DECRETO Nº 3634
18 de enero de 1991
Libro XXIX - FS 357
Art.1º) Increméntanse en un 11% (once por ciento) más un 3% (tres por ciento) adicional, de acuerdo a las facultades que otorga la disposición pertinente del Presupuesto Quinquenal aprobado oportunamente, todas las retribuciones personales que se fijan en el Presupuesto referido, respecto al funcionariado de la Corporación.
Art.2º) El presente incremento tendrá vigencia a partir del 1º de enero de 1991.
Art.3º) Tómese nota por Sección Contaduría, téngase presente y archívese. Declárase urgente.