DECRETO Nº 3872
LIBRO DE SESIONES XLVI. TOMO III. Diario Nº 151 Foja 3663
15 de junio de 2010 – Junta Departamental de Maldonado
Artículo 1º) Modifícase la redacción del Literal “C” del Artículo 276 del Decreto 3733/99, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Sector 2 – Arco de Portezuelo.
Artículo 276º) Límites del sector y normas.
C) Área mínima de terreno por unidad locativa 170 mc. En “El Pejerrey” sólo se admitirá una unidad cada 10.000 mc. de tierra; quedando exceptuado de esta disposición, el padrón Nº 16.365, de la manzana Nº 761.”
Artículo 2º) Pase al Ejecutivo Comunal a sus efectos.-