juntamaldonado.gub.uy

1143

Imprimir PDF
Modificar el tamaño de letra:

ACTA Nº 1143.- En la ciudad de Maldonado, a los veintiocho días del mes de diciembre del año dos mil cinco, respondiendo a la convocatoria cursada por la Presidencia del Cuerpo, a efectos de celebrar Sesión Extraordinaria la Junta Departamental de Maldonado, siendo el único punto del Orden del Día: Expedientes informados por las Comisiones del Cuerpo, hasta el día 28 de diciembre de 2005. Asisten a Sala los Ediles Sres. Milton Hernández, Daniel Fernández, Lourdes Ontaneda, Fernando Velázquez, Fernando Bolumburu, Sergio Duclosson, Marlene Chanquet, Luis Huelmo, Favio Alfonso, Marilin Moreira, Ruben Toledo, Jorge Casaretto, Sergio Servetto, Benjamín Saroba, Rodrigo Blas y los Suplentes Sres. Daniel De Santis, Enrique González, Beatriz Jaurena, Alexis Corbo, Walter Bonilla, Mario Lafuente, Javier Sena, Carlos Sineiro, Francisco Salazar y Miguel Plada. Falta con aviso el Edil Sr. Julio García -(por razones de enfermedad), haciéndolo sin él, los Sres. Roberto Domínguez, Daniel Rodríguez, Gustavo Pereira, José E. Carro, Gladys Scarponi, Oscar Olmos, Alejandro Bonilla y José L. Real. En uso de licencia se encuentra el Edil Gastón Pereira. Preside el Acto el Edil Sr. Milton Hernández, actuando en Secretaría, la Directora de Dirección Legislativa Sra. Nelly Pietracaprina, en la Secretaría de Actas, el Director del Departamento de Comisiones, Sr. Gonzalo Pérez Muro y adscripta a la misma, la funcionaria administrativa, Sra. Yaquelin Arostegui. Siendo la hora veintiuna y doce minutos, el Sr. Presidente da inicio al acto. A continuación se pasa al estudio del EXPEDIENTE Nº 287/05: ARQ. MARIO CAZABAN, su consulta respecto viabilidad de construir en padrones Nos. 816, 7564, 1536 y 1537 (fusionados) – Decreto Nº 3786. En base a moción presentada por el Edil Ruben Toledo, LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESION DE LA FECHA (por mayoría 16 votos en 26), RESUELVE: Vuelva a estudio de la Comisión informante. Fundamenta su voto negativo el Edil Rodrigo Blas. EXPEDIENTE Nº 814/1/04: INTENDENCIA MUNICIPAL S/ anuencia para desafectar del dominio público pasajes peatonales y permutarlos por determinadas áreas de predios particulares en zona de El Tesoro. Ante la solicitud de reconsideración de estas actuaciones, que fuera aprobada en la pasada Sesión Extraordinaria y tal lo establecido en el Reglamento Interno de la Corporación, se reabre el debate a efectos de darle destino al asunto en cuestión. De inmediato, el Edil Ruben Toledo informa que su Bancada ha presentado un Proyecto de Resolución, al que se le da lectura por Secretaría. Seguidamente, siendo la hora veintiuna y dieciséis minutos, ante solicitud del Edil Jorge Casaretto, se aprueba por unanimidad (27 votos) pasar a un cuarto intermedio de diez minutos. Se reinicia la Sesión a la hora veintiuna y treinta y tres minutos, requiriendo el Edil Carlos Sineiro pasar a otro cuarto intermedio de diez minutos, siendo acompañado por mayoría (23 votos en 24). Se reanuda la Sesión a la hora veintidós y doce minutos, proponiendo varios Sres. Ediles de la Bancada del Partido Nacional una modificación al último artículo del Proyecto de Resolución presentado, dándose lectura a la misma por Secretaría. Posteriormente, el Sr. Presidente somete a votación el antedicho Proyecto con la respectiva modificación, el que resulta aprobado por mayoría (26 votos en 31). En consecuencia, LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESION DE LA FECHA, RESUELVE: 1º) Déjase sin efecto la resolución adoptada por este Cuerpo, en Sesión de fecha 22 de los ctes. que luce a fs. 72 de estos obrados. 2º) No otorgar anuencia al Ejecutivo Comunal, a los efectos de desafectar del dominio público los pasajes D, F, e I de la Manzana 80 de El Tesoro. 3º) Tener presente la vigencia de la Resolución 184/998 de 19 de enero de 1998, que prohibe expresamente la construcción de locales comerciales en la Manzana 80 de El Tesoro. 4º) Establecer que tal como esta previsto en el proyecto original, es condición para la aprobación del permiso correspondiente, la cesión a la Intendencia Municipal de Maldonado de la franja de 120 metros frente a la costa y el acondicionamiento urbano de la misma, tal cual se expresa en el expediente original. 