ACTA Nº 768.- En la ciudad de Maldonado a los diez días del mes de setiembre del año mil novecientos noventa y nueve, respondiendo a la convocatoria cursada a efectos de celebrar Sesión Ordinaria la Junta Departamental, concurren a Sala los Ediles Sres. Francisco Mesa, Dreyfus Pérez Abreu, Luis Pardiñas, Julio Macedo, Enrique Baeza, Atahualpa Javier, Raúl Méndez, Teresa Silva, Walter Moyano, Miguel Romero, Rudy Prior, Gustavo Scarpa, Ciro Quijano, Walter Camejo, Nelson Díaz Castro, Cecilia Vega, Daniel Lazo, Huber Bentos, Juan C. Bayeto, Ariel Fuksman, Walter Bonilla y los Suplentes Sres. Francisco Giménez, Euclides Melgarejo, Nelson Blanco, Eduardo Barran, Francisco Salazar, Jorge Guaraglia, Nelson Guerra e Ignacio Macedo. Falta con aviso el Edil Sr. Juan A. Fernández, haciéndolo sin aviso los Sres. Juan Marquine, Fernando Lara y Ana Ma. González. Preside el Acto el Edil Sr. Francisco Mesa, actuando en Secretaría el Secretario General Sr. Nelson Martínez, en la Secretaría de Actas la Directora de Dirección Legislativa Sra. Nelly Pietracaprina, y adscriptos a la misma, los funcionarios administrativos Sres. Julián Astiazarán y Yaquelin Arostegui. Siendo la hora veintidós, da comienzo la Sesión con la consideración del Acta anterior Nº 767, la que es aprobada por la unanimidad de presentes (29 votos). Ingresa a Sala la Edil Sra. María J. Sosa. Seguidamente, el Edil Sr. Rudy Prior manifiesta que se acordó con los Coordinadores de las diferentes Bancadas la suspensión de la Media Hora Previa, mocionando en tal sentido es acompañado por la mayoría del Cuerpo (29 votos en 30). Se retiran de Sala los Ediles Sres. Rudy Prior y Euclides Melgarejo e ingresan los Sres. César García y Nario Palomino. A continuación, el Edil Sr. Juan C. Bayeto, solicita la palabra para plantear una Cuestión de Fueros, por entender que han sido lesionados los de esta Junta Departamental, en función de algunas declaraciones públicas vertidas por el Sr. Alfredo Etchegaray con respecto a la Licitación del Centro del Espectáculo de Punta del Este, en las que considera el citado Edil se involucra el accionar de la Comisión Especial de este Cuerpo que entiende en el tema. Por mayoría (21 votos en 30) se dispone habilitar la discusión de este asunto. Ingresan a Sala los Ediles Sres. Lourdes Ontaneda, Rodrigo Blas y Rudy Prior, retirándose los Sres. Nelson Guerra, Eduardo Barran y Nelson Blanco. De inmediato, retoma la palabra el Edil Sr. Bayeto quien continúa fundamentando el motivo de su requerimiento, luego de lo cual se genera un prolongado intercambio de opiniones entre varios Sres. Ediles los que exponen sus diferentes puntos de vista sobre el particular. Seguidamente el Edil Sr. Miguel Romero, solicita que por Secretaría se de lectura a la moción presentada a la Mesa, luego de lo cual continúa el tratamiento del tema, manifestándose al respecto los Ediles Sres. Cecilia Vega, Ciro Quijano, María J. Sosa, Rodrigo Blas, Julio Macedo, (quien refiriéndose a la moción, sugiere como agregado que el Asesor Letrado del Cuerpo informe, si el asunto amerita posteriores acciones administrativas y/o judiciales, habilitando a la Mesa en tal caso, a adoptar las medidas pertinentes) y Lourdes Ontaneda quien además requiere votación nominal para la moción antedicha. Puesta a consideración la misma, con el agregado del Edil Sr. Julio Macedo, obtiene resultado afirmativo por mayoría (21 votos en 30), sufragaron por la afirmativa los Ediles Sres. Dreyfus Pérez, Francisco Giménez, Luis Pardiñas, Nario Palomino, Julio Macedo, Francisco Salazar, César García, Rudy Prior, Enrique Baeza, Miguel Romero, Atahualpa Javier, Raúl Méndez, Teresa