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3811

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DECRETO Nº 3811

2 de mayo de 2006

Libro XLII, FS.

 

 

Art.1º)

Monto presupuestal

 

 

Establécese en la cantidad de $ 324.041.019.30, (Pesos Uruguayos Trescientos veinticuatro millones, cuarenta y un mil, diecinueve con treinta centésimos), el Presupuesto de la Corporación para el quinquenio 2006-2010, estableciéndose una partida de $ 67.820.203.86 (Pesos Uruguayos sesenta y siete millones, ochocientos veinte mil, doscientos tres con ochenta y seis centésimos) para los años 2006 y 2007; y una partida de $ 188.400.611.58, (Pesos Uruguayos ciento ochenta y ocho millones, cuatrocientos mil, seiscientos once con cincuenta y ocho centésimos) para los ejercicios 2008 y sgtes., Programa 1-20 del Gobierno Departamental, desglosados de la siguiente manera siguiendo el Clasificador por Objeto del Gasto:

 

Ejerc. 2006 Ejerc.2007 Ejercs. 2008 y sgtes.

 

Grupo 0 55.202.703.86 55.202.703.86 152.648.111.58

Grupo 1 2.327.500.00 2.327.500.00 6.982.500.00

Grupo 2 8.710.000.00 8.710.000.00 26.130.000.00

Grupo 3 230.000.00 230.000.00 690.000.00

Grupo 7 1.350.000.00 1.350.000.00 1.950.000.00

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Total Gral.: 67.820.203.86 67.820.203.86 188.400.611.58

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Las cifras precedentes de los diferentes grupos del presupuesto de la Corporación se extraen de los cuadros adjuntos que forman parte del presente Decreto.

 

Art.2º)

Supresiones de Cargos


A) Suprímanse los siguientes cargos del Escalafón Administrativo ( C )

7 Cargos Aux. Administrativo III Grado C 7

1 Cargo Jefe de Sección Prensa y Comunicaciones Grado C 11

1 Cargo Jefe de Sección Protocolo y Eventos Grado C 11

 

B) Los cargos de Auxiliar Administrativo III quedarán efectivamente suprimidos una vez producida su vacancia.

 

Art.3º)

Creaciones de Cargos

 

A) Créanse los siguientes cargos del Escalafón Administrativo ( C ):

2 Cargos Aux. Administrativo I Grado

C 9

4 Cargos Aux. Administrativo II Grado C 8

1 Cargo Jefe de Sección de RR. PP. Grado C 11

1 Cargo Jefe de Sección Coord. de Com. y Actas Grado C 11

 

B) Apruébase la reforma del Manual de Descripción de Funciones de los nuevos cargos, los que se adjuntan y forman parte del presente Decreto.

 

Art.4º)

Cambio de Denominaciones de Cargos

 

Dispónese a partir de la aprobación del presente decreto, el cambio de denominación del Grado C 10 del Escalafón Administrativo que actualmente se denomina Encargado de Sección, pase a denominarse Subjefe de Sección Grado C 10, y el cambio de denominación del Grado E 10 del Escalafón Oficios que actualmente se denomina Encargado de Choferes, pase a denominarse Jefe de Sector Locomoción, Grado E 10.

 

Art.5º)

Prima por Antigüedad

 

Dejase sin efecto lo establecido en el Art. 3º del Decreto Nº 3766, a partir de la vigencia del presente Decreto, no teniendo el beneficio allí referido carácter retroactivo.

 

Art.6º)

Recuperación Salarial

 

Dispónese que a partir del 1º de enero de 2006, las remuneraciones de los funcionarios, se ajusten en los porcentajes que restan actualizar luego de la recuperación salarial, dispuesta en el Art. 5º del Decreto Nº 3777.

 

Art.7º)

Ajustes de las Remuneraciones Personales

 

Sin perjuicio del artículo anterior, y a partir del presente decreto, las Remuneraciones Personales de los funcionarios de la Junta Departamental, incluyendo aquellos que revistan como contratados , se actualizarán en los meses de Enero y Julio de cada año, en base a la variación habida del índice de precios al consumo (IPC), en el semestre inmediato anterior.

 

Art.8º)

Otras Prestaciones al Personal

 

Dispónese por única vez una Compensación Especial, de acuerdo a lo dispuesto en el Art. Nº 158 de la Ley 16.713, sin carácter remuneratorio, para los funcionarios de esta Corporación que revestían en los cuadros funcionales en agosto de 2002, que continúan prestando servicios remunerados en enero de 2006, y han contribuido regularmente a alcanzar los objetivos de la Junta Departamental de Maldonado.

 

El cobro de esta compensación será incompatible con la continuidad de cualquier acción judicial iniciada hasta el 31 de diciembre de 2005, contra la Junta Departamental.

 

Establécense a estos efectos dos partidas por un monto de $ 4.320.000.- (Cuatro millones trescientos veinte mil pesos), cada una, imputadas al rubro 0.6.9, "Otras Prestaciones al Personal", incluidas con fecha Marzo 2006 y Marzo 2007 en los presupuestos anuales respectivos, para hacer frente a las compensaciones individuales, cuyos montos se determinarán por resolución de la Mesa de esta Corporación, en base a los cálculos efectuados por la Dirección Financiero - Contable.

 

Art.9º)

 

Dispónese que, una vez producida la vacancia del cargo Grado 14 C, Secretario General, la remuneración actualmente establecida para dicho cargo se reducirá en un 10%.

 

Art.10º)

 

Dispónese que, concomitantemente a la vacancia del cargo de Secretario General, la remuneración actualmente establecida para el cargo de Secretario Político se reducirá en un 10%.

 

Art.11º)

Disposiciones Transitorias

 

Dispónese que los ex funcionarios que, revestían en los cuadros funcionales en Agosto de 2002 y que por motivos reglamentarios quedaron cesantes en Julio de 2005 en ocasión del cambio de Administración, recibirán, por vía administrativa, la misma compensación y en las mismas condiciones previstas en el Art. 8º) en todos sus términos.

 

Establécense a estos efectos dos partidas por un monto de $ 700.000.- (Setecientos mil pesos), cada una, imputadas al rubro 7.2.1 "Gastos Extraordinarios" incluidas con fecha Marzo 2006 y Marzo 2007 en los presupuestos anuales respectivos, para hacer frente a las compensaciones dispuestas en el párrafo anterior cuyos montos se determinarán por resolución de la Mesa de la Corporación, en base a los cálculos efectuados por la Dirección Financiero – Contable.

 

Art.12º)

Vigencia

 

El presente Decreto entrará en vigencia el primero de Enero del año 2006.

 

Art.13º)

Derogaciones

 

Deróganse todas las disposiciones que se opongan a lo dispuesto por el presente decreto tanto en lo sustancial como en lo formal.

 

Art.14º)

 

Apruébase en principio, pase la Tribunal de Cuentas de la República a sus efectos y remítase copia a la Intendencia Municipal de Maldonado.

 

Art.15º)

 

Declárase urgente.

 

 

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