DECRETO Nº 3566
30 de octubre de 1987
Libro XXVII - FS 155
Art.1º) Prorrógase el plazo de vencimiento del período de franquicias establecido en el Art. 1º del Decreto 3556, de fecha 26 de junio de 1987, hasta el 31 de diciembre de 1987.
Art.2º) Pase a la Intendencia Municipal a sus efectos, declarándose urgente.