el Municipio lo puede resolver de la mejor forma. (g.t.d)

Por otro lado, presidente, queremos hacer referencia ‒el Municipio lo tendrá que analizar‒ al trato del Cuerpo inspectivo con los periferiantes, porque a veces se confunde lo que es un funcionario público con la obligación que tiene para ejercer esa función. Muchas veces se creen que el funcionario público está por encima del ciudadano y lo que no entienden es que el funcionario público es un empleado de los ciudadanos. Esto es así en cualquier parte mundo. Muchas veces quieren imponer la autoridad con malos tratos, y esto es lo que no puede suceder.

Una cosa es llevar adelante y hacer cumplir las normas que están y otra cosa es la forma, la forma con que se notifica, la forma con que se trata, la forma con que se les dice a los periferiantes si pueden o no instalarse, si tienen que correr el vehículo, si pueden o no estar cierto tiempo y eso es, también, lo que creemos que hay que corregir.

Hace pocos días hablábamos justamente acá de que el Cuerpo inspectivo sacó a los compañeros y compañeras que estaban con la campaña del “Sí”. Y eso puede ser discutible porque es una situación que se dio sobre una postura política de compañeros y compañeras que estaban defendiendo una causa, pero lo que se está haciendo habitual es el maltrato con los periferiantes, y con eso es en lo que creemos que también el Municipio de Maldonado tiene que tomar cartas en el asunto, analizar la situación y corregir para que no vuelva a suceder.

(Aviso de tiempo).

Entonces, presidente –y termino–, planteamos el problema, planteamos la difícil situación que están viviendo los periferiantes y le planteamos alternativas al Municipio de Maldonado para que tome cartas en el asunto, porque creemos que es un tema que se puede solucionar y que los periferiantes, que son los principales afectados, van a ver con buenos ojos estas soluciones.

Gracias, presidente.

PRESIDENTE.- Gracias, señor edil.

EDIL DELGADO (Leonardo).- Quiero agregar destinos, presidente...

PRESIDENTE.- Está en su derecho, señor edil.

EDIL DELGADO (Leonardo).- Al Municipio de Maldonado, al señor Intendente, a la Dirección General de Higiene y a la prensa.

PRESIDENTE.- Muy bien.

Continuamos con la media hora previa. Tiene la palabra la señora edila Lilián Santos.

EDILA SANTOS (Lilián).- Buenas noches.

Gracias, señor presidente.

Desde hace un tiempo Uruguay asumió el desafío de abordar la perspectiva de género en el interior del movimiento cooperativo.

A lo largo de estos años, si bien se avanzó en materia de equidad de género, tanto en el desarrollo de leyes como de acciones y planificación de políticas públicas, aún no se percibe una transformación real en la vida de las mujeres.

En 2018 se elaboró un diagnóstico del movimiento cooperativo, en donde se trabajó con más de 33.000 personas, lo que nos permitió visualizar que en la práctica los principios cooperativos se ven continuamente asediados por intereses individuales, producto de nuestra propia matriz sociocultural, que tergiversan y corrompen el objeto original de una cooperativa. Una historización legislativa se hizo necesaria para obtener un racconto en materia legislativa sobre cooperativismo y género en el Uruguay, pretendiendo bosquejar el devenir de esta institucionalidad y echar luz sobre los puntos de encuentro y/o desencuentro.

Un estudio comparativo en buenas prácticas, investigadas y visibilizadas para el diseño de estrategias y acciones para la incorporación del enfoque de género en la gestión cooperativa, desarrollada en dos países de Europa y tres en América Latina, permitió conocer otros contextos, realidades muy diversas e importantes hallazgos que pueden servir de referencia para nuestro país.

Se trabajó mucho en el territorio, se capacitó y se trabajó en técnicas de Investigación Acción Participativa cerca de 170 horas, contando con la participación de 219 cooperativas de todo el país.

Eso concluyó en la publicación del manual de estrategia, cooperativismo con lentes de género, pistas en la búsqueda de igualdad de género, acompañado de una caja de herramientas.

En 2020 la llegada del Covid-19 y el aislamiento social preventivo significó un desafío nuevo para nuestro movimiento en clave de género. Un gran número de mujeres desconocían las herramientas digitales y se vieron asediadas aumentando las desigualdades de género en materia económica, de participación, de cuidados y un aumento de los índices de violencia basada en género, entre otras. (cg)

Por eso se realizaron encuentros virtuales en los que participaron más de 450 mujeres durante 13 martes, desde abril hasta agosto, donde se discutieron distintos ejes. Como resultado de ello se han elaborado propuestas de incidencia en políticas públicas. Las mismas nacen de la base y representan la voz de mujeres cooperativistas del Uruguay que se han colocado los lentes de género y necesitan políticas públicas que acompañen e incidan en la vida cotidiana de cada mujer uruguaya.

A continuación, mencionaremos algunas.

Participación y construcción de la agenda pública.

Fomentar la participación de las mujeres en lugares de decisión ‒cuota y liderazgo‒. Priorizar una agenda de derechos humanos.

Sensibilización, formación y capacitación.

Generar líneas de financiación para formación y capacitación de mujeres cooperativistas, tanto en lo que tiene que ver con la tarea específica que desarrolla su cooperativa como en lo que respecta al cooperativismo en general, sus valores y principios, sus formas organizativas, su historia, etc. Asignar presupuesto para instancias de formación previstas en la Ley Nº 19.580.

Modificaciones que introduzcan la perspectiva de género en normas que regulan el sector.

Flexibilizar los criterios para la aprobación de estatutos, así como también de su contenido y forma. Es fundamental atender lo que refiere tanto al contenido de los mismos como al uso del lenguaje no sexista.

Creación de conocimiento, difusión y visibilización.

Reforzar la articulación del sector con la educación formal, con el fin de cumplir cabalmente con los contenidos de cooperativismo que existen al día de hoy en la currícula de Primaria, Secundaria y Enseñanza Técnica.

Mecanismos para la promoción de la equidad de género en el cooperativismo desde la institucionalidad.

Crear un sello o sistema de calidad con equidad, con sus respectivos mecanismos de monitoreo, con el objetivo de reconocer a aquellos emprendimientos y organizaciones que realicen acciones directas para disminuir las desigualdades entre varones y mujeres, dándoles un valor agregado al producto de su trabajo. Instalar políticas afirmativas en el acceso al trabajo, por ejemplo, en las compras públicas.

Propuestas relativas a los cuidados.

Que las partidas para cursos, tanto de Inefop como de Inacoop, incluyan un rubro de recursos para el cuidado de los dependientes.

(Aviso de tiempo).

VARIOS EDILES.- Prórroga de tiempo.

PRESIDENTE.- Votamos la prórroga de tiempo.

SE VOTA: 28 en 29, afirmativo.

Puede continuar.

EDILA SANTOS (Lilián).- Gracias.

Atención a la violencia basada en género.

Creación y puesta en funcionamiento de un observatorio de violencia de género para el monitoreo, recolección y sistematización de datos. Fortalecer el sistema de respuesta ante situaciones de violencia basada en género, especialmente en el interior del país.

Muchas gracias.

PRESIDENTE.- Gracias, compañera edila.

Continuamos con la media hora previa. Tiene ahora la palabra el señor edil Fermín de los Santos. Adelante.

EDIL DE LOS SANTOS (Fermín).- Gracias.

Buenas noches a todas las edilas y a todos los ediles.

El tema de la ética transversaliza a todas las actividades del ser humano y a esa lógica no escapa la política. La ética, para mí ‒y ya lo he dicho desde esta banca en otras oportunidades‒, es uno de los principales pilares en que se tiene que fundamentar la política. La acción política, los programas de gobierno tienen que llevar a cabo esa ética, que va a permitir un funcionamiento que transversaliza a todos los partidos políticos.

No estoy hablando de nadie puntualmente, ni a favor ni en contra. La ética existe en todos los partidos políticos y la ética no existe en todos los partidos políticos, porque los representantes son humanos y los humanos, como tales, afilian o no a los temas éticos. (a.g.b.)

Voy a poner dos ejemplos que son bien claros, uno de ellos lo tenemos acá... Reitero, no estoy atribuyendo, en este caso al Frente Amplio, la potestad de ser ético. Personas políticamente éticas existen en todos los partidos, por suerte; una de ellas, por ejemplo, es mi compañera Marie Claire Millán; se podrá estar en acuerdo o en desacuerdo con lo que ella políticamente dice o hace desde su banca, pero nunca se va a poder cuestionar la ética de la compañera en sus actividades políticas o cuando hace su discurso a partir de lo que ella entiende pertinente. Para mí es un claro ejemplo de la ética en la política en este recinto, por eso lo pongo como algo de valor.

El ejemplo que contrasta con esta postura es, indudablemente, el del Intendente Antía y tengo que decirlo porque cómo explico que el Intendente Antía, basado en sus mayorías circunstanciales, se haya hecho votar... Lo pongo como ejemplo porque no le encuentro razón ética a que el Partido Nacional y el Intendente Antía hayan decidido que un 30 % de los ingresos ‒vale decir 30 de cada 100 ingresos a la Intendencia, o a la función pública‒ los decide él de manera unipersonal. El Intendente decide quién ingresa en un porcentaje altísimo ‒100, 30 y ahí seguimos haciendo la cuenta, pueden llegar a ser 300, de acuerdo a los ingresos que pueda tener la Intendencia‒ con un criterio que no sé cuál es, si es porque es amigo, si es porque va al club de turno, si es por idoneidad que el Intendente le encuentra a determinada persona y la lleva a la función pública, a ser funcionario, en este caso, de la Intendencia.

Pero lo que no entiendo es cómo puede ser tan grande el apego y la soberbia de una persona para decir: "De cada 100 los elijo yo porque yo no me equivoco". Es extraordinario, y lo más extraordinario es que contó con los votos en esta Junta Departamental para que así se llevara a cabo.

Si aplicamos la ética en todos los órdenes de nuestra actividad política, el resultado y el relacionamiento va a ser otro; vamos a poder tener políticas que Maldonado necesita que transversalicen los partidos; vamos a poder sentarnos a una mesa de diálogo ‒si no hay esa falta de ética, esa falta de transparencia‒ donde los problemas de Maldonado...

(Aviso de tiempo).

VARIOS EDILES.- Prórroga de tiempo.

PRESIDENTE.- Prórroga de tiempo. Votamos.

SE VOTA: 27 en 29, afirmativo.

Puede continuar, señor edil.

EDIL DE LOS SANTOS (Fermín).- Muchas gracias, presidente.

Donde podamos tener una mesa de intercambio. ¿Sobre qué? Por ejemplo, desde esta misma banca hemos hablado, entre otras cosas, de la grieta social. Hay un 95 % de hogares de menores ingresos y un 5 % de hogares con ingresos mayores ‒dense cuenta lo que abarcan esos porcentajes‒; estamos hablando de que un 5 % de la población tiene ingresos estupendos, millonarios, en dólares muchos de ellos, en desmedro de otros, un porcentaje mucho mayor, que hoy se encuentran con que no llegan a fin de mes, o sufre precarización en el empleo, o parte de su salario es en negro o directamente, como mucha gente en este departamento, hace changas, es multioficio ‒como le llamamos‒ y se va revolviendo para poder llevar la comida a su casa. (a.f.r.)

Ese 5 % y 95 % surgen de cifras que se hacen en forma comparativa con el año 2019 y el IRPF ‒que fue una de las cosas que tuvo una baja, es cierto; este Gobierno tuvo una acción sobre el IRPF‒ abarcó solo a un 30 % de los que están comprendidos para pagarlo. Hay un 70 % que no ve ese beneficio porque no aporta, porque no llega, con lo que lleva como sueldo, a estar comprendido en esa faja.

Entonces, cuando leo por ahí, en algún portal de prensa, que le hacen una entrevista a un edil y dice públicamente que “el Partido Nacional tuvo una gestión excelente, así que si en otro momento Uruguay está en aprietos, yo apostaría claramente por la coalición de Gobierno y por el Partido Nacional gobernando”. Bueno, indudablemente es un análisis hecho con la óptica de un integrante del Partido Nacional, porque estas cifras que yo doy ‒siempre digo lo mismo‒ son fundamentadas, son cifras que salen de estadísticas, del Instituto Nacional de Estadística. Evalúan hogares, evalúan la situación de los mismos, elaboran estudios sobre la tan comentada pobreza infantil, donde el análisis determinó que la pobreza en la niñez en Maldonado ‒porque no podemos seguir creyendo que acá no sucede nada y nos sigan vendiendo cifras que no son reales‒ creció un 110 % de 2019 a 2023. Están los estudios que respaldan esto; esto es dramático y requiere de ética, de cristalinidad, de honestidad entre todos nosotros para poder solucionar este problema.

No pueden existir un 5 % y un 95 %; no pueden existir, compañeras y compañeros. Nosotros somos responsables; estos números, esta realidad no es para atacar a nadie sino que es lo que nos está interpelando y yo me siento interpelado.

Otro tema que hay que abordar ‒que me preocupa y voy a pedir ahora una exposición para cuando haya lugar‒ es el tema de las tasas de natalidad. Uruguay está teniendo un problema y la ética y la honestidad…

(Aviso de tiempo).

VARIOS EDILES.- Prórroga de tiempo.

PRESIDENTE.- Votamos la prórroga… 1 minuto tiene…

SE VOTA: 26 en 28, afirmativo.

EDIL DE LOS SANTOS (Fermín).- ...y la ética y la honestidad, compañeros, nos tiene que por igual interpelar a todos. No puede existir ‒y hablo puntualmente de Maldonado‒ un chiquilín que no tenga la vestimenta correcta para enfrentar el frío y un plato de comida. (m.g.g.)

Pero eso nos tiene que poner a todos en la sintonía de lograr crear ámbitos de intercambio para poder llegar a adecuar esto.

Los problemas de la natalidad son una cuestión que, ya digo, voy a abordar en una exposición, pero leí un estudio que me aclaró algo que es muy importante tenerlo presente y lo leo textual.

(Aviso de tiempo).

Si me permite presidente, redondeo...

PRESIDENTE.- Terminó el tiempo, señor edil.

EDIL DE LOS SANTOS (Fermín).- Sí, ¿pero usted me va a permitir redondear? Si no, pido prolongación de la media hora previa.

PRESIDENTE.- Señor edil, redondeé, si es redondeo corto.

EDIL DE LOS SANTOS (Fermín).- Son tres párrafos, nada más, presidente.

“Las adolescentes y mujeres jóvenes que tuvieron menos hijos que sus pares etarias de años atrás, no es que mejoraran su situación socioeconómica sino que tuvieron un mejor acceso a sus derechos reproductivos”.

Eso es algo que nos tiene que hacer pensar a todos porque Uruguay tiene un problema con la natalidad. Y sabemos que en esos hogares más pobres era, de pronto, donde se fundamentaba, donde se basaba esa natalidad, que indudablemente también es un problema que nos interpela.

EDIL MATTEU (Osvaldo).- Está largo el redondeo, presidente.

EDIL DE LOS SANTOS (Fermín).- Me encanta, porque como estoy hablando pelotudeces, me cortan. Está bien, son temas livianos estos.

PRESIDENTE.- Señor edil, no diga improperios.

EDIL DE LOS SANTOS (Fermín).- No, no, pero son temas livianos. Si hay un edil que está hablando, yo no lo voy a interrumpir.

PRESIDENTE.- Por favor, manifiéstese con decoro. Ha terminado su tiempo, señor edil, le permitimos el redondeo. ¿Tiene destinos para dar?

EDIL DE LOS SANTOS (Fermín).- No. Gracias.

PRESIDENTE.- Bien. Continuamos.

NUMERAL III) EXPOSICIONES DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS. Tiene la palabra un edil del PARTIDO COLORADO. Adelante, compañero edil.

EDIL FERNÁNDEZ (Luciano).- Gracias, presidente. Buenas noches para todos.

En esta oportunidad queremos presentar un planteo en representación de los vecinos de la calle Garzón, específicamente del tramo que cruza el puente del barrio Perlita, frente a las viviendas del SIAV y del Plan Vigía. Queremos expresar la preocupación de los vecinos en relación a una reciente intervención realizada por la Intendencia en esta zona.

Hace poco tiempo se llevó a cabo un cambio en el sentido de circulación de varias calles en este sector que mencionábamos recién. La medida fue implementada con el objetivo de aliviar los problemas de tránsito que suelen ocurrir en esa área, específicamente durante las horas pico. Sin embargo, pese a que comprendemos y valoramos el esfuerzo de la Intendencia y de la Dirección de Tránsito para mejorar la circulación, queremos destacar que la señalización instalada actualmente no es lo suficientemente visible ni clara para los conductores, lo que ha derivado en una serie de inconvenientes. Desde que se implementó este cambio se ha observado que muchos conductores, ya sea por la falta de costumbre o porque no ven adecuadamente la señalización, ingresan a contramano por estas calles, lo que representa un peligro, no solo para ellos sino también para los peatones y demás vecinos, aumentando el riesgo de accidentes y poniendo en riesgo la seguridad de todos.

