ACTA Nº 993.- En la ciudad de Maldonado, a los seis días del mes de agosto del año dos mil tres, respondiendo a la convocatoria cursada por la Presidencia del Cuerpo, a efectos de celebrar Sesión Extraordinaria la Junta Departamental de Maldonado, a los efectos de tratar como único punto del Orden del Día: EXPEDIENTE Nº 432/03: INTENDENCIA MUNICIPAL, remite Modificación Presupuestal para los ejercicios 2003, 2004 y 2005, asisten a Sala los Ediles Sres. Federico Casaretto, Javier Sena, Alejandro Echavarría, Fernando García, Cristina Cáceres, Abayubá Galeano, Enrique Fernández, Margarita Peláis, Teresa Silva, Alfredo Lara, Ruben Toledo, María del C. Salazar, Oscar de los Santos, Mary Araújo, Eduardo Elinger, Marcelo Galván y los Suplentes Sres. Luis Cima, Euclides Melgarejo, Guillermo Moroy, Cristhian Estela, Luis Bonnet, Daniel Rodríguez, Miltón Hernández, Rosa Piazzoli, Alba Clavijo, Juan C. Bayeto, Francisco Salazar, Luis Muñiz, Jorge Huelmo y Luis Moreno. Faltan con aviso los Ediles Sres. Eduardo Barran, Jorge Núñez, Leonel Bernhardt y Horacio Díaz, haciéndolo sin él los Ediles Sres. Rodrigo Blas y Roberto Domínguez. Se encuentran en uso de licencia los Ediles Sres. Daniel Lois y Eduardo Larrascq. Preside el Acto el Edil Sr. Federico Casaretto, actuando en Secretaría, el Secretario General Sr. Nelson Martínez, en Secretaría de Actas, la Directora de Dirección Legislativa Sra. Nelly Pietracaprina y adscriptos a la misma, los funcionarios administrativos Sres. Julián Astiazarán y Yaquelin Arostegui. Siendo la hora veintiuna y cinco minutos, el Sr. Presidente da inicio al Acto, dándose lectura por Secretaría al EXPEDIENTE Nº 432/03, motivo de esta convocatoria. De inmediato, el Edil Sr. Abayubá Galeano a los efectos de contribuir con el buen funcionamiento de esta Sesión y en base a lo acordado entre los Coordinadores de Bancada, mociona pasar a Régimen de Debate Libre Parcial para el tratamiento del referido asunto. Ante requerimiento del Edil Sr. Alfredo Lara, el Sr. Secretario aclara que para aprobarse el mencionado Régimen, de acuerdo al Reglamento Interno de la Corporación se requieren 16 votos, pudiendo hacer uso de la palabra un Edil por cada Sector Político por un plazo de diez minutos prorrogables en diez y un miembro informante por cada informe presentado, contará además con cinco minutos finales para referirse al tema. Por unanimidad (30 votos) es aprobada la moción presentada por el Edil Sr. Galeano. Seguidamente y siendo la hora veintiuna y nueve minutos, por mayoría (29 votos en 30) ante solicitud del Edil Sr. Jorge Huelmo, se aprueba pasar a un cuarto intermedio de cinco minutos. Reiniciada la Sesión a la hora veintiuna y veinte minutos, por Secretaría se da lectura al Informe en Mayoría recaído en las presentes actuaciones, remitido por los Ediles Sres. Javier Sena, Enrique Fernández, Fernando García y Elsa Díaz (firma con reservas), acompañado por el Edil Sr. Jorge Huelmo. Ante sugerencia de los Ediles Sres. Javier Sena y Ruben Toledo, se aprueba por mayoría (30 votos en 31) el criterio de dar lectura a los diferentes considerando de cada uno de los informes y posteriormente en el tratamiento en particular, se lea el articulado que proponen los citados informes. A continuación se da lectura al Informe en Minoría suscrito al respecto por el Edil Sr. Ruben Toledo. Acto seguido el Sr. Presidente informa que correspondería aprobar en General el mencionado Proyecto de Modificación Presupuestal, sugiriendo el Edil Sr. Javier Sena que se realice en forma nominal. Comenzando con el tratamiento del tema, fundamentan las distintas razones en las cuales se basan para no acompañar la aprobación en General de dicha Modificación Presupuestal, los Ediles Sres. María del C. Salazar, Alfredo Lara, Ruben Toledo (Miembro Informante), Alba Clavijo, Oscar de los Santos, Gastón Pereira y Mary Araújo. En cambio, adelantan su posición favorable a la aprobación en General de la citada Modificación, los Ediles Sres. Marcelo Galván, Teresa Silva, Javier Sena (Miembro Informante), Elsa Díaz (con discrepancias en algunos artículos), Enrique Fernández, Guillermo Moroy y Fernando García. Durante el transcurso de estas intervenciones, se aprobó pasar a dos cuartos intermedios, por unanimidad (22 votos) uno de quince minutos propuesto por el Edil Sr. Marcelo Galván y por mayoría (11 votos en 17) uno de diez minutos sugerido por el Edil Sr. Abayubá Galeano, asimismo no fue aprobado (8 votos en 26) uno de diez minutos propuesto por la Edil Sra. Amelia Hernández. También se dispuso (por mayoría 25 votos en 26) ante moción del Edil Sr. Javier Sena, prorrogar el horario de finalización de esta Sesión, hasta finalizar con el tratamiento del referido expediente. Fundamentan su voto afirmativo los Ediles