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¿QUIÉNES PUEDEN PROPONER NOMBRES?
Cualquier persona, Organismos Públicos, Entidades privadas, Asociaciones, el Sr. Intendente Municipal, los Sres. Legisladores y la Comision de Nomenclatura.
Las solicitudes de denominaciones deben presentarse por escrito, dirigidas al Presidente de la Junta Departamental; también pueden hacerlo ante el Ejecutivo Departamental y los Municipios.
NORMATIVA VIGENTE
En cuanto a la normativa vigente podemos destacar el Decreto Nº 3444, que en su Artículo 5º, prohibe con carácter general, el cambio de denominación de las vías de tránsito, pudiendo realizarse sólo con carácter de excepción debidamente fundada y merecer aprobación de mayoría absoluta, asimismo cuando se proponen nombres de personas, su deceso deberá datar de más de diez años.
DESCRIPCIÓN DEL PLANO
LAMINAS: se identifican en forma vertical, con una Letra, en forma horizontal con un Número.
Las Cuadrículas se distinguen con una Letra. Se numeran todas las calles, diferenciando las Avenidas con el orden 5000.
Contiene el Número oficial de cada manzana.
CLASIFICACIÓN
Avenidas: Son las vías de tránsito que ameritan este carácter por su jerarquía funcional y/o trama física, si bordean cursos de agua importantes también se pueden identificar como ramblas.
Calles: Son las vías de tránsito común en cuanto a su jerarquía funcional y/o trama física.
Envíe sus consultas o sugerencias a:
comisionnomenclaturatyt@juntamaldonado.gub.uy
Secretario Administrativo: Eduardo Fernández Chávez
Tel : 42223530 int 177