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4005

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DECRETO Nº 4005/2018

LIBRO DE SESIONES XLVIII. TOMO XII. Maldonado, 4 de diciembre de 2018

VISTO: Lo informado por la Comisión de Obras Públicas que este Cuerpo comparte,

LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESIÓN DE LA FECHA, DECRETA:

1º) Apruébase el siguiente proyecto de Decreto Departamental:

ESTABLECIMIENTOS TURÍSTICOS RURALES

Artículo Único: Modifícase el literal b) del Artículo 315º del Decreto Departamental Nº 3718/1997, en la redacción dada por el Artículo 1º del Decreto Departamental Nº 3889/2011, el que queda redactado de la siguiente forma:

"b) Superficies mínimas:

Para los Establecimientos Turísticos Rurales, dicha superficie no será inferior a 1 (una) Hectárea, pudiendo poseer hasta 10 (diez) habitaciones. A partir de ese número de habitaciones, se necesitará 1 (una) Hectárea más por cada 4 (cuatro) habitaciones adicionales, hasta un máximo de 40 (cuarenta) habitaciones".

2º) Siga al Ejecutivo a sus efectos. Declárase urgente.

3º) Cumplido, vuelvan estas actuaciones a la Comisión de Obras Públicas para proseguir el análisis de las restantes iniciativas que corren adjuntas.

Luis Artola
Presidente

Susana Hualde
Secretaria General