Por eso es que le solicitamos a la Dirección de Tránsito que se refuerce la señalización existente. Proponemos la instalación de más carteles ubicados en lugares estratégicos, que sean fácilmente visibles desde una distancia adecuada. Adicionalmente, sería ideal incorporar señalización en la calle, como flechas y advertencias pintadas en el suelo, para complementar los carteles verticales y asegurar que los conductores puedan identificar el sentido de circulación con mayor claridad.

Entendemos que este tipo de intervenciones requieren planificación y recursos, pero creemos firmemente que esta mejora contribuirá a prevenir accidentes y facilitará la adaptación de los conductores a los nuevos cambios de la normativa. La seguridad vial es una prioridad para todos y agradecemos que se tenga especial atención a esta solicitud.

Muchas gracias.

Queremos dar destinos: Dirección de Tránsito y Transporte de la Intendencia de Maldonado y Municipio de Maldonado.

Muchas gracias.

PRESIDENTE.- Gracias, compañero edil.

Edil Vitalis.

EDIL VITALIS (Williams).- Si el edil me permite quisiera dar como destino a la Comisión de Nomenclatura y Tránsito y Transporte de esta Junta.

EDIL FERNÁNDEZ (Luciano).- Sí.

PRESIDENTE.- Se lo permite, agregamos el destino.

Bien, continuamos. (k.f).

Resolución N° 363/2024 Visto: El planteamiento realizado por el Edil Luciano Fernández en el espacio reservado a los Partidos Políticos y en representación del Partido Colorado, referido a la necesidad de reforzar la señalización de calles en inmediaciones del puente de Barrio Perlita. LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESIÓN DE LA FECHA, RESUELVE: 1º) Procédase de conformidad y siga al Área Comunicación Institucional y Protocolo para su remisión a los destinos solicitados en sala. 2º) Siga a consideración de la Comisión de Nomenclatura y Tránsito y Transporte, adjuntando la versión taquigráfica correspondiente.

PRESIDENTE.- Tiene la palabra un edil del FRENTE AMPLIO. Señor edil Sergio Duclosson.

EDIL DUCLOSSON (Sergio).- Gracias, señor presidente y compañeros ediles.

Las prioridades del Frente Amplio ante un nuevo gobierno, el FA impulsa un desarrollo de país que garantice el pleno ejercicio de los derechos humanos en su más amplia acepción y asegure las condiciones sociales, materiales y culturales que permitan la expansión de la libertad de las capacidades de las personas y la sociedad.

Promoción de nuestras cadenas productivas basadas en recursos naturales. Impulso a las actividades y cadenas destinadas a la producción de alimentos, biotecnología farmacéutica o de transformación manufacturera.

Desarrollo de un sistema de transporte multimodal, infraestructura y servicios logísticos que contribuyan al desarrollo económico y social. El turismo del desarrollo económico al desarrollo humano y la cultura. Transición ecológica justa. Investigación, innovación y capacidades para el desarrollo.

El trabajo será una prioridad.

La cultura y derechos culturales, forja de identidades, sentido de pertenencia y trabajo.

La educación, un derecho humano para todas las personas durante toda la vida. Igualdad de derechos, distribución de ingresos y riqueza y empleo. Seguridad social, pilar de las fortalezas de las sociedades.

Universalización de los cuidados. Urgencia ante la extrema pobreza infantil, infancia, adolescencia y juventud. Convivencia y seguridad. El deporte esencial para el bienestar y estímulo a la superación de las personas. El derecho a la salud. La prioridad de la salud mental. La igualdad de género transformada de la sociedad. El combate integral a todas las formas de violencia y discriminación de género, racial, generacionales, disidencias y territoriales.

El derecho a una vivienda digna, territorios y ciudades integradas. La riqueza de la diversidad territorial, una nueva y mejor gobernanza para una sociedad y un territorio integrados. Un Uruguay abierto e integrado con la región y el mundo.

Fortalecimiento y construcción de la democracia en el siglo XXI. El reto de la inteligencia artificial en el país del Plan Ceibal. Un Uruguay soberano en una nueva situación mundial. La necesidad de construcción de confluencias sociales, la participación ciudadana como derecho fundamental y pilar del fortalecimiento de la democracia.

Muchas gracias, señor presidente.

PRESIDENTE.- Gracias, señor edil.

Continuamos con la palabra de un edil del PARTIDO NACIONAL. Edil Fernando Perdomo.

EDIL PERDOMO (Fernando).- Gracias, señor presidente.

Vamos a hablar sobre la reforma de la seguridad social que se va a plebiscitar a fin de mes y hacer referencia, mediante un artículo del Diario El País, que publicara el diputado Diego Echeverría el día 11 de mayo de 2024 y dice así: “Hace unos días se anunció la noticia de que el PIT-CNT y algunos sectores del Frente Amplio juntaron más de 430.000 firmas para impulsar un plebiscito donde se derrumbe la reforma de la seguridad social votada por el Parlamento hace no mucho tiempo.

Sin fatalismos ni grandilocuencias hay que decir que es el acto de irresponsabilidad política más grande que conozca mi generación. Es la oda a la demagogia, pero no la gratuita y tribunera a la que nos tienen acostumbrados. Esta va a ser carísima, para los uruguayos en su bolsillo y para el Uruguay como país, desde su institucionalidad jurídica y financiera. Generará sin dudas una grave y profunda inseguridad social. (g.t.d)

Los que piensan solo en las próximas elecciones, y jamás en las próximas generaciones, dan por tierra al Uruguay de las certezas, de la seguridad normativa y de las garantías financieras. Creen que dañan al Gobierno, pero al que dañan es al país; mucho y gravemente. Creen ir contra el Gobierno, pero, en realidad, van contra un sistema que da certezas a los uruguayos, que van a poder jubilarse; van contra el ahorro individual, van contra las pensiones universales, van contra la posibilidad de muchos compatriotas que están jubilados y sienten ganas de seguir trabajando en paralelo. Van contra los valores del trabajo, de sacrificio individual y contra el país del equilibrio.

Los colectivistas que construyen castillos en el aire, porque en su concepción filosófica voluntarista está bien ignorar y castigar el esfuerzo individual, no valoran lo logrado.

No son dos pesos lo que cuesta esta aventura; son, en primera instancia, U$S22.000.000.000 de ahorro individual más lo que puede llegar a costar financiar esta aventura, la que no tienen idea cómo sostener.

Nos ponen frente a la encrucijada del financiamiento del desfinanciamiento, que es el summum de la mala política, la que pone intereses partidarios sobre intereses nacionales; la peor versión de esta actividad en la peor versión del Frente Amplio.

Cómo será el acto de irresponsabilidad que ni el MPP, con Orsi a la cabeza, se animó a acompañar esta aventura y le sumo cómo será la cosa para que Cosse haya firmado pero desde una estrategia enigmática y desconcertante de no decir si apoya o no. Cinismo electoral en su máxima expresión.

Lo que queda claro es que ninguno de ellos se animó a apoyar explícitamente la derogación del sistema. Mi abuelo decía: “Cómo será la cañada que el chancho la cruza al trote”. ¡Clarísimo!

Cada vez más claro el cruce de caminos: es entre la razón y la manija.

Ganan fuerza los radicales en el Frente Amplio, le marcan la cancha a los moderados, en extinción, y se llevan puesta la sensatez de un sistema que busca consensos y políticas de Estado.

Las tres patas del monumento a la demagogia son: que ninguna jubilación o pensión sea inferior al salario mínimo nacional, que la edad mínima de retiro sea 60 años y la derogación del ahorro individual con fines jubilatorios ‒AFAP‒.

Obviamente, no dicen cómo solventar económicamente esta receta mágica. Tampoco lo hicieron cuando gritaban a viva voz por la renta básica universal en plena pandemia.

Diría que es infantil el planteo, pero es cínico, porque hasta un niño sabe que si quiere una bicicleta, de algún lugar deberá salir el dinero para comprarla.

Hay hechos incontrastables: vivimos más y tenemos más calidad de vida gracias a la ciencia y al alcance de la tecnología. Especialmente en Uruguay, donde tenemos las tasas de envejecimiento más altas del continente y a su vez tenemos tasas de natalidad bajas: nacen 20.000 niños menos que hace 20 años…

(Aviso de tiempo).

VARIOS EDILES.- Prórroga de tiempo.

PRESIDENTE.- Votamos la prórroga de tiempo para el compañero edil.

SE VOTA: unanimidad, 28 votos.

Puede continuar.

EDIL PERDOMO (Fernando).- Gracias, compañeros.

Nacen 20.000 niños menos que hace 20 años, que comprometen el trabajo de capital humano a futuro, para volcar sus aportes al sistema de seguridad social.

Si a esto le sumamos la tecnología y su impacto en la mano de obra, estamos frente a una situación alarmante. Cada vez más gente cobrando del sistema de seguridad social y cada vez menos gente aportando al mismo. No hay que ser un Nobel en Economía para llegar a la conclusión de que el sistema colapsará más temprano que tarde. Lo alertó Tabaré Vázquez, José Mujica y Danilo Astori, pero ninguno se atrevió a ponerle el cascabel al gato, seguramente porque el corporativismo sindical les ganó la pulseada o porque directamente temieron los costos electorales. (cg)

La cuestión es que fracasaron con total éxito en la tarea de hacerse cargo de un problema inmenso de la sociedad uruguaya.

La reforma que planteó el Gobierno es justa, es solidaria, es sostenible, es extremadamente necesaria. Plantear eliminar el sistema mixto que tenemos en Uruguay para saltar a uno exclusivamente estatal, eso es un salto al vacío. Los planteos de este tipo se hacen desde la miopía ideológica que aún ve en la lucha de clases un sustento filosófico. Se hacen desde frases de un simplismo insuperable como la de "hay dos posibilidades: trabajar más o disfrutar de los últimos años de vida". “Trabajar más o disfrutar de los últimos años de vida”..., razonamientos tan pobres como el financiamiento económico que plantean. En la década del 50 había seis personas en edad de trabajar por cada persona de más de 65 años. Hoy hay solo tres y vamos rumbo a dos; es clara la cuestión.

El planteo de derogar el sistema AFAP es la crónica de una muerte anunciada. Basta mirar lo que pasó en Argentina, cuyo Gobierno perdió el juicio millonario ante el Tribunal Internacional del Banco Mundial por la nacionalización de los fondos de jubilaciones durante la presidencia de Cristina Kirchner. Es decir, estatizaron las Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones (AFJP), la versión argentina de nuestras AFAP, y perdieron. Nada nuevo bajo el sol. Si los iluminados que las quieren...

(Aviso de tiempo).

...‒redondeo, presidente‒ derogar insisten en ello no podrán excusarse en la ignorancia; ya sabemos cómo puede terminar la película.

Hay quienes piensan en las próximas generaciones, hay quienes piensan en las próximas elecciones y tres pasos después están quienes carecen del sentido de responsabilidad patriótica que demanda la realidad. Ahí están parados, firmes y con el puño en alto, los impulsores del plebiscito.

Gracias, presidente.

PRESIDENTE.- Gracias, señor edil.

Continuamos.

NUMERAL IV) EXPOSICIÓN: "Una persona puede cambiar una realidad". Edil expositor, Sergio Casas.

Adelante, señor edil.

EDIL CASAS (Sergio).- Buenas noches, señor presidente y compañeros ediles.

Señor presidente: nos vamos a remitir a un hecho de la vida real ‒esto pasó‒ y nos vamos a referir en modo impersonal para no herir sensibilidades.

Utilizando el transporte público urbano, una señora se duerme durante el viaje. ¿Quién alguna vez no se durmió viajando en ómnibus? Esta persona se pasa de donde se tiene que bajar y el ómnibus llega a destino. El guarda o chofer la despierta y le indica que se tiene que bajar; la señora no puede articular palabra, balbucea y en un ademán semiinconsciente trata de abrir una cartera con la intención instintiva de tomar un dulce, un caramelo. Parece pueril, pero es un asunto grave. Es un cuadro de hipoglucemia, un bajón, una baja de azúcar en sangre.

La diabetes se estabiliza con algo dulce como un caramelo, agua azucarada o una bebida dulce y este era el caso ‒una persona con diabetes‒, y el funcionario, por desconocimiento, ignorancia o por quitarse un problema, la induce a bajar ‒no abrimos juicio de valor sobre esta actitud‒ y se desentiende de la persona, la deja en la parada.

Personas que pasaban ven a la señora muy descompuesta, casi en un coma diabético, y la auxilian. Aquí me detengo. Estos vecinos son esos verdaderos héroes anónimos comprometidos con un semejante. Para mí, le salvan la vida. Incluso detienen a una ambulancia, que pasaba por casualidad, transportando un paciente.

(Siendo la hora 22:34 minutos, ocupa la presidencia la edila Susana Hernández).

Este hecho es muy significativo, porque si no se hubieran sucedido algunas coincidencias, el desenlace hubiera sido otro. El personal de la ambulancia, con formación profesional, la auxilia y la trasladan para que se le administren los cuidados y tratamientos necesarios para su estabilización. (a.g.b.)

Es aquí que reflexionamos sobre la atención y respuesta que nosotros, las personas comunes, damos a un semejante que esté sufriendo algún tipo de descompensación o accidente y/o esté pasando circunstancialmente una situación de abandono, por ejemplo en situación de calle. Algunos dirán: “Es un problema de ellos”. Para nosotros es nuestro problema.

Felizmente hay en el Uruguay personas anónimas con sentido solidario, comprometidas con la otredad.

Señor presidente, quisiéramos hacer una propuesta ‒además de las campañas de pesquisa en diabetes y de la información‒ dirigida a brindar información a los funcionarios del transporte interdepartamental urbano, taxis, Uber, personal de seguridad, Ministerio del Interior y tener un protocolo de primera asistencia para reconocer síntomas de diabetes y cuáles serían las acciones inmediatas a seguir.

El uso de la ciencia y tecnología para aliviar, prever y dotar de calidad de vida a estas personas. Para personas con diabetes tipo 1, entre algunos métodos para tener un equilibrio en valores de glicemia, ya existe, entre otros, la bomba de insulina, que es un dispositivo que dosifica la insulina con precisión según la necesidad. En el Fondo Nacional de Recursos se prevé su suministro luego de evaluar determinadas condiciones.

En temas de prevención, para casos de paro cardíaco, hay instrumentado un dispositivo desfibrilador externo automático que puede salvar vidas. Muchas personas reciben entrenamiento para operar estos aparatos.

En el caso de la diabetes, la limitación económica de personas con bajos ingresos no puede ser obstáculo para acceder a medios que les provean calidad de vida.

En estos días, que campean la violencia y la intolerancia, abogamos por la paz y el amor compasivo.

Presidente, muchas gracias.

¿Me permite dar destinos?

PRESIDENTA.- Diga los destinos.

EDIL CASAS (Sergio).- Ministerio de Salud Pública, Comisión de Salud de Diputados, a los diputados del departamento, Comisión de Salud de la Junta de Maldonado, a los Municipios del país, a las Juntas del país, a la Dirección de Salud de la Intendencia en Maldonado, a la Dirección Departamental de Salud, a los turnos nocturnos de liceos del país, a Enseñanza Secundaria, al CURE, al colectivo La Pitanga, a los partidos políticos, a la Mesa Política del Frente Amplio, a la Asociación de Diabéticos de Maldonado, a la Asociación Diabéticos del Uruguay, Presidente de Alianza de Pacientes de Uruguay, Fenapes, Suprevu, Ademu y UTU.

Muchas gracias.

PRESIDENTA.- Pide la palabra Vitalis, no sé si es para pedir un destino, si se lo permite.

EDIL VITALIS (Williams).- Si me permite agregar dos destinos: a la Dirección General de Tránsito y Transporte…

EDIL CASAS (Sergio).- Sí, se lo permito.

EDIL VITALIS (Williams).- …y a la Comisión de Transporte de la Junta también.

EDIL CASAS (Sergio).- Sí.

EDIL VITALIS (Williams).- Y a todas las empresas de transporte urbano de pasajeros.

Gracias.

EDIL CASAS (Sergio).- Sí, se lo permito.

Si la Junta me acompaña, agradezco.

PRESIDENTA.- Se ponen a votación los destinos.

SE VOTA: 24 en 25, afirmativo.

Resolución N° 364/2024 Visto: La exposición efectuada por el Edil (s) Sergio Casas denominada: "Una persona puede cambiar una realidad", LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESIÓN DE LA FECHA, RESUELVE: 1º) Procédase de conformidad y siga al Área Comunicación Institucional y Protocolo para su remisión a los destinos solicitados en sala. 2º) Siga a conocimiento de las Comisiones de Higiene y Salud y de Nomenclatura y Tránsito y Transporte, por su orden, adjuntando la versión taquigráfica correspondiente.

