ACTA Nº 879.- En la ciudad de Maldonado, a los veintitrés días del mes de noviembre del año dos mil uno, respondiendo a la convocatoria cursada por la Mesa del Cuerpo a efectos de celebrar Sesión Ordinaria la Junta Departamental de Maldonado, asisten a Sala los Ediles Sres. Javier Sena, Leonel Bernhardt, Jorge Núñez, Federico Casaretto, Martín Laventure, Cristina Acuña, Ruben Toledo, Mary Araújo, Gastón Pereira, Horacio Díaz, Luis Huelmo, María E. Alvárez y los Suplentes Sres. Euclides Melgarejo, Francisco Salazar, Walter Tassano, Luis Bonnet, Rosa Piazzoli, Alba Clavijo, Lourdes Ontaneda, Jorge Huelmo y Luis Muñiz. Faltan con aviso los Ediles Sres. Eduardo Barran, Alejandro Echavarría, Nario Palomino y Eduardo Larrascq, haciéndolo sin él, los Sres. Teresa Silva, Alvaro Villegas, Rodrigo Blas, Carlos Etcheverry y María del C. Salazar. Se encuentran en uso de licencia los Ediles Sres. Daniel Lois y Alfredo Lara. Preside el Acto el Edil Sr. Javier Sena, actuando en Secretaría General el Sr. Nelson Martínez, en la Secretaría de Actas la Directora de Dirección Legislativa Sra. Nelly Pietracaprina y adscriptos a la misma, los funcionarios administrativos Sres. Julián Astiazarán y Yaquelin Arostegui. Siendo la hora veintiuna, el Sr. Presidente da inicio al Acto, sometiendo a consideración del Cuerpo el NUMERAL I) Acta anterior Nº 878, la que resulta aprobada por la unanimidad de presentes (21 votos). Acto seguido el Edil Sr. Walter Tassano solicita un cuarto intermedio de cinco minutos, el que resulta aprobado por la mayoría del Cuerpo (20 votos en 21) a la hora veintiuna y un minuto, procediéndose de inmediato; se reinicia la Sesión a la hora veintiuna y siete minutos. De inmediato el mismo Sr. Edil, luego de haber intercambiado opiniones con las demás Bancadas y preocupado por el fuerte temporal que en este momento está azotando la zona, presumiendo de acuerdo a la información que se está manejando, que se estarían produciendo inundaciones y otro tipo de percances que afectan a ciudadanos del Departamento, manifiesta que de acuerdo a lo conversado, los integrantes de esta Junta están de acuerdo en tomar contacto directo y en forma inmediata con la situación de los vecinos, a los efectos de poder evaluar la ayuda y el apoyo que desde esta Corporación se pueda brindar, por lo que, para acelerar el trámite de la Sesión, mociona que se modifique el Orden del Día previsto para la misma, proponiendo que sean considerados del mismo solamente los NUMERALES III, IV, VII, VIII y ASUNTOS VARIOS en los respecta a temas de terceros, quedando pendientes para la próxima sesión el tratamiento de los numerales II, V y VI. En el mismo sentido se manifiesta el Edil Sr. Ruben Toledo, proponiendo la suspensión de la Media Hora Previa, pero aseverando que se mantenga el Numeral IV (Exposición del Edil Sr. Milton Hernández: "Día Mundial de la no violencia contra la Mujer"), dada la proximidad de la fecha en que se conmemora (25 de noviembre) y la importancia del tema a tratar. En definitiva la moción presentada es aprobada por la unanimidad de presentes (25 votos). NUMERAL III) EXPOSICIONES DE LOS PARTIDOS POLITICOS – 1º) PARTIDO ENCUENTRO PROGRESISTA – FRENTE AMPLIO - Edil Sra. Mary Araujo. Tema: Se refiere al tema de la violencia doméstica en el marco de la conmemoración del "Día Internacional por la no violencia contra la Mujer" el próximo 25 de noviembre. Luego de manifestarse sobre el tema, acompaña su homenaje con la emisión de la canción "Un extraño en mi bañera", escrita por Franco Devita e interpretada por la cantante española Ana Belén, procediéndose de inmediato. Por último solicita que sus palabras sean remitidas a estudio de la Comisión del Cuerpo de Mujer, Familia y Minoridad, temperamento que es acompañado por la unanimidad de presentes (25 votos). 2º) PARTIDO COLORADO – Edil Sra. María E. Alvárez. Tema: Luego de presentar excusas al Plenario por no haber estado presente hasta este momento, al tener que desempeñar tareas urgentes inherentes a su cargo de Directora Regional del Ministerio de Salud Pública, también se refiere al "Día Internacional por la no violencia contra la Mujer" que tendrá lugar el próximo 25 de noviembre, citando ejemplos y brindando conceptos y criterios personales sobre el tema, destacando el notorio avance logrado sobre la violencia familiar, de acuerdo al resultante de la aplicación de la Ley Nº 16.707. 3º) PARTIDO NACIONAL – Edil Sra. Cristina Acuña. Tema: En primer lugar manifiesta que comparte lo expresado por las Sras. Ediles preopinantes y en el mismo tenor, encara el tema desde el punto de vista de la violencia doméstica, lo que conlleva al sufrimiento psicológico de la mujer, que le impide crecer como persona y que se valore su trabajo. También se refiere al índice de alfabetización y a la integración de la mujer al medio. NUMERAL IV) EXPOSICION del Edil Sr. Miltón Hernández – "Día Mundial de la no violencia contra la mujer". Al finalizar felicita a las compañeras de las distintas Bancadas que lo antecedieron en el uso de la palabra y solicita que la Versión Taquigráfica de sus palabras sea remitida al Sr. Intendente Municipal, Comisiones de Mujer, Familia y Minoridad y de Higiene y Salud de esta Junta, Juntas Locales del Departamento, Comisiones Asesoras de Promoción Social y de Cultura de la Junta Local Autónoma de San Carlos, Direcciones Municipales de Promoción Social y de Cultura, Congresos Nacionales de Ediles y de Intendentes, Sres. Legisladores Nacionales por nuestro Departamento, Comisión de Legislación de la Cámara de Senadores, INAME, Ministerios de Educación y Cultura, del Interior y de Salud Pública, Movimiento de Mujeres de San Carlos, Poder Judicial, Organización "Mujer Ahora" – segundo espacio Feminista de Salud, Comisaría de la Mujer y Comisiones de Cultura de las Juntas Locales de Pan de Azúcar y de Aiguá (estos tres últimos propuestos por la Edil Sra. Elsa Díaz). Al respecto la Edil Sra. Lourdes Ontaneda teniendo en cuenta que se celebrará el próximo lunes el Congreso Nacional de Mujeres Edilas, solicita que se remita una copia de la grabación de las palabras vertidas en esta Sesión. Por unanimidad (25 votos) son aprobados estos destinos. Se deja constancia que durante el transcurso de este numeral, el Sr. Edil expositor acompañó sus palabras con el pasaje de un vídeo alusivo. A continuación, la Edil Sra. Cristina Acuña solicita que esta Junta con integrantes de los tres Partidos Políticos, emita un Comunicado de Prensa alusivo a esta conmemoración, lo que es compartido por unanimidad (25 votos). Por su parte el Edil Sr. Walter Tassano comunica que en representación del Partido Nacional lo hará la Edil Sra. Cristina Acuña. El Edil Sr. Ruben Toledo propone en representación del Partido Encuentro Progresista – Frente Amplio a la Edil Sra. Mary Araújo y la Edil Sra. Elsa Díaz en representación de Partido Colorado, propone a la Edil Sra. María E. Alvárez. A continuación por Secretaría se da cuenta de una nota remitida por el Edil Sr. Sergio Veloz, en la que informa que al no poder estar presente en esta Sesión, acordó con la Edil Sra. Cristina Acuña intercambiar las fechas de sus respectivas exposiciones, solicitando autorización al Cuerpo a tales efectos. Asimismo se da cuenta de una solicitud de la Edil Sra. María del H. Ocampo en el sentido de que su exposición prevista para la próxima sesión, a la que no podrá concurrir al encontrarse en Misión Oficial en Perú, se traslade para el viernes 7 de Diciembre. Por unanimidad (25 votos) son autorizados estos cambios, quedando establecida la Exposición de la Edil Sra. Cristina Acuña para la próxima Sesión, la del Edil Sr. Sergio Veloz para el 14 de Diciembre y la de la Edil Sra. María del H. Ocampo para el día 7 de Diciembre, quedando fijando para esta fecha tres exposiciones. NUMERAL VII) ASUNTOS ENTRADOS TRAMITADOS POR LA MESA AL DÍA 21 DE NOVIEMBRE DE 2001. BOLETIN Nº 38/01. Expedientes que pasaron a estudio de diferentes Comisiones del Cuerpo. Comisión de Obras Públicas: EXPTE. Nº 657/01.- RAIMUNDO OLIVERA S/ permiso para regularizar obra en pad. 3391, mna. 576 de Piriápolis. (D. 3739/00).(Vuelto Inf. I.M.M). EXPTE. Nº 495/01.- JUAN MARTINEZ S/ permiso para regularizar obra en pad. 4621, mna. 748 de Piriápolis. (D. 3739/00). EXPTE. Nº 946/01.- EDGARDO RUIZ S/ permiso para regularizar obra en pad. 494, mna. 567 de Piriápolis. (D. 3739/00). EXPTE. Nº 947/01.- ROBERTO GARRIDO S/ permiso para regularizar obra en pad. 744, mna. 513 de Piriápolis. (D. 3739/00). EXPTE. Nº 948/01.- WALTER BIRRIEL S/ permiso para regularizar obra en pad. 3903, mna.40 de San Carlos. (D. 3739/00). EXPTE. Nº 949/01.- MARTA MACHADO S/ permiso para regularizar obra en pad. 7604, mna. 8 de San Carlos. (D. 3739/00). EXPTE. Nº 950/01.- MIGUEL DA SILVA S/ permiso para regularizar obra en pad. 4728, mna. 144 del Balneario Buenos Aires. (D. 3739/00). EXPTE. Nº 951/01.