juntamaldonado.gub.uy

Sesión Extraordinaria 14 de mayo de 2020

Imprimir PDF
Modificar el tamaño de letra:

DIARIO DE SESIÓN Nº 198.- En la ciudad de Maldonado, siendo la hora 20:56 minutos, previo llamado reglamentario a sala, se da inicio a la sesión extraordinaria convocada para el día jueves 14 de mayo de 2020.

Asisten los ediles Titulares: Eva Abal, Darwin Correa, Osvaldo Matteu, José L. Sánchez, Stephanie Braga, Damián Tort, Francisco Olivera, Nario Palomino, Martha Torres, Magdalena S. de Zumarán, Adolfo Varela, Leonardo Delgado, José L. Noguera, Carlos Corujo, Gloria Fuentes, María del Rosario Borges, Susana De Armas y los ediles suplentes: Oscar Freire, Alejandra Scasso, Nicolás Sosa, Daniel Ancheta, Teresa Rivero, Fernando Borges, Joaquín Garlo, Federico Guerra y Carlos Corujo. Preside el acto: Eva Abal. Actúa en Secretaría: Susana Hualde.

PRESIDENTE (Eva Abal).- Buenas noches.

Siendo la hora 20:56 minutos, damos inicio a la sesión del día 14 de mayo de 2020.

Por recomendación de la señora presidente, y a solicitud de varios ediles, cúmplenos convocar a sesión extraordinaria que deberá celebrar esta Junta Departamental el próximo jueves 14 de mayo, a las 20:00 horas con treinta minutos de tolerancia, finalizando a las 24:00 horas, a efectos de considerar la siguiente nómina de asuntos informados por comisiones del Cuerpo, de acuerdo a las potestades otorgadas por resolución de fecha 16 de marzo de 2020 a la Comisión de Asuntos Internos, recaída en Expediente Nº 138/2020 y ratificada por el Cuerpo según resolución Nº 21 de 2020, que tienen los señores ediles en sus bancas.

(Dialogados).

EDIL S. de ZUMARÁN (Magdalena).- Presidenta...

PRESIDENTE.- Sí, señora edil…

EDIL S. de ZUMARÁN (Magdalena).- Vamos a plantear...

(Interrupciones).

Perdón...

(Dialogados, hilaridad).

PRESIDENTE.- Estamos en las primeras experiencias, señora edil.

EDIL S. de ZUMARÁN (Magdalena).- ...el criterio de votar en conjunto los expedientes de regularización ‒no los de viabilidad sino los de regularización‒, inclusive omitiendo la lectura de los mismos, pero que sí vaya en la versión taquigráfica el nombramiento del expediente, de acuerdo a lo coordinado, según tengo entendido; así, creo que podemos votar desde el numeral 1 al numeral 61 en forma conjunta.

PRESIDENTE.- Muchas gracias, señora edil.

Que se vote el criterio. Estamos votando…

EDIL NOGUERA (José).- Dejaríamos solo para darles lectura a los dos de viabilidad y a los tres de Presupuesto, el resto, todos los amparados en el Decreto Nº 3948, en el paquete que ya se estableció.

PRESIDENTE.- Así es, señor edil. Estamos votando el criterio.

SE VOTA: 29 en 30.

EDIL BORGES (María).- Rectificación de votación, por favor.

PRESIDENTE.- Rectificación de votación, me pide la señora edil Borges.

SE VOTA: unanimidad, 30 votos.

SECRETARIA.- EXPEDIENTE347/2018: Martín Arruti Cuadrado solicita autorización de planos conforme a obras en Maldonado.

EXPEDIENTE Nº 01/2020: Ibofer S.A. solicita permiso para regularizar obra en Balneario Bs. Aires.

EXPEDIENTE Nº 02/2020: Serge Pouxviel solicita permiso para regularizar obra en La Barra.

EXPEDIENTE Nº 03/2020: Berta Sebor y otros solicitan permiso para regularizar obra en Punta del Este.

EXPEDIENTE Nº 06/2020: Santiago Barreto y otros permiso para regularizar obra en Maldonado.

EXPEDIENTE Nº 07/2020: Giselle Díaz permiso para regularizar obra en playa Hermosa.

EXPEDIENTE Nº 08/2020: José Ortiz permiso para regularizar obra en Maldonado.

EXPEDIENTE Nº 09/2020: América Amarilla solicita permiso para regularizar obra en Maldonado.

EXPEDIENTE Nº 24/2020: Magdalena Priani permiso para regularizar obra en el Chorro.

EXPEDIENTE Nº 25/2020: Huber Pereyra permiso para regularizar obra en Maldonado.

EXPEDIENTE Nº 26/2020: Dolores González y otros permiso para regularizar obra en Piriápolis.

EXPEDIENTE Nº 27/2020: Susana Viquez permiso para regularizar obra en Playa Grande.

EXPEDIENTE Nº 28/2020: Mireya Gadea permiso para regularizar obra en Maldonado.

EXPEDIENTE Nº 29/2020: Carlos Torres permiso para regularizar obra en San Carlos.

EXPEDIENTE Nº 30/2020: Sandra Martínez permiso para regularizar obra en La Capuera.

EXPEDIENTE 31/2020: Mirta Álvarez y otro solicitan permiso para regularizar obra en Maldonado.

EXPEDIENTE Nº 32/2020: Gloria Barbosa solicita permiso obra en Balneario Buenos Aires.

EXPEDIENTE Nº 33/2020: Liliana Francia permiso para regularizar obra en Maldonado.

EXPEDIENTE Nº 34/2020: Silvana Zuccolo permiso para regularizar obra en Piriápolis.

EXPEDIENTE Nº 35/2020: Eduardo Aguiar permiso para regularizar obra en Balneario Buenos Aires.

EXPEDIENTE Nº 36/2020: Washington Bustamante permiso para regularizar obra en Piriápolis.

EXPEDIENTE Nº 37/2020: Orieta Sugo Mautone solicita permiso para regularizar obra en Maldonado.

EXPEDIENTE Nº 38/2020: Isabelino Migueles solicita permiso para regularizar obra en Maldonado.

EXPEDIENTE Nº 39/2020: Carlos García y otra solicitan permiso para regularizar obra en San Carlos.

EXPEDIENTE Nº 40/2020: Israel Kezra y otra solicitan permiso para regularizar obra en La Barra.

EXPEDIENTE Nº 41/2020: Guillermo Gamarra solicita permiso para regularizar obra en Punta del Este.

EXPEDIENTE Nº 42/2020: Winston Pippo y otra permiso para regularizar obra en Playa Hermosa.

EXPEDIENTE Nº 43/2020: Alfredo Soca y otras solicitan permiso para regularizar obra en Playa Hermosa.

EXPEDIENTE Nº 44/2020: Heidi Lender, permiso para regularizar obra en Paraje Garzón.

EXPEDIENTE Nº 45/2020: Edgardo Carballo permiso para regularizar obra en padrón 7530, manzana 843 de Piriápolis.

EXPEDIENTE Nº 46/2020: Claudia Canabal y otro permiso para regularizar obra en Playa Grande.

EXPEDIENTE Nº 47/2020: Ana Ceuppens y otros permiso para regularizar obra en Punta del Este.

EXPEDIENTE Nº 58/2020: William Aquino y otros solicitan permiso para regularizar obra en Maldonado.

EXPEDIENTE Nº 66/2020: Walter Brito solicita permiso para regularizar obra en Maldonado.

EXPEDIENTE Nº 67/2020: Ana Iriart y otra solicitan permiso para regularizar obra en Piriápolis.

EXPEDIENTE Nº 68/2020: Héctor González y otros permiso para regularizar obra en El Chorro.

EXPEDIENTE Nº 69/2020: Estrella Amato y otros solicitan permiso para regularizar obra en Piriápolis.

EXPEDIENTE Nº 70/2020: Sonia González y otro solicitan permiso para regularizar obra en Balneario Buenos Aires.

EXPEDIENTE Nº 71/2020: Roberto López y otra solicitan permiso para regularizar obra en San Carlos.

EXPEDIENTE Nº 72/2020: Ricardo Perdomo y otro solicitan permiso para regularizar obra en Maldonado.

EXPEDIENTE Nº 73/2020: Milka Camacho Almandos solicita permiso para regularizar obra en San Carlos.

EXPEDIENTE Nº 74/2020: Alicia Makeviciuz y otro solicitan permiso para regularizar obra en Playa Verde.

EXPEDIENTE Nº 88/2020: Jorge Estellano solicita permiso para regularizar obra en Playa Grande.

EXPEDIENTE Nº 91/2020: Gabriela Barrios permiso para regularizar obra en Maldonado.

EXPEDIENTE Nº 92/2020: Marcelo Legrand y otra permiso para regularizar obra en Maldonado.

EXPEDIENTE Nº 93/2020: Washingthon Montaño permiso para regularizar obra en Piriápolis.

EXPEDIENTE Nº 94/2020: Olga Guillemat permiso para regularizar obra en Playa Grande.

EXPEDIENTE Nº 95/2020: Oscar Cuello y otros permiso para regularizar obra en San Carlos.

EXPEDIENTE Nº 96/2020: Freddy Pagola y otro permiso para regularizar obra en Balneario Buenos Aires.

EXPEDIENTE Nº 97/2020: Lidia Alonzo permiso para regularizar obra en San Carlos.

EXPEDIENTE Nº 98/2020: Graciela Cuitiño permiso para regularizar obra en Punta del Este.

EXPEDIENTE Nº 99/2020: Pablo Paredes y otra permiso para regularizar obra en Balneario Buenos Aires.

EXPEDIENTE Nº 100/2020: Francisco Macedo y otra permiso para regularizar obra en Playa Hermosa.

EXPEDIENTE Nº 102/2020: Guillermo Beraza, permiso para regularizar obra en San Carlos.

EXPEDIENTE Nº 103/2020: Sergio Moreira permiso para regularizar obra en Maldonado.

EXPEDIENTE Nº 110/2020: Silvio Hochbaum permiso para regularizar obra en Punta Ballena.

EXPEDIENTE Nº 111/2020: Mateo Puente permiso para regularizar obra en San Carlos.

EXPEDIENTE Nº 113/2020: Marta Abal permiso para regularizar obra en El Tesoro.

EXPEDIENTE Nº 187/2020: Leonel Veit solicita permiso para regularizar obra en Piriápolis.

EXPEDIENTE Nº 89/2020: Richard Soria permiso para regularizar obra en Ocean Park.

EXPEDIENTE Nº 101/2020: Armando Laguna, permiso para regularizar obra en Playa Hermosa. (k.f.)

VARIOS EDILES.- Que se vote.

PRESIDENTE.- Que se vote piden varios señores ediles.

SE VOTA: unanimidad, 30 votos.