(Dialogados en la Mesa).

NUMERAL V) EXPOSICIÓN: “Una realidad que nos interpela e interpela a los futuros gobiernos”. Tiene la palabra la edila expositora Graciela Ferrari.

EDILA FERRARI (Graciela).- Buenas noches, señora presidenta…

EDIL URDANGARAY (Juan).- Presidenta, disculpe...

PRESIDENTA.- Perdón, perdón, edila…

EDIL URDANGARAY (Juan).- Disculpe.

Entiendo que el edil pidió que la Junta acompañe sus palabras.

PRESIDENTA.- Sí, sí.

EDIL URDANGARAY (Juan).- Votamos eso y votamos los destinos también, todo en una vez sola.

(Murmullos).

PRESIDENTA.- Quedaron votadas las dos cosas.

EDIL URDANGARAY (Juan).- Okay, gracias.

PRESIDENTA.- Tiene la palabra la edila Ferrari.

EDILA FERRARI (Graciela).- Buenas noches, señora presidenta, señoras edilas y señores ediles, público presente, funcionarios de la Junta Departamental y de la prensa, vecinas y vecinos.

Antes de referirme al tema, quiero hacer alusión a que octubre es el Mes de la concientización del cáncer de mama. La detección precoz es la forma más eficaz para cambiar este flagelo que afecta a millones de mujeres en el mundo y en muchísimo menor escala también afecta a hombres. (dp)

A modo de promoción, prevención y protección debemos ejercer actividades saludables como visitas periódicas al ginecólogo, mamografías anuales, autoexámenes, alimentación saludable, realizar actividad física, caminatas cuatro o cinco veces por semana. Hay factores de riesgo como fumar, consumo de alcohol, sedentarismo, sobrepeso y obesidad. Existen factores genéticos que no dependen de nuestra voluntad.

El color rosa identifica esa enfermedad. Sería bueno y solicito ‒si el Cuerpo me acompaña y si es posible‒ que se ilumine con este color la Junta Departamental, como ha sido costumbre en la misma.

Ahora me voy a referir al tema: “Una realidad que nos interpela e interpela a los futuros gobiernos”.

Uno de cada cinco niños, niñas y adolescentes viven en Uruguay en hogares bajo la línea de pobreza y la tasa de pobreza infantil duplica a la de los adultos. Son 150.000 niños, niñas y adolescentes los que enfrentan esa situación en esta realidad del Uruguay de 2024. Pobreza que creció y sigue creciendo, no importa si antes eran menos o más, importa que esos 150.000 niños, niñas y adolescentes ‒mañana adultos‒ viven en situación de marginación con todas las consecuencias que ello acarreará en los más diversos aspectos de su personalidad futura.

Es esta, sin duda, una realidad que nos interpela, realidad que es más cruda aún en la medida que nos indica que un alto porcentaje de esa población enfrenta el perverso círculo del trabajo infantil y con ello un futuro de felicidad que se les roba al mantenerlos a ellos y a sus familias arrastrando el pesado lastre de las injusticias e inequidades sociales.

A la infantilización de la pobreza se le suma la infantilización del trabajo y al unirse ello a un descenso en los ingresos al sistema educativo se completa el círculo perverso que ahogará mañana las posibilidades de toda esa generación de uruguayos y de uruguayas. Es que en Uruguay como en el mundo el trabajo infantil tiene diversas modalidades, pero en todos los casos es una respuesta al llamado de la necesidad de supervivencia de niños, niñas y adolescentes pobres y de sus familias.

Son cifras y realidades que nos llaman a reflexionar y que hoy están en el centro de los planteos políticos y de las propuestas para un futuro gobierno.

En los análisis y en los diagnósticos existen diversas visiones sobre las soluciones y sobre las medidas inmediatas y mediatas a adoptarse por aquellos que tendrán la responsabilidad de la conducción futura de nuestro país. Modestamente opinamos que tal como lo han recomendado en las diversas oportunidades tanto la OIT como Unicef, las medidas a adoptarse para enfrentar esa verdadera pandemia de pobreza y trabajo infantil no pueden eludir una protección social adecuada para todos que incluya prestaciones universales para los niños, aumentar el gasto en educación de calidad y conseguir que todos los niños vuelvan a la escuela. Fomentar el trabajo decente para los adultos de modo de que las familias no tengan que recurrir a la ayuda de los niños para generar ingresos familiares. Acabar con las normas de género nocivas y la discriminación que influye en el trabajo infantil.

Invertir en sistemas de protección de la infancia y de seguridad para las familias pobres. Adaptarlas es hoy y siempre un imperativo ético ineludible. Esperemos que así lo entiendan todos quienes tendrán la responsabilidad de impulsarlas y decidir en el futuro próximo. (m.g.g.)

Esta información la saqué de El Diario Médico, de su director, el profesor Elbio Diego Álvarez Aguilar.

Y quiero continuar diciendo que la inserción laboral temprana frecuentemente se da en condiciones de precariedad que inducen a naturalizar situaciones de explotación y la ausencia de garantía para ejercer los derechos. Esos niños, niñas y adolescentes que permanecen durante largas jornadas caminando en las calles en calidad de vendedores ambulantes de pasteles y de tortas fritas, y de recolectores contumaces de desechos en las ferias vecinales, suelen enfrentarse con adultos vinculados a circuitos y dinámicas de explotación sexual, comercial y prostitución, constituyéndose por la propia situación de injusticia que padecen, de extrema vulnerabilidad social, en víctimas fáciles para ingresar a ese mundo de explotación. El deterioro y la exclusión social afectan con dureza a esos niños, niñas y adolescentes pobres. Viven este drama con mucha intensidad y sienten tristemente la desesperanza, y también llenan las cárceles que se pueblan de jóvenes pobres.

Esta situación viene en aumento sostenido. No obstante, muchos uruguayos y muchas uruguayas no han hecho suyo este flagelo. Entonces, es necesario implementar como derecho humano fundamental un sistema integral real que luche contra la infantilización de la pobreza, que sea capaz de coordinar, diseñar y fomentar actividades sociales que garanticen su condición de personas.

Muchas gracias.

PRESIDENTA.- Gracias, señora edila.

¿Le quiere dar destino a sus palabras?

EDILA FERRARI (Graciela).- Quiero darle destinos.

PRESIDENTA.- Está en su derecho.

EDILA FERRARI (Graciela).- A El Diario Médico, al INAU, a la Comisión de Derechos Humanos de esta Junta Departamental, a todas las Comisiones de Derechos Humanos del país, a los diputados del departamento y a la Institución Nacional de Derechos Humanos.

PRESIDENTA.- Se ponen a votación los destinos.

EDILA FERRARI (Graciela).- Y al Congreso de Ediles, si me permite.

PRESIDENTA.- Sí.

SE VOTA: unanimidad, 24 votos.

Resolución N° 365/2024 Visto: La exposición efectuada por la Edila (s) Graciela Ferrari denominada: "Una realidad que nos interpela e interpela a futuros gobiernos", LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESIÓN DE LA FECHA, RESUELVE: 1º) Procédase de conformidad y siga al Área Comunicación Institucional y Protocolo para su remisión a los destinos solicitados en sala. 2º) Siga a conocimiento de la Comisión de Derechos Humanos y Seguridad Ciudadana, adjuntando la versión taquigráfica correspondiente.

PRESIDENTA.- La edila había pedido si acompañaban el poner de color rosa las luces de la Junta Departamental.

(Dialogados en la Mesa).

Está en asuntos entrados la solicitud a nivel institucional.

Bueno, seguimos con...

Perdón, Vitalis, disculpe.

EDIL VITALIS (Williams).- No, por favor, gracias, presidenta.

Es para fundamentar mi voto afirmativo.

Si hay algo que siempre veo en esta Junta es el respeto que siempre nos ha tenido Graciela Ferrari y creo que hoy se le ha faltado el respeto a ella. Lo que acaba de exponer la compañera no merece que un solo edil faltara a este plenario y dimos cuórum los ediles del Frente Amplio. El tema, como dice ella, nos interpela, pero parece que nos interpela solamente a una parte de la población. Y, lamentablemente, creo que no es esta la forma de hacer política que nos merecemos.

Y felicito a la compañera edila porque realmente dijo las cosas como se debían decir.

Gracias.

PRESIDENTA.- Sturla pidió la palabra.

EDILA STURLA (Melissa).- Muchas gracias, señora presidenta.

Para rescatar cuestiones que mencionó la compañera edila Ferrari en relación a la niñez y al trabajo, me quedé pensando en esto de la producción a toda costa, desde edades muy tempranas hasta edades muy añosas, cómo tenemos eso metido en el imaginario colectivo como hace un rato, hablando de la reforma del Banco de Previsión Social de que hay que trabajar desde muy pequeños hasta muy añosos y siempre en esto de producir.

Y, bueno, en cuanto a los niños, me parece que es vital ponerse a pensar que necesitan más espacios de juego, más espacios públicos, más plazas y espacios recreativos adaptados a ellos y a sus familias, que tiene que haber un cambio cultural en ese sentido porque no pueden estar trabajando.

(Siendo la hora 23:50 ocupa la presidencia el edil Alexandro Infante).

La tarea de los niños es aprender, es educarse, volver a la universalización de los estudios a partir de Nivel 3. No se ha podido avanzar en eso en este Gobierno. (k.f.)

Me parece clave que no quede solo en la órbita del CAIF y de los colegios privados.

Muchas gracias.

PRESIDENTE.- Gracias, compañera edila.

Continuamos.

NUMERAL VI) ASUNTOS ENTRADOS TRAMITADOS POR LA MESA AL DÍA 4 DE OCTUBRE DE 2024. BOLETÍN N° 31/2024. Expedientes que pasaron a estudio de diferentes Comisiones del Cuerpo. EXPTE. N° 596/2024.- INTENDENCIA DEPARTAMENTAL R/ Proyecto de Decreto aprobando Revisión Parcial de las Directrices Departamentales y Microrregionales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible del Departamento. (Coms. Planeamiento y Ord. Territorial y de Obras Públicas y de Legislación). EXPTE. N° 597/2024.- NATALY RODRÍGUEZ EN CALIDAD DE PRESIDENTE DE LA COOPERATIVA DE VIVIENDA ECOTECNO DE MALDONADO, su planteamiento referente a pavimentación de calles en dicha zona. (Com. Viviendas y Asentamientos). EXPTE. N° 598/2024.- VECINOS DEL BARRIO LAS MARÍAS DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS, su planteamiento sobre pavimentación en varias calles del referido barrio. (Com. Viviendas y Asentamientos). EXPTE. N° 511/1/2024.- UNIÓN VECINAL DE PUNTA BALLENA Y LAGUNAS DEL SAUCE Y DEL DIARIO, su planteamiento respecto Proyecto de Barrio Privado Los Manantiales. (Coms. Ambiente y Desarrollo Sustentable y de Planeamiento y Ordenamiento Territorial). EXPTE. N° 600/2024.- MARITA CIRILLO Y OTROS S/ se declaren de Interés Departamental las actividades que se llevarán a cabo en el Encuentro XX Regional de Teatro 2025, en el mes de junio de 2025 en Maldonado. (Com. Legislación). EXPTE. N° 602/2024.- ROTARY CLUB PUNTA DEL ESTE S/ se declaren de Interés Departamental las actividades que se llevarán a cabo con motivo del Día Mundial de la Salud Mental, a realizarse el 10 de octubre del corriente año en Punta del Este. (Com. Legislación). EXPTE. N° 603/2024.- RODRIGO IURLARO S/ se declaren de Interés Departamental las actividades que se llevarán a cabo en el cortometraje documental a filmarse en el mes de octubre del corriente año, en Reserva de Flora y Fauna Autóctona del Cerro Pan de Azúcar. (Com. Legislación). EXPTE. N° 759/2/2021.- LEONARDO NOGUEZ, su planteamiento referente a resolución recaída en Expediente Nº 759/1/2021. (Com. Obras Públicas). EXPTE. N° 10/2024.- DICTÁMENES VARIOS REMITIDOS POR EL TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA REPÚBLICA, ejercicio enero-diciembre 2024. (Com. Presupuesto, Hacienda y Adjudicaciones). Res. T.C.R. Nº 2267/2024: Mantener observ. relac. reiteración gasto derivado Lic Pública Nº 3/2024, convocada arrendamiento equipo desobstrucción y limpieza de colectores pluviales, cámara de inspección, imbornales y regueras. Nº 2268/2024: Mantener observ. relac. reiteración gasto derivado Lic Pública Nº 08/2023, en el marco del préstamo BID Nº 3791/OC-UR, "Programa de Mejora de Caminos Rurales Productivos", pavimentación del camino Eugenio Sainz Martínez. Expedientes que pasaron al Ejecutivo Comunal a recabar diversa información y a otros trámites. EXPTE. N° 599/2024.- EDILES JOSÉ LUIS SÁNCHEZ Y (S) CÉSAR LÓPEZ, su planteamiento referente a instalación de colgante de telas aéreas en la Plaza del Barrio Lausana. (IDM). EXPTE. N° 588/2024.- PRESIDENTE JUNTA DEPARTAMENTAL ALEXANDRO INFANTE, su planteamiento a la Comisión de Planeamiento y Ordenamiento Territorial, sobre necesidad de espacio público para recreación en Bo. La Milagrosa. (Inf. Com. Planeamiento y Ordenamiento Territorial. IDM). Expedientes que pasaron a conocimiento de los Ediles gestionantes. EXPTE. N° 498/2024.- EDILES JOSÉ LUIS SÁNCHEZ, (S) MATHEO CARAPTSIAS Y (S) FRANCISCO GUTIÉRREZ trasladan necesidad del Edificio Mónaco & Marsella, respecto instalación de focos en calle Arcobaleno y Joaquín Torres García. (Vuelto inf. IDM. Gestionantes). Expedientes que pasaron al archivo luego de cumplidos los trámites administrativos correspondientes. EXPTE. N° 546/4/2024.- EDIL DARWIN CORREA S/ licencia a su cargo en la Corporación por el día 1º/10/2024. (Se convoca suplente respectivo. Archivo). EXPTE. N° 601/2024.- FERNANDO NIGGEMEYER S/ acceso a la información pública referente Expediente Nº 511/2024 (E.E.2023-88-01-20440) (Se procedió de conformidad. Archivo). Modificación en la integración de las Comisiones Permanentes y Especiales del Cuerpo. Bancada del Partido Frente Amplio comunica que el Edil Joaquín Garlo sustituirá al Edil Nicoás Billar en la Comisión de Planeamiento y Ordenamiento Territorial por el día 2/10/2024. Bancada del Partido Nacional comunica cambio en la integración de la Comisión de Planeamiento y Ordenamiento Territorial, siendo el Edil Javier Sena sustituido por el Edil José Luis Sánchez y el Edil Damián Tort por el Edil Francisco Salazar. Otros Trámites. Se da cuenta del E.E Nº 2024-88-02-00597, petitorio de Comisión de Obras Públicas respecto solicitud Expte. Nº 775/2022 al Ejecutivo Departamental (aprobado por Comisión de Asuntos Internos). MOF. Edila Marie Claire Millán, el día 4 de octubre del cte. año. (Villa Sara, Depto. de Treinta y Tres). Notificaciones de Resoluciones adoptadas por el Ejecutivo Departamental (se realizó repartido a las diferentes Bancadas). Res. Nº 09184/2024 recaída en E.E. 2024-88-01-15013; Res. Nº 09094/2024 recaída en E.E. 2024-88-02-00559; Res. Nº 08205/2024 recaída en E.E. 2024-88-01-12621; Res. Nº 08899/2024 recaída en E.E. 2011-88-01-15161; Res. Nº 08122/2024 recaída en E.E. 2024-88-01-09444; Res. Nº 08121/2024 recaída en E.E. 2024-88-01-09408; Res. Nº 08120/2024 recaída en E.E. 2024-88-01-07707; Res. Nº 08119/2024 recaída en E.E. 2024-88-01-07670; Res. Nº 09188/2024 recaída en E.E. 2024-88-01-07564; Res. Nº 08355/2024 recaída en E.E. 2023-88-01-18116; Res. Nº 08483/2024 recaída en E.E. 2011-88-01-04787; Res. Nº 09060/2024 recaída en E.E. 2024-88-01-14552.

PRESIDENTE.- Votamos.

SE VOTA: unanimidad, 25 votos.

NUMERAL VII) ASUNTOS ENTRADOS.

SECRETARIA.- La Presidencia y la Comisión de Asuntos Internos han autorizado que se considere un petitorio de la ONG Juntas Podemos para pacientes oncológicos, solicitando que se ilumine durante el mes de octubre la fachada del edificio de color rosado.

