DECRETO Nº 3963
LIBRO DE SESIONES XLVIII. TOMO IX. Maldonado, 4 de abril de 2017.
VISTO: Las presentes actuaciones,
LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESIÓN DE LA FECHA, DECRETA:
Artículo 1º.- Extiéndese por el plazo de 90 días desde la promulgación, la vigencia del plan de regularización de adeudos tributarios previsto en el Decreto Departamental Nº 3953/2016.
Artículo 2º.- Establécese que únicamente se admitirá la cancelación anticipada de las 36 cuotas de un convenio vigente, para el caso de enajenación del bien inmueble objeto del plan de regularización de adeudos tributarios. En este caso, el incumplimiento en el pago de los tributos inmobiliarios por los ejercicios posteriores a la cancelación no implicará que quede sin efecto el convenio suscrito.
Artículo 3º.- Siga a la Intendencia Departamental a sus efectos. Declárase urgente.
Rodrigo Blás
Presidente
Nelly Pietracaprina
Secretaria General