Nomenclatura
La Ley Orgánica Municipal Nº 9515 de fecha 28 de octubre de 1935, en su Artículo 31 establece como competencia de la Junta Departamental: "determinar la nomenclatura de las calles, caminos, plazas y paseos. Para cambiar su nombre y la numeración de las puertas, y cuando se pretendiera dar nombres de personas, no podrá hacerse sin oír previamente al Intendente y se requerirán dos tercios de votos".
El 27 de diciembre de 1956 la Junta Departamental de Maldonado, aprueba el Decreto Nº 2828 que da creación a la primera Comisión de Nomenclatura, la misma se integraba con cinco miembros: dos designados por el Concejo Departamental de su seno, dos por la Junta Departamental entre sus integrantes y el Sr. Francisco Mazzoni por sus notorias condiciones de historiador y profundo conocedor de los problemas ligados a la Nomenclatura.
Posteriormente al crearse el Reglamento Interno de la Corporación, en él se incluye como una de sus Comisiones Permanentes, la de Nomenclatura.
En la actualidad; el 26 de marzo de 2004, al modificarse las Comisiones Permanentes del Cuerpo se creó Nomenclatura, Tránsito y Transporte. Lo que compete a nomenclatura se transcribe:"Inc. 1º) Informar asuntos y presentar iniciativas relativas al Nomenclator Departamental, de acuerdo a las competencias de la Junta, establecidas en la Ley Orgánica Municipal. Para el mejor desempeño de sus funciones podrá nombrar Comisiones Asesoras en las distintas localidades, integradas por vecinos de arraigo de cada zona, versados en historia y nomenclatura".
La Comisión antedicha la integran Ediles Titulares y sus respectivos Suplentes, una vez estudiados e informados los asuntos, pasan al Orden del Día de las Sesiones de la Junta Departamental para que el plenario adopte Resolución.