DECRETO Nº 3548
27 de marzo de 1987
Libro XXVI - FS 349
Art.1º) Incrementase en un 15% (quince por ciento) todas las retribuciones personales que perciben los funcionarios de la Intendencia Municipal.
Art.2º) Para la liquidación de los salarios de dichos funcionarios, el Ejecutivo Comunal deberá tener presente lo dispuesto por Decreto NI. 3534 de 7.X.1986, de esta Junta Departamental.
Art.3º) El presente incremento tendrá vigencia a partir del 10/03/1987.
Art.4º) Pase a la Intendencia Municipal a sus efectos.