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3815

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DECRETO Nº 3815

24 de octubre de 2006

Libro XLIII, FS.

 

Visto lo informado por la Comisión de Legislación que este Cuerpo comparte,

 

LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESION DE LA FECHA,

DECRETA:

 

Art.1º) Modifícase el Artículo 6º) del Decreto Nº 3723 del 8 de mayo de 1998, el que quedará redactado d la siguiente manera:

 

"Artículo 6º) Las empresas deberán contar con un mínimo de diez (10) unidades de su propiedad, las que deberán ser registradas simultáneamente con matrícula de alquiler sin conductor"

 

Art.2º) Siga al Ejecutivo Comunal a sus efectos. Declárase urgente.

 

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