- MAGDALENA PEREZ S/ permiso para regularizar obra en pad. 6354, mna. 396 de San Carlos. (D. 3739/00). EXPTE. Nº 952/01.- ALICIA BROCAL S/ permiso para regularizar obra en pad. 12002, mna. 1449 de Maldonado. (D. 3739/00). EXPTE. Nº 953/01.- NIVIO MACHADO S/ permiso para regularizar obra en pad. 161, mna. 20 de José Ignacio. (D. 3739/00). EXPTE. Nº 953/01 BIS.- CATALINA RAINUSSO S/ permiso para regularizar obra en pad. 935, mna. 257 de Maldonado. (D. 3739/00). EXPTE. Nº 954/01.- NESTOR CURBELO S/ permiso para regularizar obra en pad. 4708, mna. 265 de San Carlos. (D. 3739/00). EXPTE. Nº 955/01.- JORGE UCAR EASTON S/ permiso para ampliar obra en pad. 9585, mna. 449 de Punta del Este. EXPTE. Nº 956/01.- PEDRO ALONZO S/ permiso para regularizar obra en pad. 2850/002, mna. 468 de Punta del Este. (D. 3739/00). EXPTE. Nº 542/3/00.- MINISTERIO DE SALUD PUBLICA C/ gestión de la Comisión de Higiene y Salud, referente a pacientes que padecen cataratas o glaucoma. (Com. Higiene y Salud). EXPTE. Nº 966/01.- INTENDENCIA MUNICIPAL C/ gestión de la Comisión Especial de Asentamientos, referida con el Asentamiento Selva Negra de Piriápolis.(Com. Especial de Asentamientos). EXPTE. Nº 971/01.- ESC. RUBEN RODRIGUEZ S/ audiencia con la Comisión de Tierras, a efectos de exponer sobre la aprobación del fraccionamiento Barrio Jardín Los Treinta y Tres. (Com. Tierras). EXPTE. Nº 972/01.- PADRES DE NIÑOS QUE PARTICIPAN EN NATACION (ATLETAS ESPECIALES) S/ la colaboración del Cuerpo para asistir al Campeonato CIDEL, a realizarse en Mar del Plata el día 12/12/01.(Com. Deporte y Juventud).- Expedientes que pasaron a conocimiento de los Ediles gestionantes. EXPTE. Nº 722/00.- EDILES SRES. EDUARDO ELINGER Y SEBASTIAN PLADA S/ información de la Int. Mpal., referente a vivienda sita en solar 1 de la mna. 56 de Cerro Pelado.(Vuelto Inf. I.M.M). EXPTE. Nº 770/00.- EDILES SRES. JAVIER SENA Y WALTER TASSANO, su planteamiento respecto creación del Fondo Departamental de Promoción Turística. (Vuelto Inf. I.M.M). EXPTE. Nº 114/1/01.- EDILES SRES. EDUARDO IPAR Y JORGE HUELMO, reiteran pedido de informes, respecto a la situación funcional de las Comisiones de vecinos en este Departamento. (Vuelto Inf. I.M.M). EXPTE. Nº 363/01.- EDIL SR. EDUARDO ELINGER S/ el apoyo del Ejecutivo Comunal, para familias carenciadas, similar al que presenta el movimiento social "Frío Polar", de Montevideo. (Vuelto Inf. I.M.M). EXPTE. Nº 493/01.- EDIL DRA. MARY ARAUJO S/ información de la Int. Mpal., referente entrega de canastas de comestibles a trabajadores del frigorífico de San Carlos. (Vuelto Inf. I.M.M). EXPTE. Nº 561/01.- EDILES ING. AGRIM. GASTON PEREIRA Y SRA. LOURDES ONTANEDA S/ información de la Int. Mpal., referente con la tercerización de la caminería rural. (Vuelto Inf. I.M.M). EXPTE. Nº 582/01.- EDILES SR. HORACIO DIAZ Y SRA. LOURDES ONTANEDA S/ información de la Int. Mpal., referente a la propiedad del vehículo matrícula B 700-645. (Vuelto Inf. I.M.M). EXPTE Nº 774/01.- EDIL SR. OSCAR DE LOS SANTOS S/ información de la Int. Mpal., referente funcionamiento de las guarderías de verano. (Vuelto Inf. I.M.M). EXPTE. Nº 957/01.- INTENDENCIA MUNICIPAL C/ exposición del Edil Sr. Milton Hernández, referida con el "Movimiento de Mujeres de San Carlos y Proyecto Los Zorzales". EXPTE. Nº 958/01.- INTENDENCIA MUNICIPAL C/ gestión del Edil Sr. Eduardo Elinger, referida con al creación e instalación de una feria artesanal permanente en la ciudad de Maldonado. EXPTE. Nº 959/01.- INTENDENCIA MUNICIPAL C/ gestión del Edil Sr. Eduardo Barran, referida con tramitación del carné para la practica de deportes de niños y jóvenes de Zona Oeste. EXPTE. Nº 960/01.- INTENDENCIA MUNICIPAL C/ planteamiento de la edil Dra. Mary Araújo, referido con la problemática que afecta a vecinos de Cerro Pelado y Granja Cuñetti. EXPTE. Nº 961/01.- INTENDENCIA MUNICIPAL C/ gestión de la Edil Sra. Lourdes Ontaneda, referida con situación del Club del Niño de Pan de Azúcar. EXPTE. Nº 962/01.- INTENDENCIA MUNICIPAL C/ planteamiento del Edil Sr. Alfredo Lara, referido con la "Necesidad de un nuevo Plan Director a nivel Depal., que establezca las condiciones para definir el Maldonado del futuro: Urbanismo, Medio Ambiente, Ordenamiento Territorial, Turismo, Desarrollo de otras Industrias". EXPTE. Nº 963/01.- INTENDENCIA MUNICIPAL C/ gestión de la Edil Sra. Lourdes Ontaneda, referida con el convenio celebrado entre el Clearing de Informes y ese Ejecutivo. EXPTE. Nº 964/01.- INTENDENCIA MUNICIPAL C/ gestión de la ex Edil Dra. Cecilia Vega, referido con el convenio celebrado entre el Clearing de Informes y ese Ejecutivo ( Pasa a conocimiento de la Bancada del Partido Colorado). EXPTE. Nº 970/01.- SUPREMA CORTE DE JUSTICIA, acusa recibo del planteamiento del Edil Dr. Federico Casaretto, referente actitud del gobierno Uruguayo con respecto a la solicitud de extradición de ciudadanos en nuestro País. Expedientes que pasaron a la Intendencia Municipal a recabar diversa información. EXPTE. Nº 871/01.- LAURA PEREIRA S/ permiso para regularizar obra en pad. 788, mna. 63 de La Barra.(D. 3739/00).(Inf. Com. Obras Públicas). EXPTE. Nº 969/01.- EDIL SR. OSCAR DE LOS SANTOS S/ información de la Int. Mpal. referida con análisis de HIV a personas relacionadas con el manejo de alimentos. Expedientes que pasaron al archivo luego de cumplidos los trámites administrativos correspondientes. EXPTE. Nº 333/1/01.- EDIL DR. GUILLERMO IPHARRAGUERRE, presenta observaciones respecto del Expte. Nº 333/01. EXPTE. Nº 698/01.- INSTITUTO HABILITADO DE HERMANAS CAPUCHINAS DE MALDONADO S/ colaboración para la realización del Gran Prix de Ruta, a llevarse a cabo el sábado 29/10/01, con la participación de competidores del todo el País. (Inf. Com. Presupuesto y Hacienda). EXPTE. Nº 770/01.- INTENDENCIA MUNICIPAL C/ gestión de la Comisión de Cultura, referida con becas estudiantiles. (Inf. Com. Cultura). EXPTE. Nº 823/01.- INTENDENCIA MUNICIPAL, comunica a la Comisión de Cultura del Cuerpo, los integrantes de la Comisión Deptal. del Patrimonio Histórico Cultural.( Inf. Com. Cultura). EXPTE. 965/01.- INTENDENCIA MUNICIPAL C/ gestión Junta referente convenio celebrado entre el Clearing de Informes y ese Ejecutivo. (Repartido de las Bancadas). Por mayoría (23 votos en 25) es aprobado el precedente Boletín Nº 38. NUMERAL VIII) ASUNTOS ENTRADOS. En primer lugar por Secretaría se da lectura a una nota remitida por el Edil Sr. Walter Tassano, en la que solicita autorización para cursar un pedido de informes al Ministerio de Salud Pública, sobre la industrialización y comercialización de aguas embotelladas en sifones. Por mayoría (23 votos en 25) se aprueba dicha solicitud. Nota remitida por el Edil Sr. Eduardo Elinger, en la que trasmite una serie de inquietudes referentes a la situación actual del Barrio Cerro Pelado y en concreto se refiere a una iniciativa efectuada por un vecino, la que se adjunta. Destinos de sus palabras: Intendencia Municipal (Dirección de Promoción Social) y a las Comisiones de Legislación, Trabajo y Empleo y de Presupuesto y Hacienda (este último propuesto por el Edil Sr. Carlos Martins) y el Edil Sr. Oscar de los Santos solicita repartido a las diferentes Bancadas de la Corporación. En consecuencia, LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESION DE LA FECHA (por unanimidad 25 votos), RESUELVE: Realícese repartido a las Bancadas de la Corporación, entréguese fotocopia de estas actuaciones a las Comisiones de Legislación, Presupuesto y Hacienda y Especial de Trabajo y Empleo y sigan estos obrados a la Intendencia Municipal a sus efectos. Nota remitida por la Edil Sra. Fabiana Danta, quien frente a una serie de trascendidos, solicita el respaldo del Plenario para aclarar ante la opinión pública que integra la Delegación Oficial que concurrirá al Congreso Latinoamericano de Parlamentos Municipales en representación de su Partido y además está encomendada a la tarea honoraria de médico de dicha Delegación, temperamento que es acompañado por la mayoría del Cuerpo (24 votos en 26). Nota remitida por la Junta Local Autónoma de San Carlos y su Comisión Asesora de Promoción Social, invitando a una jornada de celebración del "Día Internacional por la no violencia contra la mujer" el próximo 25 de noviembre. Luego de tomar conocimiento, por unanimidad (25 votos) se dispone su archivo. Nota remitida por la ONG "Viví" (Víctimas de Violencia), solicitando que se declare de Interés Departamental el evento que se realizará el 24 de Noviembre en la ciudad de San Carlos, denominado "Prostitución infantil: un grito en la oscuridad". En tal sentido, el Edil Sr. Carlos Martins mociona que se vote la Declaración de Interés Departamental solicitada, la que es aprobada por la unanimidad (25 votos), adoptando LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESION DE LA FECHA, la siguiente RESOLUCION: Declárase de Interés Departamental, el evento denominado "Prostitución infantil: un grito en la oscuridad", promovido por la O.N.G. "Vivi" (Víctimas de Violencia), a realizarse el 24 de noviembre del cte. año, en la ciudad de San Carlos.