5º) Siga a la Intendencia Municipal. Declárase urgente. Fundamentan su voto negativo los Ediles Rodrigo Blas, Benjamin Saroba y Aquíles Gómez y su voto afirmativo los Ediles Florencia Beledo, Nicolás Sosa, Marlene Chanquet y Fernando García. Seguidamente el Edil Rúben Toledo solicita la reconsideración de estas actuaciones, temperamento que no es compartido por el Cuerpo (0 votos en 28). Rectificada esta última votación en tres oportunidades, ante solicitud del mismo Sr. Edil, vuelve a resultar negativa por el mismo qüorum. EXPEDIENTE Nº 818/05: Intendencia Municipal remite proyecto de Decreto sobre Régimen de Percepción y Financiamiento Tributario. Luego de que por Secretaría se diera lectura al informe de la Comisión de Presupuesto, Hacienda y Adjudicaciones recaído en estos obrados, hacen uso de la palabra los Ediles Sres. Javier Sena, Ruben Toledo, Guillermo Moroy, Daniel Fernández, Carlos Sineiro, Lourdes Ontaneda, Wenceslao Séré, Fernando Velázquez, Martín Laventure y Cecilia Burgueño, quien requiere votación nominal para este asunto, temperamento que es compartido por mayoría (27 votos en 28). A continuación el Sr. Presidente somete a votación el antedicho informe de comisión, el que resulta aprobado por mayoría (16 votos en 28). Votaron por la afirmativa los Ediles Sres. Daniel Fernández, Lourdes Ontaneda, Fernando Velázquez, José Rodríguez, Fernando Bolumburu, Marlene Chanquet, Eduardo Bonilla, Favio Alfonso, Enrique González, Luis Huelmo, Alexis Corbo, Beatriz Jaurena, Marilín Moreira, Heber Núñez, Ruben Toledo (quien fundamenta su voto en los siguientes términos: "La modificación del artículo 6 del Decreto 3712 donde se topea en un 8% el 1% acumulado anual por buen pagador, no hace perder el porcentaje acumulado de todos aquellos buenos pagadores desde el año 1998 a la fecha") y el Sr. Presidente, Sr. Milton Hernández. Por la negativa se manifestaron los Ediles Guillermo Moroy, Eliseo Servetto, Wenceslao Séré, Magdalena Antía, Jorge Casaretto (fundamenta su voto), Fernando García (fundamenta su voto), Javier Sena (quien fundamenta su voto en los siguientes términos: "Voto negativo y solicito fundamentar el voto y que conste en el acta de esta Sesión para lo cual haré entrega por escrito de la versión de mis palabras, conforme dispone el Art. 74 del reglamento de la Junta. Digo esto por las eventuales y graves repercusiones jurídicas y políticas que tendrá una posible aplicación inconstitucional de este Decreto. Sin perjuicio de las repercusiones negativas que va a tener en el bolsillo del contribuyente. En el día de la fecha hemos tomado conocimiento de declaraciones a la prensa formuladas por la responsable del área jurídico – notarial de la Intendencia, mediante las cuales afirmó que el Intendente no va a dar cumplimiento a su obligación constitucional de publicar este Decreto Departamental. De confirmarse en los hechos esta versión se estará violando en primer lugar el numeral 2º del artículo 275 de la Constitución, pues es deber del Intendente promulgar y publicar los decretos sancionados por la Junta Departamental. Asimismo, también se violará el artículo 299 de la Constitución que impone la publicación de los decretos impositivos o tributarios y establece expresamente que recién serán obligatorios después de los diez días de publicados en el Diario Oficial. Unánimemente la doctrina entiende que cuando el artículo se refiere a impuestos comprende a todos los tributos. Por otra parte, lo que está aprobando la mayoría de la Junta Departamental es una modificación de impuestos o tributos pues se están modificando recursos municipales; es más, la propia mayoría de la Junta Departamental lo entendió así al remitir al Tribunal de Cuentas el proyecto de decreto en aplicación de la Ordenanza 62. Esta ordenanza dispone que "toda creación o modificación de recursos municipales debe ser sometida a dictamen de este Tribunal por la respectiva Junta Departamental". Si este Legislativo envió el expediente al Tribunal de Cuentas es porque sostiene que se está ante una modificación de tributos. Por lo tanto, como sostiene el reconocido especialista de temas de tributos departamentales, el Dr. Rodríguez Villalba, todo decreto relativo a tributos debe publicarse en el Diario Oficial