DECRETO Nº 3818
5 de diciembre de 2006
Libro XLIII, FS.
Art.1º) Exonérase del pago de la Tasa de Conservación de Pavimento correspondiente al Ejercicio 2006, a los sujetos pasivos titulares de inmuebles sitos en la localidad de Nueva Carrara.
Art.2º) En los casos en que se hubiere cobrado y percibido pagos por concepto de Tasa de Conservación de Pavimento, correspondiente al Ejercicio 2006, se otorgará un crédito fiscal por un valor equivalente, a quien acredite haber efectuado dichos pagos.-
Art.3º) Establécese un plazo de sesenta (60) días a partir de la entrada en vigencia del presente Decreto, a los efectos de que los deudores de tributos municipales correspondientes al Ejercicio 2006 y relativos a la propiedad inmueble de la localidad de Nueva Carrara, se acojan a este Decreto y den cumplimiento a sus obligaciones. Estos se verán beneficiados con la remisión total de multas y recargos originados por el incumplimiento en el pago de los tributos del ejercicio 2006.-
Art.4º) Pase a la Intendencia Municipal a sus efectos. Declárase urgente.-
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