DECRETO Nº 3564
31 de julio de 1987
Libro XXVII - FS 21
Art.1º) Amplíase hasta el 21 de Agosto de 1987 el plazo establecido en el Art.1º) del Decreto 3512, para la presentación de solicitudes de regularizaciones de viviendas, al amparo de las normas contenidas en el citado Decreto y lo dispuesto por el Decreto 3535 y 3550 (Art. 1º y 2º y demás concordantes).
Art.2º) Pase a la Intendencia Municipal a sus efectos, declarándose urgente.-