- Pase a la Intendencia Municipal a sus efectos. Nota remitida por la Comisión de Orden del Día, en la que solicita la inclusión de un asunto (Expediente Nº 678/4/00), al temario previsto para la noche de hoy. Por unanimidad (25 votos) se aprueba la urgencia de dicho asunto y por el mismo qüorum su tratamiento al final de los Asuntos Varios de esta Sesión. A continuación el Edil Sr. Martín Laventure en representación de las tres Bancadas, agradece la colaboración de los Funcionarios de esta Junta Sres. Néstor Núñez, María del Luján Migales, Gilberto Acosta, Pablo Pérez, Beatriz Longo y Susana Hualde, en la reunión de confraternidad que tuvo lugar en la noche de ayer. En el mismo sentido se expresa el Sr. Presidente. De inmediato la Edil Sra. Lourdes Ontaneda solicita remitir una minuta a la Intendencia Municipal, a los efectos de que se revean los montos establecidos para acceder al servicio barométrico en los distintos Balnearios del Departamento. Por mayoría (21 votos en 23) es aprobada tal solicitud. ASUNTOS VARIOS. Acto seguido el Edil Sr. Walter Tassano solicita que los expedientes que figuran desde el Numeral 1º) al 13º) (inclusive) del presente Orden Del Día, sean considerados en conjunto, en virtud de tratarse de gestiones de regularización de construcciones informadas por la Comisión de Obras Públicas que requieren qüorum especial de 3/5 para su aprobación. Este criterio es aprobado por la unanimidad de presentes (21 votos). Seguidamente se transcriben las carátulas y Resoluciones recaídas en los Expedientes votados en conjunto, los que son aprobados por la unanimidad de presentes (23 votos). EXPEDIENTE Nº 195/01: NELSON MAS S/ permiso para regularizar obra en padrón Nº 83/008, manzana Nº 11 de Maldonado - Decreto Nº 3739/00. En consecuencia, LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESION DE LA FECHA, RESUELVE: Visto lo informado por la Comisión de Obras Públicas que este Cuerpo comparte, 1º) Autorízase la regularización de las obras gestionada en estas actuaciones (Padrón Nº 83/008 – Manzana Nº 11 de Maldonado), al amparo del Decreto Nº 3739/00.- 2º) Corresponde se abonen tasas de construcción por 184,30 mc. en categoría "Confortable".- 3º) Siga al Ejecutivo Comunal a sus efectos. EXPEDIENTE Nº 119/01: MARTA ARAUJO S/ solicita permiso para construir piscina climatizada en padrón Nº 1489, manzana Nº 13 de Piriápolis – Decreto Nº 3742/00. En consecuencia, LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESION DE LA FECHA, RESUELVE: Visto lo informado por la Comisión de Obras Públicas que este Cuerpo comparte, 1º) Autorízase la regularización de una piscina de 76,44 mc. (Padrón Nº 1489 – Manzana Nº 13 de Piriápolis), quedando agotada toda posibilidad de crecimiento edilicio en Planta Baja, debiendo aplicarse las multas y recargos correspondientes.- 2º) Siga al Ejecutivo Comunal a sus efectos. EXPEDIENTE Nº 849/01: LEON DUNSKI S/ permiso para regularizar obra en padrón Nº 5263, manzana Nº 1159 de Punta del Este – Decreto Nº 3739/00. En consecuencia, LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESION DE LA FECHA, RESUELVE: Visto lo informado por la Comisión de Obras Públicas que este Cuerpo comparte, 1º) Autorízase la regularización de las obras gestionada en estos antecedentes (Padrón Nº 5263 – Manzana Nº 1159 de Punta del Este), al amparo del Decreto Nº 3739/00, debiendo dejarse constancia en planos y Certificado de Final de Obras, que la ocupación de retiro frontal deberá guardar carácter de precario y revocable sin derecho a indemnización.- 2º) Corresponde de abonen una vez las tasas y un recargo de dos veces las mismas por 59,37 mc. en categoría "Vivienda Suntuosa".- 3º) Siga a la Intendencia Municipal a sus efectos. EXPEDIENTE Nº 854/01: ENCARNACION CORREA S/ permiso para regularizar obra en padrón Nº 4841, manzana Nº 273 de San Carlos – Decreto Nº 3739/00. En consecuencia, LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESION DE LA FECHA, RESUELVE: Visto lo informado por la Comisión de Obras Públicas que este Cuerpo comparte, 1º) Autorízase la regularización de las obras gestionada en estas actuaciones (Padrón Nº 4841 – Manzana Nº 273 de San Carlos), al amparo del Decreto Nº 3739/00, debiendo dejarse constancia en planos y Certificado de Final de Obra que la ocupación de retiro frontal deberá guardar carácter de precario y revocable sin derecho a indemnización.- 2º) Siga al Ejecutivo Comunal a sus efectos. EXPEDIENTE Nº 856/01: EDGARDO FERNANDEZ S/ permiso para regularizar obra en padrón Nº 7660, manzana Nº 112 de San Carlos – Decreto Nº 3739/00. En consecuencia, LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESION DE LA FECHA, RESUELVE: Visto lo informado por la Comisión de Obras Públicas que este Cuerpo comparte, 1º) Autorízase la regularización de las obras gestionada en estos antecedentes (Padrón Nº 7660 – Manzana Nº 112 de San Carlos), al amparo del Decreto Nº 3739/00, debiendo dejarse constancia en planos y Certificado de Final de Obras que la ocupación de retiro frontal deberá guardar carácter de precario y revocable sin derecho a indemnización, quedando agotada toda posibilidad de crecimiento edilicio en Planta Baja.- 2º) Corresponde se abonen tasas y una vez de recargo por 85,50 mc. en categoría "C" de vivienda.- 3º) Siga al Ejecutivo Comunal a sus efectos. EXPEDIENTE Nº 857/01: PAOLA CARDINALE S/ permiso para regularizar obra en padrón Nº 10.243, manzana Nº 297 del Balneario Buenos Aires – Decreto Nº 3739/00. En consecuencia, LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESION DE LA FECHA, RESUELVE: Visto lo informado por la Comisión de Obras Públicas que este Cuerpo comparte, 1º) Autorízase la regularización de las obras gestionada en estos antecedentes (Padrón Nº 10.243 – Manzana Nº 297 de Balneario Buenos Aires), al amparo del Decreto Nº 3739/00, debiéndose dejar constancia en planos y Certificado de Final de Obras que la ocupación de retiro frontal deberá guardar carácter de precario y revocable sin derecho a indemnización.- 2º) Corresponde se abonen una vez las tasas por 188,47 mc. y recargo de una vez por idéntica área en la categoría "C" de vivienda.- 3º) Siga al Ejecutivo Comunal a sus efectos. EXPEDIENTE Nº 858/01: DELMA SOARES S/ permiso para regularizar obra en padrón Nº 1113, manzana Nº 479 de Piriápolis – Decreto Nº 3739/00. En consecuencia, LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESION DE LA FECHA, RESUELVE: Visto lo informado por la Comisión de Obras Públicas que este Cuerpo comparte, 1º) Autorízase la regularización de las obras gestionada en estos antecedentes(Padrón Nº 1113 – Manzana Nº 479 de Piriápolis), al amparo del Decreto Nº 3739/00, debiendo dejarse constancia en planos y Certificado de Final de Obras que la ocupación de retiro frontal deberá guardar carácter de precario y revocable sin derecho a indemnización, quedando agotado todo crecimiento edilicio en Planta Baja.- 2º) Siga al Ejecutivo Comunal a sus efectos. EXPEDIENTE Nº 864/01: ANTICA S.A. S/ permiso para regularizar obra en padrón Nº 16.096, manzana Nº 38 de Manantiales – Decreto Nº 3739/00. En consecuencia, LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESION DE LA FECHA, RESUELVE: Visto lo informado por la Comisión de Obras Públicas que este Cuerpo comparte, 1º) Autorízase la regularización de las obras gestionada en estas actuaciones (Padrón Nº 16.096 – Manzana Nº 38 de Manantiales), al amparo del Decreto Nº 3739/00, quedando agotada toda posibilidad de crecimiento edilicio en Planta Baja y FOT.- 2º) Corresponde se abonen dos veces las tasas por 67,64 mc. de recargo en categoría "Grandes Residencias".- 3º) Siga a la Intendencia Municipal a sus efectos. EXPEDIENTE Nº 865/01: NELSON FERNANDEZ S/ permiso para regularizar obra en padrón Nº 2399, manzana Nº 151 de Playa Hermosa – Decreto Nº 3739/00. En consecuencia, LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESION DE LA FECHA, RESUELVE: Visto lo informado por la Comisión de Obras Públicas que este Cuerpo comparte, 1º) Autorízase la regularización de las obras gestionada en estas actuaciones (Padrón Nº 2399 – Manzana Nº 151 de Playa Hermosa), al amparo del Decreto Nº 3739/00, debiendo dejarse constancia en planos y Certificado de Final de obras que la ocupación de retiro frontal deberá guardar carácter de precario y revocable sin derecho a indemnización.- 2º) Corresponde se abone un sellado.