Está firmado por el presidente y la Comisión y viene al plenario para su ratificación.

EDIL GARLO (Joaquín).- ¿Puede repetir la Comisión?

SECRETARIA.- Asuntos Internos y Presidencia.

PRESIDENTE.- Votamos...

SE VOTA: unanimidad, 25 votos.

Edil Garlo para fundamentar el voto.

EDIL GARLO (Joaquín).- Gracias, presidente.

Quiero destacar la compañera Ferrari lo destacó en su exposición en la noche de hoy la importancia que tiene la concientización, en este mes de octubre, de un tema tan importante, y también el trabajo que viene realizando en nuestro departamento la ONG Juntas Podemos. Esta Junta ha colaborado en distintas oportunidades con esta ONG y, además, ha sido reconocida por esta Junta el año pasado si no recuerdo mal a instancia de varios ediles y edilas de esta Junta Departamental como la doctora Mary Araújo, Graciela Ferrari, Marta Torres y Susana De Armas.

Creo que es importante destacar el rol que tienen las organizaciones de la sociedad civil organizada y el rol que tiene que tener esta Junta en la articulación con la sociedad civil organizada en temas tan importantes como este.

Gracias.

PRESIDENTE.- Gracias, compañero edil.

Para fundamentar el voto, edila Graciela Ferrari.

EDILA FERRARI (Graciela).- No, yo quería agregar dos destinos a la exposición.

PRESIDENTE.- Ahora no; lo puede hacer después de que terminemos con los asuntos entrados.

Continuamos.

SECRETARIA.- Expediente N° 251/2022: edila Stephanie Braga, su exposición referente a la Ley N° 18.471 Protección, bienestar y tenencia de animales.

La Comisión de Ganadería, Agricultura y Pesca solicita se consulte al Instituto Nacional de Bienestar Animal, a la coordinadora de Bienestar Animal, a la Dirección Departamental del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca de Maldonado, a la directora de la Unidad de Descentralización y Coordinación de Políticas con Base Departamental para que informe respecto a si han tomado medidas o acciones respecto a ataques de perros o predadores a otros animales en la zona rural de nuestro departamento. Tarea de fomentación de castración y chipeo de los perros, instancias de educación respecto a la tenencia responsable y que se adjunte la solicitud de información descrita en estas actuaciones.

PRESIDENTE.- Son destinos externos, por lo tanto, tenemos que votar para que se pueda enviar la nota.

SE VOTA: unanimidad, 27 votos.

(Expediente N° 251/2022) Resolución N° 366/2024 Visto: El Expediente N° 251/2022 y con lo informado por la Comisión de Ganadería, Agricultura, Pesca y Forestación que este Cuerpo comparte, LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESIÓN DE LA FECHA, RESUELVE: 1º) Procédase de conformidad y siga al Área Comunicación Institucional y Protocolo para su remisión a los destinos solicitados en sala. 2º) Cumplido, vuelva a la Comisión gestionante.

PRESIDENTE.- Continuamos.

SECRETARIA.- La Comisión de Asuntos Internos solicita la inclusión de expedientes en la noche de hoy.

Declaratorias de interés departamental.

Expediente Nos. 573/2023, 583/2024, 584/2024, 589/2024, 600/2024, 602/2024, 606/2024, 592/2024. (g.t.d)

Expediente Nº 662/1/22: Intendencia Departamental remite proyecto modificativo del Decreto 3718/1997, referente regulación de accesibilidad.

Firman los ediles: Varela, Duclosson y Fernández.

PRESIDENTE.- Votamos la inclusión de estos expedientes.

SE VOTA: unanimidad, 28 votos.

EDIL GARLO (Joaquín).- A continuación…

PRESIDENTE.- A continuación de asuntos varios; bien.

SE VOTA: unanimidad, 28 votos.

No tenemos más asuntos escritos.

Edil Graciela Ferrari.

EDILA FERRARI (Graciela).- Yo quisiera agregar algunos destinos, si la Junta me acompaña: a la Fundación Juntos Podemos, a la Asociación Civil Enrique Pérez Morad y a la Comisión Honoraria de la Lucha Contra el Cáncer.

PRESIDENTE.- Bien. Tenemos que votarlos.

SE VOTA: unanimidad, 28 votos.

Edil Antonini…

EDIL ANTONINI (Sebastián).- Gracias, presidente.

Quería solicitar cambiar la fecha de la exposición que se me votó la semana pasada; según el calendario, se marcó para el martes 29 de octubre; si puede ser para el martes siguiente si hay fecha, si no, para el otro.

PRESIDENTE.- Martes, 5 de noviembre.

EDIL ANTONINI (Sebastián).- Sí, está bien,

PRESIDENTE.- Votamos el cambio de fecha.

SE VOTA: unanimidad, 28 votos.

No tenemos más anotados.

ASUNTOS VARIOS.

¿Tenemos algún criterio para los primeros expedientes?

EDIL GARLO (Joaquín).- Esas dos regularizaciones están firmadas. El uno y el dos estoy pidiendo que se voten en conjunto. Es lo mismo.

PRESIDENTE.- En realidad, sí, pero vamos a aplicar el criterio mocionado por el edil.

SE VOTA: 27 en 28, afirmativo.

SECRETARIA.- Son los siguientes expedientes.

EXPEDIENTE Nº 575/2024: Sebastián Otero solicita permiso para regularizar obra en Piriápolis.

EXPEDIENTE Nº 591/2024: Cristian Bravo, solicita permiso para regularizar obra en Maldonado.

Tienen informe favorable de la Comisión de Obras Públicas. Firman los ediles: Artola, Estela, Robaina, Borges y De los Santos.

VARIOS EDILES.- Que se vote.

PRESIDENTE.- Votamos.

SE VOTA: unanimidad, 28 votos.

(Expediente N° 575/2024) Resolución N° 367/2024 Visto: El Expediente N° 575/2024 y con lo informado por la Comisión de Obras Públicas que este Cuerpo comparte, LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESIÓN DE LA FECHA, RESUELVE: 1º) Autorízase la regularización de obras gestionada en autos realizadas en el Padrón Nº 6689 - Manzana Nº 1072, Localidad Catastral Piriápolis. 2º) El Ejecutivo Departamental dispondrá la aplicación de recargo de tasas para el caso si correspondiera, luego de verificar lo establecido en la Ordenanza vigente. 3º) Siga a la Intendencia a sus efectos.

(Expediente N° 591/2024) Resolución N° 368/2024 Visto: El Expediente N° 591/2024 y con lo informado por la Comisión de Obras Públicas que este Cuerpo comparte, LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESIÓN DE LA FECHA, RESUELVE: 1º) Autorízase la regularización de obras gestionada en autos realizadas en el Padrón Nº 27480 - Manzana Nº 2335 Localidad Catastral Maldonado, quedando agotada toda posibilidad de crecimiento edilicio que incremente el porcentaje del FOS aprobado en este acto. 2º) El Ejecutivo Departamental dispondrá la aplicación de recargo de tasas para el caso si correspondiera, luego de verificar lo establecido en la Ordenanza vigente. 3º) Siga a la Intendencia a sus efectos.

SECRETARIA.- EXPEDIENTE Nº 535/2024: Juan Cruz Irala, su consulta de viabilidad para construir en Maldonado.

Informe favorable de la Comisión de Obras Públicas. Firman los ediles: De los Santos, Robaina, Estela, Artola y Borges.

PRESIDENTE.- Votamos.

SE VOTA: unanimidad, 28 votos.

(Expediente N° 535/2024) Resolución N° 369/2024 Visto: El Expediente N° 535/2024 y con lo informado por la Comisión de Obras Públicas que este Cuerpo comparte, LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESIÓN DE LA FECHA, RESUELVE: 1º) Préstase conformidad a la presente consulta de viabilidad para construir el proyecto glosado en estos obrados en los Padrones Nos. 2778 y 3002- Manzana N° 268, Localidad Catastral Maldonado, en los términos y condiciones informados por la Dirección General de Urbanismo en Actuación 6 y en cumplimiento de las condiciones dispuestas en el Decreto Departamental N° 3965/2017. 2°) La presente anuencia queda condicionada a la fusión de los padrones y al ajuste del FOS V a la norma. 3°) Siga a la Intendencia a sus efectos.

PRESIDENTE.- Continuamos.

SECRETARIA.- EXPEDIENTE Nº 486/2024: Gonzalo Dibarboure, su consulta de viabilidad para ampliar construcción en Punta del Este.

Informe favorable de la Comisión de Obras Públicas. Firman los ediles: Artola, Estela, Robaina, Borges y De los Santos.

VARIOS EDILES.- Que se vote.

PRESIDENTE.- Votamos.

SE VOTA: unanimidad, 28 votos.

(Expediente N° 486/2024) Resolución N° 370/2024 Visto: El Expediente N° 486/2024 y con lo informado por la Comisión de Obras Públicas que este Cuerpo comparte, LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESIÓN DE LA FECHA, RESUELVE: 1º) Préstase conformidad a la presente consulta de viabilidad para construir el proyecto glosado en estos obrados en el Padrón N° 11310 - Manzana N° 1049, Localidad Catastral Punta del Este, en los términos y condiciones informados por la Dirección General de Urbanismo en Actuación 2 y en cumplimiento de las condiciones dispuestas en el Decreto Departamental N° 3965/2017. 2°) Siga a la Intendencia a sus efectos.

PRESIDENTE.- Edil Garlo, para fundamentar…

EDIL GARLO (Joaquín).- No.

PRESIDENTE.- ¿No? ¿No pidió la palabra?

EDIL GARLO (Joaquín).- Sí, pero no para fundamentar.

PRESIDENTE.- Muy bien. Adelante.

EDIL GARLO (Joaquín).- Presidente, iba a proponer un criterio para la votación de las declaratorias de interés departamental. Están todas informadas por la Comisión de Legislación con la firma de todos los partidos: que se voten en conjunto. (cg)

SECRETARIA.- ¿Del 1 al 8…?

EDIL GARLO (Joaquín).- Perdón, hay una que no ‒me corrigen acá y es cierto‒. A no ser la que no tiene la firma de todos los partidos, que las demás se voten en conjunto.

(Dialogados en la Mesa).

PRESIDENTE.- Del 1 al 7 tienen las firmas de todos los partidos.

EDIL GARLO (Joaquín).- Correcto.

PRESIDENTE.- Votamos el criterio propuesto por el edil.

SE VOTA: unanimidad, 29 votos.

SECRETARIA.- EXPEDIENTE Nº 573/2024: Aprotur (Asociación de Promoción Turística de Piriápolis) solicita se declaren de interés departamental las actividades de la nueva edición de La Fiesta de la Paella Gigante, celebrando sus 25 años, que incluirá una Feria Gastronómica y Campeonato Nacional de Paella para clasificar a nivel mundial en Valencia (España), los días 6 y 7 de diciembre del corriente año en Piriápolis.

EXPEDIENTE Nº 583/2024: Fernando Goapper solicita se declaren de interés departamental las actividades relacionadas con el proyecto deportivo denominado “Hileras WineRun”, a llevarse a cabo del 15 al 18 de noviembre del corriente año en Punta del Este.

EXPEDIENTE Nº 584/2024: Luis Sverco, en representación del Club Arquería Cimarrón solicita se declaren de interés departamental las actividades de la “Tercer Fecha Nacional 3D y Final Nacional 3D”, a llevarse a cabo el 8 de diciembre del corriente año en Maldonado.

EXPEDIENTE Nº 589/2024: Fernando Goldsman solicita se declaren de interés departamental las actividades de la 16ª edición de Latinuy Opera Prima, Latino Uruguayo & Brasilero, a llevarse a cabo del 13 al 17/11/24 en Punta del Este.

EXPEDIENTE Nº 600/2024: Marita Cirillo y otros solicitan se declaren de interés departamental las actividades que se llevarán a cabo en el Encuentro XX Regional de Teatro 2025, en el mes de junio de 2025 en Maldonado.

EXPEDIENTE Nº 602/2024: Rotary Club Punta del Este solicita se declaren de interés departamental las actividades que se llevarán a cabo con motivo del Día Mundial de la Salud Mental, a realizarse el 10 de octubre del corriente año en Punta del Este.

EXPEDIENTE Nº 606/2024: Colegio de Abogados y otros solicitan se declaren de interés departamental las actividades de las “XXI Jornadas Nacionales de Derecho Procesal”, a llevarse a cabo del 17 al 19 de octubre del corriente año en Punta del Este.

VARIOS EDILES.- Que se vote.

EDIL URDANGARAY (Juan).- ¿Puede decir quienes firman los expedientes, por favor?

SECRETARIA.- Gava, Sánchez, Vicentino y Garlo.

EDIL URDANGARAY (Juan).- Gracias.

EDIL GARLO (Joaquín).- Y Urdangaray…

EDIL URDANGARAY (Juan).- No.

PRESIDENTE.- Votamos.

SE VOTA: unanimidad, 29 votos.

(Expediente N° 573/2024) Resolución N° 371/2024 Visto: El Expediente N° 573/2024 y con lo informado por la Comisión de Legislación que este Cuerpo comparte, LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESIÓN DE LA FECHA, RESUELVE: 1º) Decláranse de Interés Departamental las actividades que se llevarán a cabo en el marco de la próxima edición de la "Fiesta de la Paella Gigante" de Piriápolis, a realizarse los días 6 y 7 de diciembre del cte. año en la antedicha ciudad. 2º) Siga a la Intendencia a sus efectos.

(Expediente N° 583/2024) Resolución N° 372/2024 Visto: El Expediente N° 583/2024 y con lo informado por la Comisión de Legislación que este Cuerpo comparte, LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESIÓN DE LA FECHA, RESUELVE: 1º) Decláranse de Interés Departamental las actividades que se realizarán en el marco del proyecto deportivo denominado "Hileras WineRun", a llevarse a cabo del 15 al 18 de noviembre del cte. año en nuestro Departamento. 2º) Siga a la Intendencia a sus efectos.

(Expediente N° 584/2024) Resolución N° 373/2024 Visto: El Expediente N° 584/2024 y con lo informado por la Comisión de Legislación que este Cuerpo comparte, LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESIÓN DE LA FECHA, RESUELVE: 1º) Decláranse de Interés Departamental las actividades que se lleven a cabo en el marco de los eventos denominados tercer fecha del "Campeonato Nacional Federado y Final Nacional del Campeonato Nacional de Tiro con Arco de la modalidad 3D",a desarrollarse el 8 de diciembre del cte. año en nuestro Departamento. 2º) Siga a la Intendencia a sus efectos.

(Expediente N° 589/2024) Resolución N° 374/2024 Visto: El Expediente N° 589/2024 y con lo informado por la Comisión de Legislación que este Cuerpo comparte, LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESIÓN DE LA FECHA, RESUELVE: 1º) Decláranse de Interés Departamental las actividades que se lleven a cabo en el marco de la "16ª edición del Festival LATINUY OPERA PRIMA, LATINO URUGUAYO & BRASILERO", a realizarse el 13 al 17 de noviembre del cte. año en la ciudad de Punta del Este. 2º) Siga a la Intendencia a sus efectos.

(Expediente N° 600/2024) Resolución N° 375/2024 Visto: El Expediente N° 600/2024 y con lo informado por la Comisión de Legislación que este Cuerpo comparte, LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESIÓN DE LA FECHA, RESUELVE: 1º) Decláranse de Interés Departamental las actividades que se lleven realicen en el marco del "Encuentro XX Regional de Teatro 2025", a desarrollarse en el mes de junio de 2025 en la ciudad de Maldonado. 2º) Siga a la Intendencia a sus efectos.

(Expediente N° 602/2024) Resolución N° 376/2024 Visto: El Expediente N° 602/2024 y con lo informado por la Comisión de Legislación que este Cuerpo comparte, LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESIÓN DE LA FECHA, RESUELVE: 1º) Decláranse de Interés Departamental las actividades que se desarrollen en el marco del evento denominado "Ayudando desde diferentes miradas", con motivo del Día Mundial de la Salud Mental, a llevarse a cabo el 10 de octubre del cte. año en la ciudad de Punta del Este. 2º) Siga a la Intendencia a sus efectos. Declárase urgente.

(Expediente N° 606/2024) Resolución N° 377/2024 Visto: El Expediente N° 606/2024 y con lo informado por la Comisión de Legislación que este Cuerpo comparte, LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESIÓN DE LA FECHA, RESUELVE: 1º) Decláranse de Interés Departamental las actividades que se desarrollen con motivo de la realización de las "XX Jornadas Nacionales de Derecho Procesal", a desarrollarse del 17 al 19 de octubre del cte. año en Punta del Este. 2º) Siga a la Intendencia a sus efectos. Declárase urgente.

PRESIDENTE.- Edil Cabrera.

EDIL CABRERA (Esteban).- Es para fundamentar el voto, presidente.

