DECRETO Nº 3617
22 de junio de 1990
Libro XXIX - FS 038
Art.1º) Incrementase en un 15% ( quince por cierto todas las retribuciones personales vigentes al 31. V. 90, que perciben los funcionarios de la Junta departamental.
Art.2º) El presente incremento tendrá vigencia a partir del 1º de junio del corriente año.
Art.3º) Tómese nota por Sección Contaduría, téngase presente y archívese. Declárase urgente.