- 3º) Siga al Ejecutivo Comunal a sus efectos. EXPEDIENTE Nº 866/01: GUILLERMO CHIFFLET S/ permiso para regularizar obra en padrón Nº 1705, manzana Nº 28 de Playa Verde – Decreto Nº 3739/00. En consecuencia, LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESION DE LA FECHA, RESUELVE: Visto lo informado por la Comisión de Obras Públicas que este Cuerpo comparte, 1º) Autorízase la regularización de las obras gestionada en estas actuaciones (Padrón Nº 1705 – Manzana Nº 451 de Piriápolis), al amparo del Decreto Nº 3739/00.- 2º) Siga a la Intendencia Municipal a sus efectos. EXPEDIENTE Nº 868/01: ADONIS TOMEO S/ solicita permiso para regularizar obra en padrón Nº 263, manzana Nº 28 de Playa Verde – Decreto Nº 3739/00. En consecuencia, LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESION DE LA FECHA, RESUELVE: Visto lo informado por la Comisión de Obras Públicas que este Cuerpo comparte, 1º) Autorízase la regularización de las obras gestionada en estas actuaciones (Padrón Nº 263 – Manzana Nº 28 de Playa Verde), al amparo del Decreto Nº 3739/00.- 2º) Siga a la Intendencia Municipal a sus efectos. EXPEDIENTE Nº 869/01: WILLEM KRIEK S/ permiso para regularizar obra en padrón Nº 5771, manzana Nº 300 de Playa Hermosa – Decreto Nº 3739/00. En consecuencia, LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESION DE LA FECHA, RESUELVE: Visto lo informado por la Comisión de Obras Públicas que este Cuerpo comparte, 1º) Autorízase la regularización de las obras gestionada en estas actuaciones (Padrón Nº 5771 – Manzana Nº 300 de Playa Hermosa), al amparo del Decreto Nº 3739/00.- 2º) Siga a la Intendencia Municipal a sus efectos. EXPEDIENTE Nº 874/01: KERPO DE LEON S/ permiso para regularizar obra en padrón Nº 3224, manzana Nº 226 de San Carlos – Decreto Nº 3739/00. En consecuencia, LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESION DE LA FECHA, RESUELVE: Visto lo informado por la Comisión de Obras Públicas que este Cuerpo comparte, 1º) Autorízase la regularización de las obras gestionada en estas actuaciones (Padrón Nº 3224 – Manzana Nº 226 de San Carlos), al amparo del Decreto Nº 3739/00.- 2º) Siga a la Intendencia Municipal a sus efectos. A esta altura el Edil Sr. Fernando García a efectos de que quede constancia en actas, hace notar que todos los expedientes antes mencionados, a excepción del Nº 119/01, fueron gestionados al amparo del Decreto Nº 3739/00. En este momento el Edil Sr. Walter Tassano, requiere una interpretación con respecto a lo que se considera como asuntos de terceros, informando el Edil Sr. Leonel Bernhardt que esta interpretación ya fue realizada por la Comisión de Reglamento a solicitud del Secretario General. Por su parte el Secretario General indica que lo que establece el reglamento al respecto se presta a otra interpretación. Por último el Sr. Presidente sugiere que dicha interpretación pase a informe definitivo de la Comisión de Reglamento, temperamento que es compartido. A continuación el Edil Sr. Tassano solicita que en esta oportunidad se consideren como asuntos de terceros el resto de los expedientes que figuran en el Orden del Día de hoy, (Numerales 14º al 17º) y se pase al tratamiento de los mismo, siendo acompañado por la unanimidad (24 votos). A continuación el Edil Sr. Martín Laventure a raíz de una inquietud presentada por el señor Edil Oscar De Los Santos, solicita que se convoque a reunión para el próximo lunes a la Comisión Especial de Apoyo al delegado de la Junta en la Comisión de Contralor de Concesión, a efectos de considerar el tema de la supresión de un surtidor en un barrio de Maldonado. Al respecto el Sr. Presidente comunica que la Mesa se encargará de realizar los trámites correspondientes. Seguidamente se pasa a considerar el EXPEDIENTE Nº 535/01: INTENDENCIA MUNICIPAL S/ anuencia para aceptar la donación onerosa de los inmuebles padrones Nos. 466, 467,553,554,560, del 563 al 578, 583 y 586 al 594, del fraccionamiento Playa Verde, propiedad de los Sres. Josefina y Martín Trabucati (31 solares). Al respecto se refieren los Ediles Sres. Walter Tassano y Ruben Toledo. En consecuencia, LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESION DE LA FECHA (por unanimidad 24 votos), RESUELVE: Visto lo informado por la Comisión de Legislación que este Cuerpo comparte, 1º) Concédese anuencia al Ejecutivo Comunal para que acepte la donación onerosa de los inmuebles empadronados con los Nos. 466, 467, 553, 554, 560, 563, 564, 565, 566, 567, 568, 569, 570, 571, 572, 573, 574, 575, 576, 577, 578, 583, 586, 587, 588, 589, 590, 591, 592, 593 y 594 que totalizan 31 solares del fraccionamiento Playa Verde.- 2º) Solicítase al Ejecutivo Comunal, que el destino de los mismos sea con fines de ampliar los espacios libres, creando zonas de esparcimiento y deporte.- 3º) Siga a la Intendencia Municipal a sus efectos. EXPEDIENTE Nº 790/01: INTENDENCIA MUNICIPAL, remite Proyecto de Decreto modificativo de la Ordenanza de Limpieza y Desinfección de Tanques de Agua. (Decreto Nº 3640/91). En consecuencia, LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESION DE LA FECHA (por unanimidad 24 votos), dicta el DECRETO Nº 3757: 1º) Apruébanse las siguientes disposiciones, modificativas del Decreto Nº 3640/91 (Regulatorio de la Limpieza y Desinfección de Tanques de Agua): Artículo 1 .- Todo propietario de vivienda colectiva, sea en régimen de propiedad horizontal, condominios o fincas de inquilinatos, estará obligado al suministro de agua en buenas condiciones físico-químicas y bacteriológicas. Igual obligación tendrán los propietarios de edificios de uso público, establecimientos industriales y comerciales. Artículo 2 .- Todos los sujetos referidos en el artículo anterior deberán estar conectados a la red de agua potable. En el caso de que los encargados del suministro de agua potable, por razones fundadas, indicaran por escrito que no es posible otorgar la cantidad necesaria, la Intendencia Municipal podrá autorizar que sea usada además o exclusivamente, otra fuente de agua potable.- Artículo 3 .- Todo edificio autorizado por la Intendencia Municipal de Maldonado, a usar, además o exclusivamente, otra fuente de agua potable, no proveniente de la red, deberá someterse a controles obligatorios cada 180 días. Dicho control tendrá que realizarse en los meses de abril y de octubre.- Artículo 4 .- Los depósitos de agua potable deberán cumplir con la Norma UNIT 559-83 (Anexo 2) y conservarse en condiciones, de manera que aseguren los requisitos sanitarios en materia de potabilidad del agua almacenada.- Artículo 5 .- Aquellos edificios mencionados en el artículo 1º, cuyos actuales depósitos no cumplan con la Norma UNIT 559-83 dispondrán hasta el 01/01/2003 para su adecuación. Hasta ese momento deberán, por lo menos, asegurar su hermeticidad y colocar una canilla de fácil acceso, a la salida del tanque a los efectos de permitir la toma de muestras.- Artículo 6 .- Para dar cumplimiento a lo especificado en el artículo 4º, se deberá realizar al menos una limpieza al año; con lo cual se obtendrá en la Intendencia Municipal de Maldonado un CERTIFICADO DE POTABILIDAD del agua. Las muestras de agua a retirar de los depósitos higienizados serán extraídas por funcionarios de la Intendencia Municipal de Maldonado, personalmente, en el edificio en cuestión. Los análisis que correspondan serán realizados por la Intendencia Municipal de Maldonado y su costo será de 1 (una ) a 5 (cinco) Unidades Reajustables (U.R.) de acuerdo a la complejidad de los análisis realizados.- Artículo 7 .- Créase un registro de Empresas que será llevado a cabo por la Dirección de Higiene Ambiental de la Intendencia Municipal de Maldonado, en el que se asentará: Nombre de la empresa, Dirección, Teléfono, Fax, etc., Nombre y Firma del Técnico responsable, el cual deberá poseer Título Universitario de: Ingeniero Sanitario, Ingeniero Químico, Químico Farmacéutico, Técnico Químico o Técnico Sanitario expedido por la Universidad del Trabajo.- Artículo 8 .- La inclusión de la empresa en el registro señalado en el artículo 7º, será autorizada por la Dirección de Higiene de la Intendencia Municipal de Maldonado, previa presentación de la razón social de la empresa y documentación que acredite estar al día con la D.G.I. y/o B.P.S., Habilitación Higiénica y haber realizado curso de manipulación de alimentos reconocido por la Intendencia Municipal de Maldonado. A partir de dicha autorización la empresa quedará habilitada para efectuar los trabajos a los que se refieren los artículos anteriores.- Artículo 9 .- Las empresas autorizadas deberán emplear, necesariamente, los materiales y métodos descriptos en el Anexo 1 y poseer, por lo menos 1 Kit para el control de cloro en el agua con una apreciación mínima de 0,1 ppm.- Artículo 10 .- Las empresas deberán iniciar la gestión para la obtención del certificado de potabilidad ante la Dirección de Higiene con un plazo no menor de 3 (tres) días, donde deberá indicarse el día y la hora en la que se llevará a cabo la limpieza del edificio en cuestión.- Artículo 11 .