Presidente: creemos que es importante declarar de interés departamental varios eventos que se van a realizar en el departamento, porque eso les da lo que se podría decir “el aval” de la Intendencia o su apoyo o significa que los cree convenientes. Por supuesto que eso no aporta dinero ni nada más, pero, en realidad, lo que sí aporta es una especie de apoyo porque creemos que es importante para el departamento.

Por ejemplo, el primer caso que se leyó, el de la paella gigante, se trata de un evento histórico de Piriápolis que se ha realizado durante una cantidad de años, no recuerdo desde qué año, pero desde que tengo memoria, siendo bastante pequeño, ya se realizaba y eran multitudes las que se acercaban al balneario.

Entonces, presidente, creímos que era necesario declararlo de interés departamental este año y, desde el Partido Nacional, propondremos que se lo siga declarando por una cantidad de años más, todos lo que sean necesarios para dar ese apoyo para que sea reconocido y difundido a lo largo de todo el departamento y ‒¿por qué no?‒ del país, para que cada vez más personas conozcan La Fiesta de la Paella Gigante, que es un evento importante para el lanzamiento de la temporada en la Zona Oeste.

Creemos que es muy importante que todos los años se le dé este apoyo desde la Intendencia Departamental. Se ve que en algún otro momento no se tuvo esa iniciativa; a veces, en la locura de tratar de llevar algo adelante puede pasarse por alto, pero esperemos que, de ahora en adelante, todos los años tengamos esta voluntad de hacerlo.

Gracias, presidente.

PRESIDENTE.- Gracias, compañero edil.

Para fundamentar el voto, el edil Garlo.

EDIL GARLO (Joaquín).- Quiero fundamentar el voto, en primer lugar, aclarando que la declaratoria de interés departamental no significa ningún apoyo del Gobierno departamental, sino, justamente, como el nombre lo establece, conforme al decreto que aprobara esta Junta, es “declarar de interés para el Gobierno departamental la realización de tal o cual evento”. Eso no implica ningún apoyo de ninguna naturaleza, a no ser que la resolución del Intendente así lo establezca, con anuencia de la Junta en los casos que corresponda. No es el caso de ninguno de los expedientes que estamos votando esta noche, incluido el del clásico evento del balneario de Piriápolis, como es el de su paella gigante.

Dicho sea de paso, la iniciativa de la declaratoria de interés departamental fue tramitada por una organización de la sociedad civil: Aprotur; no fue una iniciativa ni de la Intendencia ni de ningún edil de esta Junta ni de ningún partido político, sino de la sociedad civil organizada, que, año a año, promueve un evento tan característico de nuestro departamento y tan importante desde el punto de vista cultural y turístico. (a.g.b.)

Y que además, en el mundo, nos ha dejado en lo alto como país, porque a raíz de este evento vecinos de la comunidad de Piriápolis se han ido a representar a Uruguay al exterior en concursos y eventos internacionales de gran magnitud.

Es la sociedad civil organizada la que una vez más empuja para que rompamos la estacionalidad, un discurso que a los que estamos en la cosa pública nos gusta tanto, el de romper la estacionalidad del turismo, y la sociedad civil organizada, una vez más, aporta a ese proceso tan importante para la vida económica del departamento de Maldonado.

Entonces, en este caso quiero destacar ‒haciendo referencia al expediente de la declaración de interés departamental de la paella gigante de Piriápolis‒ la importancia que tiene el trabajo de Aprotur a pesar de las dificultades que a veces tiene en materia de apoyo, como, por ejemplo, del Gobierno departamental; las dificultades que tiene la sociedad civil organizada para llevar adelante su trabajo, para poder llevar adelante esas actividades, cuando no encuentra el apoyo por parte de las instituciones del Estado.

Hemos recibido en la Comisión de Turismo, y en algunos otros ámbitos de esta Junta, inquietudes de estas organizaciones que exigen y reclaman, con legitimidad absoluta, el apoyo del Estado para poder seguir trabajando.

Quería decir eso.

Nada más, presidente. Gracias.

PRESIDENTE.- Gracias, compañero edil.

Continuamos.

SECRETARIA.- EXPEDIENTE Nº 592/2024: Carlos Eduardo Sacco solicita se declaren de interés departamental las actividades del Certamen Nacional de Belleza "Reina de las playas Uruguay" 3ª edición, a llevarse a cabo el 14 de diciembre del corriente año en Punta del Este.

Tiene informe favorable de la Comisión de Legislación con firma de los ediles Gava, Sánchez y Vicentino.

VARIOS EDILES.- Que se vote.

PRESIDENTE.- Que se vote solicitan varios ediles.

Votamos.

SE VOTA: 20 en 28, afirmativo.

(Expediente N° 592/2024) Resolución N° 378/2024 Visto: El Expediente N° 592/2024 y con lo informado por la Comisión de Legislación que este Cuerpo comparte, LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESIÓN DE LA FECHA, RESUELVE: 1º) Decláranse de Interés Departamental las actividades que se realicen en el marco del certamen nacional de belleza "Reina de las Playas Uruguay" en su 3era. edición, a desarrollarse el 14 de diciembre del cte. año en la ciudad de Punta del Este. 2º) Siga a la Intendencia a sus efectos.

PRESIDENTE.- Continuamos.

SECRETARIA.- EXPEDIENTE Nº 662/1/2022: Intendencia Departamental remite el proyecto modificativo del Decreto Nº 3718/1997 referente a regulación de accesibilidad.

Tiene informe favorable de la Comisión de Obras que firman los ediles Artola, Correa, Estela, Sánchez, Borges y Robaina. Por la Comisión de Legislación firman los ediles Gava, Sánchez, Vicentino y Garlo.

PRESIDENTE.- Edil Garlo.

EDIL GARLO (Joaquín).- Gracias, presidente.

La Junta recordará que en el año 2022, luego de una reunión que mantuvimos en la Comisión de Obras Públicas con integrantes de la Comisión Honoraria de Discapacidad de Maldonado, los ediles Fernando Borges, Fermín de los Santos y quien habla, presentamos un proyecto de decreto departamental que se sustanció en el Expediente 662/2022, que proponía una modificación de algunos artículos del Decreto departamental Nº 3718, conocido popularmente como el Texto Ordenado de Normas de Edificación (TONE) y que planteaba nada más ni nada menos que la adecuación de ese decreto, que es del año 1997, a una serie de normas nacionales e internacionales que regulan la accesibilidad y particularmente los derechos de las personas con discapacidad.

Nuestro país, en el año 2008, ratificó la Convención de Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, conocida como la Convención de Nueva York. La ratificación de este tratado internacional significó la incorporación al bloque de constitucionalidad de nuestro país de normas que buscan "promover, proteger y asegurar el goce pleno y en condiciones de igualdad de todos los derechos humanos y libertades fundamentales por todas las personas con discapacidad y promover el respeto de su dignidad inherente". (a.f.r.)

Dentro de los principios de esta Convención se encuentra la accesibilidad, “a fin de que las personas con discapacidad puedan vivir de forma independiente y participar plenamente de todos los aspectos de la vida, debiendo los Estados adoptar las medidas pertinentes que garanticen la accesibilidad”.

En el año 2010 el Uruguay aprobó la Ley Nº 18.651 de Protección Integral de Personas con Discapacidad, recogiendo los compromisos asumidos a través de la ratificación de la Convención de Nueva York, y esa norma, en el artículo 68, establece: “La construcción, ampliación y reforma de los edificios de propiedad pública o privada destinados a un uso que implique la concurrencia de público, así como la planificación y la urbanización de las vías públicas, parques y jardines de iguales características, se deben efectuar de forma tal que todas las personas puedan acceder, ingresar, usar y egresar en condiciones de seguridad, equidad y confort con la mayor autonomía posible”.

Al mismo tiempo, el artículo 69 de esa ley establecía que las Intendencias Departamentales deberían “incluir normas sobre el tema y en sus respectivos Planes Reguladores o de Desarrollo Urbano, las disposiciones necesarias con el objeto de adaptar las vías públicas, parques, jardines y edificios, de acuerdo con las normas técnicas establecidas por el Instituto Uruguayo de Normas Técnicas (UNIT).

A nivel departamental, el TONE, en su redacción actual hasta el momento, o la redacción que tenía hasta el momento en que planteamos este proyecto al que hacía referencia, se había quedado en el tiempo, nunca había sido debidamente modificado a los efectos de dar cumplimiento con el artículo 69 de la Ley de Protección Integral de las Personas con Discapacidad ni con la Convención de Nueva York.

Además, tres artículos del TONE ‒de los 350 que tiene‒ establecían conceptos y elementos que resultaban totalmente vetustos y que no se encontraban ajustados a las disposiciones nacionales e internacionales vigentes en la materia, encontrándose el Gobierno departamental de Maldonado en una falta flagrante al cumplimiento con sus obligaciones legales, razón por la cual veíamos que era una necesidad adecuar esa normativa vigente.

Entonces, planteábamos la modificación de tres artículos: en el artículo 96, que refería al acceso ‒fíjense la terminología que utilizaba‒, el acápite era: “Acceso para discapacitados”, concepto que proponíamos que fuera sustituido por: “personas con discapacidad”, que es la terminología que la Convención de Nueva York establece como correcta para referirse a esa población, conforme ‒como decíamos‒ a las normas internacionales.

El artículo 97 refería a “Instalaciones para discapacitados”, término que, como vimos, debía ser corregido, pero además esta disposición se limitaba a regular los espacios donde trabajaran personas con discapacidad, debiendo ser ampliado a todos los edificios que tengan por destino la recepción de público, cuyas instalaciones deberían garantizar el desenvolvimiento y correcta utilización de los espacios por parte de todas las personas.

Y el artículo 98, que regulaba las “Viviendas para discapacitados” ‒nuevamente la terminología equivocada o, mejor dicho, propia de otro tiempo, si se quiere‒, entendíamos que debía incorporar una mención a la normativa aplicable que garantizara la accesibilidad y correcta utilización de las viviendas por parte de las personas con discapacidad.

Además de las modificaciones referidas ‒los tres artículos citados‒, nosotros planteábamos la incorporación de expresa mención a las normas técnicas de accesibilidad establecidas por el Instituto Uruguayo de Normas Técnicas (UNIT), que, como vimos, es el parámetro general que debe ser considerado en la materia, según está establecido en la Ley Nº 18.651, y los Gobiernos departamentales estaban obligados a dar cumplimiento a esa disposición.

Nosotros, recogiendo el planteo ‒como les decíamos‒ de la Comisión Honoraria de la Discapacidad de Maldonado, que hiciera en Expediente Nº 609/2022, planteamos algunas consideraciones en este Expediente Nº 662/2022. Planteamos ese proyecto de decreto, que fue informado de forma favorable por la unanimidad de la Comisión de Obras Públicas, por la unanimidad de la Comisión de Legislación y fue tratado por este plenario ‒les voy a decir la fecha, porque quiero hacerles el relato completo‒ el 12 de diciembre de 2023. La Junta Departamental, la unanimidad de esta Junta, con el voto de todos los partidos políticos que la integramos, aprobó por unanimidad este proyecto que presentáramos. (m.g.g.)

¿Por qué? Porque todos estábamos de acuerdo en que esto era una necesidad urgente y, además, la redacción que habíamos encontrado y que había sido consensuada con todos los partidos políticos entendíamos que era la correcta.

La sorpresa vino a los 10 días, el 22 de diciembre de 2023, cuando el Intendente vetó el expediente, el Decreto Nº 4090 de 2023. El Intendente vetó esa norma que por unanimidad la Junta había aprobado y que establecía el cumplimiento de la ley y de los tratados internacionales ratificados por la República. Por Resolución Nº 11460/2023 el Intendente Enrique Antía Behrens resolvió: “Obsérvase el Decreto legislativo registrado con el Nº 4090/2023”. Y nosotros queríamos saber cuál era la razón por la cual el Intendente Antía había resuelto vetar un decreto que, nada más y nada menos, regulaba la accesibilidad en la obra pública y en la obra privada de uso público en nuestro departamento y que, además, regulaba la accesibilidad de las viviendas que se construyeran en el departamento y que, además, regulaba la accesibilidad en los espacios de trabajo. Y la respuesta fue que la Intendencia estaba trabajando en una norma alternativa. Dijimos: “Bueno, capaz que nuestro decreto no era tan bueno y el Intendente tenía una propuesta mejor”.

Simultáneamente con el veto llegó a esta Junta el Expediente Nº 662/1/2022, o sea, se conformó un expediente dentro del expediente que nosotros habíamos gestionado a raíz del planteo de la Comisión Honoraria de la Discapacidad de Maldonado y cuando nos pusimos a revisar el texto propuesto por la Intendencia nos dimos cuenta de que planteaba exactamente lo mismo que proponíamos a raíz del planteo vuelvo a insistir con esto y valga la redundancia de la Comisión Honoraria de la Discapacidad de Maldonado. Nosotros no habíamos inventado nada, no lo habíamos sacado de la galera, no era una cuestión antojadiza nuestra, sino que nos hacíamos eco de un planteo que la sociedad civil venía haciendo desde hacía mucho tiempo. Además, es una Comisión con una integración muy diversa porque están representados en su seno distintos organismos del Estado, distintas organizaciones sociales, colectivos que reúnen a personas con distintos tipos de discapacidad en el departamento.

Cuando nos ponemos a revisar el proyecto de decreto, insisto, era una cuestión de redacción. Yo no quiero creer que el veto del Intendente y la remisión de este proyecto esa actitud era para determinar quién había sido el padre de la criatura. Me niego a creerlo, porque de ser así sería algo muy mezquino, ¿no? Porque el padre de esta criatura no va a ser otro, con este decreto o con el que vetó el Intendente, que la Comisión Honoraria de la Discapacidad de Maldonado.

(Aviso de tiempo).

VARIOS EDILES.- Prórroga de tiempo.

PRESIDENTE.- Prórroga de tiempo solicitan varias ediles. Votamos.

SE VOTA: unanimidad 28 votos.

Puede continuar, señor edil.

EDIL GARLO (Joaquín).- Gracias, compañeras y compañeros.

Porque ha sido la Comisión Honoraria de la Discapacidad de Maldonado la que desde el primer momento ha señalado la necesidad de que Maldonado dé cumplimiento a la ley, cosa de la que estaba omisa desde el año 2010. Porque en 2010, cuando se aprobó la Ley Nº 18.651, la Intendencia Departamental de Maldonado, el Gobierno departamental de Maldonado, debía dar estricto cumplimiento a la adecuación de sus normas respecto a la accesibilidad y hasta el año 2023 no lo había hecho. Y cuando lo hizo, el Intendente veta la norma, manda este proyecto que, insisto, si ustedes revisan el articulado del proyecto que está a consideración esta noche, agrega frases al final de ciertos artículos, sin modificar la redacción original de esos artículos, que establecen, por ejemplo voy a dar lectura de uno al azar que se deberá cumplir con lo establecido en los artículos tal y tal del capítulo tal. Es agregar una frase que dice: “se va a tener que cumplir con la norma general...” ¿Qué tiene esto de distinto? Nada. Es lo mismo que aplicar, hay que establecer en una sola norma que toda la obra pública o privada de uso público debe cumplir con las normas establecidas por el Instituto Uruguayo de Normas Técnicas, las Normas UNIT 200, respecto a la accesibilidad; no hay nada nuevo ahí. (k.f.)

Entonces, me niego a pensar, señor presidente, que esto es una mezquindad política para establecer la paternidad o maternidad del decreto departamental, porque de ser así sería bastante penoso.

Nosotros firmamos ‒a pesar de que nos parece que la redacción no tiene buena técnica legislativa y que no es un proyecto prolijo‒ tanto en la Comisión de Obras Públicas como en la Comisión de Legislación porque entendemos que esto tiene que aprobarse con urgencia. Porque desde diciembre de 2023 hasta hoy no había pasado nada, porque después del veto del Intendente al decreto sobre accesibilidad que esta Junta aprobó ‒y que presentáramos a instancias de la Comisión Honoraria de la Discapacidad‒, Maldonado seguía sin tener norma vigente.

Pero tiene que quedar bien claro que esta Junta actuó de forma correcta y que la Junta aprobó por unanimidad, el 12 de diciembre de 2023, una norma que adecuaba el TONE a la Ley N° 18.651 y a la Convención de Nueva York, y el Intendente Antía la vetó. Y no estoy inventando nada, ni estoy haciendo un relato a medias, esta es la historia de este expediente. Está todo documentado, por suerte.

Dicho esto, verán que por cuestiones de redacción, fíjense la desprolijidad porque, en definitiva, no era siquiera necesario...

EDIL URDANGARAY (Juan).- ¿Me concede una interrupción?

EDIL GARLO (Joaquín).- Termino y te la concedo.