Resolución N° 22/2020 Visto: El Expediente Nº 347/2018 y con lo informado por la Comisión de Obras Públicas que este Cuerpo comparte. LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESIÓN DE LA FECHA, RESUELVE: 1º) Autorízase la regularización de obras gestionada en autos realizadas en el Padrón Nº 2551/003 de la Manzana Nº 995 de la Localidad Catastral de Maldonado al amparo del Decreto Departamental Nº 3901/2012. 2º) La ocupación de retiro frontal guarda carácter de precario y revocable sin lugar a indemnización, debiéndose dejar debida constancia de ellos en los Planos y Certificados de Habilitación Final de Obras. 3º) El Ejecutivo Departamental dispondrá la aplicación de recargo de tasas para el caso si correspondiera, luego de verificar lo establecido en la Ordenanza vigente. 4º) Siga a la Intendencia a sus efectos. Declárase urgente.

Resolución N° 23/2020 Visto: El Expediente Nº 1/2020 y con lo informado por la Comisión de Obras Públicas que este Cuerpo comparte. LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESIÓN DE LA FECHA, RESUELVE: 1º) Autorízase la regularización de obras gestionada en autos realizadas en el Padrón Nº 3877 - Manzana Nº 103 Localidad Catastral Balneario Buenos Aires, al amparo del Decreto Departamental 3948/2016, quedando agotada toda posibilidad de crecimiento edilicio que incremente el porcentaje del FOS aprobado en este acto. 2º) El Ejecutivo Departamental dispondrá el recargo de tasas para el caso si correspondiera, luego de verificar lo establecido en la Ordenanza vigente y anular las tasas dispuestas en Res. Nº08273/2015 del Intendente de Maldonado. 3º) Siga a la Intendencia Departamental a sus efectos. Declárase urgente.

Resolución N° 24/2020 Visto: El Expediente Nº 2/2020 y con lo informado por la Comisión de Obras Públicas que este Cuerpo comparte. LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESIÓN DE LA FECHA, RESUELVE: 1º) Autorízase la regularización de obras gestionada en autos realizadas en el Padrón Nº 2475 - Manzana Nº 30 Localidad Catastral La Barra, al amparo del Decreto Departamental 3948/2016 (36,31m2) y parte por régimen común (45,7m2), quedando agotada toda posibilidad de crecimiento edilicio que incremente el porcentaje del FOS aprobado en este acto. 2º) El Ejecutivo Departamental dispondrá el recargo de tasas para el caso si correspondiera, luego de verificar lo establecido en la Ordenanza vigente. 3º) Siga a la Intendencia Departamental a sus efectos. Declárase urgente.

Resolución N° 25/2020 Visto: El Expediente Nº 3/2020 y con lo informado por la Comisión de Obras Públicas que este Cuerpo comparte. LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESIÓN DE LA FECHA, RESUELVE: 1º) Autorízase la regularización de obras gestionada en autos realizadas en el Padrón Nº 1428/001 - Manzana Nº 476 Localidad Catastral Punta del Este, al amparo del Decreto Departamental 3948/2016, quedando agotada toda posibilidad de crecimiento edilicio que incremente el porcentaje del FOS aprobado en este acto. 2º) La ocupación de retiro frontal debe guardar carácter de precario y revocable sin lugar a indemnización, debiéndose dejar debida constancia de ello en Planos y Certificado de Habilitación Final de Obras. 3º) El Ejecutivo Departamental dispondrá el recargo de tasas para el caso si correspondiera, luego de verificar lo establecido en la Ordenanza vigente. 4º) Siga a la Intendencia Departamental a sus efectos. Declárase urgente.

Resolución N° 26/2020 Visto: El Expediente Nº 6/2020 y con lo informado por la Comisión de Obras Públicas que este Cuerpo comparte. LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESIÓN DE LA FECHA, RESUELVE: 1º) Autorízase la regularización de obras gestionada en autos realizadas en el Padrón Nº 13.000 - Manzana Nº 1483 Localidad Catastral Maldonado, al amparo del Decreto Departamental 3948/2016. 2º) El Ejecutivo Departamental dispondrá el recargo de tasas para el caso si correspondiera, luego de verificar lo establecido en la Ordenanza vigente. 3º) Siga a la Intendencia Departamental a sus efectos. Declárase urgente.

Resolución N° 27/2020 Visto: El Expediente Nº 7/2020 y con lo informado por la Comisión de Obras Públicas que este Cuerpo comparte. LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESIÓN DE LA FECHA, RESUELVE: 1º) Autorízase la regularización de obras gestionada en autos realizadas en el Padrón Nº 6249 - Manzana Nº 208 Localidad Catastral Playa Hermosa, al amparo del Decreto Departamental 3948/2016, quedando agotada toda posibilidad de crecimiento edilicio que incremente el porcentaje del FOS aprobado en este acto. 2º) La ocupación de retiro frontal debe guardar carácter de precario y revocable sin lugar a indemnización, debiéndose dejar debida constancia de ello en Planos y Certificado de Habilitación Final de Obras. 3º) El Ejecutivo Departamental dispondrá el recargo de tasas para el caso si correspondiera, luego de verificar lo establecido en la Ordenanza vigente. 4º) Siga a la Intendencia Departamental a sus efectos. Declárase urgente.

Resolución N° 28/2020 Visto: El Expediente Nº 8/2020 y con lo informado por la Comisión de Obras Públicas que este Cuerpo comparte. LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESIÓN DE LA FECHA, RESUELVE: 1º) Autorízase la regularización de obras gestionada en autos realizadas en el Padrón Nº 24222 - Manzana Nº 2211 Localidad Catastral Maldonado, al amparo del Decreto Departamental 3948/2016. 2º) La ocupación de retiro frontal debe guardar carácter de precario y revocable sin lugar a indemnización, debiéndose dejar debida constancia de ello en Planos y Certificado de Habilitación Final de Obras. 3º) El Ejecutivo Departamental dispondrá el recargo de tasas para el caso si correspondiera, luego de verificar lo establecido en la Ordenanza vigente. 4º) Siga a la Intendencia Departamental a sus efectos. Declárase urgente.

Resolución N° 29/2020 Visto: El Expediente Nº 9/2020 y con lo informado por la Comisión de Obras Públicas que este Cuerpo comparte. LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESIÓN DE LA FECHA, RESUELVE: 1º) Autorízase la regularización de obras gestionada en autos realizadas en el Padrón Nº 10.812 - Manzana Nº 1403 Localidad Catastral Maldonado, al amparo del Decreto Departamental 3948/2016. 2º) El Ejecutivo Departamental dispondrá el recargo de tasas para el caso si correspondiera, luego de verificar lo establecido en la Ordenanza vigente. 3º) Siga a la Intendencia Departamental a sus efectos. Declárase urgente.

Resolución N° 30/2020 Visto: El Expediente Nº 24/2020 y con lo informado por la Comisión de Obras Públicas que este Cuerpo comparte. LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESIÓN DE LA FECHA, RESUELVE: 1º) Autorízase la regularización de obras gestionada en autos realizadas en el Padrón Nº 17658 - Manzana Nº 54 Localidad Catastral El Chorro, al amparo del Decreto Departamental 3948/2016. 2º) La ocupación de retiro frontal debe guardar carácter de precario y revocable sin lugar a indemnización, debiéndose dejar debida constancia de ello en Planos y Certificado de Habilitación Final de Obras. 3º) El Ejecutivo Departamental dispondrá el recargo de tasas para el caso si correspondiera, luego de verificar lo establecido en la Ordenanza vigente. 4º) Siga a la Intendencia Departamental a sus efectos. Declárase urgente.

Resolución N° 31/2020 Visto: El Expediente Nº 25/2020 y con lo informado por la Comisión de Obras Públicas que este Cuerpo comparte. LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESIÓN DE LA FECHA, RESUELVE: 1º) Autorízase la regularización de obras gestionada en autos realizadas en el Padrón Nº 19814 - Manzana Nº 1118 Localidad Catastral Maldonado, al amparo del Decreto Departamental 3948/2016. 2º) La ocupación de retiro frontal debe guardar carácter de precario y revocable sin lugar a indemnización, debiéndose dejar debida constancia de ello en Planos y Certificado de Habilitación Final de Obras. 3º) El Ejecutivo Departamental dispondrá el recargo de tasas para el caso si correspondiera, luego de verificar lo establecido en la Ordenanza vigente. 4º) Siga a la Intendencia Departamental a sus efectos. Declárase urgente.

Resolución N° 32/2020 Visto: El Expediente Nº 26/2020 y con lo informado por la Comisión de Obras Públicas que este Cuerpo comparte. LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESIÓN DE LA FECHA, RESUELVE: 1º) Autorízase la regularización de obras gestionada en autos realizadas en el Padrón Nº 4475 - Manzana Nº 793 Localidad Catastral Piriápolis, al amparo del Decreto Departamental 3739/2000. 2º) Las aberturas que se ubican a menos de 3 metros de la medianera guardan carácter de precario y revocable sin lugar a indemnización, debiéndose dejar debida constancia de ello en Planos y Certificado de Habilitación Final de Obras. 3º) El Ejecutivo Departamental dispondrá el recargo de tasas para el caso si correspondiera, luego de verificar lo establecido en la Ordenanza vigente. 4º) Siga a la Intendencia Departamental a sus efectos. Declárase urgente.

Resolución N° 33/2020 Visto: El Expediente Nº 27/2020 y con lo informado por la Comisión de Obras Públicas que este Cuerpo comparte. LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESIÓN DE LA FECHA, RESUELVE: 1º) Autorízase la regularización de obras gestionada en autos realizadas en el Padrón Nº 6065 - Manzana Nº 128 Localidad Catastral Playa Grande, al amparo del Decreto Departamental 3948/2016, quedando agotada toda posibilidad de crecimiento edilicio que incremente el porcentaje del FOS aprobado en este acto. 2º) La abertura ubicada a menos de 3m de la medianera guarda carácter de precario y revocable sin lugar a indemnización, debiéndose dejar debida constancia de ello en Planos y Certificado de Habilitación Final de Obras. 3º) El Ejecutivo Departamental dispondrá el recargo de tasas para el caso si correspondiera, luego de verificar lo establecido en la Ordenanza vigente. 4º) Siga a la Intendencia Departamental a sus efectos. Declárase urgente.

Resolución N° 34/2020 Visto: El Expediente Nº 28/2020 y con lo informado por la Comisión de Obras Públicas que este Cuerpo comparte. LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESIÓN DE LA FECHA, RESUELVE: 1º) Autorízase la regularización de obras gestionada en autos realizadas en el Padrón Nº 2449 - Manzana Nº 204 Localidad Catastral Maldonado, al amparo del Decreto Departamental 3948/2016. 2º) La ocupación de retiro frontal debe guardar carácter de precario y revocable sin lugar a indemnización, debiéndose dejar debida constancia de ello en Planos y Certificado de Habilitación Final de Obras. 3º) El Ejecutivo Departamental dispondrá el recargo de tasas para el caso si correspondiera, luego de verificar lo establecido en la Ordenanza vigente. 4º) Siga a la Intendencia Departamental a sus efectos. Declárase urgente.

