DECRETO Nº 3903
LIBRO DE SESIONES XLVII. TOMO X. DIARIO 115 FOJAS Nº 3839
25 de setiembre de 2012 – Junta Departamental de Maldonado
1º) Modificase el Art. 188) del TONE y el cuadro adjunto relacionado Nº 12, agregándose al mismo el Literal "h", con la siguiente redacción: "h) FOS SS: en el subsuelo se podrá ocupar un 80% del área total, con pozo absorbente de 2 m3 cada 100 mc de subsuelo y siempre que el área que excede el contorno del edificio esté totalmente enterrada a una profundidad de 60 cm y su cubierta sea enjardinada respetando el FOS verde y la Ordenanza de Forestación".
2º) Modificase el Literal H) del Art. 210) del TONE, el que queda redactado de la siguiente manera: H) en lo que refiere al FOS SS se fija un 60% de ocupación para el mismo, con un pozo absorbente de 2 m3 cada 100mc de subsuelo y siempre que el área que excede el contorno del edificio esté totalmente enterrada a una profundidad de 60 cm y su cubierta sea enjardinada respetando el FOS verde y la Ordenanza de Forestación"
3º) Siga a la Intendencia Departamental a sus efectos. Declárase urgente.-