Sres. Javier Sena y Ruben Toledo. Continúan en el uso de la palabra en sus cinco minutos finales como Miembros Informantes los Ediles Sres. Ruben Toledo y Javier Sena. De inmediato y siendo la hora cero y treinta y dos minutos del día 7 de los corrientes, ante moción del Edil Sr. Javier Sena se aprueba por mayoría (27 votos en 31) pasar a un cuarto intermedio de diez minutos, reanudándose la Sesión a la hora cero y cuarenta y cuatro minutos. En este momento, el mismo Sr. Edil mociona en el sentido de que se pase a la votación en General del Mensaje de Modificación Presupuestal en discusión, en forma nominal, temperamento que es compartido por unanimidad (31 votos). Puesta a consideración, la aprobación en General de la citada Modificación Presupuestal, resulta aprobada por mayoría (20 votos en 31), habiendo sufragado en forma afirmativa los Ediles Sres. Enrique Fernández, Nario Palomino, Luis Cima, Edison Rodríguez, Javier Sena (fundamenta su voto), Teresa Silva, Walter Acosta, Guillermo Moroy, Margarita Peláis, Fernando García, Carlos de los Santos, Abayubá Galeano, Luis Bonnet, Cristina Cáceres, Elsa Díaz (fundamenta su voto), Germán Cardoso (fundamenta su voto), Eduardo Elinger (fundamenta su voto), Marcelo Galván (fundamenta su voto), Jorge Huelmo y el Sr. Presidente Edil Federico Casaretto. En forma negativa lo hacen los Ediles Sres. Alfredo Lara (fundamenta su voto), Andrés de León, Ruben Toledo (fundamenta su voto), María del C. Salazar, Juan C. Bayeto (fundamenta su voto), Mary Araújo, Pablo Pérez, Oscar de los Santos, Carlos Etcheverry, María E. Alvárez (fundamenta su voto) y Gastón Pereira (fundamenta su voto en los siguientes términos: "Sr. Presidente, francamente no me parece serio poner la carreta delante de los bueyes. Es una mala costumbre y mala técnica votar las ampliaciones antes de los balances. Mal podemos evaluar los aspectos positivos como la recuperación salarial de los funcionarios, así como los aspectos negativos, si antes no estudiamos formalmente y votamos el balance de la ejecución presupuestal del año anterior. Pongamos dos ejemplos, se dice que se va a solicitar un préstamo de $ 100.000.000, se dice que en gastos varios se va a necesitar $ 165.000.000, me parece una irresponsabilidad que no queda claro a dónde van a parar esos dineros, si no sabemos en qué se gastó, ni cómo se gastó, nadie en este recinto puede formalmente asegurar como cerró el ejercicio anterior. Pero además y fundamentalmente porque entre otros casos, discrepamos con que se gaste en subrogaciones en muchos casos injustas, unos U$S 500.000, pero lo que es peor que se destine prácticamente la misma cantidad de dinero en forma discriminatoria a medios de publicidad, precisamente cuando se avecinan los tiempos electorales, prácticamente la misma cantidad de dinero para medios de publicidad que para generar 800 jornales solidarios. Discrepo con que no se haya tenido la suficiente sensibilidad política para en lugar de generar 800 puestos, no se hayan generado 1600 puestos, como en su momento nuestro sector reclamara. Debemos tener memoria y recordar que se presentaron 4000 personas y que 800 de ellos quedaron en las tribunas y no accedieron a más puestos, para financiar la campaña electoral en algunos medios de comunicación bajo el espacio: Radio Comuna."). Continuando con el tratamiento del asunto, se pasa a considerar en forma particular el articulado de este Proyecto de Decreto. Art. 1º) del Mensaje original, es recogido textualmente por el Informe en Mayoría y no se menciona en el Informe en Minoría, siendo aprobado por mayoría (20 votos en 29). Art. 2º) del Mensaje original, es recogido textualmente por el Informe en Mayoría y no se menciona en el Informe en Minoría. A esta altura el Edil Sr. Javier Sena requiere votación nominal para los demás artículos que integran el referido Proyecto de Decreto, no siendo acompañado (2 votos en 29). Rectificada esta última (ante solicitud de la Edil Sra. Mary Araújo), vuelve a obtener resultado negativo por falta de qüorum reglamentario (10 votos en 29). Vuelta a rectificar, (ante propuesta del Edil Sr. Gastón Pereira), obtiene resultado afirmativo (11 votos en 29), qüorum reglamentario. Amplían conceptos los Ediles Sres. Oscar de los Santos, Ruben Toledo y Fernando García. Sometido a votación el mencionado Art. 2º), resulta aprobado por mayoría (20 votos en 29), habiendo sufragado en forma afirmativa los Ediles Sres. Enrique Fernández, Nario Palomino, Luis Cima, Javier Sena, Teresa Silva, Walter Acosta, Edison Rodríguez, Guillermo Moroy, Margarita Peláis, Fernando García, Carlos de los Santos, Abayubá Galeano, Luis Bonnet, Cristina Cáceres, Elsa Díaz, Jorge Huelmo, Germán Cardoso, Marcelo Galván, Eduardo Elinger y el Sr. Presidente Edil