Resolución N° 35/2020 Visto: El Expediente Nº 29/2020 y con lo informado por la Comisión de Obras Públicas que este Cuerpo comparte. LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESIÓN DE LA FECHA, RESUELVE: 1º) Autorízase la regularización de obras gestionada en autos realizadas en el Padrón Nº 7589 - Manzana Nº 352 Localidad Catastral San Carlos, al amparo del Decreto Departamental 3948/2016. 2º) Previo a la entrega del Certificado de Habilitación Final de Obras se deberá realizar una nueva inspección a efectos de verificar que se han realizado las modificaciones propuestas. 3º) El Ejecutivo Departamental dispondrá el recargo de tasas para el caso si correspondiera, luego de verificar lo establecido en la Ordenanza vigente. 4º) Siga a la Intendencia Departamental a sus efectos. Declárase urgente.

Resolución N° 36/2020 Visto: El Expediente Nº 30/2020 y con lo informado por la Comisión de Obras Públicas que este Cuerpo comparte. LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESIÓN DE LA FECHA, RESUELVE: 1º) Autorízase la regularización de obras gestionada en autos realizadas en el Padrón Nº 15.256 - Manzana Nº 712 Localidad Catastral La Capuera, al amparo del Decreto Departamental 3948/2016. 2º) El Ejecutivo Departamental dispondrá el recargo de tasas para el caso si correspondiera, luego de verificar lo establecido en la Ordenanza vigente. 3º) Siga a la Intendencia Departamental a sus efectos. Declárase urgente.

Resolución N° 37/2020 Visto: El Expediente Nº 31/2020 y con lo informado por la Comisión de Obras Públicas que este Cuerpo comparte. LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESIÓN DE LA FECHA, RESUELVE: 1º) Autorízase la regularización de obras gestionada en autos realizadas en el Padrón Nº 26303 - Manzana Nº 2282 Localidad Catastral Maldonado, al amparo del Decreto Departamental 3948/2016, quedando agotada toda posibilidad de crecimiento edilicio que incremente el porcentaje del FOS aprobado en este acto. 2º) Las aberturas que se ubican a menos de 3 metros de la medianera y la ocupación de retiro frontal deben guardar carácter de precario y revocable sin lugar a indemnización, debiéndose dejar debida constancia de ello en Planos y Certificado de Habilitación Final de Obras. 3º) El Ejecutivo Departamental dispondrá el recargo de tasas para el caso si correspondiera, luego de verificar lo establecido en la Ordenanza vigente. 4º) Siga a la Intendencia Departamental a sus efectos. Declárase urgente.

Resolución N° 38/2020 Visto: El Expediente Nº 32/2020 y con lo informado por la Comisión de Obras Públicas que este Cuerpo comparte. LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESIÓN DE LA FECHA, RESUELVE: 1º) Autorízase la regularización de obras gestionada en autos realizadas en el Padrón Nº 6830 - Manzana Nº 204 Localidad Catastral Balneario Buenos Aires, al amparo del Decreto Departamental 3948/2016. 2º) Las aberturas ubicadas a menos de 3 metros de la medianera guarda carácter de precario y revocable sin lugar a indemnización, debiéndose dejar debida constancia de ello en Planos y Certificado de Habilitación Final de Obras. 3º) El Ejecutivo Departamental dispondrá el recargo de tasas para el caso si correspondiera, luego de verificar lo establecido en la Ordenanza vigente. 4º) Siga a la Intendencia Departamental a sus efectos. Declárase urgente.

Resolución N° 39/2020 Visto: El Expediente Nº 33/2020 y con lo informado por la Comisión de Obras Públicas que este Cuerpo comparte. LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESIÓN DE LA FECHA, RESUELVE: 1º) Autorízase la regularización de obras gestionada en autos realizadas en el Padrón Nº 3440 - Manzana Nº 378 Localidad Catastral Maldonado, al amparo del Decreto Departamental 3948/2016, quedando agotada toda posibilidad de crecimiento edilicio que incremente el porcentaje del FOS aprobado en este acto. 2º) El Ejecutivo Departamental dispondrá el recargo de tasas para el caso si correspondiera, luego de verificar lo establecido en la Ordenanza vigente. 3º) Siga a la Intendencia Departamental a sus efectos. Declárase urgente.

Resolución N° 40/2020 Visto: El Expediente Nº 34/2020 y con lo informado por la Comisión de Obras Públicas que este Cuerpo comparte. LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESIÓN DE LA FECHA, RESUELVE: 1º) Autorízase la regularización de obras gestionada en autos realizadas en el Padrón Nº 5285 - Manzana Nº 1017 Localidad Catastral Piriápolis, al amparo del Decreto Departamental 3948/2016. 2º) El Ejecutivo Departamental dispondrá el recargo de tasas para el caso si correspondiera, luego de verificar lo establecido en la Ordenanza vigente. 3º) Siga a la Intendencia Departamental a sus efectos. Declárase urgente.

Resolución N° 41/2020 Visto: El Expediente Nº 35/2020 y con lo informado por la Comisión de Obras Públicas que este Cuerpo comparte. LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESIÓN DE LA FECHA, RESUELVE: 1º) Autorízase la regularización de obras gestionada en autos realizadas en el Padrón Nº 3800 - Manzana Nº 100 Localidad Catastral Balneario Buenos Aires, al amparo del Decreto Departamental 3948/2016. 2º) El Ejecutivo Departamental dispondrá el recargo de tasas para el caso si correspondiera, luego de verificar lo establecido en la Ordenanza vigente. 3º) Siga a la Intendencia Departamental a sus efectos. Declárase urgente.

Resolución N° 42/2020 Visto: El Expediente Nº 36/2020 y con lo informado por la Comisión de Obras Públicas que este Cuerpo comparte. LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESIÓN DE LA FECHA, RESUELVE: 1º) Autorízase la regularización de obras gestionada en autos realizadas en el Padrón Nº 7924 - Manzana Nº 432 Localidad Catastral Piriápolis, al amparo del Decreto Departamental 3948/2016. 2º) El Ejecutivo Departamental dispondrá el recargo de tasas para el caso si correspondiera, luego de verificar lo establecido en la Ordenanza vigente. 3º) Siga a la Intendencia Departamental a sus efectos. Declárase urgente.

Resolución N° 43/2020 Visto: El Expediente Nº 37/2020 y con lo informado por la Comisión de Obras Públicas que este Cuerpo comparte. LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESIÓN DE LA FECHA, RESUELVE: 1º) Autorízase la regularización de obras gestionada en autos realizadas en el Padrón Nº 8178 - Manzana Nº 378 Localidad Catastral Maldonado, al amparo del Decreto Departamental 3948/2016. 2º) El Ejecutivo Departamental dispondrá el recargo de tasas para el caso si correspondiera, luego de verificar lo establecido en la Ordenanza vigente. 3º) Siga a la Intendencia Departamental a sus efectos. Declárase urgente.

Resolución N° 44/2020 Visto: El Expediente Nº 38/2020 y con lo informado por la Comisión de Obras Públicas que este Cuerpo comparte. LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESIÓN DE LA FECHA, RESUELVE: 1º) Autorízase la regularización de obras gestionada en autos realizadas en el Padrón Nº 3087 - Manzana Nº 153 Localidad Catastral Maldonado, al amparo del Decreto Departamental 3948/2016, quedando agotada toda posibilidad de crecimiento edilicio que incremente el porcentaje del FOS aprobado en este acto. 2º) El Ejecutivo Departamental dispondrá el recargo de tasas para el caso si correspondiera, luego de verificar lo establecido en la Ordenanza vigente. 3º) Siga a la Intendencia Departamental a sus efectos. Declárase urgente.

Resolución N° 45/2020 Visto: El Expediente Nº 39/2020 y con lo informado por la Comisión de Obras Públicas que este Cuerpo comparte. LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESIÓN DE LA FECHA, RESUELVE: 1º) Autorízase la regularización de obras gestionada en autos realizadas en el Padrón Nº 5462 - Manzana Nº 254 Localidad Catastral San Carlos, al amparo del Decreto Departamental 3948/2016. 2º) El Ejecutivo Departamental dispondrá el recargo de tasas para el caso si correspondiera, luego de verificar lo establecido en la Ordenanza vigente. 3º) Siga a la Intendencia Departamental a sus efectos. Declárase urgente.

Resolución N° 46/2020 Visto: El Expediente Nº 40/2020 y con lo informado por la Comisión de Obras Públicas que este Cuerpo comparte. LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESIÓN DE LA FECHA, RESUELVE: 1º) Autorízase la regularización de obras gestionada en autos realizadas en el Padrón Nº 16459 - Manzana Nº 66 Localidad Catastral La Barra, al amparo del Decreto Departamental 3948/2016. 2º) La ocupación de retiro frontal debe guardar carácter de precario y revocable sin lugar a indemnización, debiéndose dejar debida constancia de ello en Planos y Certificado de Habilitación Final de Obras. 3º) El Ejecutivo Departamental dispondrá el recargo de tasas para el caso si correspondiera, luego de verificar lo establecido en la Ordenanza vigente. 4º) Siga a la Intendencia Departamental a sus efectos. Declárase urgente.

Resolución N° 47/2020 Visto: El Expediente Nº 41/2020 y con lo informado por la Comisión de Obras Públicas que este Cuerpo comparte. LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESIÓN DE LA FECHA, RESUELVE: 1º) Autorízase la regularización de obras gestionada en autos realizadas en el Padrón Nº 3376 - Manzana Nº 672 Localidad Catastral Punta del Este, al amparo del Decreto Departamental 3948/2016, quedando agotada toda posibilidad de crecimiento edilicio que incremente el porcentaje del FOS aprobado en este acto. 2º) El Ejecutivo Departamental dispondrá el recargo de tasas para el caso si correspondiera, luego de verificar lo establecido en la Ordenanza vigente. 3º) Siga a la Intendencia Departamental a sus efectos. Declárase urgente.

Resolución N° 48/2020 Visto: El Expediente Nº 42/2020 y con lo informado por la Comisión de Obras Públicas que este Cuerpo comparte. LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESIÓN DE LA FECHA, RESUELVE: 1º) Autorízase la regularización de obras gestionada en autos realizadas en el Padrón Nº 2352 - Manzana Nº 148 Localidad Catastral Playa Hermosa, al amparo del Decreto Departamental 3948/2016. 2º) Se deberá colocar cerramientos en el límite del predio evitando que se genere servidumbre de vistas desde el porche de la vivienda. 3º) El Ejecutivo Departamental dispondrá el recargo de tasas para el caso si correspondiera, luego de verificar lo establecido en la Ordenanza vigente. 4º) Siga a la Intendencia Departamental a sus efectos. Declárase urgente.