- El servicio inspectivo de la Dirección de Higiene podrá hacerse presente en los edificios que hubieran iniciado el trámite, mientras la empresa gestionante realiza la limpieza, como forma de controlar la labor. Los inspectores actuantes deberán informar por escrito de las anomalías que pudieran haber sido constatadas durante el momento de la limpieza. Artículo 12 .- La Dirección de Higiene de la Intendencia Municipal de Maldonado, expedirá el certificado habilitante a la empresas debidamente inscriptas y autorizadas.- Artículo 13 .- La Intendencia Municipal, podrá exigir de las personas individualizadas en el artículo 1º o de los administradores respectivos, la exhibición de los certificados a los que hace referencia el artículo 6º.- Podrá, además, extraer muestras de control, en los depósitos, para su análisis en el Laboratorio Municipal, cuando así lo considere pertinente.- Artículo 14 .- En caso de extravío del certificado que alude el artículo anterior, se le otorgará al interesado un plazo de 5 (cinco) días para su obtención y presentación ante la Dirección de Higiene.- Artículo 15 .- La Dirección de Higiene deberá proporcionar un formulario con carácter de Declaración Jurada, por triplicado, a las empresas autorizadas. En ese formulario las empresas deberán asentar todos los nombres de los edificios, cuyos tanques han sido limpiados en el período y presentados en los meses de febrero y setiembre de cada año. Estos formularios deberán ser firmados por el técnico responsable y el responsable de la empresa si difieren. El original será entregado ante la Dirección de Higiene y las otras vías, debidamente selladas como recibidas, serán entregadas una al técnico y la otra a la empresa.- Artículo 16 .- Los propietarios mencionados en el artículo 1º serán responsables por mantener vigente el Certificado de Potabilidad expedido por la Intendencia Municipal de Maldonado, el que se extenderá por el período de 1 (un ) año, contado a partir de la fecha de la limpieza.- Artículo 17 .- Los mismos serán notificados, por única vez, del presente Decreto; en caso de no poseer vigente el Certificado de Potabilidad se otorgará, por única vez, un plazo de 10 (diez) días para la realización de la limpieza. Vencido dicho plazo, sin haber efectuado los trámites ante la Dirección de Higiene para obtener el Certificado de Potabilidad, se le sancionará con una multa de 15 (quince) U.R. (Unidades Reajustables), otorgándosele un nuevo plazo de 5 (cinco) días.- Vencido este nuevo plazo, sin haber iniciado los trámites de obtención del Certificado de Potabilidad, se le sancionará con multa de hasta 100 (cien) U.R. (Unidades Reajustables), además del costo que fije la Intendencia Municipal de Maldonado por efectuar la limpieza de los tanques. El sistema a aplicar en caso de hacer efectuar la limpieza, será el de sorteo público entre las empresas debidamente registradas y acreditadas.- Artículo 18 .- Las empresas deberán gestionar el Certificado de Potabilidad de acuerdo a lo establecido en el artículo 6º y serán responsables por la calidad del agua almacenada durante los 20 (veinte) días hábiles consecutivos a la fecha de la limpieza. Serán responsables, además, por el estado de los tanques en el momento de la limpieza, los que deberán cumplir con lo establecido en el artículo 4º. En caso de que los tanques no cumplieran con ese requisito, la empresa deberá abstenerse de realizar la limpieza y dar cuenta en forma inmediata, por escrito, a la Dirección de Higiene; la omisión a lo precedentemente indicado le hará pasible de las sanciones previstas en el artículo 19.- Artículo 19 .- Si realizada la limpieza, gestionado el Certificado de Potabilidad y de los análisis efectuados resultara que el agua no reúne las condiciones microbiológicas y/o físico – químicas exigidas, se le intimará a la empresa para que en un plazo de 5 (cinco) días realice los trabajos de higienización correspondientes, ya sea la limpieza y/o la desinfección de su contenido según lo sugerido por el personal técnico correspondiente. Vencido el mismo la empresa deberá iniciar un nuevo trámite y se extraerán nuevas muestras.- Si de éstos análisis resultare que el agua no reúne las condiciones de potabilidad, la empresa se hará pasible de una multa de 5 (cinco) a 15 (quince) U.R. (Unidades Reajustables), intimándosele además, para que en un plazo de 10 (diez) días, realice los trabajos correspondientes. Al mismo tiempo la Intendencia Municipal de Maldonado, notificará al propietario, administrador o representante del edificio, de tal situación.- Vencido este plazo, y si de los análisis subsiguientes, resultare que el agua no reúne las condiciones exigidas, se sancionará a la empresa con multas de 30 (treinta) a 100 (cien) U.R. (Unidades Reajustables), suspensión temporal del registro, e incluso, según la gravedad de la infracción o la reincidencia detectada, la posibilidad de su eliminación del registro habilitante.- Artículo 20 .- En caso de tanques conectados en serie, sin importar su capacidad, serán considerados como uno en todos los casos, por lo que se gestionará un solo Certificado de Potabilidad. Si se constatara que la empresa falseara los datos sobre la conexión de los mismos o sobre la fuente de abastecimiento, se hará pasible de las sanciones previstas en el artículo 19. Artículo 21 .- El régimen establecido por el presente Decreto podrá ser extendido por la Intendencia Municipal de Maldonado, en lo aplicable a todas las casas de habitación del Departamento, previa anuencia de la Junta Departamental.- Artículo 22 .- Créase un registro de Edificios en el departamento de Maldonado, el que será llevado por la Dirección de Higiene en el que constará: Nombre y Dirección del Edificio, Giro, Nombre, Dirección y Teléfono de la Administración si difieren de los anteriores, Fecha de las limpiezas realizadas y Nombre de la Empresa responsable de cada una de ellas.- Artículo 23 .- Facúltase a la Intendencia Municipal de Maldonado, a exonerar del cobro de los análisis establecidos en el artículo 6º, siempre que dicha exoneración sea solicitada por los propietarios y por razones económico financieras y/o sanitarias comprobables resulte imprescindible atender dicha solicitud.- Artículo 24 .- Las empresas actualmente inscriptas y habilitadas por la Intendencia Municipal de Maldonado, tendrán un plazo de 60 (sesenta) días consecutivos a partir de la aprobación y entrada en vigencia del presente Decreto, para la regularización de la documentación exigida por el mismo. El no cumplimiento de lo dispuesto, dentro del plazo establecido, motivará en forma automática, y sin ningún derecho a reclamos, la eliminación del registro como empresa habilitada.- Artículo 25 .- DEL PERITAJE TECNICO a.- Toda Empresa de Limpieza registrada ante la Dirección de Higiene y toda persona individualizada en el artículo 1º tendrá derecho al peritaje técnico de comprobación de acuerdo a lo establecido en el presente Decreto.- b.- Los funcionarios designados por la Dirección de Higiene realizarán la extracción de las muestras de control. Si el resultado de los análisis realizados en el Laboratorio Municipal, indicaren que la muestra no reúne las condiciones de potabilidad exigidas, se extraerá una nueva muestra con testigo, dándose aviso inmediato de tal circunstancia a la empresa gestionante o al edificio correspondiente. La muestra testigo deberá ser lacrada con el sello del involucrado o en su defecto con el sello municipal, permaneciendo en custodia en el Laboratorio Municipal.- Si el interesado deseare tener una muestra para su análisis particular deberá solicitársela al funcionario actuante y deberá proporcionar los recipientes adecuados.- c.- En caso de hacer uso del derecho al peritaje, el gestionante deberá presentar un profesional universitario capacitado en el área en litigio, quien realizará los análisis comprobatorios dentro de un plazo establecido por los técnicos municipales, el que será ajustado, dependiendo de la naturaleza de la infracción y por consiguiente del tipo de análisis a desarrollar. d.- El análisis de comprobación se realizará sobre la muestra "testigo", por parte del técnico representante de la parte interesada y en presencia del Director de Higiene, Jefe de Laboratorio o funcionario técnico que lo represente o sustituya. Se labrará acta pormenorizada de todo lo pertinente al peritaje técnico.- e.- El acto de análisis de comprobación que se realizará en el Laboratorio Municipal deberá ajustarse al siguiente procedimiento: Una vez reconocida la integridad de la muestra testigo y después de que así se haya hecho constar, bajo firma la parte interesada, se procederá a extraer la alicuota necesaria para el análisis.- Los reactivos, medios de cultivo y técnicas empleadas serán, indefectiblemente, las mismas que las aplicadas por la Intendencia Municipal de Maldonado, en sus análisis de rutina.