Federico Casaretto. En forma negativa lo hacen los Ediles Sres. Juan C. Bayeto, Mary Araújo, Andrés de León, Ruben Toledo, Rosa Piazzoli, Pablo Pérez, Oscar de los Santos, Gastón Pereira (fundamenta su voto) y Carlos Etcheverry. Art. 3º) del Mensaje original, es recogido íntegramente por el Informe en Mayoría y no se menciona en el Informe en Minoría. En este momento, se solicita la reconsideración de la votación que habilitó a votar en forma nominal los artículos que integran el referido Mensaje de Modificación Presupuestal, siendo acompañado por mayoría (21 votos en 30). Posteriormente por mayoría (20 votos en 30) se aprueba la votación en forma sumaria del articulado. Fundamentan su voto negativo los Ediles Sres. Gastón Pereira y Germán Cardoso. De inmediato, este último Sr. Edil propone nuevamente que se voten nominalmente los demás artículos que integran el referido Proyecto de Decreto, temperamento que es compartido por mayoría qüorum reglamentario (12 votos en 30). Seguidamente y siendo la hora una y veinte minutos, ante solicitud del Edil Sr. Abayubá Galeano se aprueba por unanimidad (29 votos) pasar a un cuarto intermedio de cinco minutos, reanudándose la Sesión a la hora una y veintinueve minutos. Continuando con el tratamiento del Art. 3º), el Edil Sr. Enrique Fernández teniendo en cuenta lo avanzado de la hora y el tiempo que insumiría la votación nominal, requiere conjuntamente con la rectificación correspondiente, que la votación del articulado sea sumaria. Al respecto se manifiestan los Ediles Sres. Juan C. Bayeto y Gastón Pereira. Por su parte el Sr. Presidente aunando los criterios planteados, propone que la votación del articulado sea en forma sumaria, salvo que algún Sr. Edil en uso de sus derechos, requiera votación nominal, puntualmente para alguno de ellos. Dicha propuesta resulta aprobada por mayoría (21 votos en 30). Puesto a consideración el Art. 3º) del Mensaje original, es aprobado por mayoría (21 votos en 30). Art. 4º) del Mensaje original, es recogido textualmente por el Informe en Mayoría y no se menciona en el Informe en Minoría. Luego de que el Edil Sr. Miltón Hernández adelantara su voto negativo, puesto a consideración el presente resulta aprobado por mayoría (19 votos en 29). Fundamentan su voto negativo los Ediles Sres. José Barrales y Andrés de León. Art. 5º) del Mensaje original, es recogido textualmente por el Informe en Mayoría y no se menciona en el Informe en Minoría. Luego de diferentes apreciaciones vertidas por el Edil Sr. Oscar de los Santos, sometido a votación el presente resulta aprobado por mayoría (19 votos en 28). Art. 6º) del Mensaje original, es recogido textualmente por el Informe en Mayoría y no se menciona en el Informe en Minoría. Al respecto se manifiestan los Ediles Sres. Fernando García, Oscar de los Santos, Javier Sena, Mary Araújo y Ruben Toledo. Puesto a consideración, es aprobado en primera instancia por mayoría (23 votos en 28). Rectificada esta última votación, en dos oportunidades, ante requerimiento de la Edil Sra. Mary Araújo, vuelve a resultar aprobado por mayoría (20 votos en 28) y (19 votos en 29) respectivamente. Fundamenta su voto negativo el Edil Sr. José Barrales. Art. 7º) del Mensaje original, es recogido textualmente por el Informe en Mayoría, no mencionándose en el Informe en Minoría. Resulta aprobado por mayoría (20 votos en 28). Art. 8º) del Mensaje original, es recogido textualmente por el Informe en Mayoría, presentando una modificación al mismo el Informe en Minoría, relativa a que: "los nuevos montos consecuencia de la recomposición salarial se perciban retroactivos al 01/08/03". Al respecto, realiza una serie de aclaraciones el Sr. Presidente del Cuerpo, brindando sus opiniones los Ediles Sres. Gastón Pereira, Alfredo Lara, Abayubá Galeano, María del C. Salazar y Ruben Toledo. Sometido a votación el Informe en Mayoría, es aprobado por mayoría (22 votos en 31). Fundamentan su voto afirmativo los Ediles Sres. Alfredo Lara, Abayubá Galeano, Luis Bonnet, Elsa Díaz y Guillermo Moroy y su voto negativo los Ediles Sres. Gastón Pereira y Oscar de los Santos. Ante solicitud del Edil Sr. Oscar de los Santos, se rectifica la votación recaída sobre el mencionado Artículo, siendo aprobado por unanimidad (31 votos). En este momento realiza una consulta el Edil Sr. Javier Sena. Art. 9º) del Mensaje original, es recogido textualmente por el Informe en Mayoría, no mencionándose en el Informe en Minoría, siendo aprobado por unanimidad (31 votos). Art. 10º) del Mensaje original, es recogido textualmente por el Informe en Mayoría, presentando una modificación el Informe en Minoría, eliminando la facultad que se le concede al Intendente para que "por resolución fundada y en caso de estricta necesidad de servicio, cuando