Resolución N° 49/2020 Visto: El Expediente Nº 43/2020 y con lo informado por la Comisión de Obras Públicas que este Cuerpo comparte. LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESIÓN DE LA FECHA, RESUELVE: 1º) Autorízase la regularización de obras gestionada en autos realizadas en el Padrón Nº 2354 - Manzana Nº 148 Localidad Catastral Playa Hermosa, al amparo del Decreto Departamental 3948/2016, quedando agotada toda posibilidad de crecimiento edilicio que incremente el porcentaje del FOS aprobado en este acto. 2º) Las aberturas ubicadas a menos de 3 metros de la medianera deben guardar carácter de precario y revocable sin lugar a indemnización, debiéndose dejar debida constancia de ello en Planos y Certificado de Habilitación Final de Obras. 4º) Se deberá disponer un cerco en el límite del predio enfrentado a las aberturas que se ubican a menos de 3 metros de la medianera a efectos de evitar que se generen servidumbres de vistas desde ellas. 5º) El Ejecutivo Departamental dispondrá el recargo de tasas para el caso si correspondiera, luego de verificar lo establecido en la Ordenanza vigente. 6º) Siga a la Intendencia Departamental a sus efectos. Declárase urgente.

Resolución N° 50/2020 Visto: El Expediente Nº 44/2020 y con lo informado por la Comisión de Obras Públicas que este Cuerpo comparte. LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESIÓN DE LA FECHA, RESUELVE: 1º) Autorízase la regularización de obras gestionada en autos realizadas en el Padrón Rural Nº 6485 - 7ª Sección Catastral Paraje Garzón, al amparo del Decreto Departamental 3948/2016. 2º) La ocupación de retiro frontal debe guardar carácter de precario y revocable sin lugar a indemnización, debiéndose dejar debida constancia de ello en Planos y Certificado de Habilitación Final de Obras. 3º) El Ejecutivo Departamental dispondrá el recargo de tasas para el caso si correspondiera, luego de verificar lo establecido en la Ordenanza vigente. 4º) Siga a la Intendencia Departamental a sus efectos. Declárase urgente.

Resolución N° 51/2020 Visto: El Expediente Nº 45/2020 y con lo informado con la Comisión de Obras Públicas que este Cuerpo comparte. LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESIÓN DE LA FECHA, RESUELVE: 1º) Autorízase la regularización de obras gestionada en autos realizadas en el Padrón Nº 7530 - Manzana Nº 843 Localidad Catastral Piriápolis, al amparo del Decreto Departamental 3948/2016. 2º) El Ejecutivo Departamental dispondrá el recargo de tasas para el caso si correspondiera, luego de verificar lo establecido en la Ordenanza vigente. 3º) Siga a la Intendencia Departamental a sus efectos. Declárase urgente.

Resolución N° 52/2020 Visto: El Expediente Nº 46/2020 y con lo informado por la Comisión de Obras Públicas que este Cuerpo comparte. LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESIÓN DE LA FECHA, RESUELVE: 1º) Autorízase la regularización de obras gestionada en autos realizadas en el Padrón Nº 925 -Manzana Nº 56 Localidad Catastral Playa Grande, al amparo del Decreto Departamental 3948/2016. 2º) El Ejecutivo Departamental dispondrá el recargo de tasas para el caso si correspondiera, luego de verificar lo establecido en la Ordenanza vigente. 3º) Siga a la Intendencia Departamental a sus efectos. Declárase urgente.

Resolución N° 53/2020 Visto: El Expediente Nº 47/2020 y con lo informado por la Comisión de Obras Públicas que este Cuerpo comparte. LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESIÓN DE LA FECHA, RESUELVE: 1º) Autorízase la regularización de obras gestionada en autos realizadas en el Padrón Nº 9707 - Manzana Nº 826 Localidad Catastral Punta del Este, al amparo del Decreto Departamental 3948/2016. 2º) El Ejecutivo Departamental dispondrá el recargo de tasas para el caso si correspondiera, luego de verificar lo establecido en la Ordenanza vigente. 3º) Siga a la Intendencia Departamental a sus efectos. Declárase urgente.

Resolución N° 54/2020 Visto: El Expediente Nº 58/2020 y con lo informado por la Comisión de Obras Públicas que este Cuerpo comparte. LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESIÓN DE LA FECHA, RESUELVE: 1º) Autorízase la regularización de obras gestionada en autos realizadas en el Padrón Nº 10658 - Manzana Nº 1394 Localidad Catastral Maldonado, en las condiciones informadas por la Dirección General de Urbanismo en Actuación Nº 5 de autos y al amparo del Decreto Departamental 3948/2016, quedando agotada toda posibilidad de crecimiento edilicio que incremente el porcentaje del FOS aprobado en este acto. 2º) La ocupación de retiro frontal debe guardar carácter de precario y revocable sin lugar a indemnización, debiéndose dejar debida constancia de ello en Planos y Certificado de Habilitación Final de Obras. 3º) En caso de modificarse el destino del inmueble, se deberá desmontar el área que ocupa retiro frontal. 4º) El Ejecutivo Departamental dispondrá el recargo de tasas para el caso si correspondiera, luego de verificar lo establecido en la Ordenanza vigente. 5º) Siga a la Intendencia Departamental a sus efectos. Declárase urgente.

Resolución N° 55/2020 Visto: El Expediente Nº 66/2020 y con lo informado por la Comisión de Obras Públicas que este Cuerpo comparte. LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESIÓN DE LA FECHA, RESUELVE: 1º) Autorízase la regularización de obras gestionada en autos realizadas en el Padrón Nº 26.378 - Manzana Nº 1.721 Localidad Catastral Maldonado, al amparo del Decreto Departamental 3948/2016. 2º) La ocupación de retiro frontal debe guardar carácter de precario y revocable sin lugar a indemnización, debiéndose dejar debida constancia de ello en Planos y Certificado de Habilitación Final de Obras. 3º)El Ejecutivo Departamental dispondrá el recargo de tasas para el caso si correspondiera, luego de verificar lo establecido en la Ordenanza vigente. 4º) Siga a la Intendencia Departamental a sus efectos. Declárase urgente.

Resolución N° 56/2020 Visto: El Expediente Nº 67/2020 y con lo informado por la Comisión de Obras Públicas que este Cuerpo comparte. LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESIÓN DE LA FECHA, RESUELVE: 1º) Autorízase la regularización de obras gestionada en autos realizadas en el Padrón Nº 5896 - Manzana Nº 1041 Localidad Catastral Piriápolis, al amparo del Decreto Departamental 3948/2016. 2º) El Ejecutivo Departamental dispondrá el recargo de tasas para el caso si correspondiera, luego de verificar lo establecido en la Ordenanza vigente. 3º) Siga a la Intendencia Departamental a sus efectos. Declárase urgente.

Resolución N° 57/2020 Visto: El Expediente Nº 68/2020 y con lo informado por la Comisión de Obras Públicas que este Cuerpo comparte. LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESIÓN DE LA FECHA, RESUELVE: 1º) Autorízase la regularización de obras gestionada en autos realizadas en el Padrón Nº 3179 - Manzana Nº 70 Localidad Catastral El Chorro, al amparo del Decreto Departamental 3948/2016. 2º) La ocupación de retiro frontal debe guardar carácter de precario y revocable sin lugar a indemnización, debiéndose dejar debida constancia de ello en Planos y Certificado de Habilitación Final de Obras. 3º) El Ejecutivo Departamental dispondrá el recargo de tasas para el caso si correspondiera, luego de verificar lo establecido en la Ordenanza vigente. 4º) Siga a la Intendencia Departamental a sus efectos. Declárase urgente.

Resolución N° 58/2020 Visto: El Expediente Nº 69/2020 y con lo informado por la Comisión de Obras Públicas que este Cuerpo comparte. LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESIÓN DE LA FECHA, RESUELVE: 1º) Autorízase la regularización de obras gestionada en autos realizadas en el Padrón Nº 4648 - Manzana Nº 753 Localidad Catastral Piriápolis, al amparo del Decreto Departamental 3948/2016. 2º) El Ejecutivo Departamental dispondrá el recargo de tasas para el caso si correspondiera, luego de verificar lo establecido en la Ordenanza vigente. 3º) Siga a la Intendencia Departamental a sus efectos. Declárase urgente.

Resolución N° 59/2020 Visto: El Expediente Nº 70/2020 y con lo informado por la Comisión de Obras Públicas que este Cuerpo comparte. LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESIÓN DE LA FECHA, RESUELVE: 1º) Autorízase la regularización de obras gestionada en autos realizadas en el Padrón Nº 4871 - Manzana Nº 148 Localidad Catastral Balneario Buenos Aires, al amparo del Decreto Departamental 3948/2016. 2º) El Ejecutivo Departamental dispondrá el recargo de tasas para el caso si correspondiera, luego de verificar lo establecido en la Ordenanza vigente. 3º) Siga a la Intendencia Departamental a sus efectos. Declárase urgente.

Resolución N° 60/2020 Visto: El Expediente Nº 71/2020 y con lo informado por la Comisión de Obras Públicas que este Cuerpo comparte. LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESIÓN DE LA FECHA, RESUELVE: 1º) Autorízase la regularización de obras gestionada en autos realizadas en el Padrón Nº 8501 - Manzana Nº 430 Localidad Catastral San Carlos, al amparo del Decreto Departamental 3948/2016, quedando agotada toda posibilidad de crecimiento edilicio que incremente el porcentaje del FOS aprobado en este acto. 2º) El Ejecutivo Departamental dispondrá el recargo de tasas para el caso si correspondiera, luego de verificar lo establecido en la Ordenanza vigente. 3º) Siga a la Intendencia Departamental a sus efectos. Declárase urgente.

Resolución N° 61/2020 Visto: El Expediente Nº 72/2020 y con lo informado por la Comisión de Obras Públicas que este Cuerpo comparte. LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESIÓN DE LA FECHA, RESUELVE: 1º) Autorízase la regularización de obras gestionada en autos realizadas en el Padrón Nº 14.737 - Manzana Nº 1.642 Localidad Catastral Maldonado, al amparo del Decreto Departamental 3948/2016. 2º) La ocupación de retiro frontal debe guardar carácter de precario y revocable sin lugar a indemnización, debiéndose dejar debida constancia de ello en Planos y Certificado de Habilitación Final de Obras. 3º) El Ejecutivo Departamental dispondrá el recargo de tasas para el caso si correspondiera, luego de verificar lo establecido en la Ordenanza vigente. 4º) Siga a la Intendencia Departamental a sus efectos. Declárase urgente.

Resolución N° 62/2020 Visto: El Expediente Nº 73/2020 y con lo informado por la Comisión de Obras Públicas que este Cuerpo comparte. LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESIÓN DE LA FECHA, RESUELVE: 1º) Autorízase la regularización de obras gestionada en autos realizadas en el Padrón Nº 3145-Manzana Nº 27 Localidad Catastral San Carlos, al amparo del Decreto Departamental 3948/2016, quedando agotada toda posibilidad de crecimiento edilicio que incremente el porcentaje del FOS aprobado en este acto. 2º) El Ejecutivo Departamental dispondrá el recargo de tasas para el caso si correspondiera, luego de verificar lo establecido en la Ordenanza vigente. 3º) Siga a la Intendencia Departamental a sus efectos. Declárase urgente.