Silva, Walter Moyano, Ariel Fuksman (fundamenta), Rodrigo Blas, Ignacio Macedo, Walter Bonilla, Lourdes Ontaneda, Juan C. Bayeto y el Sr. Presidente Francisco Mesa, haciéndolo por la negativa los Sres. Walter Camejo, Jorge Guaraglia, Gustavo Scarpa, Ciro Quijano, Huber Bentos, Nelson Díaz Castro, Cecilia Vega (fundamenta), Daniel Lazo y María J. Sosa. En consecuencia la Junta Departamental haciendo lugar a la Cuestión de Fueros, DECLARA: Que el día 6 de setiembre ppdo. el Sr. Alfredo Etchegaray, en el programa de Brava FM que se emite en horas de la mañana y el día 9 del cte. en el Diario El Observador, pág. 15, ha atacado los fueros de los Ediles de esta Junta Departamental, y en especial en los Ediles integrantes de la Comisión Especial que entiende en la situación del Centro del Espectáculo, Sres. Miguel Romero y Juan C. Bayeto, cuando expresa "Los que se oponen a la adjudicación están defendiendo a los propietarios de Edificios ubicados enfrente al Centro del Espectáculo. Otros se oponen por intereses políticos preelectorales". De lo expuesto surge con claridad que el Sr. Etchegaray ha afectado el fuero de los Ediles, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley Orgánica Municipal, por lo que ha violentado nuestras libertades para el ejercicio de nuestras atribuciones, ya que hemos vertido opiniones en el desempeño de nuestras funciones con el propósito de defender los intereses generales del Departamento y sin ningún interés personal ni propósito preelectoral. Nuestras opiniones se han vertido en el cumplimiento de nuestras funciones, para salvaguardar los tan preciados valores para los que fuimos elegidos. Por lo tanto esta Corporación repudia las palabras y actos conexos realizados por el Sr. Alfredo Etchegaray y su empresa Old Farm que atentan contra la filosofía turística imperante y el deseo de nuestros conciudadanos. Comuníquese a los medios de prensa Nacionales y Departamentales, al Ministerio de Turismo, a la Intendencia Municipal y al Ministerio de Transporte y Obras Públicas. Cumplido, pase a la Asesoría Jurídica del Cuerpo a efectos de que se sirva informar, si el punto amerita otras acciones administrativas y/o judiciales y en tal caso, habilítase a la Mesa de la Corporación a adoptar las medidas pertinentes. A esta altura, siendo la hora veintidós y veintisiete minutos, el Sr. Presidente solicita se pase a sesionar bajo el Régimen de Comisión General a efectos de recibir al Sr. Intendente Municipal que se encuentra en la antesala de este recinto. Temperamento que es acompañado por unanimidad. Siendo la hora veintidós y veintiocho minutos, ingresa a Sala el Sr. Intendente Don Camilo Tortorella, acompañado del Secretario General Arq. José Luis Real y los Asesores Dra. Bethel Rodríguez, Dr. Gabriel Adriazola y Sr. Nuble Guadalupe, haciéndose entrega en el mismo momento a todos los Sres. Ediles, de carpetas proporcionadas por el Ejecutivo Comunal, conteniendo las respuestas a los distintos cuestionamientos efectuados por esta Junta que motivaran el llamado a Sala, así como diversa documentación anexa. El Sr. Presidente da inicio al debate, otorgándole la palabra al Sr. Intendente Municipal quien se refiere a los motivos de su presencia en Sala, el que responde al llamado oportunamente resuelto por la Corporación y que le fuera comunicado por el Presidente del Cuerpo, actitud que agradece. Seguidamente el Edil Sr. Julio Macedo, haciendo referencia a los antecedentes contenidos en las referidas carpetas y a efectos de ordenar los planteamientos, propone como procedimiento a seguir, que se de lectura en primer término al ítem "a)" de las conclusiones finales del