DECRETO Nº 3596
1 de julio de 1988
Libro XXVII - FS 420
Art.1º) Dispónese que los planos en consulta para la construcción de edificios en el Departamento de Maldonado, tendrán la vigencia de seis meses a contar desde su aprobación por la Intendencia Municipal de Maldonado.
Art.2º) Comuníquese al Ejecutivo Comunal a sus efectos.-