Le agregaron a ciertos artículos que regulan determinadas actividades y la construcción de determinados establecimientos, particularmente, el “se deberá cumplir con lo establecido”. Algunos artículos lo dicen de una manera y otros artículos de otra, es una cosa rarísima. “Se deberá cumplir con lo establecido en el Capítulo 5, accesibilidad de la Sección 1, disposiciones generales, Título 2, higiene de la vivienda”. Se nota que se hizo de a pedazos por parte de la Intendencia, se recortó y se pegó en un lugar de una manera y en otro lugar, de otra. Eso da cuenta de la mala técnica legislativa del colegislador, porque el Intendente además nos dijo que él es colegislador porque la Constitución le establece esa facultad de colegislación. Entonces, como es colegislador, ahora nos dice cómo tenemos que legislar nosotros. Yo tengo grandes diferencias con ese concepto porque creo en la autonomía de la Junta Departamental como órgano del Gobierno Departamental de Maldonado.

Para terminar, señor presidente, quiero anunciar que en función de lo conversado con los ediles del Partido Nacional, vamos a proponer que se agregue al proyecto remitido por la Comisión de Legislación, un artículo 8° que dirá: “El presente decreto entrará en vigencia a los 180 días a partir de su promulgación”. Voy a expresar el porqué de este agregado, señor presidente: porque el proyecto remitido por la Intendencia no establecía un plazo para la aplicación de esta norma. Si esta Junta aprueba este decreto hoy, una vez que sea promulgado ‒supongamos la semana que viene o mañana, si se declarara urgente y el Intendente lo promulgara y se cumpliera el procedimiento; mañana no porque en realidad se tiene que cumplir con la publicación, etc.‒, la aplicación va a ser inmediata y eso también va a significar un problema, porque las normas que se establecen implican la necesidad de adecuar determinadas construcciones o la presentación de los proyectos de los permisos de construcción, por ejemplo, y eso generaría una situación bastante compleja para, sobre todo, el control por parte de la Intendencia.

Entonces, otorgar un plazo considerable, no muy extenso, pero tampoco muy acotado en el tiempo, ni extenso...

EDILA MILLÁN (Marie Claire).- Exiguo.

EDIL GARLO (Joaquín).- ...ni exiguo ‒exactamente, gracias‒, nos permite a todo el Gobierno departamental que esta norma sea aplicable y real y que esté ajustada a los tiempos de la Administración y también de la sociedad en su conjunto. (g.t.d)

El señor edil Urdangaray me está pidiendo una interrupción, que con gusto se la concedo.

PRESIDENTE.- ¿Le concede una interrupción, entonces?

EDIL GARLO (Joaquín).- Sí.

PRESIDENTE.- Muy bien.

Adelante, edil Urdangaray.

EDIL URDANGARAY (Juan).- Gracias, edil Garlo.

Primero que nada, quiero dar fe de lo que decía Joaquín, y, además, quiero contar algo que pasó ayer en la Comisión de Legislación. Lo quiero contar personalmente porque Joaquín no puede, obviamente.

Fue el edil Garlo el que propuso –y acá está el edil Sánchez que no me va a dejar mentir porque se encontraba en la Comisión– que esto ingresara hoy para ser aprobado esta noche. No había intenciones del Partido Nacional –y no lo digo en forma negativa, de ninguna manera– de que esto ingresara hoy. Y fue el edil Garlo el que propuso que él firmaba –y que no le interesaba sacar ningún rédito ni que apareciera su nombre– para que esto se aprobara rápidamente dada la importancia del mismo. En ese sentido demostró su voluntad de firmar este expediente para que ingresara hoy.

Era simplemente eso.

Gracias, presidente y edil Garlo.

PRESIDENTE.- Gracias, compañeros ediles.

Continuamos.

Tenemos anotado al edil Varela.

EDIL VARELA (Adolfo).- Señor presidente, es sencillo: no se puede adjudicar intenciones a los ediles.

Este expediente fue firmado por por todos los ediles de la Comisión de Obras hace 1 semana, a propuesta del Partido Nacional, y pasó a la Comisión de Legislación y es el Partido Nacional el que toma las decisiones en general. En este caso pudo haber habido una propuesta de un compañero edil de otro partido, sí, pero vino firmada de la otra Comisión. Entonces, lo último que acabamos de escuchar, lamentablemente está fuera de lugar: lo anterior, lo que se narró anteriormente sobre la asociación de hechos con respecto a esto, está bien y es parte de esta historia.

Pero la realidad es que hoy lo vamos a votar, tiene la firma del Partido Nacional, se votó en la Comisión de Obras, se votó en la Comisión de Legislación –que es lo que revisa la técnica legislativa y nada más que eso– y ahora vota el Plenario con el agregado que recién hizo el edil Garlo de ese último artículo, que está acordado con los partidos políticos.

Muchas gracias, presidente.

PRESIDENTE.- Gracias, compañero edil.

EDIL ARIAS (Andrés).- Que se vote.

PRESIDENTE.- Que se vote solicita el edil Arias.

Votamos.

SE VOTA: unanimidad, 29 votos.

Decreto Nº 4100/2024

Visto: El Expediente Nº 662/1/2022 y con lo informado por las Comisiones de Obras Públicas y de Legislación que este Cuerpo comparte. LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESIÓN DE LA FECHA, DECRETA: Artículo 1º) Modifícanse los siguientes artículos de la SECCIÓN I, TÍTULO II HIGIENE DE LA VIVIENDA Y ACCESIBILIDAD del Decreto Departamental Nº 3718/1997, los que quedarán redactados de la siguiente manera: CAPÍTULO III – EXIGENCIA SOBRE LOCALES: “Artículo 80º) – Cocinas. Las cocinas serán obligatorias en toda casa habitación y su altura mínima será 2.20 mts. Cuando forme un local aislado de los demás locales deberá tener 4 m2. de superficie mínima y 1,60 mts. de lado mínimo en cualquier sentido. Cuando uno de los lados esté abierto totalmente hacia otro ambiente habitable, podrá tener hasta un mínimo de 3 m2 con un lado mínimo de 1,40 mts. En caso de que la unidad de habitación se proyecte con mueble cocina, éste podrá estar comprendido en un espacio cuya superficie mínima sea de 1.50 m2. y un lado mínimo de 60 cms. y siempre que cumpla las siguientes condiciones: a) Uno de sus lados mayores se abrirá totalmente a otro ambiente de modo que asegure una aireación efectiva. b) Ventile al exterior o tenga un ducto destinado exclusivamente a la cocina. Se deberá cumplir con lo establecido en los Artículos 102º) a 105º) del Capítulo V Accesibilidad.” “Artículo 81º) – Baños. El cuarto de baño será obligatorio en toda casa habitación y deberá tener instalado lavabo, ducha e inodoro. Sus dimensiones mínimas serán: altura de 2,20 mts., lado mínimo 1.20 mts. y superficie 3 m2.. Si en una vivienda hubiera más de un cuarto de baño con dichas instalaciones, podrá admitirse otro con 2 m2 de superficie mínima y un metro de lado mínimo. Otros locales con instalación de lavabo e inodoro o lavabo y ducha o ducha e inodoro, podrán tener un área mínima de 1,40 mts. cuadrados y un lado mínimo de un metro, con la altura mínima de 2,20 mts. Se deberá cumplir con lo establecido en los Artículos 102º a 105º del Capítulo V Accesibilidad.” “Artículo 83º) - Escritorios, locales de trabajo y conjuntos comerciales. Los escritorios y locales de trabajo cuando cuenten con 25 o más empleados, operarios o funcionarios permanentes en el local, los locales de trabajo y los complementarios a éstos, tales como comedor, deben ser accesibles. En todas las galerías comerciales y escritorios, el lado mínimo de los locales se fija en 2,50 mts. La altura mínima de los locales comerciales será de 3mts. y la de los escritorios u oficinas de 2,40 mts. Todas las unidades deben tener un itinerario accesible que vincule su acceso con un ambiente accesible y un servicio higiénico convertible. Los edificios destinados a estos fines deberán tener servicios higiénicos. Estos podrán estar dispuestos a razón de uno por cada unidad locativa o agrupados en baterías, a razón de una por sexo y por cada piso, como mínimo, debiendo disponerse en cada una de un inodoro y un lavatorio cada tres locales a los que sirvan. En cada batería, por lo menos un servicio higiénico, vestuario y ducha deberá ser accesible. En caso de que las baterías no cuenten con el baño accesible o se trate de baños individuales por cada local, deberá preverse un servicio higiénico, vestuario y ducha accesible y no identificado por sexo. Cuando se trate de baños individuales para cada local, aquellos tendrán una superficie mínima de 1,20 m2. con un lado mínimo de 80 cms. y la altura mínima de 2,20 mts.” “Artículo 85º) - Locales gastronómicos o de esparcimiento. Los locales comerciales destinados a confiterías, bares, restaurantes, boites, salas de entretenimientos u otro destino similar, deberán contar con un servicio higiénico para cada sexo, con instalaciones de dos lavatorios y dos inodoros para cada uno de ellos como mínimo. La Dirección de Control Edilicio dado el carácter o volumen del local comercial de que se trate, podrá exigir la cantidad y tipo de aparatos que estime conveniente. En cada batería, por lo menos un servicio higiénico deberá ser accesible. En su defecto, deberá preverse un tercer servicio higiénico, accesible y no identificado por sexo. Los servicios higiénicos deben estar señalizados.” “Artículo 89º) – Escaleras y rampas. Se ajustarán a las siguientes disposiciones: a) Las escaleras dispondrán de protecciones que ofrezcan seguridad de circulación a sus usuarios; b) Las escaleras deberán tener sus escalones con huellas y contrahuellas determinadas por la siguiente fórmula: 2a+b = 64 cms., siendo "a" la altura de cada escalón o contrahuella y "b" la huella (sin sumar el vuelo o saliente); c) La altura de las contrahuellas no podrá sobrepasar los 18,6 cms.; d) En las casas colectivas las escaleras tendrán por lo menos un descanso intermedio por cada piso que salven, el que se ubicará como máximo cada 16 contrahuellas. Las huellas de los descansos serán por lo menos del triple de cada escalón; e) El paso o altura libre de las escaleras en todo su recorrido, no será inferior a 2,10 mts.; f) El ancho mínimo de las escaleras, será: - Para casas unifamiliares: 90 cms. - Casas colectivas sin ascensor: 120 cms. - Casas colectivas con ascensor: 100 cms. g) Las escaleras secundarias y las que sirvan solamente a un local habitable podrán tener un ancho mínimo de 70 cms. y escalones con huella no menor de 24 cms. y contrahuella no mayor de 20 cms.; h) Las escaleras que sirvan altillos, sótanos, despensas, salas de máquina, accesos de azoteas, depósitos, miradores, etc., podrán tener escalones con huellas y contrahuellas de 20 cms. y un ancho mínimo de 55 cms. cuando se hallen entre muros; i) Las huellas sobre la línea de giro trazada a 50 cms. del limón menor, tendrán el ancho mínimo que indica la fórmula del literal b. El ancho mínimo del escalón en el limón, no será inferior a 15 cms. El proyecto de estas escaleras será acompañado de un detalle a escala 1/20; j) Se podrán construir escaleras caracol para acceder a altillos, depósitos y otros ambientes secundarios con un ancho mínimo de 55 cms. Como escalera principal en vivienda, deberá tener 90 cms. de ancho, un limón de 15 cms. y a 55 cms. del borde interior de la misma, deberá cumplir con lo establecido en los literales b y c del presente artículo; k) Las escaleras a la "marinera" sólo podrán usarse para salvar el desnivel entre azoteas o accesos a azoteas no transitables; l) En edificios colectivos sin servicio de ascensor se prohíben las escaleras curvas, poligonales, compensadas, etc., admitiéndose únicamente escaleras de tramos rectos. Puede suprimirse todo tipo de iluminación natural en las escaleras, si se mantiene sobre el último tramo de las escaleras colectivas, una superficie real de iluminación permanente de un metro cuadrado; m) Los edificios de habitación colectiva o escritorios, desarrollados en altura y que cuenten con servicios de ascensores ajustados a las normas vigentes, podrán disponer de escaleras (aisladas con muros y puertas corta fuego) iluminadas artificialmente; n) A las escaleras de casas particulares les bastará con estar en contacto con un local bien iluminado. ñ) Las rampas se realizarán de acuerdo con la norma técnica UNIT 200 correspondiente a la versión vigente al primer día hábil de enero del año en curso (Instituto Uruguayo de Normas Técnicas). o) Rodapies, pasamanos y barandas se realizarán de acuerdo con la norma técnica UNIT 200 correspondiente a la versión vigente al primer día hábil de enero del año en curso (Instituto Uruguayo de Normas Técnicas).” Artículo 2º) Modifícase el Artículo 90º del Decreto Departamental Nº 3718/1997 (SECCIÓN I, TÍTULO II HIGIENE DE LA VIVIENDA Y ACCESIBILIDAD – CAPÍTULO IV – INSTALACIONES REQUERIDAS), en la redacción dada por el Artículo 1º del Decreto Departamental Nº 3983/2017, el que quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 90º) - Estacionamiento. a) Todo edificio que se construya en el Departamento y que se destine a cualquier forma de vivienda colectiva o edificio cuyo destino u ocupación sea para uso público en general, deberá disponer de áreas de estacionamiento o garaje según los parámetros correspondientes. Podrá admitirse que los estacionamientos exigidos se emplacen en otro predio independiente, siempre que los accesos disten menos de 400 mts. En áreas balnearias podrán admitirse distancias superiores, debiendo contar con informe técnico favorable. Los predios destinados a estacionamiento, no podrán alterar su destino salvo autorización expresa de la Intendencia Departamental, con aprobación de la Junta Departamental, requiriéndose una mayoría de 3/5 del total de votos de sus componentes. Se admitirán múltiples destinos para el predio, previo informe técnico favorable, siempre que no se altere la funcionalidad del estacionamiento, ni los requerimientos mínimos que se establecen en la norma. La vinculación entre el edificio que se gestiona y los estacionamientos complementarios deberá documentarse notarialmente, se inscribirá en los títulos de ambos predios y constará en planos sellados y en Certificado de Habilitación Final de Obras. Cada unidad de estacionamiento que responda exclusivamente a la obligatoriedad preceptuada en el Artículo 178º del presente Decreto Departamental, mantendrá una relación biunívoca con una unidad del edificio, indivisible, no pudiendo enajenarse por separado de la misma. En las áreas balnearias el edificio de estacionamientos deberá habilitarse en conjunto con el que le dio origen, solo en áreas de residencia permanente, el edificio de estacionamientos podrá habilitarse previamente. En ningún caso podrá habilitarse después. Los estacionamientos se clasificarán en dos tipos: Tipo A: de 2,50 x 5,00 mts. y Tipo B: de 2,25 x 4,50 mts. Cada edificio deberá disponer de por lo menos un 50 % de estacionamientos del Tipo A con calles de circulación de 6 mts. Cuando las calles de circulación sirvan exclusivamente a lugares tipo B, podrán tener 5 mts. Todos los estacionamientos tendrán acceso directo a las calles de circulación, admitiéndose lugares encerrados por otros lugares de estacionamiento sólo cuando se adjudiquen a la misma unidad, los que computarán como único estacionamiento. La estructura podrá reducir en algún punto el lado mínimo de estacionamiento y circulación en un 10 %. En el caso de edificios de apartamentos que se amplíen y que no cuenten con estacionamiento o garaje, o los tengan en cantidad insuficiente, se exigirá estacionamiento o garaje si a criterio de las oficinas técnicas es necesario. Los accesos a los garajes, en aquellos predios que sean frentistas a más de una vía pública, deberán hacerse por aquella que soporte una menor intensidad de tránsito. Las rampas de acceso podrán tener una pendiente máxima de 15 %. La altura mínima de los garajes será de 2,40 mts., admitiéndose 2,25 mts. libres debajo del fondo de vigas y puertas. Cuando haya cambio en la pendiente del piso bajo puertas o vigas, la altura mínima libre se medirá a la recta definida por el apoyo de las ruedas, separadas 2,70 mts. entre sí. Las viviendas de más de 200 m2, deberán contar con área de estacionamiento para dos vehículos. Queda prohibido utilizar los retiros frontales para los estacionamientos obligatorios. La Intendencia podrá exigir mayores áreas de estacionamiento, cuando a su juicio, la índole del programa propuesto, por la afluencia de vehículos o de público y la zona en la que se implanta, las requiera para un correcto funcionamiento. Los locales destinados a estacionamiento, contarán con adecuada ventilación natural o forzada. Cuando sea natural, deberá ser cruzada y se realizará por medio de vanos o ductos, con una superficie mínima igual al 0,5% del área del local, repartida en forma equilibrada. El portón de acceso podrá incluirse en esa área cuando sea calado o de malla. Cuando la ventilación sea forzada, se asegurarán cinco cambios de aire por hora, debiendo indicar en planos las características de los equipos a usar. En todos los casos se deberá disponer estacionamientos accesibles. Un estacionamiento accesible es aquel que se complementa con un área de ascenso y descenso libre de obstáculos en toda su dimensión., la que se constituye con un espacio, contiguo al sitio de estacionamiento y al mismo nivel, de 1,10 m de ancho y largo igual al del sitio de estacionamiento. Las dimensiones y demarcación de los sitios de estacionamiento se deben ajustar a la Normativa Departamental vigente y vincularse a través de un itinerario accesible que permita acceder a diferentes espacios, servicios o equipamientos que cumplan la condición de accesibilidad. Para el cálculo de estacionamientos accesibles se aplica la siguiente tabla en el porcentaje de sitios grandes y chicos que exige la normativa vigente:

Sitios Sitios accesibles

Hasta 10 1

Entre 11 y 25 2

Entre 26 y 50 3

Entre 51 y 75 4

Entre 76 y 100 5

Entre 101 y 150 6

Entre 151 y 200 7

Entre 201 y 300 8

A partir de 301 1 sitio más cada 100 sitios.

