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3895 Confirmatorio

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DECRETO Nº 3895

Confirmatorio

LIBRO DE SESIONES XLVII. TOMO IX. Diario Nº 107 Fojas 3516

7 de agosto de 2012 – Junta Departamental de Maldonado

Artículo 1º) Monto presupuestal: Establécese en la cantidad de $ 132.185.091.20 (Pesos Uruguayos ciento treinta y dos millones, ciento ochenta y cinco mil, noventa y uno con veinte centésimos) el presupuesto de la Corporación para el Ejercicio 2012, $ 148.519.501.27 (Pesos Uruguayos Ciento cuarenta y ocho millones, quinientos diecinueve mil, quinientos uno, con veintisiete centésimos), el presupuesto de la Corporación para el ejercicio 2013, $ 147.826.501,27 ( Ciento cuarenta y siete millones ochocientos veintiséis mil quinientos uno con veintisiete centésimos) el presupuesto de la Corporación para el ejercicio 2014 y siguientes, Programa 1-20 del Gobierno Departamental, desglosados de la siguiente manera siguiendo el Clasificador por Objeto del Gasto:

Ejercicio 2012

Grupo 0 108.605.091.20
Grupo 1 4.600.000. -
Grupo 2 14.340.000. -
Grupo 3 3.790.000. -
Grupo 7 850.000. -
------------------
Total Gral.: 132.185.091.20

Ejercicio 2013

Grupo 0 124.293.101.27
Grupo 1 4.968.000. -
Grupo 2 15.487.200. -
Grupo 3 2.609.200. -
Grupo 7 1.162.000. -
------------------
Total Gral.: 148.519.501.27

Ejercicio 2014 y stes.

Grupo 0 123.600.101.27
Grupo 1 4.968.000. -
Grupo 2 15.487.200. -
Grupo 3 2.609.200. -
Grupo 7 1.162.000. -
------------------
Total Gral.: 147.826.501.27

Las cifras precedentes de los diferentes grupos del presupuesto de la Corporación se extraen de los cuadros adjuntos que forman parte del presente Decreto.

Artículo 2º)

Los funcionarios de la Junta Departamental de Maldonado que hayan cumplido un mínimo de 12 años de antigüedad en el mismo grado y cargo, con los últimos 6 años sin anotaciones negativas en el legajo y se desempeñen dentro de los niveles operativos del Escalafón al que correspondan, ascenderán en forma directa un grado el 1º de Enero de 2013, pasando a desempeñar las tareas y funciones correspondientes a cada caso en particular dentro de su respectivo Escalafón, en la forma que a continuación se establece. No estarán comprendidos aquellos funcionarios que por aplicación de lo indicado precedentemente, pasaran a ocupar cargos de Subjefe de Sector, Encargado de Sector, Subjefe de Sección o Jefe de Sección, a los que solamente se accederá por concurso. Suprímese los siguientes cargos:

A) En el Escalafón Administrativo ( C ):
9 Cargos Auxiliar Administrativo III                  Grado 7-C (al vacar)

B) En el Escalafón Técnico Profesional (B2 ):
2 Cargos Técnico III Profesional                     Grado B2-8 (al vacar)
C) En el Escalafón Oficios ( E ):
1 Cargo Chofer II                                            Grado 8-E (al vacar)

Créanse los siguientes cargos

A) En el Escalafón Administrativo (C ):

7 Cargos Auxiliar Administrativo II                    Grado 8-C

B) En el Escalafón Técnico Profesional ( B2 ):

2 Cargos de Técnico II Profesional                 Grado B2-9

C) En el Escalafón Oficios ( E ):

1 Cargo Chofer I                                            Grado 9-E

Artículo 3º)

Créase el siguiente cargo:

En el Escalafón Técnico Taquígrafos (B)

1 Cargo de Técnico 1 Taquígrafo Corrector     Grado B1-10

Suprímese el siguiente cargo:

En el Escalafón Técnico Taquígrafos (B)

1 Cargo de Técnico 1 Taquígrafo                    Grado B1-10

Artículo 4º) Vigencia:
El presente Decreto entrará en vigencia el primero de Enero del año 2012.-

Artículo 5º) Derogaciones: Deróganse todas las disposiciones que se opongan a lo dispuesto por el presente Decreto, tanto en lo sustancial como en lo formal.-

Artículo 6º) Comuníquese a la Intendencia Departamental y al Tribunal de Cuentas de la República. Declarase urgente.-

 

 

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