DECRETO Nº 3883
CONFIRMATORIO
LIBRO DE SESIONES XLVII TOMO IV Diario Nº 48 Fojas 1651
28 de junio de 2011 – Junta Departamental de Maldonado
ARTÍCULO 1º) Acéptanse las observaciones realizadas por el Tribunal de Cuentas de la República, en su dictamen constitucional de fecha 22 de junio de 2011 al Decreto Nº 3883/2011.
ARTÍCULO 2º) Respecto a la observación del párrafo 2.4, encomiéndase a la Dirección Financiero Contable del Cuerpo, a realizar la discriminación por ejercicio de las asignaciones presupuestales para los Ejercicios 2013 y siguientes.
ARTÍCULO 3º) Respecto a la observación del párrafo 3.2, dispónese: “Cuando los Ediles en cumplimiento de sus funciones deban desplazarse dentro y/o fuera del territorio del país, los viáticos, las compensaciones de gastos y las rendiciones de cuentas y/o declaraciones juradas correspondientes se ajustarán a lo dispuesto en todos los términos de la Resolución del Tribunal de Cuentas de la República de fecha 22 de diciembre de 2010”.
ARTÍCULO 4º) Sanciónase en definitiva el Decreto Nº 3883/11, Presupuesto de la Junta Departamental de Maldonado, para el Quinquenio 2011-2015.
ARTÍCULO 5º) Comuníquese el presente a la Intendencia Departamental, a fin de que las asignaciones presupuestales proyectadas, sean financiadas.
ARTÍCULO 6º) Dése conocimiento al Tribunal de Cuentas de la República, a sus efectos.
ARTÍCULO 7º) Téngase presente por la Dirección Financiero Contable y cumplido, archívese sin perjuicio. Declárase urgente.-
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