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3747 Confirmatorio

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DECRETO Nº 3747 (Confirmatorio)

22 de junio de 2001

Libro XXXVII - FS 465

 

Art.1º) Aceptasen las observaciones formuladas por el Tribunal de Cuentas de la República, al Proyecto de Presupuesto de la Junta Departamental.

 

Art. 2º) Fíjase el crédito presupuestal del Objeto 2.1.3. "Servicios Básicos Electricidad" en $ 440.000 y elimínase el crédito presupuestal asignado al Objeto 1.4.2. "Productos Energéticos – Electricidad" en concordancia a lo enmarcado en el Considerando III.

 

Art.3) Reasígnase dentro del monto total del crédito del Objeto 2.9.9. "Servicios Personales – Otros" la suma de $ 5.000.

 

Art.4º) Fíjase el crédito presupuestal de los Rubros "0 – Servicios Personales" en $ 31.261.855, "1 - Bienes de Consumo" en $ 1.449.000, "2 – Servicios No Personales" en $ 6.021.500, "3 – Bienes De Uso" en $ 434.800, "7 – Gastos No Clasificados" en $ 350.000 y el Total General del Presupuesto en $ 39.517.155.

 

Art.5º) Téngase presente lo expresado en el Considerando V y VII del Dictamen del Tribunal de Cuentas de la República.

 

Art.6º) Sanciónase en definitiva el Presupuesto de Sueldos y Gastos de la Junta Departamental para el Período 2001 – 2005.

 

Art.7º) Comuníquese al Ejecutivo Comunal y al Tribunal de Cuentas de la República a los efectos que corresponda.

 

Art.8º) Publíquese, téngase presente y cumplido archívese.