DECRETO 3745 (Confirmatorio)
9 de mayo de 2001
Libro XXXVII - FS 401
Art.1º) Aceptasen las observaciones efectuadas por el Tribunal de Cuentas de la República, en su Dictamen Constitucional del 8 de mayo de 2001, respecto al Decreto 3745
Art.2º) Respecto a las observaciones expresadas en los Considerandos 3, 6, 7, 8, 9 y 10, instrúyase a la Intendencia Municipal a realizar las correcciones pertinentes.
Art.3º) Cúmplase con la Ordenanza 71 del Tribunal de Cuentas de la República.
Art.4º) Recomiéndase a la Intendencia Municipal, tenga presente lo edictado en los Considerandos 4, 5, 11 y 14 del Informe del Tribunal de Cuentas de la República.
Art.5º) Sanciónase en forma definitiva el Presupuesto Departamental de la Intendencia Municipal de Maldonado, para el período 2001 – 2005.
Art.6º) Comuníquese al Tribunal de Cuentas de la República y al Poder Ejecutivo.
Art.7º) Pase a la Intendencia Municipal a sus efectos y fecho, comuníquese a la Junta Departamental.
Art.8º) Declárase urgente.