se trate del pago de horas extraordinarias, podrá autorizar excepciones a ese tope". Se refieren al tema los Ediles Sres. Elsa Díaz, Oscar de los Santos, Guillermo Moroy y Ruben Toledo, quien además solicita que este artículo se vote desglosado. Sometido a votación el primer apartado de este artículo, resulta afirmativo por mayoría (19 votos en 30). Puesto a votación el segundo apartado al que se hace referencia en el Informe en Minoría, resulta aprobado por mayoría (18 votos en 30). Fundamentan su voto negativo los Ediles Sres. Alfredo Lara, Germán Cardoso, Oscar de los Santos, Alba Clavijo y Marlene Chanquet y su voto afirmativo el Edil Sr. Luis Bonnet. Rectificada esta última votación, ante sugerencia del Edil Sr. Oscar de los Santos, vuelve a obtener resultado afirmativo (17 votos en 29). Vuelta a rectificar en dos oportunidades, ante solicitud del mismo Sr. Edil, vuelve a resultar aprobada por mayoría (15 votos en 29). Art. 11º) del Mensaje original, es modificado en idénticos términos por ambos Informes, siendo aprobado el mencionado artículo con dichas modificaciones por unanimidad (31 votos). Fundamenta su voto el Edil Sr. Javier Sena. Art. 12º) del Mensaje original. Ambos informes aconsejan la eliminación del mencionado Artículo, temperamento que es compartido por unanimidad (31 votos). Fundamenta su voto el Edil Sr. Fernando García. Art. 13º) del Mensaje original, es modificado por ambos Informes. El Informe en Minoría para el primer apartado de este artículo, propone el siguiente texto: "Autorizase el pago de los tributos municipales al 31/12/02, con certificados de depósitos reprogramados del BROU y BHU, a estos efectos se recibirán certificados con vencimientos hasta Junio 2005". Puesto a votación en primer término, el Informe en Mayoría en forma desglosada (a solicitud de la Edil Sra. María del C. Salazar), el primer apartado de este artículo, resulta afirmativo por mayoría (20 votos en 31). La segunda parte del mismo, es aprobada por mayoría (19 votos en 31). Art. 14º) del Mensaje original, ambos Informes proponen modificaciones al texto original. Se refieren a este artículo, los Ediles Sres. Ruben Toledo, Alejandro Echavarría, Gastón Pereira y Elsa Díaz, requiriendo esta última Sra. Edil a la hora tres y treinta minutos, un cuarto intermedio de cinco minutos, siendo acompañada por mayoría (21 votos en 26). Se reinicia la Sesión a la hora tres y cuarenta y siete minutos. De inmediato el Edil Sr. Juan C. Bayeto, luego de referirse al Artículo en cuestión, informa que habiéndose arribado a un acuerdo con respecto al mismo, su Bancada lo habrá de acompañar. Sometido a votación el Informe en Mayoría, resulta afirmativo por unanimidad (28 votos). Sometido a votación el agregado acordado, sobre la inclusión al final de este artículo, de la palabra "acumulativamente", es aprobado por mayoría (28 votos en 29). Art. 15º) del Mensaje original, es recogido textualmente por el Informe en Mayoría y no se menciona en el Informe en Minoría, siendo aprobado por unanimidad (28 votos). Art. 16º) del Mensaje original, es recogido textualmente por el Informe en Mayoría y no se menciona en el Informe en Minoría, resultando aprobado por unanimidad (28 votos). Art. 17º) del Mensaje original, es recogido textualmente por el Informe en Mayoría y no se menciona en el Informe en Minoría, siendo aprobado por unanimidad (28 votos). Art. 18º) del Mensaje original, es recogido textualmente por el Informe en Mayoría, presentándose una modificación en el Informe en Minoría, que propone la derogación del Art. 72 del Decreto Nº 3622. Sobre el tema realiza una serie de apreciaciones el Edil Sr. Ruben Toledo. Por mayoría (17 votos en 27) es aprobado el Informe en Mayoría. Art. 19º) del Mensaje original, es modificado por ambos Informes. Con respecto al mismo se refieren los Ediles Sres. Jorge Huelmo, Ruben Toledo, Alba Clavijo, Javier Sena, Elsa Díaz y Marcelo Galván. Puesto a votación el informe en Mayoría que establece para este artículo el siguiente texto: "Prohíbese la circulación de vehículos con placas vencidas, cualquiera fuere el Departamento donde estuviere empadronado. Los conductores de dichos vehículos incurrirán en una multa de 20 UR. La Intendencia Municipal de Maldonado, comunicará a la Intendente del Departamento en que estuviere empadronado el vehículo los datos del mismo", resulta aprobado por mayoría (14 votos en 25). Rectificada esta votación a solicitud del Edil Sr. Oscar de los Santos, vuelve a resultar afirmativa por mayoría (15 votos en 27). Fundamenta su voto afirmativo el Edil Sr. Luis Bonnet. Siendo la hora cuatro y veintiún minutos, a solicitud del Edil Sr. Fernando García se pasa a un cuarto intermedio de cinco minutos, que es aprobado por mayoría (23 votos en 