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Decreto 3879

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DECRETO Nº 3879

 

LIBRO DE SESIONES XLVI TOMO III  Diario 23 Fojas 709

 

23 de noviembre de 2010 – Junta Departamental de Maldonado

 

 

 Artículo 1º) Prorrógase  por el término de 180 días a partir de su vencimiento, el plazo previsto en el Decreto Nº 3852/09 y su modificativo Decreto Nº 3868/10.

 

 Artículo 2º) Dése la mas amplia difusión del presente Decreto, con comunicación  expresa a las empresas administradoras de propiedades y afines.

 

 Artículo 3º) Pase a la Intendencia Departamental a sus efectos.-