En régimen de Propiedad Horizontal el mínimo exigido de sitios accesibles deben ser bienes comunes de uso común. De existir un estacionamiento de cortesía, éste debe ser accesible. b) Espacios de detención de vehículos. Para todos los destinos no residenciales se debe disponer de un espacio de detención para ascenso y descenso de personas conforme lo requerido en los Artículos 102º) a 105º) (Capítulo V Accesibilidad)." Artículo 3º) Modifícanse los siguientes artículos de la SECCIÓN I, TÍTULO II HIGIENE DE LA VIVIENDA Y ACCESIBILIDAD del Decreto Departamental Nº 3718/1997, los que quedarán redactados de la siguiente manera: CAPÍTULO IV – INSTALACIONES REQUERIDAS "Artículo 94º) - a) Ascensores y otros dispositivos de accesibilidad de transporte vertical de personas. En los sectores Punta del Este, Balneario de la Región Maldonado, Punta del Este y Sector Aparicio Saravia todo edificio con planta baja y más de dos plantas altas deberá contar con los servicios de un ascensor como mínimo para cada una de las circulaciones verticales que posea. Los edificios con planta baja y más de cuatro plantas altas deberán contar con servicio de dos ascensores como mínimo, por cada una de las circulaciones verticales que posea. En el resto del Departamento, todo edificio con planta baja y más de 3 plantas altas, deberá contar con los servicios de un ascensor como mínimo por cada una de las circulaciones verticales que posea. En el caso que por normativa sea obligatoria la colocación de ascensor, dicho itinerario debe ser accesible. Cuando haya una diferencia de nivel entre el espacio urbano inmediato y el espacio de ingreso al ascensor y cuando existan razones técnicas fundamentadas que impidan la construcción de una rampa o un plano inclinado, se debe instalar un dispositivo electromecánico de elevación que vincule esos espacios. Dicho dispositivo debe ubicarse en el interior de la edificación. b) Si por normativa no es obligatoria la instalación de ascensor, se admite que dicho itinerario sea convertible. Esta convertibilidad refiere a la colocación del dispositivo electromecánico de elevación. Si el lugar para el futuro ascensor o dispositivo electromecánico de elevación accesible se ubica: 1.- en un espacio interior, debe quedar materializado el ducto para dicho ascensor y el espacio para la colocación del dispositivo electromecánico de elevación y las respectivas canalizaciones para las instalaciones eléctricas u otras instalaciones que puedan requerirse. 2.- en un espacio exterior, se debe poder materializar posteriormente, sin afectar las condiciones de habitabilidad e higiene de la edificación y disponiendo las terminales de conexión para las instalaciones eléctricas u otras que puedan requerirse. Regirán todas las disposiciones sobre ascensores, montacargas y demás instalaciones mecánicas que establezca la Ordenanza vigente sobre Transporte Vertical para el Departamento de Maldonado y su correspondiente reglamentación. c) Área de rescate: El área de rescate es obligatoria en todos los niveles de un edificio que no tengan salida directa a un área segura exterior o a la vía pública vinculada mediante un itinerario accesible, cuando: 1.- sean edificios de vivienda u oficina con planta baja, más de tres niveles sobre esta o más de 9 metros de altura medidos desde el nivel de piso de la vereda frente al acceso del edificio hasta el nivel de piso de la parada más alta. 2.- sean edificios de uso no residencial con ingreso de público. Se debe ubicar en cada nivel contigua al descanso de la caja de escalera colectiva interna o externa, estar aislada del resto del edificio con puerta corta fuego de acuerdo a las disposiciones de la Dirección Nacional de Bomberos, estar señalizada, contar con iluminación de emergencia y otras medidas que permitan garantizar condiciones mínimas de seguridad a las personas hasta que puedan ser asistidas y rescatadas. Las dimensiones mínimas se deben incrementar un 100% cada 100 personas o fracción.” "Artículo 96º) - Colector. Todos los programas de bloques deberán presentar, conjuntamente con el permiso de instalaciones sanitarias domiciliarias, la correspondiente solución de conexión a colector, sea éste frentista o no al solar de referencia.- Para ello deberán tenerse en cuenta, las condiciones de proyecto requeridas, consultando previamente a la Intendencia Departamental y a O.S.E. Todas las obras y costos derivados de la conexión a colector sanitario exigida, serán por cuenta y cargo del propietario del padrón de referencia, debiendo coordinar con la Intendencia Departamental, los tiempos y procedimientos de ejecución de la solución, donde implique afectación de espacios públicos.” "Artículo 97º) - Zonas sin saneamiento. No podrán construirse edificios (hoteles, apartamentos, locales comerciales o escritorios) que cuenten con más de 20 dormitorios o 20 baños en aquellas zonas donde no exista red cloacal de saneamiento, salvo que el propietario obtenga la extensión correspondiente para servir al edificio. En las localidades o zonas donde no existan obras sanitarias colectivas, podrán construirse edificios con más de 20 dormitorios o baños siempre que se realicen obras sanitarias eficientes, las que deberán ser sometidas al contralor municipal previamente a la autorización del proyecto. Cuando la Intendencia lo estime necesario, podrá exigir el cumplimiento de estas condiciones a grupos edilicios menores.” "Artículo 98º) - Plantas de tratamiento. Las plantas de depuración de líquidos residuales y las obras sanitarias exigidas por el artículo anterior, serán proyectadas y dirigidas en su construcción por un ingeniero civil con especialización en ingeniería sanitaria o experiencia en esta materia. Mantenimiento de plantas de tratamiento. Las plantas de tratamiento deberán ser mantenidas en operación en todo momento bajo la responsabilidad del proyectista o de otro profesional competente. En caso de renuncia, el propietario deberá designar un nuevo técnico en un plazo no mayor de cinco días.” Artículo 4º) Créase el CAPÍTULO V - ACCESIBILIDAD, en la SECCIÓN I, TÍTULO II HIGIENE DE LA VIVIENDA Y ACCESIBILIDAD del Decreto Departamental Nº 3718/1997, con las siguientes disposiciones, sustituyéndose los Artículos 102º, 103º, 104º y 105º los que quedarán redactados de la siguiente manera: "Artículo 102º) – Condiciones de accesibilidad en las edificaciones destinadas a usos residenciales. Viviendas para personas con discapacidad. En proyectos de conjuntos habitacionales, cuando en la propuesta en su conjunto cuente con 4 o más viviendas, incluirán obligatoriamente un mínimo del 30% de viviendas del total de unidades habitacionales convertibles. Estas unidades deberán poseer las características imprescindibles para permitir su acceso y uso con fines de habitación, por parte de dichas personas, de acuerdo con la norma técnica UNIT 200 correspondiente a la versión vigente al primer día hábil de enero del año en curso (Instituto Uruguayo de Normas Técnicas). Asimismo, cada conjunto deberá tener las condiciones que aseguren su integración a la vida comunitaria. Disposiciones para viviendas para personas con discapacidad. Las viviendas en su interior deben tener itinerario accesible desde su acceso hasta el estar comedor y contar con accesibilidad convertible al menos en un dormitorio, un servicio higiénico y la cocina. Cuando las viviendas son construidas en dos o más niveles, ubicando en uno de ellos el acceso, el ambiente principal o estar comedor y la cocina y en el otro nivel, intercomunicado por escalera, el o los dormitorios y el baño, se admiten como accesibilidad convertible las siguientes opciones: a) que el ambiente principal, ubicado en el nivel de ingreso y contiguo al mismo, incluya la función de dormitorio, sin necesidad de conformar un local independiente y además prevea el espacio necesario para la construcción de otro baño, en el mismo nivel de acceso, con accesibilidad por lo menos básica, debiendo quedar realizada la instalación eléctrica y la red de abastecimiento de agua y desagüe conectado a la red primaria de disposición de efluentes, b) se debe prever un espacio para la colocación de un dispositivo electromecánico de accesibilidad y las canalizaciones eléctricas para las conexiones correspondientes, con el fin de posibilitar un itinerario convertible entre el estar comedor y la cocina con el dormitorio y el baño convertibles ubicados en otro nivel.” "Artículo 103º) - Condiciones de accesibilidad en las edificaciones destinadas a usos no residenciales. Generalidades. En toda obra nueva, espacios urbanos y edificaciones, se debe propiciar la accesibilidad. La construcción de edificios y espacios urbanos cuyo destino u ocupación sea para uso público en general, deberán poseer condiciones que posibiliten el correcto acceso y utilización, por parte de personas con discapacidad, de acuerdo con la norma técnica UNIT 200 correspondiente a la versión vigente al primer día hábil de enero del año en curso (Instituto Uruguayo de Normas Técnicas). Deberá tener en cuenta lo dispuesto por el Artículo 90º de este Decreto. En edificios con más de un destino o con presunción de destinos, se deben aplicar los requisitos más restrictivos que cubran las exigencias específicas para todos ellos. a) Locales de trabajo. Cuando cuenten con 25 o más empleados, operarios o funcionarios permanentes en el local, los locales de trabajo y los complementos a éstos, tales como el comedor, deben ser accesibles. b) Centros educativos. Todos los locales pertenecientes a centros educativos deberán ser accesibles, con excepción de los centros de educación no formal tales como academias, institutos o jardines de infantes con 4 aulas o menos. En centros de educación formal se debe disponer de un espacio de detención para vehículos de más de 25 pasajeros. c) Salas de espectáculos, actos públicos, estadios, centros culturales, religiosos y similares. En la zona de espectadores, cuente o no con butacas, el 1 % de los sitios deben destinarse a personas usuarias de silla de ruedas, exigiendo siempre como mínimo 2 sitios. Cuando la zona de espectadores se encuentre sectorizada, la distribución de estos sitios debe realizarse en forma proporcional en cada sector. El mobiliario y el equipamiento deben ser accesibles. La zona utilizada por los artistas, expositores y similares, como escenario, camerinos, vestuarios y al menos un servicio higiénico vinculados entre sí, deben ser accesibles. El 10 % de las duchas deben ser accesibles, exigiendo como mínimo una ducha accesible. Deben disponer como mínimo de un espacio de detención independiente para ascenso y descenso de personas desde vehículos para más de 25 pasajeros. d) Actividades deportivas. El área destinada a actividades deportivas debe ser accesible. Los vestuarios deben ser accesibles, debiendo contar con la posibilidad de ubicar una camilla y estar vinculados a un servicio higiénico accesible. El 10 % de las duchas deben ser accesibles exigiendo siempre como mínimo una ducha accesible. Si cuentan con pileta, debe poseer un dispositivo de accesibilidad que posibilite el ingreso y egreso de ésta. La escalera de acceso a la pileta debe tener pasamanos. En edificios destinados a actividades deportivas para más de 100 espectadores y hasta 25 deportistas, se debe disponer como mínimo de un espacio de detención, para ascenso y descenso de personas desde los vehículos de más de 25 pasajeros. Para más de 25 deportistas, se debe disponer de un espacio de detención adicional, para ascenso y descenso de personas desde los vehículos para más de 25 pasajeros por cada 100 deportistas. e) Centros comerciales. En los centros comerciales todas las áreas de uso público, el equipamiento de la edificación y los servicios complementarios al mismo exigidos por la Normativa Departamental según el destino tales como servicios higiénicos, circulaciones y otros deben ser accesibles. Deben disponer como mínimo de un espacio de detención independiente para ascenso y descenso de personas desde vehículos para más de 25 pasajeros. f) Salas velatorias. La zona utilizada por el público, el equipamiento de la edificación y los servicios complementarios al mismo exigidos por la Normativa Departamental tales como servicios higiénicos, circulaciones y otros, deben ser accesibles. g) Necrópolis : deberá asegurase un itinerario accesible." "Artículo 104º) - Condiciones de accesibilidad en las edificaciones destinadas a establecimientos de hospedajes. Las habitaciones o plazas accesibles y sus áreas de estar deben estar vinculadas a un itinerario accesible que incluirá a todos los locales de uso común. 1.- Hoteles, hosterías, moteles y similares. En establecimientos de hasta 25 habitaciones se exige una habitación con servicio higiénico, ambos accesibles, vinculados a un itinerario accesible. Para más de 25 y hasta 50 habitaciones se exige por lo menos 2 habitaciones con servicio higiénico, ambos accesibles. Para más de 50 habitaciones, se incrementa la exigencia en una habitación con servicio higiénico, cada 50 habitaciones o fracción, ambos accesibles. En hoteles, hosterías y moteles se debe disponer como mínimo de un espacio de detención independiente para ascenso y descenso de personas desde vehículos para más de 25 pasajeros. 2.- Pensiones. Los establecimientos que cuenten entre 7 y 25 habitaciones se exige como mínimo 1 habitación y servicio higiénico, ambos accesibles. Para más de 25 y hasta 50 habitaciones se exigen 2 habitaciones y 2 servicios higiénicos, ambos accesibles. Para más de 50 habitaciones se incrementa la exigencia en una habitación y un servicio higiénico ambos accesibles cada 50 habitaciones o fracción. En todos los casos cuando cuente con 7 o más habitaciones la cocina colectiva debe ser accesible. Se exceptúa para este destino la disposición de un espacio de detención independiente para ascenso y descenso de personas desde vehículos de hasta 9 pasajeros. 3.- Hogares estudiantiles, albergues, hosteles y similares. En establecimientos que cuenten entre 13 y 60 plazas se exige una plaza y servicio higiénico accesibles. Para más de 60 plazas se incrementa en 1 plaza y 1 servicio higiénico accesibles, cada 60 plazas o fracción. Deben disponer como mínimo de un espacio de detención independiente para ascenso y descenso de personas desde vehículos para más de 25 pasajeros. 4.- Residencias de adultos mayores. Los edificios destinados a residencia de adultos mayores deben ser accesibles." Artículo 105º) - Disposiciones generales en edificaciones para obras a reformar, ampliar o reciclar y cambios de destino. En las obras en espacios urbanos y edificaciones que comprendan ampliaciones, reformas, reciclajes o cambios de destino, se debe propiciar la accesibilidad atendiendo lo dispuesto en los artículos siguientes. En los casos de adecuación de edificios existentes, reformas y reciclajes se debe aplicar la accesibilidad básica sólo cuando no exista posibilidad de cumplir los requisitos generales de accesibilidad y en tanto no sea en detrimento de una condición de accesibilidad existente. Cuando la reforma afecte a menos del 20 % del área total y dependiendo del carácter y destino de la edificación, se podrá exonerar la aplicación de este artículo. La solicitud deberá ser debidamente fundamentada por el gestionante y contar con informe técnico favorable de las oficinas técnicas. a) Establecimientos destinados a viviendas, escritorios y oficinas. En ampliaciones o reformas de edificios en los cuales se incrementa el número de unidades de vivienda a 4 o más, las nuevas unidades deben cumplir con lo establecido en el presente Título y Capítulo. En ampliaciones o reformas de escritorios y oficinas, las nuevas unidades deben cumplir con lo establecido en el presente Título y Capítulo. Cuando técnicamente sea imposible aplicar la accesibilidad universal en su totalidad, se admite que hasta el 30 % de las unidades resultantes tengan accesibilidad convertible, vinculadas a un itinerario accesible o convertible, cumpliendo con lo establecido en el presente Título y Capítulo. De este 30 % admisible, la mitad como mínimo debe estar destinado a vivienda. Las reformas o ampliaciones que se realicen en los espacios de aproximación y acceso al edificio y en las áreas de uso común deben cumplir con lo establecido en el presente Título y Capítulo. b) Establecimientos de salud, centros educativos, salas de espectáculos, salas de actos públicos, estadios, centros culturales, religiosos, actividades deportivas, hospedaje, centros comerciales y salas velatorias. b1) Establecimientos de salud y servicios vinculados. 1.- Establecimientos de salud. En todos los casos que impliquen reforma, ampliación, cambio de destino o habilitación total o parcial en un establecimiento de salud, además de los espacios que se intervienen, los servicios de urgencia y emergencia y el itinerario que los vincule con el espacio urbano inmediato, los estacionamientos, los espacios de detención de vehículos y el acceso principal a la edificación deben resultar accesibles. Cuando la reforma o ampliación involucre: 1.1.- menos del 30 % del área total edificada existente en un padrón, excluyendo las áreas destinadas a estacionamientos, depósitos y locales de servicio, se exceptúa la exigencia de que los locales a reformar resulten accesibles, cuando existan razones técnicas fundamentadas que impidan la vinculación de éstos desde el acceso al edificio mediante un itinerario accesible, 1.2.- más del 30 % del área total edificada existente, exceptuando las áreas destinadas a estacionamientos, depósitos y locales de servicio, además de cumplir lo establecido en el numeral anterior se debe concretar que un mínimo del 30 % del número de consultorios y las salas de internación con sus respectivos servicios higiénicos resulten accesibles. 2.- Servicios vinculados a establecimientos de salud. Refieren a locales destinados a prestar servicios asociados a especialidades médicas tales como consultorios privados o destinados a estudios específicos, servicios de oftalmología, prótesis, audiología, ortopedias, dermatología, clínicas de estética, etc. Las zonas de atención al público y el itinerario que las vincule con el espacio urbano inmediato, los estacionamientos, los espacios de detención de vehículos y el acceso principal a la edificación deben resultar accesibles. Se exceptúan los casos en los que no sea posible lograr la vinculación desde el acceso al edificio mediante un itinerario accesible, los que deben ser debidamente justificados. b2) Centros educativos. 1.- Locales de educación formal tales como educación inicial, escuelas, liceos, escuelas técnicas, universidades, centros de formación docente, colonias de vacaciones y escuelas agrarias. 2.– Locales de educación no formal tales como academias, institutos o jardines de infantes con más de 4 aulas resultantes en la reforma o ampliación. En cualquiera de los dos casos cuando la reforma o ampliación involucre hasta el 60 % del área total edificada, un aula y servicio higiénico deben ser accesibles y estar vinculados mediante un itinerario accesible con el acceso principal. Cuando supere el 60 % del área total edificada, el 25 % de las aulas, los sectores administrativos tales como dirección, secretaría, sala de adscriptos y sala de profesores o maestros, uno de cada uno de los siguientes destinos: talleres, laboratorios, salas de informática, biblioteca, auditorios, gimnasios, patio de recreo y similares, consultorios, salas de psicomotricidad, cantina, comedor, cocina y similares, deben ser accesibles y estar vinculados mediante un itinerario accesible entre sí y con el acceso principal. En centros de educación formal inicial y primaria se debe disponer de un número de espacios de detención para vehículos de más de 9 y más de 25 pasajeros, por el lapso que sea definido, así como la señalización, delimitación y todas las disposiciones que establezca el Servicio de Ingeniería de Tránsito. En centros de educación formal para los restantes ciclos, se deberá disponer como mínimo de un espacio de detención independiente para ascenso y descenso de personas desde vehículos de más de 25 pasajeros, por el tiempo que sea definido, así como la señalización, delimitación y todas las disposiciones que establezca el Servicio de Ingeniería de Tránsito. b3) Salas de espectáculos, salas de actos públicos, estadios, centros culturales, religiosos, o similares. En toda reforma o ampliación: 1.– Independientemente del área que involucre en la zona de espectadores cuando cuente o no con butacas, el 1 % de los sitios deben destinarse a personas usuarias de silla de ruedas, exigiendo siempre como mínimo 2 sitios. Cuando la zona de espectadores se encuentra sectorizada, la distribución de estos sitios debe realizarse en forma proporcional en cada sector. Además, debe haber como mínimo un servicio higiénico accesible para público. Los locales y sitios deben estar vinculados mediante un itinerario accesible entre sí y con el acceso principal. 2.- Cuando supere el 60 % del área total edificada exceptuando las áreas destinadas a estacionamientos y depósitos, se debe cumplir lo dispuesto en el literal c) del artículo 103º del Capítulo IV del presente Título y Sección. Deben disponer como mínimo de un espacio de detención independiente para ascenso y descenso de personas desde vehículos para más de 25 pasajeros. b4) Actividades deportivas. Cuando la reforma o ampliación supere el 60 % del área total edificada con este destino, exceptuando las áreas destinadas a estacionamientos y depósitos, se debe cumplir lo dispuesto en el literal d) del artículo 103º del Capítulo IV del presente Título. b5) Hospedaje. Cuando la reforma o ampliación supere el 30% y hasta el 60 % del área total edificada, exceptuando las áreas destinadas a estacionamientos y depósitos, debe tener una habitación y un servicio higiénico accesibles, vinculados a un itinerario accesible. Si se supera el 60 %, se debe cumplir lo dispuesto en el artículo 104º del Capítulo IV del presente Título y Sección. Se exceptúa en pensiones la disposición de un espacio de detención independiente para ascenso y descenso de personas desde vehículos de hasta 9 pasajeros y desde vehículos para más de 25 pasajeros en hoteles de alta rotatividad, prostíbulos y similares. b6) Centros comerciales. Cuando la reforma o ampliación supere el 60 % del área total edificada, todas las áreas de uso público, el equipamiento de la edificación y los servicios complementarios al mismo exigidos por la Normativa Departamental según el destino tales como servicios higiénicos, circulaciones y otros, se debe cumplir lo dispuesto en el literal f) del artículo 103º del Capítulo IV del presente Título y Sección. b7) Salas velatorias. Si la reforma o ampliación supere el 60 % del área total edificada, la zona utilizada por el público, el equipamiento de la edificación y los servicios complementarios al mismo exigidos por la Normativa Departamental según el destino tales como servicios higiénicos, circulaciones y otros, se debe cumplir lo dispuesto en el literal g) del artículo 103º del Capítulo IV del presente Título y Sección.” Artículo 5º) Modifícanse los siguientes artículos de la SECCIÓN I, TÍTULO III – ACONDICIONAMIENTO EXTERIOR del Decreto Departamental Nº 3718/1997, los que quedarán redactados de la siguiente manera: CAPÍTULO I – ACERAS. "Artículo 106º) - Condiciones generales. El diseño y tratamiento de las aceras será tal que asegure: a) El libre tránsito peatonal sin obstáculos de ninguna naturaleza; b) El escurrimiento lento de las aguas pluviales; c) La continuidad de las aceras realizadas frente a los predios adyacentes. d) Se realicen de acuerdo con la norma técnica UNIT 200 correspondiente a la versión vigente al primer día hábil de enero del año en curso (Instituto Uruguayo de Normas Técnicas). El plano de la acera no puede interrumpirse con rebajes ni plataformas. Las entradas de garaje sólo pueden cortar el plano de la vereda en los primeros 60 cms. del borde de la calzada." CAPÍTULO IV- PISCINAS. "Artículo 136º) – Vestuarios. Los clubes y piscinas comerciales contarán con un vestuario para cada sexo, sanitariamente adecuados y con capacidad suficiente para atender a los concurrentes, siendo de aplicación lo detallado en Articulo 85º) respecto a los servicios higiénicos accesibles. En los vestuarios, vinculado con la ducha accesible, se debe prever un sector de los casilleros y del mobiliario asociado a espacios de aproximación lateral y maniobra. Piscinas en edificaciones de vivienda colectiva: si forma parte de los espacios comunes, se propiciará su convertibilidad a través de una ayuda técnica o dispositivo que posibilite el ingreso a la pileta, vinculado a un itinerario accesible. La escalera de acceso a la pileta debe tener pasamanos.” "Artículo 137º) – Baños. En las piscinas públicas, los ducheros estarán provistos de agua fría y de agua caliente y deberán localizarse de modo de hacer obligatoria su utilización antes que los bañistas entren a la piscina. El número de duchas será como mínimo igual al tercio de la capacidad masiva de los bañistas. Los inodoros pedestales y mingitorios deberán localizarse de modo de facilitar su uso antes del local de duchas, con un número mínimo de un inodoro pedestal cada cuarenta posibles bañistas y un mingitorio cada cuarenta hombres. Se deberá instalar además un número de lavatorios igual al de los inodoros pedestal. Será de aplicación lo detallado en Articulo 85º) respecto a los servicios higiénicos accesibles.” CAPÍTULO VI- ACONDICIONAMIENTO DURANTE LA OBRA. "Artículo 145°) - Barreras. Se admite la ocupación de la vereda dejando un ancho de un metro, entre el cordón y la barrera, para el pasaje peatonal. En caso de solicitarse la ocupación de la calzada, deberá proveerse una tarima coplanar con la vereda, accesible, de 80 cms. de ancho con balizas y barandas, garantizando un itinerario accesible, quedando a criterio de la Dirección de Control Edilicio su autorización. La Dirección General de Urbanismo podrá autorizar la ocupación de hasta un tercio del ancho de la calzada frente al predio." Artículo 6º) Sustitúyese el Artículo 302º) del Decreto Departamental Nº 3718/1997(SECCIÓN III – NORMAS ESPECÍFICAS, TÍTULO II – HOTELERÍA Y AFINES – CAPÍTULO I - ESTABLECIMIENTOS HOTELEROS), en la redacción dada por el Artículo 1º) del Decreto Departamental Nº 3889/2011, el que quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 302º) Ámbito de aplicación. El presente capítulo se refiere a la construcción de nuevos establecimientos de hospedaje, a la incorporación a Hotelería de edificios destinados originariamente a otros fines y a la ampliación y reforma de establecimientos de hospedaje existentes en el Departamento de Maldonado. Quedan excluidas del ámbito de aplicación de la presente normativa, las zonas en la que la normativa específica no permite la localización de establecimientos de hospedaje, en particular en el Sector Punta del Este, Sub-zona 1.1.2. Residencial y Sector 2 José Ignacio, Sub-zona. 2.1.2. Las residencias de alta rotatividad se regirán por la normativa específica que las regulan. Se deberá cumplir con lo establecido en el CAPÍTULO V –ACCESIBILIDAD de la SECCIÓN I DISPOSICIONES GENERALES - TÍTULO II HIGIENE DE LA VIVIENDA." Artículo 7º) Modifícanse los siguientes artículos de la SECCIÓN III – NORMAS ESPECÍFICAS, TITULO II – HOTELERÍA Y AFINES del Decreto Departamental Nº 3718/1997: CAPÍTULO III - RESIDENCIAS DE ALTA ROTATIVIDAD. "Artículo 324º) Requisitos. Las residencias de alta rotatividad cumplirán con los requisitos establecidos en el capítulo de hoteles de acuerdo al siguiente detalle: - Áreas A, B y C: Hoteles de 1era. Categoría. - Área D: Hoteles de 2da.Categoría. En ambos casos no se tendrá en cuenta en forma obligatoria el requisito referido a comedor, salas de relación y bar. Se deberá cumplir con lo establecido en el CAPÍTULO V – ACCESIBILIDAD de la SECCIÓN I DISPOSICIONES GENERALES – TÍTULO II HIGIENE DE LA VIVIENDA." "Artículo 329º) Habilitación. La habilitación de servicios ya se trate de edificios nuevos, ampliaciones o reformas, contemplarán además de los aspectos de higiene, lo establecido en la materia arquitectónica, en el presente Capítulo, respecto a equipamiento, terminaciones e instalaciones. Dicha habilitación será por el plazo de cinco años, luego del cual deberá renovarse. Se deberá cumplir con lo establecido en el CAPÍTULO V – ACCESIBILIDAD de la SECCIÓN I DISPOSICIONES GENERALES - TÍTULO II HIGIENE DE LA VIVIENDA." CAPÍTULO IV – PROSTÍBULOS. "Artículo 336º) Habitaciones. Las habitaciones de los prostíbulos o similares tendrán las siguientes dimensiones mínimas: Superficie: 10 m2.; lado: 2,50 mts.; altura: 2,40 mts. Las habitaciones deberán tener: a) El piso pavimentado con monolítico u otro material similar, que asegure su perfecta limpieza y su fácil conservación; b) Se admitirá el parquet asentado directamente sobre el contrapiso, como única variedad de piso de madera; c) Las paredes revocadas y pintadas al agua o al aceite o revestidas con materiales aceptables a juicio de las oficinas municipales competentes, quedando especialmente prohibido el empapelado y la existencia de habitaciones de madera o tabiques del mismo material. En establecimientos de hasta 25 habitaciones se exige una habitación con servicio higiénico, ambos accesibles, vinculados a un itinerario accesible. Para más de 25 y hasta 50 habitaciones se exige por lo menos 2 habitaciones con servicio higiénico, ambos accesibles. Para más de 50 habitaciones, se incrementa la exigencia en una habitación con servicio higiénico, cada 50 habitaciones o fracción, ambos accesibles. Se deberá cumplir con lo establecido en el CAPÍTULO V – ACCESIBILIDAD de la SECCIÓN I DISPOSICIONES GENERALES - TÍTULO II HIGIENE DE LA VIVIENDA." Artículo 8º) El presente Decreto entrará en vigencia a partir de los 180 días de su promulgación. Siga al Ejecutivo Departamental, a sus efectos, declárase urgente.

