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3687

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DECRETO Nº 3687

31 de agosto de 1994

Libro XXXII - FS 329

 

Art.1º) Interprétase el Art. 5º) del Decreto 3338 del 17 de diciembre de 1976, promulgado por resolución Nº 1377/77 del 10 de febrero de 1977, estableciendo que el Ejecutivo Departamental requerirá la previa anuencia del Legislativo Comunal, cuando se trate de dividir o modificar el Departamento de Maldonado en Zonas Francas, Zonas Industriales u otras divisiones de similar entidad o envergadura.

 

Art.2º) Pase a la Intendencia Municipal a sus efectos, declarándose urgente.