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3596

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DECRETO Nº 3596

1 de julio de 1988

Libro XXVII - FS 420

 

Art.1º) Dispónese que los planos en consulta para la construcción de edificios en el Departamento de Maldonado, tendrán la vigencia de seis meses a contar desde su aprobación por la Intendencia Municipal de Maldonado.

 

Art.2º) Comuníquese al Ejecutivo Comunal a sus efectos.-