informe en mayoría emitido oportunamente por la Comisión Investigadora (Expte. Nº 50/99), aprobado por esta Junta, e inmediatamente se de lectura a la respectiva respuesta, que se desprende de la documentación que figura en las citadas carpetas y así sucesivamente hasta el ítem "k)", permitiendo este procedimiento el análisis puntual de cada ítem. Temperamento que es acompañado por la unanimidad del Cuerpo, no obstante dejar sentado varios Sres. Ediles su disconformidad, con respecto a la imprevista entrega de las referidas carpetas en la noche de hoy, entendiendo que debieron hacerse llegar con la suficiente antelación, que permitiera el estudio más detenido de tan voluminosa información. La sesión continúa de acuerdo al procedimiento preestablecido y su desarrollo textual se desprende de la versión taquigráfica correspondiente. Durante la discusión, además de los Ediles antes mencionados, alternaron en Sala los Ediles Sres. Daniel Ancheta, Eduardo Bonilla, Jesús Macedo, Cristina Pérez, Pedro Zuasnabar, Alba Clavijo, Yamandú Espinosa, José Cabrera, Graciela Asiaín y Luis Páez. Se deja constancia que durante este régimen, se adoptaron las siguientes determinaciones: 1º)- A las veintitrés y cuarenta y dos minutos, prórroga de hora hasta finalizar este asunto, a solicitud del Edil Sr. Nelson Blanco, (unanimidad); 2º)- Declarar debate libre a propuesta del Edil Sr. Rodrigo Blas (mayoría); 3º)- A las dos y veintisiete minutos, cuarto intermedio de cinco minutos propuesto por la Edil Sra. Cecilia Vega (mayoría); 4º)- A las dos y cuarenta y un minutos, cuarto intermedio de diez minutos sugerido por el Edil Sr. Juan C. Bayeto (unanimidad); 5º)- Considerar en la noche de hoy los ítems "a)" y "b)" y decretar un cuarto intermedio hasta el día martes 21 de los corrientes a las 20 Hs., a efectos de continuar el tratamiento de los restantes ítems, moción ésta del Edil Sr. Enrique Baeza, aprobada por la mayoría del Cuerpo (22 votos en 29) mediante votación nominal, que se transcribe: POR LA AFIRMATIVA: Francisco Giménez, César García, Luis Pardiñas, Nario Palomino, Pedro Zuasnabar, Julio Macedo, Nelson Blanco, Eduardo Barran, Enrique Baeza, Rodrigo Blas, Atahualpa Javier, Raúl Méndez, Teresa Silva, Rudy Prior, Walter Moyano, Ignacio Macedo, Ariel Fuksman, Daniel Ancheta, Alba Clavijo (fundamenta), Nelson Guerra (fundamenta), Eduardo Bonilla, el Sr. Vicepresidente Miguel Romero (quien ocupa la Presidencia desde la hora una y trece minutos del día once de los corrientes, habiéndose retirado de Sala el titular Esc. Francisco Mesa). POR LA NEGATIVA: Jorge Guaraglia, Walter Camejo, Ciro Quijano, Nelson Díaz Castro, Cecilia Vega (fundamenta), Daniel Lazo y María J. Sosa. Siendo la hora cuatro y veinticuatro minutos y habiendo finalizado la consideración de los ítems dispuestos, se entra en cuarto intermedio hasta el día martes 21 de los corrientes a las 20 Hs. Siendo la hora veinte y cuarenta y cinco minutos de la fecha prevista, se reinicia la Sesión, con la asistencia de los Ediles Sres. Francisco Mesa, Dreyfus Pérez Abreu, Luis Pardiñas, Julio Macedo, Walter Moyano, Enrique Baeza, Rudy Prior, Raúl Méndez, Rodrigo Blas, Miguel Romero, Huber Bentos, Ciro Quijano, Cecilia Vega, Ariel Fuksman, Walter Bonilla, Juan C. Bayeto, Shirley Ruiz, César García, Nelson Blanco, Francisco Giménez, Jorge Guaraglia y Nelson Guerra. Siendo la hora veinte y cuarenta y siete minutos, el Edil Sr. Miguel Romero solicita un cuarto intermedio de treinta minutos, el que resulta negativo por falta de qüorum reglamentario (14 votos en 22). A continuación, siendo la hora veinte y cuarenta y ocho minutos, el mismo Sr. Edil solicita