- f.- En caso de que, por impericia, o mala fe, el técnico de la parte interesada, no siguiera estrictamente el "modus operandis" relativo a los métodos analíticos adoptados, el funcionario en representación de la Intendencia Municipal de Maldonado podrá suspender los análisis, dando cuenta de ello y dejando constancia en el Acta. 2º) Pase al Ejecutivo Comunal a sus efectos. EXPEDIENTE Nº 099/01: DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO DE COMISIONES, Sr. Carlos Pérez, su Proyecto de Reglamento para el funcionamiento de las Comisiones del Cuerpo. Luego de que se da lectura al informe favorable de la Comisión de Reglamento donde consta además el agradecimiento por su colaboración a la Directora de Dirección Legislativa Sra. Nelly Pietracaprina y las felicitaciones que deben ser anotadas en la foja de servicio, para el Sr. Director Carlos Pérez Birriel por la autoría, es aprobado el presente Informe por la unanimidad de presentes (23 votos) con el agregado del Edil Sr. Guillermo Ipharraguerre, respecto a que este reglamento comience a regir una vez finalizado el receso que decrete la Corporación. A continuación se transcribe el texto aprobado: Visto lo informado por la Comisión de Reglamento que este Cuerpo comparte, LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESION DE LA FECHA, DICTA EL SIGUIENTE REGLAMENTO INTERNO DE SUS COMISIONES.- Artículo 1º) Del presente Reglamento. Las distintas Comisiones de la Junta Departamental de Maldonado se gobernarán internamente por el presente Reglamento, cuyas disposiciones obligan en lo que sea pertinente, a cuantos intervengan en el funcionamiento de las mismas. Artículo 2º) Modificaciones. Todas las modificaciones que se propongan al presente Reglamento, deberán contar con informe favorable de la Comisión de Reglamento del Cuerpo y el voto conforme de la Mayoría Absoluta Global de la Corporación (16 votos). Artículo 3º) Precedentes. Las Resoluciones sobre aplicación del Reglamento, que se tomen ocasionalmente en la discusión de cualquier asunto o en el curso de los procedimientos de una sesión de Comisión, se considerarán como simples precedentes sin fuerza obligatoria para la práctica sucesiva. Artículo 4º) Derecho a reclamar su cumplimiento. Todo Sr. Edil podrá reclamar la observancia del presente Reglamento, siempre que juzgue se contraviene a él, y el Presidente de Comisión lo hará observar si a su juicio, es fundada la reclamación. Si no lo juzgare así, y el autor de la denuncia o el miembro contra quien se haga la reclamación insistiere, el Presidente de inmediato someterá el caso a votación. Artículo 5º) De la naturaleza jurídica de las Comisiones y su clasificación. Las Comisiones de la Junta Departamental son órganos pluripersonales, previstos en la legislación vigente, cuyo cometido genérico es asesorarlo en el ejercicio de sus poderes jurídicos de legislación, de control administrativo o administración interna. Artículo 6º) Las Comisiones de la Junta Departamental son de tres clases: a) Permanentes, b) Especiales y c) De investigación. Artículo 7º) Funciones de las Comisiones Permanentes. Cumplen funciones de asesoramiento continuado al Plenario, y en determinadas materias, en ejercicio de sus poderes jurídicos de legislación, control administrativo de administración interna. Serán nombrados por un período anual y sus miembros podrán ser reelectos. Artículo 8º) Funciones de las Comisiones Especiales. Cumplen funciones de asesoramiento al Plenario en un asunto determinado de legislación, de control o de administración interna y serán nombrados por el tiempo que exija la resolución del asunto. Aquellas Comisiones Especiales que estén integradas con un solo Edil por lema, se regirán por el sistema de Voto Ponderado, es decir, el voto de cada Legislador se cuantificará de acuerdo al número de Ediles que integren el lema que representa. Artículo 9º) Funciones de las Comisiones de Investigación. Estas asesoran al Plenario en ejercicio de sus poderes jurídicos de legislación como de control administrativo. Pero su designación sólo procede cuando en las situaciones o asuntos a investigar se hayan denunciado con fundamento la existencia de ilicitudes o irregularidades. Estas Comisiones tendrán los poderes jurídicos que le otorgue el Plenario. Estos poderes jurídicos no pueden ser de naturaleza legislativa o jurisdiccional. Artículo 10º) Estas Comisiones solo pueden se integradas por Ediles, sin perjuicio del asesoramiento que puedan requerir a personas que no tengan esa calidad. Artículo 11º) Los cometidos de estas Comisiones no pueden ser ejercidos respecto de materias no sujetas a su regulación legal, ni fuera de su ámbito administrativo. Artículo 12º) Toda persona llamada a declarar como testigo en una Comisión Investigadora, tendrá derecho a ser asistida de abogado. Artículo 13º) Plazo para dictamen de las Comisiones Especiales. Al tiempo de su designación se establecerá el plazo de actuación, no pudiendo el mismo y sus prorrogas superar los once meses. Artículo 14º) Comunicación de la nómina de expedientes a estudio. El Departamento de Comisiones remitirá a conocimiento del Sr. Presidente de la Corporación, dentro de la primera semana de iniciado su ejercicio anual legislativo, la nómina de asuntos pendientes de estudio en la totalidad de las Comisiones Permanentes y Especiales del Cuerpo, como asimismo de los plazos de vigencia de éstas últimas. De igual forma y en un plazo no inferior a los veinte días antes del final de su mandato, el Departamento de Comisiones elevará nota al Sr. Presidente, indicando la nómina de los expedientes pendientes de resolución y de aquellas Comisiones Especiales que aún no hayan dado cumplimiento al motivo de su formación. Artículo 15º) Para adoptar el régimen de Comisión General. Toda Comisión por mayoría relativa, podrá resolver trabajar bajo el régimen de Comisión General, a los efectos de deliberar sobre algún asunto arduo o complicado que exija explicaciones preliminares y a cuyos efectos se invite al Ejecutivo Comunal o a representantes de Organismos Públicos o Privados. Bajo régimen de Comisión General no se tomará decisión alguna. Artículo 16º) Actuación en los recesos. Las Comisiones Permanentes, Especiales e Investigadoras no podrán celebrar reunión durante los períodos de receso, salvo expresa autorización concedida por mayoría absoluta del total de componentes de la Junta Departamental. Los recesos suspenden los plazos fijados por el Cuerpo a sus Comisiones para expedirse. Artículo 17º) Distribución de cargos entre Lemas Políticos. (Artículo 94º) Inc. 1º) Las Comisiones Permanentes excepto la del Orden del Día, estarán constituidas por cinco miembros, tres de la mayoría, dos por la minoría e informarán sobre los asuntos de su propia incumbencia. Inc. 2º) Las Comisiones Especiales y las Investigadoras, estarán constituidas por los miembros que resuelva el Plenario en cada caso por mayoría simple. Las tres Comisiones Especiales antes indicadas, contarán con tantos miembros como Lemas políticos estén representados en la Junta Departamental, correspondiéndole a cada uno tantos votos como Ediles integren su Partido. Artículo 18º) Derechos de Lemas no representados. Todo Lema que no esté representado en una Comisión, tendrá derecho a hacerse oír en ella por intermedio de un Delegado, el cual será nominado originalmente, en forma conjunta a los Ediles miembros Titulares y Suplentes, y con las mismas formalidades que éstos. Dichos Delegados recibirán la misma documentación y material que los miembros, no tendrán voto en las decisiones de las Comisiones y podrán suscribir los informes haciendo constar su calidad de Delegado. Artículo 19º) Designación de los Secretarios Administrativos. Dentro de los primeros treinta días de iniciada la Legislatura, el Sr. Presidente en acuerdo con el Secretario General y con el Director del Departamento de Comisiones, designará a los funcionarios que se habrán de desempeñar como Secretarios Administrativos en las diferentes Comisiones Permanentes y Especiales del Cuerpo. Posteriormente y dentro de los primeros quince días de cada ejercicio anual legislativo, el Sr. Presidente celebrando acuerdo con el Secretario General y con el Director del Departamento de Comisiones, podrá realizar las modificaciones que se entiendan necesarias en la adjudicación de las secretarías administrativas. Artículo 20º) Constitución de las Comisiones. A los efectos del Acto constitutivo de las comisiones, harán qüorum solamente los miembros titulares y en el número mínimo reglamentario de tres Sres. Ediles. Recién luego de constituidas las Comisiones los miembros suplentes podrán subrogar a los titulares, en caso de ausencia de estos. A todo los efectos, a cada Edil Titular le corresponderá en todas las Comisiones, un solo