DECRETO Nº 3559
16 de julio de 1987
Libro XXVI - FS 494
Art.1º) Increméntase en un 14% (catorce por ciento), todas las retribuciones personales que perciben los funcionarios de la Intendencia Municipal.
Art.2º) El presente incremento tendrá vigencia a partir del 1º de julio de 1987.
Art.3º) Pase al ejecutivo comunal a sus efectos.