para entrar en vigencia, y éste es el caso. Hay que decir claramente que el decreto que la Junta Departamental está sancionando en el día de hoy, con nuestra firme oposición, no podrá aplicarse retroactivamente y será obligatorio recién luego de su entrada en vigencia, lo que se producirá después de los 10 días de publicado en el Diario Oficial. En caso que el Intendente omita la publicación y lo aplique con antelación estará violando groseramente la Carta Magna, ya que el mismo debe "Cumplir y hacer cumplir la Constitución y las Leyes" tal como surge del Art. 275 inc. 1 de la Constitución con las repercusiones jurídicas y políticas que ello supone y que oportunamente discutiremos. Por otra parte, debo mencionar – con asombro – que en la página Web de la Intendencia se anuncia que "Los contribuyentes que el año anterior pagaron la Contribución Inmobiliaria en el mes de enero o febrero, este año lograrán una bonificación adicional del 1%. Por cada año abonado de esta forma, antes del 28 de febrero, habrá un 1% adicional, con un máximo acumulado del 8%". De acuerdo a esta información no se cumple lo señalado por el miembro informante en cuanto a que se iba a respetar a los contribuyentes buenos pagadores la bonificación del 1% anual que habían logrado hasta el 2005 (8%). Es decir, la Intendencia de algún modo está diciendo que no va a respetar los derechos adquiridos y que todo el sistema de bonificación del 1% vuelve a fojas 0. Sobre este tema ya había alertado mi compañero de Bancada y sector partidario Edil Adolfo Varela en la sesión en la cual se trató y aprobó este decreto. Por todo lo antedicho voto negativo y expreso que propondré a mi bancada y a esta Junta el inicio de las medidas legales que correspondan para el caso que el Intendente no cumpla la Constitución y la Ley. Debe quedarle claro al Intendente, y espero que se asesore bien, que este Decreto y éste régimen tributario no estará vigente el 1º de enero de 2006 por lo que ruego tenga la visión necesaria para no castigar al contribuyente con medidas ilegales e inconstitucionales. Preste atención Sr. Intendente, la bonificación acumulada en contribución inmobiliaria deberá ser del 9% y no del 1%, y los vecinos deberán gozar además un 10% de descuento por pago contado en enero y no un 6%. Gracias"), Carlos Sineiro (fundamenta su voto), Miguel Plada (fundamenta su voto), Cecilia Burgueño (fundamenta su voto), Julio Pintos y María Masoller. En consecuencia, ATENTO: A lo informado por la Comisión de Presupuesto, Hacienda y Adjudicaciones, que este Cuerpo comparte; LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESION DE LA FECHA, dicta el siguiente DECRETO Nº 3807/2005 (CONFIRMATORIO): Artículo 1º) Acéptanse las observaciones interpuestas por el Tribunal de Cuentas de la República. Artículo 2º) Establécese que las disposiciones del presente Decreto, en lo referente al impuesto de Contribución Inmobiliaria, sólo será de aplicación a los padrones comprendidos en zonas urbanas y suburbanas. Artículo 3º) Sanciónase en definitiva y siga a la Intendencia Municipal a sus efectos. Declárase urgente. Expediente Nº 201/03: Edil señor Ruben Toledo propone la desafectación como zona urbana de la localidad de Nueva Carrara. Al respecto se manifiestan los Ediles Ruben Toledo y Fernando García. Visto lo informado por la Comisión de Presupuesto, Hacienda y Adjudicaciones que este Cuerpo comparte, LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESION DE LA FECHA (por unanimidad 26 votos), RESUELVE: 1º) Concédese anuencia a la Intendencia Municipal para exonerar del Impuesto al Baldío por el Ejercicio 2006, a los padrones urbanos de las localidades de Nueva Carrara, Cerros Azules y Km. 110. 