Edil Suplente. En caso de renuncia de un miembro de la Comisión, la bancada a la que corresponda deberá proponer el reemplazante. Artículo 21º) Designación de la Mesa de cada Comisión. Las Comisiones elegirán al principio de cada Legislatura y una vez designados sus miembros sus autoridades, un Presidente, un Vice -Presidente y un Secretario. Para la adjudicación de estos cargos se trabajará sobre la base de acuerdos políticos que atiendan el derecho democrático a la participación. En todos los casos los cargos serán designados por mayoría de presentes. Artículo 22º) Designación de Presidente Ad-Hoc. Sin no se hallare en Sala el Presidente o el Vicepresidente, los miembros presentes elegirán entre ellos un Presidente Ad-Hoc, el cual actuará hasta que concurra el Presidente o el Vicepresidente, o hasta que finalice el Acto. En caso de sesión de Comisiones Integradas, su titular será siempre un Presidente Ad-Hoc, el cual será electo de entre uno de los miembros de las Comisiones convocadas. Artículo 23º) Régimen de Trabajo. Seguidamente y en el mismo acto, se procederá a determinar los días y horas de reunión en que se habrán de celebrar las sesiones ordinarias de comisión, las que podrán ser semanales, quincenales, etc., de acuerdo al volumen de trabajo pendiente. Para todas las Comisiones se establece una prórroga de tolerancia de media hora a contar del momento de inicio fijado, luego de lo cual y en caso de constatarse por Secretaría Administrativa la falta del qüorum reglamentario para sesionar, labrará Acta y sin más trámite, se dará por desierto el Acto. Artículo 24º) De la función del Presidente El Presidente de Comisión será quien dirija el debate, ordene las mociones que se presenten, las haga votar y hará de miembro informante. Convocará a sesión extraordinaria, firmará las Actas, solicitudes de informes y toda comunicación que resuelva realizar la Comisión. Más allá de ello, solo le corresponderán los mismos derechos y obligaciones que los otros miembros de Comisión. Artículo 25º) De la función del Vicepresidente El Vicepresidente subrogará al Presidente en su ausencia, con todas las facultades de éste, las que se indican en el artículo anterior. Artículo 26º) De la función del Secretario El Secretario suscribirá conjuntamente con el Presidente las Actas, los pedidos de informes y toda comunicación que se realice. En el caso de que el Secretario no asista a la reunión, ocupará tal calidad su suplente respectivo en la Comisión, contando con las mismas atribuciones. Artículo 27º) De la función de los Secretarios Administrativos de Comisión. A cada Comisión le corresponderá un Secretario Administrativo designado según lo establecido en el artículo 19º), el cual deberá: a) Observar en todo momento el fiel cumplimiento del presente Reglamento, siendo responsable de ello en cuanto a su labor en tiempo y forma. b) Llevar todo el trabajo administrativo de la Comisión, encargándose de realizar las citaciones que correspondan, recibir toda documentación o comunicación remitida y ponerla en conocimiento de la Comisión. c) Llevar la nómina de asuntos pendientes de consideración, de la cual se hará repartido entre los miembros, para su conocimiento y previo estudio de los expedientes si así lo requirieran los Sres. Ediles. d) Estudiar las distintas normas legales y reglamentarias que traten sobre la materia de actuación de las Comisiones que atienden, a fin de brindar su asesoramiento a la Comisión. e) Proceder al estudio de los distintos expedientes, a efectos de desarrollar su trabajo con la mayor certeza y eficiencia. f) Redactar los Informes, Actas, Notas y cualquier tipo de resolución a que se haya arribado, siempre de acuerdo a la voluntad de las Comisiones. g) Mantener contacto permanente con el Director del Departamento, a efectos del control de la documentación que se elabore y de la coordinación del trabajo de las Comisiones entre ellas, con el resto del Cuerpo y con el ámbito externo al mismo. Artículo 28º) Citaciones. La citación de las Comisiones fuera del régimen ordinario que se fijare, sólo podrá ser dispuesta por el Presidente de la misma o el Vicepresidente, en su caso, o a solicitud firmada por la mayoría de sus miembros, con una anticipación mínima de seis (6) horas a la hora de comienzo dispuesta. Artículo 29º) Anulación de Sesiones Ordinarias o Extraordinarias. Las sesiones ordinarias se podrán dejar sin efecto por la voluntad de la Mayoría Absoluta Global de sus componentes. Por su parte las sesiones extraordinarias podrán ser dejadas sin efecto por igual qüorum o por voluntad escrita del o de los convocantes. Artículo 30º) Del Orden del Día de las Comisiones. La conformación de dicho Orden del Día se establecerá en forma cronológica, siendo el Secretario Administrativo el encargado de su manejo, de acuerdo al presente criterio. No obstante ello, y cuando se observare la existencia de asuntos que por su importancia, interés departamental, o que contengan vencimientos de plazos, se podrá en acuerdo previo entre los miembros de Comisión, otorgarles una ubicación de tratamiento preferencial. Iniciada la Sesión de Comisión, cualquier miembro podrá solicitar la modificación del Orden del Día, moción ésta que sometida a votación, deberá contar con la anuencia de la mayoría simple de presentes para lograr resultado afirmativo. Artículo 31º) De las Comisiones Integradas. Cuando se celebren reuniones de Comisiones integradas, cada comisión deberá contar con el qüorum mínimo reglamentario para sesionar, es decir tres miembros. En caso de que hayan Ediles que sean miembros de más de una Comisión, dichos Legisladores representarán a tantas Comisiones como integren. Un miembro titular que integre más de una Comisión en sesión integrada, podrá delegar su representación en otra/s en su suplente/s respectivo/s, debiendo expresar tal voluntad a la Mesa de la Comisión, a los efectos de su constancia en el Acta respectiva y del conteo de los sufragios que se realicen. Artículo 32º) De las votaciones en sesiones de Comisiones integradas. A tales efectos y en virtud de ser formalmente un Acto único, se entenderá que se trata de una sola Comisión, por lo cual el resultado de la votación surgirá del número de miembros representantes que voten por la afirmativa, sobre la totalidad de los miembros representantes que integren las comisiones en ese momento reunidas. No será válido el criterio de individualizar las votaciones por Comisión en particular. Artículo 33º) Qüorum para deliberar y resolver. Las Comisiones podrán deliberar con la presencia mínima de tres de sus miembros y resolver por mayoría de presentes. Artículo 34º) Uso de la palabra y Asistencia. Sin perjuicio del derecho de los firmantes de proyectos, de los Sub-Lemas no representados en una Comisión, del denunciante en una investigación y de los invitados que se resolviere recibir, el derecho a hacer uso de la palabra en el seno de las Comisiones, estará limitado a sus miembros titulares o suplentes respectivos en caso de ausencia de aquellos. Si las actuaciones se declaran secretas por el Plenario de la Corporación, el derecho de asistencia quedará restringido a los miembros de Comisión, al Secretario Administrativo de la misma, al denunciante en caso de investigación y a los especialmente invitados por ella. Respecto de la asistencia a sesiones de Comisión de Sub - Lemas no representados en la misma, dichos sectores deberán previamente y por escrito, dar cuenta al Presidente del Cuerpo de su interés en concurrir como observador, debiendo nominar a un (1) Legislador, el cual podrá asistir durante el ejercicio anual en que se presente la solicitud. Todo sector político que no esté representado en una Comisión tendrá derecho a hacerse oír en ella por intermedio de un delegado que, al efecto, indicará al Presidente de la Corporación. Este delegado, que recibirá la misma documentación que los miembros, no tendrá voto en las decisiones de la Comisión, pero sus opiniones se consignarán en el informe si así lo solicita.