Resolución N° 63/2020 Visto: El Expediente Nº 74/2020 y con lo informado por la Comisión de Obras Públicas que este Cuerpo comparte. LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESIÓN DE LA FECHA, RESUELVE: 1º) Autorízase la regularización de obras gestionada en autos realizadas en el Padrón Nº 625-Manzana Nº 41 Localidad Catastral Playa Verde, al amparo del Decreto Departamental 3948/2016. 2º) La ocupación de retiro frontal debe guardar carácter de precario y revocable sin lugar a indemnización, debiéndose dejar debida constancia de ello en Planos y Certificado de Habilitación Final de Obras. 3º) El Ejecutivo Departamental dispondrá el recargo de tasas para el caso si correspondiera, luego de verificar lo establecido en la Ordenanza vigente. 4º) Siga a la Intendencia Departamental a sus efectos. Declárase urgente.

Resolución N° 64/2020 Visto: El Expediente Nº 88/2020 y con lo informado por la Comisión de Obras Públicas que este Cuerpo comparte. LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESIÓN DE LA FECHA, RESUELVE: 1º) Autorízase la regularización de obras gestionada en autos realizadas en el Padrón Nº 812 -Manzana Nº 50 Localidad Catastral Playa Grande, al amparo del Decreto Departamental 3948/2016. 2º) El Ejecutivo Departamental dispondrá el recargo de tasas para el caso si correspondiera, luego de verificar lo establecido en la Ordenanza vigente. 3º) Siga a la Intendencia Departamental a sus efectos. Declárase urgente.

Resolución N° 65/2020 Visto: El Expediente Nº 91/2020 y con lo informado por la Comisión de Obras Públicas que este Cuerpo comparte. LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESIÓN DE LA FECHA, RESUELVE: 1º) Autorízase la regularización de obras gestionada en autos realizadas en el Padrón Nº 8422 - Manzana Nº 1042 Localidad Catastral Maldonado, al amparo del Decreto Departamental 3948/2016, quedando agotada toda posibilidad de crecimiento edilicio que incremente el porcentaje del FOS aprobado en este acto. 2º) El Ejecutivo Departamental dispondrá el recargo de tasas para el caso si correspondiera, luego de verificar lo establecido en la Ordenanza vigente. 3º) Siga a la Intendencia Departamental a sus efectos. Declárase urgente.

Resolución N° 66/2020 Visto: El Expediente Nº 92/2020 y con lo informado por la Comisión de Obras Públicas que este Cuerpo comparte. LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESIÓN DE LA FECHA, RESUELVE: 1º) Autorízase la regularización de obras gestionada en autos realizadas en el Padrón Nº 13.137 - Manzana Nº 1.493 Localidad Catastral Maldonado, al amparo del Decreto Departamental 3948/2016. 2º) El Ejecutivo Departamental dispondrá el recargo de tasas para el caso si correspondiera, luego de verificar lo establecido en la Ordenanza vigente. 3º) Siga a la Intendencia Departamental a sus efectos. Declárase urgente.

Resolución N° 67/2020 Visto: El Expediente Nº 93/2020 y con lo informado por la Comisión de Obras Públicas que este Cuerpo comparte. LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESIÓN DE LA FECHA, RESUELVE: 1º) Autorízase la regularización de obras gestionada en autos realizadas en el Padrón Nº 2617 - Manzana Nº 766 Localidad Catastral Piriápolis, al amparo del Decreto Departamental 3948/2016. 2º) La ocupación de retiro frontal debe guardar carácter de precario y revocable sin lugar a indemnización, debiéndose dejar debida constancia de ello en Planos y Certificado de Habilitación Final de Obras. 3º) El Ejecutivo Departamental dispondrá el recargo de tasas para el caso si correspondiera, luego de verificar lo establecido en la Ordenanza vigente. 4º) Siga a la Intendencia Departamental a sus efectos. Declárase urgente.

Resolución N° 68/2020 Visto: El Expediente Nº 94/2020 y con lo informado por la Comisión de Obras Públicas que este Cuerpo comparte. LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESIÓN DE LA FECHA, RESUELVE: 1º) Autorízase la regularización de obras gestionada en autos realizadas en el Padrón Nº 60 Manzana Nº 8 Localidad Catastral Playa Grande, al amparo del Decreto Departamental 3948/2016. 2º) El Ejecutivo Departamental dispondrá el recargo de tasas para el caso si correspondiera, luego de verificar lo establecido en la Ordenanza vigente. 3º) Siga a la Intendencia Departamental a sus efectos. Declárase urgente.

Resolución N° 69/2020 Visto: El Expediente Nº 95/2020 y con lo informado por la Comisión de Obras Públicas que este Cuerpo comparte. LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESIÓN DE LA FECHA, RESUELVE: 1º) Autorízase la regularización de obras gestionada en autos realizadas en el Padrón Nº 7194 - Manzana Nº 333 Localidad Catastral San Carlos, al amparo del Decreto Departamental 3948/2016. 2º) La ocupación de retiro frontal debe guardar carácter de precario y revocable sin lugar a indemnización, debiéndose dejar debida constancia de ello en Planos y Certificado de Habilitación Final de Obras. 3º) El Ejecutivo Departamental dispondrá el recargo de tasas para el caso si correspondiera, luego de verificar lo establecido en la Ordenanza vigente. 4º) Siga a la Intendencia Departamental a sus efectos. Declárase urgente.

Resolución N° 70/2020 Visto: El Expediente Nº 96/2020 y con lo informado por la Comisión de Obras Públicas que este Cuerpo comparte. LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESIÓN DE LA FECHA, RESUELVE: 1º) Autorízase la regularización de obras gestionada en autos realizadas en el Padrón Nº 3.471 - Manzana Nº 86 Localidad Catastral Balneario Buenos Aires, al amparo del Decreto Departamental 3948/2016. 2º) El Ejecutivo Departamental dispondrá el recargo de tasas para el caso si correspondiera, luego de verificar lo establecido en la Ordenanza vigente. 3º) Siga a la Intendencia Departamental a sus efectos. Declárase urgente.

Resolución N° 71/2020 Visto: El Expediente Nº 97/2020 y con lo informado por la Comisión de Obras Públicas que este Cuerpo comparte. LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESIÓN DE LA FECHA, RESUELVE: 1º) Autorízase la regularización de obras gestionada en autos realizadas en el Padrón Nº 5532 - Manzana Nº 188 Localidad Catastral San Carlos, al amparo del Decreto Departamental 3948/2016. 2º) La ocupación de retiro frontal debe guardar carácter de precario y revocable sin lugar a indemnización, debiéndose dejar debida constancia de ello en Planos y Certificado de Habilitación Final de Obras. 3º) El Ejecutivo Departamental dispondrá el recargo de tasas para el caso si correspondiera, luego de verificar lo establecido en la Ordenanza vigente. 4º) Siga a la Intendencia Departamental a sus efectos. Declárase urgente.

Resolución N° 72/2020 Visto: El Expediente Nº 98/2020 y con lo informado por la Comisión de Obras Públicas que este Cuerpo comparte. LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESIÓN DE LA FECHA, RESUELVE: 1º) Autorízase la regularización de obras gestionada en autos realizadas en el Padrón Nº 9.408 - Manzana Nº 738 Localidad Punta del Este, al amparo del Decreto Departamental 3948/2016, quedando agotada toda posibilidad de crecimiento edilicio que incremente el porcentaje del FOS aprobado en este acto. 2º) La abertura que genera servidumbre de vistas se autoriza con carácter de precario y revocable sin lugar a indemnización, debiéndose dejar debida constancia de ello en Planos y Certificado de Habilitación Final de Obras. 3º) El Ejecutivo Departamental dispondrá el recargo de tasas para el caso si correspondiera, luego de verificar lo establecido en la Ordenanza vigente. 4º) Siga a la Intendencia Departamental a sus efectos. Declárase urgente.

Resolución N° 73/2020 Visto: El Expediente Nº 99/2020 y con lo informado por la Comisión de Obras Públicas que este Cuerpo comparte. LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESIÓN DE LA FECHA, RESUELVE: 1º) Autorízase la regularización de obras gestionada en autos realizadas en el Padrón Nº 8399 - Manzana Nº 249 Localidad Catastral Balneario Buenos Aires, al amparo del Decreto Departamental 3948/2016, quedando agotada toda posibilidad de crecimiento edilicio que incremente los porcentajes del FOS y FOT aprobados en este acto. 2º) La ocupación de retiro frontal debe guardar carácter de precario y revocable sin lugar a indemnización y la vivienda que se ubica en PA debe guardar carácter de construcción secundaria, no pudiendo conformar una unidad individual en Propiedad Horizontal, debiéndose dejar debida constancia de ambas condiciones en Planos y Certificado de Habilitación Final de Obras. 3º) El Ejecutivo Departamental dispondrá el recargo de tasas para el caso si correspondiera, luego de verificar lo establecido en la Ordenanza vigente. 4º) Siga a la Intendencia Departamental a sus efectos. Declárase urgente.

Resolución N° 74/2020 Visto: El Expediente Nº 100/2020 y con lo informado por la Comisión de Obras Públicas que este Cuerpo comparte. LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESIÓN DE LA FECHA, RESUELVE: 1º) Autorízase la regularización de obras gestionada en autos realizadas en el Padrón Nº 3.056 - Manzana Nº 189 Localidad Catastral Playa Hermosa, al amparo del Decreto Departamental 3948/2016. 2º) El Ejecutivo Departamental dispondrá el recargo de tasas para el caso si correspondiera, luego de verificar lo establecido en la Ordenanza vigente. 3º) Siga a la Intendencia Departamental a sus efectos. Declárase urgente.

Resolución N° 75/2020 Visto: El Expediente Nº 102/2020 y con lo informado por la Comisión de Obras Públicas que este Cuerpo comparte. LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESIÓN DE LA FECHA, RESUELVE: 1º) Autorízase la regularización de obras gestionada en autos realizadas en el Padrón Nº 3974 - Manzana Nº 20 (84,15m2)Localidad Catastral San Carlos, al amparo del Decreto Departamental 3948/2016. 2º) La ocupación de retiro frontal debe guardar carácter de precario y revocable sin lugar a indemnización, debiéndose dejar debida constancia de ello en Planos y Certificado de Habilitación Final de Obras. 3º) El Ejecutivo Departamental dispondrá el recargo de tasas para el caso si correspondiera, luego de verificar lo establecido en la Ordenanza vigente. 4º) Siga a la Intendencia Departamental a sus efectos. Declárase urgente.