26). Se reinicia la Sesión a la hora cuatro y treinta y un minutos. Seguidamente el Edil Sr. Ruben Toledo solicita reconsideración de este último artículo, siendo acompañado por unanimidad (27 votos). Por su parte la Edil Sra. María del C. Salazar introduce una modificación al Informe en Minoría, que ya ha sido concensuada con el resto de los Partidos, cambiando la frase: "un permiso de circulación" por "una multa anual". Sometido a votación el Informe en Minoría con la antedicha modificación concensuada, resulta aprobado por unanimidad (27 votos). Art. 20º) del Mensaje original, es recogido textualmente por el Informe en Mayoría y no se menciona en el de Minoría, resultando aprobado por unanimidad (26 votos). Art. 21º) del Mensaje original. Ambos informes aconsejan la eliminación del mismo, temperamento que es compartido por unanimidad (26 votos). Art. 22º) del Mensaje original. Ambos informes aconsejan la eliminación del mencionado Artículo, temperamento que es compartido por unanimidad (26 votos). Art. 23º) del Mensaje original. El informe en Mayoría sugiere la eliminación de dicho artículo y el de Minoría no lo menciona. Sometido a votación el Informe en Mayoría, resulta aprobado por mayoría (17 votos en 26). Art. 24º) del Mensaje original. El informe en Mayoría propone la eliminación de este Artículo, mientras que el Informe en Minoría propone agregar al mismo el siguiente texto: "Este beneficio rige exclusivamente para los hoteles habilitados antes del 1º de Enero de 1994". Puesto a votación lo aconsejado en Mayoría, es aprobado por (17 votos en 25). Con respecto a los Artículos 25º) y 26º) del Mensaje original, el Informe en Mayoría propone su eliminación, no haciéndose referencia a los mismos en el Informe en Minoría. Puesto a votación lo aconsejado en Mayoría, resulta aprobado por (17 votos en 25). Fundamenta su voto afirmativo el Edil Sr. Luis Bonnet. Los Artículos 27º) y 28º) del texto original, son recogidos textualmente por el Informe en Mayoría y no se mencionan en el Informe en Minoría. Sometido a votación el primero, resultado aprobado por unanimidad (25 votos). Puesto a votación el segundo, también es aprobado por unanimidad (25 votos). Rectificada esta última votación ante solicitud del Edil Sr. Luis Huelmo, es nuevamente afirmativa por mayoría (24 votos en 25). A esta altura el Edil Sr. Javier Sena, mociona para que se dé diligenciamiento urgente a este asunto, siendo acompañado por mayoría (23 votos en 25). Artículos 29º) y 30º) del Mensaje original, son recogidos textualmente por el Informe en Mayoría, no mencionándose en el Informe en Minoría. Se aprueba el primero por mayoría (23 votos en 25) y el último por unanimidad (25 votos). A continuación, se da lectura por Secretaría a un Artículo aditivo que se establece en el Informe en Minoría relativo a las Patente de Rodados, el que expresa: "Modifícase el inciso A) del Art. 70 del Decreto 3622, el que quedará redactado de la siguiente manera: Los vehículos cuyo aforo no sobrepase el monto de 5000 dólares o su equivalente en pesos tendrán la bonificación del 20% por pago contado, hasta el 31 de Enero. Los vehículos cuyos aforos estén comprendidos entre 5000 y 12.000 dólares o su equivalente en pesos, tendrán la bonificación del 15% hasta el 31 de Enero. Los vehículos cuyo aforo sea mayor a 12.000 dólares o su equivalente en pesos, tendrán la bonificación del 10% por pago contado hasta el 31 de Enero". Con respecto a este artículo, la Mesa entiende que es inconstitucional, en virtud de que lo planteado debe contar con la iniciativa del Intendente Municipal por estar dentro de sus potestades. Luego de un intercambio de opiniones en el que intervienen los Ediles Sres. Alba Clavijo, Javier Sena, Gastón Pereira, Ruben Toledo, Oscar de los Santos y Guillermo Moroy, se aprueba por mayoría (10 votos en 19) el criterio de la Mesa. Seguidamente y ante dudas de interpretación reglamentaria, se somete a votación la reclamación contraria al criterio de la Mesa que fuera planteada por varios Sres. Ediles, la que resulta negativa (9 votos en 19). Cerrando la votación del articulado, se vuelve a votar la urgencia de todo lo actuado (18 votos en 19). En consecuencia y en base a las votaciones registradas, LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESION DE LA FECHA, dicta el siguiente DECRETO Nº 3779: Artículo 1º).- Adécuase el Presupuesto por Programa de sueldos, gastos e inversiones, establecido por el Decreto Nº 3745 y modificado por el Decreto 3764 y otras normas actualmente vigentes, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos siguientes: Artículo 2º).- Destínanse los siguientes montos para los programas de funcionamiento de la Intendencia Municipal de Maldonado para los ejercicios 2003 – 2004 y 2005.