- Artículo 35º) De los Ediles "observadores" Salvo resolución en contrario todo Edil tendrá derecho a concurrir a una Comisión de la cual no es miembro en carácter de oyente, no teniendo ni voz ni voto. Artículo 36º) Inasistencias. Si por ausencia injustificada de algunos miembros, la Comisión no se hallare en qüorum para resolver durante cuatro reuniones ordinarias consecutivas, cualquiera de sus miembros podrá denunciar tal hecho al Sr. Presidente, quien dará cuenta a la Junta Departamental en la primera sesión, pudiendo solicitar a la Bancada del o de los Ediles en falta, su remplazo. Artículo 37º) Asesoramiento. Las Comisiones, previa gestión del Sr. Presidente del Cuerpo, se asesorarán en la forma que lo estimen más conveniente, pudiendo invitar al Ejecutivo Comunal, a organizaciones públicas o privadas y a particulares para que concurran a sus reuniones, cuando fuere pertinente, a fin de oírlos, o recurrir a los servicios del Cuerpo de Asesores de la Corporación. Artículo 38º) Asistencia de público y particulares Queda expresamente prohibida la asistencia a las Comisiones, de particulares o cualquier otra persona ajena al trabajo de las mismas, excepto que hayan sido formalmente invitadas por decisión mayoritaria. Toda persona física o jurídica que desee ser recibida por una Comisión, deberá elevar nota indicando sus motivos y propósitos. Tal solicitud será considerada en la sesión inmediata a su recepción, comunicándosele posteriormente por Secretaría Administrativa de la decisión adoptada. Artículo 39º) Derechos de autores de proyectos a estudio. Las Comisiones deberán comunicar a los autores de los proyectos, la fecha en que ha de iniciarse su estudio, a fin de que concurran si lo creen conveniente, para suministrar nuevos datos o ampliar la exposición de motivos. Artículo 40º) Informes de Comisión. Los informes de Comisión serán firmados únicamente por los cinco miembros que la integran, siendo válida la de los respectivos suplentes, cuando éstos reemplacen a los titulares en el desarrollo de la sesión, en cuyo caso asumen todos sus derechos y obligaciones. No se admitirá bajo ningún concepto, que en un mismo informe luzcan las firmas de un titular y su suplente respectivo; debiendo coincidir las firmas del o de los informes, con la integración de la Comisión según conste en el Acta correspondiente. Aquellos Lemas no representados en las Comisiones, podrán suscribir los informes a través de sus Delegados, debiendo dejar constancia de tal calidad debajo de la firma. Todos los informes serán escritos, estableciéndose en ellos además los fundamentos de las discrepancias si las hubiere. Artículo 41º) De la presentación de los informes. Los informes de Comisión, ya sean en mayoría o en minoría, podrán ser adjuntados al expediente que se trate, sin plazo, siempre que ello sea previo a su Resolución, por parte de la Junta Departamental. En caso de más de un informe, se adjuntará primero el informe de Comisión, seguidamente el del autor del Proyecto en caso que lo hubiere, y luego el o los informes en minoría. Cuando los informes discrepantes tengan igualdad de firmas, se adjuntarán al expediente por orden que establecerá el Presidente o el Vicepresidente, en su caso, o el Presidente Ad-Hoc actuante en la oportunidad. El Plenario resolverá en el momento oportuno, cuál de ellos tomará como base para la discusión particular. Artículo 42º) De la vista de los informes de Comisión. Los informes de Comisión, previamente a su consideración por el Plenario de la Corporación - con excepción de las Comisiones Secretas - podrán ser observados por la totalidad de los Sres. Ediles, sean miembros o no de las Comisiones que dictaminen. Tal acceso lo tendrán además, aquellos funcionarios de carácter político o de carrera, que en el desarrollo de sus funciones requieran contar con dicha información. Artículo 43º) Archivo de Asuntos. Las Comisiones podrán resolver el archivo por La Mesa del Cuerpo, de aquellos asuntos cuyas gestiones fueran iniciadas fuera del ámbito de las oficinas de la Intendencia Municipal. A tales efectos, posteriormente por Boletín se dará cuenta a la Junta Departamental de tal resolución. Artículo 44º) Actas. Las Comisiones llevarán libros de Actas de sus reuniones, debiendo en la siguiente sesión darles lectura, ser sometidas a votación y posteriormente suscritas, independientemente de que se observe la necesidad de hacerles modificaciones, las que se salvarán en el Acta correspondiente a la presente sesión. Artículo 45º) De la iniciativa en la organización de eventos. En el desarrollo de su actividad legislativa, las Comisiones podrán aconsejar a la Junta Departamental la realización de algún evento de carácter conmemorativo, de homenaje o cultural, de cuya organización será exonerado el Departamento de Comisiones. No obstante, el Secretario Administrativo de la Comisión respectiva, deberá cumplir funciones de nexo con la Sección responsable de organizar el evento. Artículo 46º) Miembros informantes. En todos los casos, el miembro informante de Comisión será su Presidente, o en su ausencia en la sesión en que se resolvió el asunto, será quien hubiere actuado como Presidente. Previo acuerdo de la Comisión, podrá actuar también como miembro informante el Edil que, siendo miembro de la Comisión hubiere sido el autor del Proyecto, u otro Edil que así se hubiera resuelto. En caso de la existencia de más de un informe, podrá haber tantos Miembros Informantes como informes hayan. (Artículo Nº 96 Reglamento Interno de la Junta Departamental). Artículo 47º) Agrégase al Art. 94º) del Reglamento de la Junta Departamental el siguiente inciso: "Inc. 3) Las Comisiones para su integración y funcionamiento, además de lo establecido en este Reglamento, se regirán por el Reglamento de Comisiones".- Artículo 48º) Las disposiciones establecidas en este Reglamento, entrarán en vigencia, una vez finalizado el Receso a decretarse por la Corporación en el presente ejercicio.- Artículo 49º) Comuníquese, téngase presente y archívese. EXPEDIENTE Nº 678/4/00: TRIBUNAL DE CUENTAS, su dictamen relativo a la aceptación y levantamiento de las observaciones al Presupuesto Quinquenal 2001 – 2005 de esta Corporación. Se refieren sobre este asunto los Ediles Sres. Guillermo Ipharraguerre y Jorge Núñez. En consecuencia, LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESION DE LA FECHA (por unanimidad 25 votos), RESUELVE: Visto lo informado por la Comisión de Presupuesto y Hacienda que este Cuerpo comparte: 1º) Convalídase el informe formulado en autos por la Dirección Financiero – Contable, así como también la reasignación aprobada por la Mesa de la Corporación en Expediente Nº 504/01, la que no fue observada por el Tribunal de Cuentas de la República en su acuerdo del 3 de setiembre próximo pasado.- 2º) Dispónese que la reasignación de los conceptos incluidos en el Objeto 2.9.9. "Otros Servicios" del Presupuesto Quinquenal 2001 – 2005 es la siguiente: * Del Objeto 2.9.9. $130.000 al Objeto 2.3.5. $ 130.000 (partida para cada ejercicio). * Del Objeto 2.9.9. $51.000 al Objeto 2.3.4 $51.000 (partida para cada ejercicio).- 3º) Elimínase de la asignación prevista en el Presupuesto Quinquenal 2001 – 2005 para el objeto 2.9.9. "Otros Servicios" la partida anual de $ 5000 destinada a premios.- 4º) Fíjase el crédito presupuestal del Objeto de gasto 2.9.9. en la suma de $168.500 por cada uno de los ejercicios previstos en el Presupuesto Quinquenal. 5º) Comuníquese al Tribunal de Cuentas de la República. Seguidamente el Sr. Secretario General propone al Cuerpo, que autorice al Primer Vicepresidente, Edil Sr. Fernando García a firmar los expedientes aprobados en esta Sesión y demás expedientes de trámite que ingresen durante la semana entrante, en virtud de que el Sr. Presidente se ausentará del País para participar del Congreso Latinoamericano de Parlamentos Municipales. Siendo concedida esta autorización por la unanimidad (25 votos). Por último el Edil Sr. Carlos Martins solicita el trámite urgente para todos los asuntos considerados en la noche de hoy, lo que es aprobado por unanimidad (25 votos). Siendo la hora veintidós y veintinueve minutos y no siendo para más, el Sr. Presidente da por finalizada la Sesión, labrándose para su debida constancia la presente que se firma en el lugar Ut - Supra y fecha últimamente mencionada. Se deja constancia que todo lo actuado en esta Sesión, así como las expresiones vertidas en el transcurso de la misma por los diferentes Sres. Ediles que se mencionan, figuran en la Versión Taquigráfica de la fecha. ASISTENCIA A SALA. Durante el transcurso de esta Sesión, han alternado Bancas en el Partido Nacional los Ediles Sres. Javier Sena, Federico Casaretto, Jorge Núñez, Walter Acosta, Cristina Acuña, Fernando García, Martín Laventure, Guillermo Ipharraguerre, Leonel Bernhardt y los Suplentes Sres. Walter Tassano, Guillermo Moroy, Miguel A. Lemos, Cristhian Estela, Carlos Rodríguez, Luis Bonnet, Oscar Sánchez, Francisco Salazar, Edison Rodríguez, Carlos Martins y Euclides Melgarejo. En el Partido Encuentro Progresista – Frente Amplio, los Ediles Sres. Luis Huelmo, Mary Araújo, Ruben Toledo, Roberto Domínguez, Oscar de los Santos, Gastón Pereira, Horacio Díaz y los Suplentes Sres. Alba Clavijo, Marlene Chanquet, Washington Ortega, Rosa Piazzoli, Lourdes Ontaneda, Daniel Rodríguez y Miltón Hernández. En el Partido Colorado los Ediles Sres. Eduardo Elinger, Marcelo Galván, Elsa Díaz, Germán Cardoso, Eduardo Ipar, María E. Alvárez y los Suplentes Sres. Luis Muñiz, María del H. Ocampo, Carlos Mendieta, Jorge Huelmo y Amelia Hernández.-
Sr. Javier Sena
Presidente
Sr. Nelson Martínez
Secretario General