2º) Siga al Ejecutivo Comunal a sus efectos. Expediente Nº 542/05: Suplente de Edil Sr. Nario Palomino, presenta proyecto de Huertas Orgánicas. Por Secretaría se da lectura a los informes emitidos por las Comisiones de Ganadería, Agricultura y Pesca y de Legislación de este Cuerpo. Luego de un intercambio de opiniones entre los Ediles Nario Palomino, Ruben Toledo, Luis Huelmo, Javier Sena, Cecilia Burgueño y Fernando Bolumburu, el Sr. Presidente somete a votación el informe remitido por la Comisión de Ganadería, Agricultura y Pesca, el que resulta en primera instancia, aprobado por mayoría (25 votos en 26). Rectificada esta última votación, en dos oportunidades, ante requerimiento de los Ediles Ruben Toledo y Nario Palomino, la misma resulta negativa (9 votos en 26) y (11 votos en 26), respectivamente. Luego de efectuadas por parte de Secretaría, una serie de aclaraciones de índole reglamentario y en base a moción presentada por los Ediles Cecilia Burgueño y Ruben Toledo, LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESION DE LA FECHA (por mayoría 16 votos en 27), RESUELVE: 1º) No hacer lugar a lo dictaminado por la Comisión de Ganadería, Agricultura y Pesca, en fecha 7 de noviembre del cte. 2º) Previo a adoptar resolución definitiva sobre estas actuaciones, sigan las mismas a la Comisión de Reglamento, a efectos de que de acuerdo a lo establecido en el Inc. R del Art. 93 del Reglamento Interno del Cuerpo, informe respecto a la conformación de la Comisión Especial, propuesta por la Comisión de Legislación a fs. 24 de autos. Fundamenta su voto negativo el Edil Nario Palomino. De inmediato y ante solicitud de la Edila Lourdes Ontaneda, por mayoría (23 votos en 25) se aprueba prorrogar el horario de finalización de esta Sesión, por veinte minutos más. Seguidamente y siendo la hora veintitrés y cuarenta y seis minutos, la misma Sra. Edila solicita pasar a un cuarto intermedio de cinco minutos, siendo acompañada por mayoría (23 votos en 24). Se reanuda la Sesión a la hora cero, con el tratamiento del Expediente Nº 773/05: Intendencia Municipal solicita la anuencia del Cuerpo para enajenar el inmueble padrón Nº 2094, de la manzana Nº 180 de Pan de Azúcar, a favor de la Cooperativa de Viviendas por ayuda mutua Pan de Azúcar. Luego de que por Secretaría se diera lectura a los informes de Presupuesto, Hacienda y Adjudicaciones y de Tierras de esta Junta, hacen uso de la palabra los Ediles Ruben Toledo y Lourdes Ontaneda. Posteriormente el Sr. Presidente somete a votación del Plenario ambos informes, los que resultan negativos por falta de qüorum reglamentario, (17 votos en 21). En consecuencia, LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESION DE LA FECHA, RESUELVE: 1º) No ha lugar a la presente gestión, por no haber alcanzado el quórum legal establecido en el numeral 10, del art. 35 de la ley Nº 9515, exigido para su aprobación. En este momento, el Sr. Presidente saluda a todos los Sres. Ediles y Edilas con motivo del advenimiento del año nuevo. Seguidamente ante solicitud de la Edila Lourdes Ontaneda, se aprueba por unanimidad (20 votos) el trámite urgente de todos los asuntos tratados en la noche de hoy. Siendo la hora cero y siete minutos y habiéndose agotado el Orden del Día previsto, el Sr. Presidente da por finalizada la Sesión, labrándose para su debida constancia la presente que se firma en el lugar Ut – Supra, a los 29 días del mes de diciembre del corriente año. Se deja asentado que todo lo actuado en esta Sesión, así como las expresiones vertidas en el transcurso de la misma por los diferentes Sres. Ediles que se mencionan, figuran en la Versión Taquigráfica de la fecha. ASISTENCIA A SALA. Durante el transcurso de esta Sesión, han alternado Bancas en el Partido Encuentro Progresista – Frente Amplio – Nueva Mayoría, los Ediles Sres. Milton Hernández, Fernando Velázquez, Lourdes Ontaneda, Daniel Fernández, Nicolás Sosa, Marlene Chanquet, Sergio Duclosson, Favio Alfonso, Ruben Toledo, Marilín Moreira, Heber Núñez, Carlos Etcheverry, Luis Huelmo, Fernando Bolumburu y los Suplentes Sres. José Rodríguez, Daniel De Santis, Rita De Santis, José L. Noguera, Isabel Pereira, Eduardo Bonilla, Graciela Caitano, Alexis Corbo, Florencia Beledo, Walter Bonilla, Aquiles Gómez, Beatriz Jaurena y Enrique González. En el Partido Nacional, los Ediles Sres. Jorge Casaretto, Eliseo Servetto, Sergio Servetto, Rodrigo Blas, José Hualde, Martín Laventure, Benjamin Saroba, Fernando García y los Suplentes Sres. Guillermo Moroy, Magdalena Antía, Wenceslao Séré, Mario Lafuente, Héctor Plada, Francisco Salazar, Javier Sena, Carlos Sineiro, Elizabeth Arrieta, Julio Pintos, Miguel Plada, Wilson Acosta, María Masoller, Cecilia Burgueño, Nario Palomino y Gustavo Moyano.-

 

Sr. Milton Hernández Estévez

Presidente

 

Sra. Nelly Pietracaprina

Dtra. Dirección Legislativa