Año 2003

Grupo 0 $ 508:368.000

Grupos 1 al 8 $ 329:119.000

Déficit Acumulado $ 169:436.117

Junta Departamental $ 43:744.498

Total $ 1.050:667.615

Año 2004

Grupo 0 $ 585:068.000

Grupos 1 al 8 $ 381:856.000

Junta Departamental $ 53:673.447

Amortización Préstamo $ 97:065.923

Transferencia Of. Central

Cancelación Préstamo $ 17:934.078

Total $ 1.135:597.448

Año 2005

Grupo 0 $ 585:068.000

Grupos 1 al 8 $ 381:856.000

Junta Departamental $ 63:324.464

Total $ 1.030:248.464

Total previsto para el período 2003 – 2005 $ 3.216:513.527

Artículo 3º).- Destínanse los siguientes montos para los Programas de Inversiones para los ejercicios 2003 – 2004 y 2005 distribuidos en:

Año 2003 $ 119:430.335

Año 2004 $ 156:766.913

Año 2005 $ 262:115.896

Artículo 4º).- Destínanse a la Junta Local Autónoma de San Carlos para los ejercicios 2003 – 2004 y 2005 el monto de $ 407.280.008 distribuidos en:

Año 2003

Grupo 0 $ 50:273.000

Grupos 1 al 8 $ 31:695.000

Inversiones $ 36:073.050

Total $ 118:041.050

Año 2004

Grupo 0 $ 54:064.000

Grupos 1 al 8 $ 38:035.000

Inversiones $ 43:553.440

Amortización Préstamo $ 17:934.078

Total $ 153:586.518

Año 2005

Grupo 0 $ 54:064.000

Grupos 1 al 8 $ 38:035.000

Inversiones $ 43:553.440

Total $ 135:652.440

Artículo 5º).- Estímanse para los ejercicios 2003 – 2004 y 2005 los recursos propios, aportes del Gobierno Nacional e ingreso por préstamo para la Intendencia Municipal de Maldonado en $ 3.754:826.670

Año 2003

Recursos propios: $ 943:287.800

Aportes Gobierno Nacional: $ 142:405.000

Préstamo $ 84:405.150

Total del ejercicio: $ 1.170:097.950

Año 2004

Recursos propios: $ 1.131:945.360

Aportes Gobierno Nacional: $ 160:419.000

Total del ejercicio: $ 1.292:364.360

Año 2005

Recursos propios: $ 1.131:945.360

Aportes Gobierno Nacional: $ 160.419.000

Total del ejercicio: $ 1.292:364.360

Artículo 6º).- Estímanse para los ejercicios 2003 – 2004 y 2005 los recursos propios, aportes del Gobierno Nacional y transferencia del Gobierno Departamental para la Junta Local Autónoma y Electiva de San Carlos en $ 407:280.008

Año 2003

Recursos propios: $ 67:951.200

Aportes Gobierno Nacional: $ 34:495.000

Préstamo $ 15:594.850

Total del ejercicio: $ 118:041.050

Año 2004

Recursos propios: $ 81:541.440

Aportes Gobierno Nacional: $ 54.111.000

Transferencia Cancelación

Préstamo $ 17:934.078

Total: $ 153:586.518

Año 2005

Recursos propios: $ 81:541.440

Aportes Gobierno Nacional: $ 54:111.000

Total del ejercicio: $ 135:652.440

Artículo 7º).- Resúmense los recursos y gastos para todo concepto que destinará el Gobierno Departamental para los años 2003 – 2004 y 2005 en los montos de:

RECURSOS:

Año 2003

De origen Departamental: $ 1.011:239.000

Aportes Gobierno Nacional: $ 176:900.000

Préstamo $ 100.000.000

Total del Ejercicio: $ 1.288:139.000

Año 2004

De origen Departamental: $ 1.213:486.800

Aportes Gobierno Nacional: $ 214:530.000

Total del Ejercicio: $ 1.428:016.800

Año 2005

De origen Departamental: $ 1.213:486.800.

Aportes Gobierno Nacional: $ 214:530.000

Total del Ejercicio: $ 1.428:016.800

Total previsto para el período 2003- 2005 $ 4.144:172.600

GASTOS:

Año 2003

Grupo 0 $ 558:641.000

Grupo 1 al 8 $ 360:814.000

Déficit Acumulado al

31/12/02 $ 169:436.117

Inversiones $ 155:503.385

Junta Departamental $ 43:744.498

Total $ 1.288:139.000

Año 2004

Grupo 0 $ 639:132.000

Grupo 1 al 8 $ 419:891.000

Inversiones $ 200:320.353

Servicio de deuda $ 115:000.000

Junta Departamental $ 53:673.447

Total $ 1.428:016.800

Año 2005

Grupo 0 $ 639:132.000

Grupo 1 al 8 $ 419:891.000

Inversiones $ 305:669.336

Junta Departamental $ 63:324.464

Total $ 1.428:016.800

Total previsto para el período 2003 – 2005 $ 4.144:172.600

RECOMPOSICION SALARIAL Y NORMAS SOBRE FUNCIONARIOS. Artículo 8º).- Establécense las siguientes remuneraciones nominales para los cargos y escalafones de la Intendencia Municipal de Maldonado, las que a continuación se detallan: Etapa primera a cuarta - Los nuevos montos consecuencia de la recomposición salarial se percibirán a partir del primer día del mes siguiente a la promulgación del presente Decreto (1era. Etapa) y en las siguientes fechas: 1º de marzo de 2004 (2da. Etapa), 1º de agosto de 2004 (3era. Etapa) y 1º de enero de 2005 (4ta. Etapa); todo ello sin perjuicio de los aumentos que correspondieren de acuerdo a lo establecido por el Art.22 del Decreto 3764. Artículo 9º).- Modifícase el Art. 10 del Decreto 3764, el que quedará redactado de la siguiente manera: "Establécese el pago a los funcionarios municipales de una suma para el mejor goce de la licencia anual reglamentaria. Dicho salario vacacional tendrá como tope, la remuneración líquida equivalente al grado 6 A y los días efectivamente generados de licencia anual. En caso de que no se halla generado la totalidad de la licencia mínima (20 días) por cualquier causa, el monto a pagar será en proporción directa a los días de licencia efectivamente generados. Esta cantidad suplementaria se abonará por adelantado al goce de la licencia anual reglamentaria. La suma para el mejor goce de la licencia anual reglamentaria correspondiente a los años 2003 y 2004, se establece en un 50 % de la remuneración vacacional líquida con el tope establecido precedentemente. El Ejecutivo Departamental reglamentará el pago del salario vacacional. Este artículo entrará en vigencia a partir del 1º de enero de 2003. Artículo 10º).- Modifícase el Art. 37º del Decreto 3745 de fecha 4 de abril de 2001, el que quedará redactado de la siguiente manera: "Para el resto de los funcionarios municipales, el sueldo nominal del Profesional II (11 - U) será el tope máximo al que pueden llegar las retribuciones sujetas a montepío. Este tope no operará en caso que la remuneración esté integrada exclusivamente por todos o algunos de estos rubros: Sueldo Básico, Subrogación y Progresivo y dicha sumatoria supere el tope antes mencionado. En estos casos la sumatoria de los conceptos antes mencionados operarán como nuevo tope para aquellos funcionarios que se encuentren en tal situación. El Intendente, por resolución fundada y en casos de estrictas necesidades de servicio, cuando se trate del pago de horas extraordinarias, podrá autorizar excepciones a ese tope". Artículo 11º).- Extiéndense los beneficios previstos por los Artículos 15 y 16 del Decreto 3764, a aquellos funcionarios que se hubiesen jubilado por causal de incapacidad física durante el período de vigencia de dichos artículos. En este caso regirá lo previsto por el Art. 17 del Decreto 3764. MEDIDAS DE FACILITACION DE PAGO DE ADEUDOS TRIBUTARIOS. Artículo 12º).- Autorízase el pago de los tributos municipales adeudados al 31/12/02, con certificados de depósitos reprogramados del Banco República Oriental del Uruguay y/o Banco Hipotecario del Uruguay. A estos efectos se recibirán certificados con vencimientos por todo el período de su reprogramación. Autorízase asimismo el pago de los adeudos por tributos municipales, con Bonos del Tesoro y/o Globales (deuda soberana de la República Oriental del Uruguay) reprogramados, por deudas generadas hasta el 31/12/02. La Administración determinará que Bonos y con que vencimiento serán aceptados para la cancelación de los referidos adeudos. NORMAS TRIBUTARIAS. - De Patente de Rodados - Artículo 13º).- Para fijar el impuesto de Patente de Rodados a regir a partir del 1º de enero de 2004, la Intendencia Municipal, adoptará los criterios referidos a la tabla de valores de aforo, alícuotas, valores de patente, grupos de vehículos, categorías, bonificaciones y demás condiciones, que apruebe la Comisión Intermunicipal de Aforos y que sean avalados por el Congreso Nacional de Intendentes. Dicho impuesto se ajustará anualmente por I.P.C. (Indice de Precio al Consumo) o el coeficiente que determine el Congreso Nacional de Intendentes. En ningún caso el importe del tributo podrá superar el impuesto resultante del Ejercicio 2003 más I.P.C., considerando para el cálculo de este último, la variación que se produzca entre el 1º de diciembre y el 30 de noviembre de cada ejercicio inmediato anterior, acumulativamente. Artículo 14º).- Establécese que la deuda por concepto del Impuesto de Patente de Rodados, de todo vehículo con una antigüedad mayor a los 8 (ocho) años de cada ejercicio anual, no podrá superar el 50% (cincuenta por ciento) de su valor de aforo. Para acogerse a este beneficio, se deberá pagar el impuesto por el ejercicio en curso, pudiéndose financiar las deudas anteriores por los regímenes vigentes al respecto. Cométese la reglamentación de este artículo al Ejecutivo Comunal. Artículo 15º).