EDIL GARLO (Joaquín).- Quiero fundamentar el voto.

PRESIDENTE.- Edil Garlo, para fundamentar el voto.

Adelante.

EDIL GARLO (Joaquín).- Quiero fundamentar el voto con la satisfacción de que por la unanimidad de los presentes esta noche en la Junta se esté aprobando esta norma, que viene nada más y nada menos que a dar cumplimiento con la obligación del Gobierno departamental.

También quiero saludar la presencia, esta noche en las barras, de miembros de la Comisión Honoraria de la Discapacidad de Maldonado.

Y también quisiera hacer una aclaración. Ayer, en la Comisión de Legislación, dimos el cuórum necesario para que la Comisión funcionara porque entendíamos que esto era importante y eso fue lo que hicimos, y salió firmado por todos los presentes en la Comisión de Legislación. No quiero ser auto referencial, pero yo di el cuórum necesario en la Comisión y también estaba el edil Urdangaray porque entendíamos que esto era importante.

Quería hacer esa aclaración, nada más, por ese intercambio.

Gracias.

PRESIDENTE.- Muy bien.

No habiendo más anotados…

EDIL GARLO (Joaquín).- Perdón. ¿Ya se votó con el agregado?

PRESIDENTE.- Sí.

EDIL GARLO (Joaquín).- Está. Porque yo no lo había mocionado formalmente.

Quiero pedir la urgencia del Expediente Nº 662/1/2022.

PRESIDENTE.- Tenemos que votar la urgencia del expediente, si estamos de acuerdo.

SE VOTA: unanimidad, 29 votos.

No habiendo más asuntos, siendo la hora 23:29 minutos, levantamos la sesión. (cg)

 

 

Asisten los ediles titulares: Alexandro Infante, José L. Sánchez, Javier Sena, Miguel Cabrera, José Ramírez, Andrés Arias, Florencia Acosta, Verónica Robaina, Carlos Stajano, Fernando Perdomo, Osvaldo Matteu, Pedro Gava, Adolfo Varela, Francisco Salazar, Joaquín Garlo, Sergio Duclosson, Leonardo Delgado, Marie Claire Millán, Susana Hernández, Leonardo Pereira, Daniel Fernández y Luciano Fernández.

Asisten los ediles suplentes: Matheo Caraptsias, Jessica Coitinho, Roberto Díaz, Francisco Gutiérrez, César López, Fabricio Rodríguez, Leticia Correa, Andrea Vicentino, Elcira Rivero, Carlos De Gregorio, Ana María Fernández, Ignacio Méndez, Esteban Cabrera, Federico Guadalupe, Nicolás Domínguez, Alejandra García, Adriana Fierro, Julio de León, Valeria Silvera, Nelson Echeto, Pablo Bragança, Alejandra Scasso, Fernando Borges, Mary Araújo, Graciela Ferrari, Sergio Casas, Lilián Santos, Johnny Viera, Carina De Brun, Juan Urdangaray, Fermín de los Santos, Ma. Victoria Blasco, Williams Vitalis, Jorge Pieri, Melissa Sturla, Sebastián Antonini, Ana Antúnez, Wilson Laureiro y Susana De Armas.

Ediles con licencia anual: Hernán Ciganda y Magdalena S. de Zumarán.

Ediles con licencia reglamentaria: Darwin Correa, Luis Artola y Nicolás Billar.

Ediles inasistentes: Francisco Olivera, Damián Tort, Eva Abal, Christian Estela, Daniel Costa, Marta Torres, Ronald Martínez, Adriana Costa y Beatriz Jaurena.

 

 

Alexandro Infante

Presidente

 

 

Susana Hernández

3a. Vicepresidenta

 

 

Susana Hualde

Secretaria General

 

 

 

María Desanttis de Pérez

Directora de Departamento

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