Resolución N° 76/2020 Visto: El Expediente Nº 103/2020 y con lo informado por la Comisión de Obras Públicas que este Cuerpo comparte. LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESIÓN DE LA FECHA, RESUELVE: 1º) Autorízase la regularización de obras gestionada en autos realizadas en el Padrón Nº 10067 - Manzana Nº 333 Localidad Catastral Maldonado, al amparo del Decreto Departamental 3948/2016, quedando agotada toda posibilidad de crecimiento edilicio que incremente los porcentajes del FOS y FOT aprobados en este acto. 2º) Los vanos desde los cuales se genera servidumbre de luces y vistas deben guardar carácter de precario y revocable sin lugar a indemnización, debiéndose dejar debida constancia de ello en Planos y Certificado de Habilitación Final de Obras. 3º) El Ejecutivo Departamental dispondrá el recargo de tasas para el caso si correspondiera, luego de verificar lo establecido en la Ordenanza vigente. 4º) Siga a la Intendencia Departamental a sus efectos. Declárase urgente.

Resolución N° 77/2020 Visto: El Expediente Nº 110/2020 y con lo informado por la Comisión de Obras Públicas que este Cuerpo comparte. LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESIÓN DE LA FECHA, RESUELVE: 1º) Autorízase la regularización de obras gestionada en autos realizadas en el Padrón Nº 3634 - Manzana Nº 15 Localidad Catastral Punta Ballena, al amparo del Decreto Departamental 3948/2016. 2º) La ocupación de la anteplaya debe guardar carácter de precario y revocable sin lugar a indemnización, debiéndose dejar debida constancia de ello en Planos y Certificado de Habilitación Final de Obras. 3º) El Ejecutivo Departamental dispondrá el recargo de tasas para el caso si correspondiera, luego de verificar lo establecido en la Ordenanza vigente. 4º) Siga a la Intendencia Departamental a sus efectos. Declárase urgente.

Resolución N° 78/2020 Visto: El Expediente Nº 111/2020 y con lo informado por la Comisión de Obras Públicas que este Cuerpo comparte. LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESIÓN DE LA FECHA, RESUELVE: 1º) Autorízase la regularización de obras gestionada en autos realizadas en el Padrón Nº 9154 - Manzana Nº 459 Localidad Catastral San Carlos, al amparo del Decreto Departamental 3948/2016. 2º) El Ejecutivo Departamental dispondrá el recargo de tasas para el caso si correspondiera, luego de verificar lo establecido en la Ordenanza vigente. 3º) Siga a la Intendencia Departamental a sus efectos. Declárase urgente.

Resolución N° 79/2020 Visto: El Expediente Nº 113/2020 y con lo informado por la Comisión de Obras Públicas que este Cuerpo comparte. LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESIÓN DE LA FECHA, RESUELVE: 1º) Autorízase la regularización de obras gestionada en autos realizadas en el Padrón Nº 957 - Manzana Nº 73 Localidad Catastral El Tesoro, al amparo del Decreto Departamental 3948/2016. 2º) El Ejecutivo Departamental dispondrá el recargo de tasas para el caso si correspondiera, luego de verificar lo establecido en la Ordenanza vigente. 3º) Siga a la Intendencia Departamental a sus efectos. Declárase urgente.

Resolución N° 80/2020 Visto: El Expediente Nº 187/2020 y con lo informado por la Comisión de Obras Públicas que este Cuerpo comparte. LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESIÓN DE LA FECHA, RESUELVE: 1º) Autorízase la regularización de obras gestionada en autos realizadas en el Padrón Nº 1265 - Manzana Nº 467 Localidad Catastral Piriápolis, al amparo del Decreto Departamental 3948/2016. 2º) La ocupación de retiro frontal debe guardar carácter de precario y revocable sin lugar a indemnización, debiéndose dejar debida constancia de ello en Planos y Certificado de Habilitación Final de Obras. 3º) El Ejecutivo Departamental dispondrá el recargo de tasas para el caso si correspondiera, luego de verificar lo establecido en la Ordenanza vigente. 4º) Siga a la Intendencia Departamental a sus efectos. Declárase urgente.

Resolución N° 81/2020 Visto: El Expediente Nº 89/2020 y con lo informado por la Comisión de Obras Públicas que este Cuerpo comparte. LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESIÓN DE LA FECHA, RESUELVE: 1º) Autorízase la regularización de obras gestionada en autos realizadas en el Padrón Nº 13082 - Manzana Nº 578 Localidad Catastral Ocean Park. 2º) Deberá realizarse la ampliación planteada para adecuar las áreas y anchos a la normativa vigente así como el revestimiento mencionado, dejando constancia de ello en Planos y Certificado de Habilitación Final de Obras. 3º) El Ejecutivo Departamental dispondrá el recargo de tasas para el caso si correspondiera, luego de verificar lo establecido en la Ordenanza vigente. 4º) Siga a la Intendencia Departamental a sus efectos. Declárase urgente.

Resolución N° 82/2020 Visto: El Expediente Nº 101/2020 y con lo informado por la Comisión de Obras Públicas que este Cuerpo comparte. LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESIÓN DE LA FECHA, RESUELVE: 1º) Autorízase la regularización de obras gestionada en autos realizadas en el Padrón Nº 5532 - Manzana Nº 321 Localidad Catastral Playa Hermosa. 2º) La ocupación de retiro frontal debe guardar carácter de precario y revocable sin lugar a indemnización, debiéndose dejar debida constancia de ello en Planos y Certificado de Habilitación Final de Obras. 3º) El Ejecutivo Departamental dispondrá el recargo de tasas para el caso si correspondiera, luego de verificar lo establecido en la Ordenanza vigente. 4º) Siga a la Intendencia Departamental a sus efectos. Declárase urgente.

SECRETARIA.- EXPEDIENTE N° 149/2020: Pedro Pulleto, su consulta sobre viabilidad de construir local comercial en Punta del Este.

Informe de la Comisión de Obras Públicas aconsejando: 1º) Prestar conformidad a la consulta de viabilidad para construir el proyecto de autos en el padrón identificado en la Resolución Nº 1.937/2020 del señor intendente de Maldonado en las condiciones informadas por la Dirección General de Urbanismo en actuación 5 de los presentes obrados y en cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto departamental Nº 3965/2017. 2º) Sigan estos obrados al Ejecutivo a sus efectos.

Firman los ediles Artola, Zumarán, Infante, Noguera, Santiago Pérez y María del Rosario Borges.

VARIOS EDILES.- Que se vote.

PRESIDENTE.- Que se vote, piden varios señores ediles.

SE VOTA: 29 en 30, afirmativo.

Resolución N° 83/2020 Visto: El Expediente Nº 149/2020 y con lo informado por la Comisión de Obras Públicas que este Cuerpo comparte. LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESIÓN DE LA FECHA, RESUELVE: 1º) Préstase conformidad a la presente consulta sobre viabilidad para construir el proyecto de autos en el Padrón Nº 1884 - Manzana Nº 594 Localidad Catastral Punta del Este, en las condiciones informadas por la Dirección General de Urbanismo en Actuación Nº 5 de los presentes obrados y en cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto Departamental 3965/2017. 2º) Siga a la Intendencia Departamental a sus efectos. Declárase urgente.

SECRETARIA.- EXPEDIENTE Nº 151/2020: Raúl Cohe, su consulta sobre viabilidad de construir en José Ignacio.

Informe de la Comisión de Obras Públicas aconsejando: 1º) Prestar conformidad a la consulta de viabilidad para construir el proyecto de autos en el padrón identificado en la Resolución Nº 2.165/2020 del señor intendente de Maldonado en las condiciones informadas por la Dirección General de Urbanismo en actuación Nº 2 de los presentes obrados y en cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto departamental Nº 3965/2017. 2º) Sigan estos obrados al Ejecutivo a sus efectos.

Firman los señores ediles Zumarán, Santiago Pérez, Infante, Artola, Noguera y María del Rosario Borges.

VARIOS EDILES.- Que se vote.

PRESIDENTE.- Que se vote, piden varios señores ediles.

SE VOTA: unanimidad, 29 votos.

Resolución N° 84/2020 Visto: El Expediente Nº 151/2020 y con lo informado por la Comisión de Obras Públicas que este Cuerpo comparte. LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESIÓN DE LA FECHA, RESUELVE: 1º) Préstase conformidad a la presente consulta sobre viabilidad para construir el proyecto de autos en el Padrón Nº 899 - Manzana Nº 8 Localidad Catastral Faro de José Ignacio, en las condiciones informadas por la Dirección General de Urbanismo en Actuación Nº 2 de los presentes obrados y en cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto Departamental 3965/2017. 2º) Siga a la Intendencia Departamental a sus efectos. Declárase urgente.

SECRETARIA.- EXPEDIENTE Nº 21/2020: Mabel Chocho solicita ante la Comisión de Quitas y Esperas ampararse a lo dispuesto en el Decreto 3988, exoneración deuda tributaria en Maldonado.

Informe de la Comisión de Presupuesto, Hacienda y Adjudicaciones aconsejando: 1º) Otorgar anuencia al Ejecutivo para autorizar la aplicación de los beneficios dispuestos en la Resolución Nº 552/2020 del intendente de Maldonado respecto al inmueble de la localidad catastral de Maldonado allí referenciado y recogiendo la información de la Comisión Asesora de Quitas y Esperas en acta anexada en actuación Nº 3 de los presentes obrados. 2º) Siga al Ejecutivo a sus efectos.

Firman Darwin Correa, Adolfo Varela, Tort, Federico Guerra y Susana De Armas.

VARIOS EDILES.- Que se vote.

PRESIDENTE.- Que se vote, piden varios señores ediles.

SE VOTA: 28 en 29, afirmativo.

Resolución N° 85/2020 Visto: El Expediente Nº 21/2020 y con lo informado por la Comisión de Presupuesto, Hacienda y Adjudicaciones que este Cuerpo comparte. LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESIÓN DE LA FECHA, RESUELVE: 1º) Concédese anuencia al Ejecutivo para autorizar la aplicación de los beneficios dispuestos en la Resolución Nº 00552/2020 del Intendente de Maldonado, respecto del inmueble Padrón Nº 8272/108, Localidad Catastral Maldonado (01), recogiendo la información de la Comisión Asesora de Quitas y Esperas en Acta anexada en Actuación Nº 3 de los presentes obrados. 2º) Siga a la Intendencia Departamental a sus efectos. Declárese urgente.

SECRETARIA.- EXPEDIENTE Nº 207/2020: Intendencia departamental solicita anuencia para exonerar del pago de tasas de construcción a la Cooperativa de Vivienda "CO.VI.SUPUMI" de Maldonado.

Informe de la Comisión de Presupuesto, Hacienda y Adjudicaciones aconsejando: 1º) Otorgar anuencia al Ejecutivo para autorizar la exoneración de tasas de construcción dispuesta en Resolución Nº 2.588/2020 del intendente de Maldonado respecto del inmueble allí referenciado. 2º) Siga al Ejecutivo departamental a sus efectos. Declárese urgente.