- Derógase el Nal. 2º del art. 7º del Decreto Departamental 3534. Artículo 16º).- A partir de la vigencia del presente Decreto y hasta el término del presente período de gobierno, el empadronamiento de vehículos 0 (cero) kilómetro o el reempadronamiento de cualquier vehículo, tendrá como único y exclusivo costo el pago del impuesto de Patente de Rodados que corresponde. Artículo 17º).- Modifícase el Art. 72 del Decreto 3622 el que quedará redactado de la siguiente forma: "Todo vehículo que se empadrone o reempadrone, podrá abonar el impuesto de Patente de Rodados anual correspondiente al ejercicio en que se realice su incorporación, al contado con una bonificación del 20% sobre el total de dicho importe, en la proporción que corresponda". Artículo 18º).- Todos los vehículos que circulen con placas vencidas, cualquiera fuera el departamento donde estuvieran empadronados, serán emplazados a que en el término de 60 días (sesenta) regularicen la situación. Vencido dicho plazo, deberá abonar una multa anual equivalente al valor de la patente vigente, para ese tipo de vehículo. La Intendencia de Maldonado, comunicará a la Intendencia de origen los datos del vehículo. - De Impuesto a los Terrenos Baldíos (exoneración) - Artículo 19º).- Modifícase el Art. 51 del Decreto 3622 de 30 de noviembre de 1990, el que quedará redactado de la siguiente forma: "Los propietarios de los predios dedicados a la producción hortícola, frutícola o vivero y en general aquellos destinados a la producción agropecuaria, que no se encuentren fraccionados y que cuenten con una dimensión apta para este tipo de destino, cuya superficie se diferencie considerablemente respecto a los predios de su zona de ubicación, que se mantengan enjardinados en sus límites y en condiciones permanentes de mantenimiento aptas para la producción, estarán exonerados del impuesto a los terrenos baldíos. La solicitud de exoneración del referido impuesto, se realizará anualmente, conforme a lo establecido en el Decreto 3413". - DISPOSICIONES GENERALES - Artículo 20º).- Modifícase al art. 30 del Decreto Departamental Nro. 3764, el que quedará redactado de la siguiente manera: "Al final de cada ejercicio se determinará la incidencia porcentual del Grupo 0, sobre los ingresos de origen departamental de ese ejercicio. En caso de que esa incidencia sea menor al 55% (cincuenta y cinco por ciento), la diferencia nominal con dicho tope se denominará "Economía de Grupo". La "Economía de Grupo" real se destinará por parte iguales al Grupo "Inversiones" y a ser distribuida, con carácter de gratificación especial eventual, entre los funcionarios municipales que prestaron funciones durante el transcurso del ejercicio inmediato anterior a aquel en que se verificó el excedente. El monto destinado a los funcionarios no se computará en el cálculo del Grupo 0 en el ejercicio siguiente a su verificación. Artículo 21º).- Modifícase el Artículo 31 del Decreto Departamental Nº 3764, el que quedará redactado de la siguiente manera: "Créase una Comisión Bipartita de Economía de Grupo, integrada por dos representantes de la Intendencia Municipal, dos representantes de ADEOM y tres representantes de la Junta Departamental, éstos últimos en calidad de observadores, la que deberá ser instalada dentro de los 30 días de promulgado el presente Decreto. La Comisión dictará un Reglamento dentro de los 60 días de constituida, el que deberá ser aprobado por el Ejecutivo Departamental. Artículo 22º).- Déjense sin efecto todas las normas que se opongan a las disposiciones del presente Decreto. Artículo 23º).- Se mantienen en vigor todas las disposiciones que no contradigan el presente Decreto.- Artículo 24).- Apruébase en principio y siga al Tribunal de Cuentas de la República. Declárase urgente. Siendo la hora cuatro y cincuenta y nueve minutos y habiéndose agotado el Orden del día previsto, el Sr. Presidente da por finalizada la Sesión, labrándose para su debida constancia la presente que se firma en el lugar Ut – Supra y fecha últimamente indicada. Se deja constancia que todo lo actuado en esta Sesión, así como las expresiones vertidas en el transcurso de la misma por los diferentes Sres. Ediles que se mencionan, figuran en la Versión Taquigráfica de la fecha. ASISTENCIA A SALA. Durante el transcurso de esta Sesión, han alternado Bancas en el Partido Nacional los Ediles Sres. Federico Casaretto, Javier Sena, Teresa Silva, Walter Acosta, Alfredo Lara, Margarita Peláis, Alejandro Echavarría, Fernando García, Cristina Cáceres, Abayubá Galeano, Enrique Fernández, Nario Palomino y los Suplentes Sres. Diego Trujillo, Guillermo Moroy, Christian Estela, Cristina Acuña, Carlos Rodríguez, Carlos de los Santos, Luis Bonnet, Oscar Sánchez, Edison Rodríguez, Francisco Salazar, Luis Cima y Euclides Melgarejo. En el Partido Encuentro Progresista – Frente Amplio, los Ediles Sres. Carlos Etcheverry, Luis Huelmo, Mary Araújo, Ruben Toledo, María del C. Salazar, Oscar de los Santos, Gastón Pereira y los Ediles Suplentes Sres. Alba Clavijo, Juan C. Bayeto, Marlene Chanquet, Andrés de León, Rosa Piazzoli, Daniel Rodríguez, Pablo Pérez, Miltón Hernández y José Barrales. En el Partido Colorado los Ediles Sres. Eduardo Elinger, Marcelo Galván, Elsa Díaz, Germán Cardoso, Eduardo Ipar, María E. Alvárez y los Suplentes Sres. Karina Clavijo, María del R. Borges, Luis Muñiz, María del H. Ocampo, Jorge Huelmo, Luis Moreno y Amelia Hernández.-

 

Dr. Federico Casaretto

Presidente

 

Sr. Nelson Martínez

Secretario General