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3765

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DECRETO 3765

28 de mayo de 2002

Libro XXXVIII - FS 503-504

 

VISTO: La solicitud de Anuencia para contraer un préstamo bancario con instituciones financieras de plaza, elevada con fecha 11/04/02, por el Ejecutivo Comunal a la Junta Departamental de Maldonado.

 

RESULTANDO I: Que el Tribunal de Cuentas de la República en dictamen constitucional y al amparo de lo dispuesto en el Art. 301º) de la Constitución de la República entiende viable la solicitud de anuencia para contraer el préstamo, analizando pormenorizadamente los ejercicios económicos anuales del Gobierno Departamental a partir de 1995, según resultados oficiales de la gestión, con los correspondientes contralores y políticos a cargo del Tribunal de Cuentas y de la Junta Departamental de Maldonado.

 

RESULTANDO II: Que a los aspectos de oportunidad o mérito de la gestión en examen, resulta necesaria su aprobación para los claros destinos solicitados en el Mensaje del Ejecutivo, que coinciden con las exigencias Constitucionales y legales en la materia, como lo representan destinar los recursos al equilibrio de la Adecuación Presupuestal solicitada en el Expediente Nº 305/2/02 a solventar el déficit acumulado, a reconstituir los fondos operativos, y a habilitar el plan de obras e inversiones según las que en la parte dispositiva de este Decreto se explicitan.

 

RESULTANDO III: Que a su vez, recibidas las Autoridades de ADEOM Maldonado, en la Comisión de Presupuesto y Hacienda con fecha 2/5/02, y requerida expresamente su opinión, respecto a la conveniencia y oportunidad del préstamo, manifestaron que siendo competencia del Ejecutivo solicitarlo y administrar, si se entendía por las autoridades que el mismo era necesario, nada tenían que decir en el tema.

 

CONSIDERANDO I: Que existe opinión favorable en cuanto a la constitucionalidad y legalidad del préstamo emitida por los organismos constitucionales y legales que deben preceptivamente dictaminar y opinar en la materia .

 

CONSIDERANDO II: Que del punto de vista financiero contable la solicitud de contraer préstamos bancarios con instituciones financieras,

hasta U$S 14.000.000, se entiende viable, con adecuada capacidad de repago en tres anualidades a vencer todas dentro del actual período de Gobierno, además de proyectar contraerse dentro de las actuales cotizaciones de interés que la plaza presente, y por los procedimientos legales competitivos que el Tocaf prevé en la materia, debiendo en la próxima instancia presupuestal (Adecuación contenida en Expediente Nº 305/2/02) preverse los créditos necesarios para hacer frente a las obligaciones que correspondan.

 

CONSIDERANDO III: Que circunstancias coyunturales nacionales e internacionales, están significando que por aumento de los índices de riesgo país, cada día de demora a la formalización de la operación está significando que el servicio financiero del préstamo, sea más gravoso para las arcas municipales, a lo que debe sumarse la necesidad de incluir en el contrato respectivo un seguro de cambio, que proteja a las finanzas comunales de variaciones imprevistas del tipo de cambio en sentido ascendente.

 

ATENTO, a lo dispuesto en los Arts. 211 y ss., 273 y ss., 275 y ss., 301 y ss. de la Constitución de la República, Ley Nº 9515 de 28/10/35, Tocaf y demás normas pertinentes,

 

LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESION DE LA FECHA

(por mayoría 20 en 31),

DECRETA:

 

Art.1º) Acceder a la anuencia solicitada por el Ejecutivo Comunal para contraer un préstamo con instituciones financieras de hasta U$S 14.000.000.-

 

Art.2º) En la utilización del recurso deberá observarse: -

  1. Atender el equilibrio de la Adecuación Presupuestal de la Intendencia Municipal de Maldonado tramitada en el Expediente Nº 305/2/02.

  2. Destinar el mismo para solventar el déficit acumulado, reconstituir los fondos operativos y habilitar el plan de obras municipales, como por ejemplo las siguientes:

 

I) Actuaciones en infraestructura vial en todo el Departamento:

 

I.I. Actuaciones en pavimentaciones.

 

    • Maldonado: Barrios Odizzio, Scalone y Abayubá; Barrio Maldonado Nuevo; Barrios Lausana, Las Cooperativas,

    • Treinta y Tres y Fosemale; Barrios Los Aromos, Las Marías y La Sonrisa; Barrios Villa Dela, Cerro Pelado, San Francisco y Sarubbi.

    • Zona Oeste: Pan de Azúcar: Cordón Cuneta pendiente de intervención y veinte cuadras más en Barrio detrás de la Asistencial Médica, recuperación de riegos asfáticos y repavimentación en calles Batlle y Ordóñez, Rincón y De Vicenci; Piriápolis – Barrio Obrero: intervenciones en Barrios Obrero, Cauntry y Los Angeles.

    • San Carlos: culminación de obras de cordón cuneta y pluviales en la totalidad de la ciudad, ya coordinadas con la Junta Local Autónoma y Electiva de San Carlos.

 

II) Hidráulica y Pluviales:

 

    • Maldonado: pluviales en calle 7 y 12 de Maldonado Nuevo, canalización con elementos prefabricados de hormigón armado, canalización y limpieza de cañadas y Reasentamiento de 25 familias.

    • Zona Oeste: entubado en Barrios Las Piedras, Los Angles, Falda de Piriápolis y Avda. Artigas de Piriápolis.

 

III) Electrificación Rural:

 

    • Obras en ejecución en: Los Ceibos, Ruta 109, Ruta 12 Cerro Negro, Camino Cerro Catedral, Las Cañas, Rincón de Aparicio; Pan de Azúcar: Molino, Zanja de Chávez, Solís, Ruta 39, Costa de José Ignacio. Total: 30.5 kms.

    • Obras pendientes: 70 kilómetros en distintas zonas del Departamento.

 

  1. Deberá dar cuenta trimestralmente a la Junta Departamental del avance de los recursos obtenidos y de su utilización.

  2. Deberá preverse en el contrato respectivo, cuyo ejemplar deberá ser remitido a la Junta Departamental, un seguro de cambio para prever incrementos inesperados y extraordinarios en el tipo de cambio.

  3. Deberá seguirse el procedimiento competitivo correspondiente en la materia para resolver la adjudicación del préstamo entre los oferentes, conforme lo establece el Tocaf y demás normas pertinentes en la materia.

 

Art.3º) Declárase urgente y pase al Ejecutivo Comunal a sus efectos.-