Firman los ediles Darwin Correa, Varela, Tort, Federico Guerra y Susana De Armas.

EDIL GARLO (Joaquín).- Perdón, presidenta, pido la palabra...

PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor edil Garlo.

EDIL GARLO (Joaquín).- Ya que en la noche de hoy tenemos a consideración dos solicitudes de cooperativas de vivienda por exoneración de las tasas de edificación, no queremos dejar pasar la oportunidad de hacer algunos planteos.

En primer lugar, algunas apreciaciones formales respecto a cómo manejó el Gobierno departamental de Maldonado este asunto. En las resoluciones del intendente departamental Nos. 2588/2020 y 2589/2020 se resuelve…

Perdón porque veo que la mesa se está manifestando, estoy entrando en el asunto, o sea, me estoy refiriendo al expediente que está en tratamiento. Lo aclaro por la inquietud que hay en la Mesa, nada más.

(Expresiones inaudibles, dialogados).

Continúo.

Estas resoluciones a las que me referí establecen la remisión de los expedientes a la Junta para que se dé la anuencia para exonerar de estos tributos a las Cooperativas de vivienda Coviecotecno y Covisupumi. (cg)

La primera es de uno de los sindicatos policiales de Maldonado y la segunda de trabajadores y trabajadoras de la empresa Ecotecno. En ambos expedientes se encuentra un informe del director general de Vivienda, Alejandro Lussich, que establece ‒leo textual‒: El vencimiento del Decreto 4009, al 31 de diciembre de 2019, impide que se le exonere del monto correspondiente a las tasas de construcción y recomienda que el expediente sea enviado a la Junta Departamental para recibir la anuencia para estas exoneraciones.

Ahora bien, este Decreto departamental que se cita, el Nº 4009, lo que establece es la prórroga del vencimiento del Decreto departamental N° 3962. Este último es la norma que exonera de distintos tributos departamentales a las obras o ampliaciones como forma de incentivar a la industria de la construcción. Aquel primer decreto establecía su vencimiento el 31 de diciembre de 2018, plazo que fue prorrogado por el Decreto 4009 hasta el 31 de diciembre de 2019.

Estas normas no son específicas para las cooperativas de viviendas, sino que son generales para todo aquel desarrollo inmobiliario, sin importar su naturaleza. Es por esta razón que, con los compañeros de Espacio 609 y Somos Maldonado de Frente, vamos a presentar en los próximos días un proyecto de decreto departamental que establezca la exoneración de las tasas de edificación para todas las cooperativas de vivienda que reciban financiamiento de la Agencia Nacional de Vivienda del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, y constituyan, en consecuencia, viviendas de interés social.

Maldonado necesita una norma general que le quite a estos emprendimientos cooperativos la carga tributaria de las tasas de edificación que implican cientos de miles de pesos que las cooperativas no pueden pagar. Estamos hablando de una renuncia tributaria que el Gobierno departamental de Maldonado debe realizar para fomentar así esta forma de organización histórica y fundamental para el acceso a la vivienda propia en nuestro país, que son las cooperativas de vivienda.

En segundo lugar –y justamente en la línea de esto último que planteaba– es importante destacar el rol de las cooperativas de viviendas. Tienen un rol fundamental tanto en lo social como en lo comunitario en el acceso a la vivienda propia, en el desarrollo de las relaciones interpersonales en la comunidad; es por eso que deben ser promovidas y apoyadas. Es así también que Fucvam –Federación Uruguaya de Cooperativas de Vivienda por Ayuda Mutua– es una de las organizaciones sociales más importantes del país que tiene un fuerte compromiso con las causas populares.

Es oportuno, por lo expuesto, reivindicar y exigirle al Gobierno nacional un compromiso real con estas organizaciones, porque estamos tratando una exoneración de tasas de edificación que es importante para el desarrollo del acceso a la vivienda en Maldonado. Por eso vemos con muchísima preocupación la decisión del Ministerio de Vivienda actual de reducir los sorteos para las cooperativas de viviendas. Estaban previstos en el calendario desarrollado por el Gobierno anterior sorteos para dos mil unidades, pero se recortaron en un cincuenta por ciento, sorteándose en este 2020, en consecuencia, solamente mil unidades de las dos mil que estaban previstas. Esta decisión de la Ministra Irene Moreira –de Cabildo Abierto– se fundamenta, pobremente, en la situación de emergencia sanitaria. Pero no se contempla la importancia que tiene el financiamiento de la Agencia Nacional de Vivienda para las cooperativas para que cada vez más personas accedan a su casa propia.

Esta medida tomó por sorpresa a Fucvam porque ya se les había dicho que este Gobierno iba a realizar varios recortes, pero nunca esperaron que fueran tan gruesos.

Por otro lado, la Federación de Cooperativas de Vivienda por ahorro previo manifestó que la decisión del actual Gobierno influye muchísimo en las cooperativas que estaban preparándose para participar de los sorteos y encontraran así financiamiento en la Agencia Nacional de Vivienda.

El último gobierno del Frente Amplio construyó casi quince mil soluciones habitacionales a través de los financiamientos otorgados por el Ministerio de Vivienda a las distintas cooperativas, ya sean de ayuda mutua, ahorro previo, del plan de vivienda sindical o bien cooperativas que no estén federadas. A esto último debemos sumarle las miles y miles que fueron construidas entre 2005 y 2015. Asimismo se aprobaron, en estos últimos tres períodos de gobierno, muchísimas leyes que favorecen y promueven el cooperativismo de viviendas.

En 2012 el Gobierno departamental de Maldonado del Frente Amplio creó el fondo rotativo de vivienda con la finalidad de instrumentar los mecanismos procedentes para facilitar el acceso a la tierra por parte del sistema cooperativo. (g.t.d)

Y es por esta razón, presidenta, que nosotros vamos a dar anuencia y sin duda vamos a votar estos dos expedientes que están a consideración, tanto de Covisupumi como de Coviecotecno, pero con la salvedad de que queremos dejar asentado en actas que el Gobierno departamental de Maldonado debe fomentar una política de exoneración de las tasas edilicias a las cooperativas de vivienda para promover el desarrollo de las mismas y para generar un acceso más horizontal a la vivienda propia. Es por eso que en los próximos días vamos a estar haciéndoles llegar a las Comisiones de Viviendas y de Legislación de esta Junta este proyecto de decreto con la finalidad de establecer una norma general que no haga que cada vez que una cooperativa de vivienda presente la solicitud de exoneración en la Intendencia, la misma tenga que venir a la Junta; porque si esto no se aprueba en esta semana, estas cooperativas pierden el financiamiento de la Agencia Nacional de Vivienda.

Por ese motivo, presidenta, nos parece bien importante que el Gobierno nacional también adopte una política seria respecto a las cooperativas de vivienda y no esta política lamentable de recortes en las unidades que se sortean, lo cual pone en riesgo el acceso a la vivienda propia por parte de miles y miles de personas.

Gracias, presidenta.

PRESIDENTE.- Gracias, señor edil.

Tiene la palabra la señora edil Zumarán.

EDIL S. de ZUMARÁN (Magdalena).- Presidenta: solamente para informar que, sin perjuicio de que el edil preopinante está hablando de una norma concreta para las cooperativas de vivienda, ya está a estudio de las comisiones del Cuerpo reactivar ese decreto con la exoneración de las tasas a la construcción. Así que esperamos que se apoye para que salga.

Muchas gracias.

PRESIDENTE.- Muchas gracias, señora edil.

Tiene la palabra el señor edil Darwin Correa.

EDIL CORREA (Darwin).- Gracias, presidente.

Primero que nada saludamos a los cooperativistas, tanto de Covisupumi como de Coviecotecno, porque a partir de estos días ya van a tener la posibilidad de regularizar y realizar el sueño de la casa propia ‒cosa que no es fácil‒, pagando por ella ‒como corresponde‒, a través de lo que es el sistema cooperativo, el que realmente ha dado resultado y es muy bueno que en nuestro país se implemente de la manera que se está implementando.

En segundo lugar, quisiera hacer un par de puntualizaciones.

El proyecto del cual un señor edil recién hablaba ‒que va a presentar la semana que viene‒ ya fue presentado hace dos semanas por nuestra compañera la escribana Magdalena Zumarán ‒en nombre de nuestro sector, Unión y Cambio, y de nuestro partido‒, donde en términos generales se habla de lo que tiene que ser el incentivo para la construcción en el departamento de Maldonado ‒de lo que tiene que ser, en términos generales, el incentivo para la construcción para el departamento de Maldonado‒, y una de las puntualizaciones que como Junta podemos hacer es exonerar ‒casi lo único que podemos exonerar‒ las tasas de construcción, habilitar para que se exoneren.

Por lo tanto, saludamos que también coincidan con nosotros, por lo menos en el proyecto que van a presentar dentro de dos semanas ‒o la semana que viene‒, por lo que de por sí descartamos que el proyecto presentado por la compañera Zumarán va a ser aprobado, ya que va en el mismo sentido. ¿O lo que va a hacer la diferencia es quién estampa la firma...? Lo que importa es el fondo del asunto: que a los vecinos, a través del sistema cooperativo o de cualquier sistema de construcción, se les exoneren las tasas. ¿Para qué? Entre otras cosas, para reactivar el laburo. Para que aquel proyecto que presentamos el año pasado a través del compañero Varela, Maldonado Trabaja, sea un sueño y se convierta en realidad. Es para eso. Y más en esta época, que la cosa está realmente complicada, que la mano viene difícil, que tenemos que ponernos el disfraz de Ultratón para venir a la Junta; porque la cosa está complicada y hay que hacer de tripas corazón para sacar al departamento adelante.

Pero puntualizando un poquito más ‒y termino, presidente‒, escuché un reclamo al Ministerio de Vivienda, Ministerio que está calentando motores, viendo cómo está la economía, viendo qué pasa en el país. (m.r.c.)

Entonces, le quiero informar, presidente ‒porque a mí me enseñaron de chiquito que cuando uno no sabe algo se informa‒, que a esto lo atendimos y estudiamos en la Comisión de Presupuesto ‒lo estudiamos en la Comisión de Presupuesto los que vamos a la Comisión de Presupuesto, los que la integramos‒ y, además, coincidimos con el trabajo realizado y ejecutado por la Dirección de Vivienda, conducida por nuestro compañero Lussich. Así que no puedo permitir que las cosas se digan alegremente.

Esto que estamos aprobando hoy sí, es verdad, se vence, pero se vence porque se atrasó absolutamente todo en el Ministerio de Vivienda. Pero no se atrasó absolutamente todo en el Ministerio de Vivienda desde hace setenta días, dos meses y poco, se atrasó todo en el Ministerio de Vivienda desde hace más de un año, desde hace más de un año y medio.

¿Ustedes piensan que esta cooperativa arrancó a hacer los trámites en enero de este año? A ver, ¿cuándo arrancó a hacer los trámites esta cooperativa? ¿En febrero de este año? ¿Alguien sabe lo que demora el sistema cooperativo en conseguir las cosas? Sincerémonos, compañeros, cuando algo llega a la Junta para que se le exoneren las tasas, que es lo último, es porque los tipos ya quedaron redondos de dar vueltas en los ministerios, ya recorrieron la Ruta 9 de arriba abajo en COT y en Copsa, pagándose el boleto ellos, manguéandoles a los cooperativistas de a $100 para pagarle el boleto al que va a hacer el trámite a Montevideo, pidiendo reuniones y quedándose cinco horas en un ministerio, esperando a que los atienda el secretario de un secretario; ahí recién viene a la Junta para las tasas, mi amigo.

Esto no arrancó en febrero de este año, no arrancó el 1º de marzo de este año, cuando asumieron este gobierno y este ministerio. No seamos tan obtusos, no queramos marear, porque si el objetivo es marear, mi amigo, es que no hemos entendido nada los momentos que están pasando Maldonado y el país. Yo pensaba ‒en algún momento lo expusimos y lo dijimos‒ que estas cosas, que esta situación que están viviendo el país y el mundo nos iba a hacer mejores a cada uno de nosotros. Quiero creer que no me equivoqué, quiero creer que nos vamos a dejar de chiquiteces, quiero creer que nos vamos a dejar de menudencias y que vamos a hablar de las cosas en serio. Lo serio, lo lindo y lo importante es que hoy esta Junta Departamental, espero que por unanimidad… Porque por unanimidad se votó y firmó en la comisión, donde estaban los tres partidos políticos representados y se votó con alegría. ¿Es verdad o es mentira? Es verdad.

No puede ser que ahora, ni habiéndose leído el expediente, vengamos acá a decir que esto es culpa del Ministerio de Vivienda que entró el 1º de marzo porque están haciendo recortes. ¿Qué sabemos si están haciendo recortes, muchachos, si no sabemos…?

(Interrupciones).

PRESIDENTE.- Ampare en el uso de la palabra al señor edil.

EDIL CORREA (Darwin).- ¿Qué sabemos si están haciendo recortes, muchachos, si estamos recién en el medio de este bicho raro? ¡Por favor! Yo pensaba que esto nos iba a hacer mejores ‒y lo digo en serio, presidente, pensaba que nos iba a hacer mejores‒, pensaba que esta situación nos iba a hacer mejores y que estas chiquiteces no iban a darse, pero de pique, nomás, en una extraordinaria, en vez de votar con alegría, hay algunos que vienen siempre con los puños cerrados y, con los puños cerrados, señora presidente, no se puede hacer absolutamente nada, solo destruir.

Gracias.

PRESIDENTE .- Gracias, señor edil.

Tiene la palabra el señor edil José Luis Noguera.

EDIL NOGUERA (José).- Gracias, señora presidenta.

Simplemente, con lo que se ha dicho en función al decreto, que sí está presentado en la Comisión de Obras para reactivación, quería manifestar que estamos de acuerdo parcialmente en un articulado, pero parcialmente. No estamos de acuerdo en tocar el tema del retorno por mayor valor, el que hace a una gestión de solidaridad y a un fondo de recursos que fue suspendido ‒no por nuestro partido, sino por el Partido Nacional en su gobierno, con todo su derecho‒, pero que también hace a las políticas de vivienda, entonces eso es lo que no queremos tocar, sí reactivar lo que es la exoneración de tasas de construcción para dinamizar esa actividad del departamento. (a.g.b.)

Pero lo que plantea el compañero va más allá, es tener diferenciado, por un tiempo más prolongado ‒porque los decretos se caen como cayó este‒ lo que hace la actividad de la política de las cooperativas de viviendas.

Son dos casos diferentes, porque un caso es otorgarle una exoneración a un empresario que quiere hacer una inversión para dinamizar una actividad como es la construcción y otro caso es beneficiar a una cooperativa; no metamos todo en el mismo lugar, porque no es el mismo meollo.

Lo que amerita es el análisis de qué recursos son, qué es lo que debemos seguir cobrando, como el caso del retorno por mayor valor, que en el peor momento del país es donde más necesitamos de la solidaridad o los recursos de aquellos que más tienen y que más se benefician en las crisis, porque convengamos y recordemos que la crisis de 2002 en este país fue para la mayoría de los trabajadores, pero hubo alguna minoría que se enriqueció.

Entonces eso ya nos cabe como es, queremos aclarar eso simplemente. Siempre vamos a estar de acuerdo en dinamizar y otorgar aquellos beneficios que hagan el bien a la actividad, pero cuidado, retorno por mayor valor ya lo hemos discutido en este Recinto y me parece que amerita separar los artículos del decreto y llegado el momento daremos la discusión.

Con mucho gusto vamos a acompañar este expediente, con las aclaraciones del edil Garlo y obviamente también acompaño ‒como recién expresaba‒ el artículo del decreto a reactivar, pero eso no está en discusión hoy; simplemente queremos sacar este expediente.

Muchas gracias.

PRESIDENTE.- Gracias, señor edil.

VARIOS SEÑORES EDILES.- Que se vote.

PRESIDENTE.- Que se voten piden varios señores ediles.

Estamos votando.

SE VOTA: 26 en 27, afirmativo.

Resolución N° 87/2020 Visto: El Expediente Nº 207/2020 y con lo informado por la Comisión de Presupuesto, Hacienda y Adjudicaciones que este Cuerpo comparte. LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESIÓN DE LA FECHA, RESUELVE: 1º) Concédese anuencia al Intendente de Maldonado para autorizar la exoneración de tasas de construcción al Padrón Nº 29937 Localidad Catastral Maldonado. 2º) Siga a la Intendencia Departamental a sus efectos. Declárase urgente.

Edil Garlo.

EDIL GARLO (Joaquín).- Votamos afirmativo y parece que algunos son propensos a mezclar chorizos con bicicletas permanentemente.

Una cosa es, justamente, este decreto 4009 y el decreto 3962, y la iniciativa de ediles del Partido Nacional de extender las exoneraciones tributarias a los desarrollos inmobiliarios en general, y otra cosa bien distinta es generar una norma, un decreto departamental de esta Junta, que es para toda la vida ‒hasta que se modifique‒, sin plazos, que genere una exoneración en las tasas de edificación a las cooperativas de viviendas; son dos cosas bien distintas.

Me extraña que algunos ediles con mucha historia en este Cuerpo no sepan la diferencia entre una cosa y la otra y con muy mala intención traten de decir: “Ganamos la cuereada, nosotros ya lo presentamos”. Es mentira, porque son dos cosas bien diferentes ‒como bien decía el edil Noguera‒; una cosa es la exoneración general a todo emprendimiento de la construcción y otra cosa es una norma que exonere de las tasas de edificación exclusivamente a las cooperativas de vivienda, como una política del fomento del cooperativismo, porque como bien decía un edil del oficialismo, el cooperativismo de vivienda es una actividad sumamente sacrificada por muchísimas razones: por el esfuerzo que hay que hacer para organizarse ‒cosa que no es fácil en los tiempos actuales‒, por el esfuerzo que hay que hacer en las gestiones para poder llevar adelante una cooperativa, que la burocracia institucional ‒es verdad‒ es terrible a nivel departamental y a nivel nacional.

No podemos caer en hipocresías de mezclar chorizos con bicicletas y decir: “Ah, esto ya está”. Es mentira, no está, no es cierto.

Esperemos que el Gobierno departamental y el Partido Nacional apoyen la iniciativa de generar una exoneración en las tasas de edificación para toda cooperativa de vivienda que venga en el futuro, sin plazo, un decreto, un decreto con fuerza de ley en la jurisdicción del departamento. (m.g.g.)

Ya está; eso hoy no existe y no ha existido, se utiliza este mecanismo provisorio de la exoneración general que es lo que se quiere reactivar ahora, pero no es exclusivo para las cooperativas de viviendas sino para todo emprendimiento, para el millonario que viene a hacer un edificio en Punta del Este y también para las cooperativas de viviendas. Nosotros creemos que es necesario una norma específica como garantía para las cooperativas de viviendas de cualquier tipo ‒por ayuda mutua, de ahorro previo, las no federadas, las del plan de vivienda sindical‒.

Gracias, presidente.

PRESIDENTE.- Gracias, señor edil.

SECRETARIA.- Por error de numeración tratamos este expediente antes del que tendría que haber sido, que es el EXPEDIENTE Nº 206/2020: Intendencia Departamental solicita anuencia para exonerar del pago de tasas de construcción a la cooperativa de vivienda CO.VI.ECOTECNO de Maldonado.

En el informe, la Comisión de Presupuesto, Hacienda y Adjudicaciones ACONSEJA: 1º) Otorgar anuencia al Ejecutivo para autorizar la exoneración de tasas de construcción dispuesta en la Resolución Nº 2.589/2020 del intendente de Maldonado, respecto del inmueble allí referenciado. 2º) Siga al Ejecutivo departamental a sus efectos y declárase urgente.

Firman los ediles Darwin Correa, Adolfo Varela, Damián Tort, Federico Guerra y Susana De Armas.

PRESIDENTE.- Está a consideración del Cuerpo.

Señor edil Garlo.

EDIL GARLO (Joaquín).- Queríamos dejar constancia en actas que hacemos la misma salvedad que para el expediente anterior de similares características, en lo que respecta al mecanismo utilizado y a la necesidad de la norma que referíamos que exonere de las tasas de edificación a todas las cooperativas de viviendas.

Gracias, presidente.

PRESIDENTE.- Gracias, señor edil.

Estamos votando...

SE VOTA: 27 en 28, afirmativo.

Resolución N° 86/2020 Visto: El Expediente Nº 206/2020 y con lo informado por la Comisión de Presupuesto, Hacienda y Adjudicaciones que este Cuerpo comparte. LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESIÓN DE LA FECHA, RESUELVE: 1º) Concédese anuencia al Intendente de Maldonado para autorizar la exoneración de tasas de construcción al Padrón Nº 29936 Localidad Catastral Maldonado. 2º) Siga a la Intendencia Departamental a sus efectos. Declárase urgente.

VARIOS EDILES.- La urgencia...

(Dialogados en la Mesa).

PRESIDENTE.- Solicitan la urgencia de los temas. Estamos votando...

SE VOTA: 27 en 28, afirmativo.

Sin haber más asuntos y siendo la hora 21:27 minutos damos por levantada la sesión. (a.f.r.)

Edil con licencia reglamentaria: Alexandro Infante.

Siendo la hora 21:27 y habiéndose agotado el orden del día, la presidente levanta la sesión, labrándose la presente para su debida constancia, que se firma en el lugar y fecha indicados ut supra.

 

 

Eva Abal

Presidente

 

Susana Hualde

Secretaria General

 

Andrea Fernández

Jefa Sección Corrección