nuevamente un cuarto intermedio de quince minutos, el que es aprobado por la mayoría del Cuerpo (19 votos en 22), reiniciándose la Sesión a la hora veintiuna y quince minutos, habiendo ingresado a Sala los Ediles Sres. Pedro Zuasnabar, Teresa Silva, Cristina Pérez, Daniel Lazo, Yamandú Espinosa, Nelson Díaz Castro, Gustavo Scarpa y Daniel Ancheta, retirándose los Sres. Miguel Romero, Huber Bentos y Walter Bonilla. A la hora veintiuna y dieciséis minutos por mayoría (20 votos en 27), ante solicitud del Edil Sr. Juan C. Bayeto se pasa a un cuarto intermedio de quince minutos, reiniciándose la Sesión a la hora veintiuna y treinta y cuatro minutos, ingresando a Sala además de los Ediles antes mencionados, los Sres. José Cabrera y Mario Rivas, habiéndose retirado los Sres. Enrique Baeza, Rudy Prior, Ciro Quijano, Cecilia Vega, Rodrigo Blas, Jorge Guaraglia y Gustavo Scarpa. A esta altura, el Edil Sr. Yamandú Espinosa solicita un nuevo cuarto intermedio de quince minutos, el que es aprobado a la hora veintiuna y treinta y cinco minutos por la mayoría del Cuerpo (16 votos en 22). Siendo la hora veintitrés y cuarenta y cinco minutos, se reinicia el Acto, ingresando a Sala además de los Ediles que se encontraban presentes, los Sres. Nario Palomino, Eduardo Bonilla, María J. Sosa y Cecilia Burgueño, habiéndose retirado los Sres. Luis Pardiñas, César García, José Cabrera y Mario Rivas. A esta altura, el Edil Sr. Nelson Díaz Castro solicita la prórroga de la hora, hasta culminar con el temario previsto para la noche de hoy, planteamiento que es aprobado por la unanimidad de presentes. Seguidamente, el Edil Sr. Rudy Prior solicita volver al Régimen Ordinario de Sesión, lo que es aprobado por unanimidad. A continuación, la Presidencia informa que se ha recibido una nota remitida por el Sr. Intendente Municipal Don Camilo Tortorella, donde explica los motivos por los que no concurre a Sala en la noche de hoy, nota a la que se le da lectura por Secretaría. De inmediato, la Mesa informa que se han recibido cinco mociones, a las que se le da lectura por su orden y a continuación se transcriben: PRIMERA MOCION: "Analizada la documentación que sobre la actuación del Sr. Intendente Municipal de Maldonado, respecto de los diversos aspectos que se han planteado; con cuestionamientos en lo referente a su gestión. Atendiendo en particular las ultimas consultas formuladas por el Sr. Intendente, para tratar de fundar a posteriori, conductas que entendemos irregulares, se solicita el inicio de Juicio Político al Sr. Intendente en mérito de las consideraciones que seguidamente se expresan. A)- En primer lugar, el avasallamiento de las potestades de la Junta Local Autónoma de San Carlos, no puede disimularse con argumentación jurídica alguna. No parece razonable sostener, que las potestades de las juntas en general y en particular de las autónomas, no tienen potestades de decisión ni posibilidades de resolver cuestiones relativas y/o suscitadas en el territorio de su competencia. B)- Sostener que la característica que distingue a las Juntas Locales Autónomas, solo es la electividad de sus integrantes, es quitar toda referencia al espíritu de su creación, que es la descentralización política y administrativa. C)- Sobre la gestión de las Juntas Locales autónomas, no existe jerarquía del Intendente, que carece de las facultades para determinar en ese territorio, las políticas de gobierno, en virtud de que los integrantes del órgano, son elegidos por el Cuerpo Electoral y por tanto, en el ejercicio de su competencia, son la única autoridad ejecutiva. Toda cortapisa, a esta realidad, significa sin más, cercenar los cometidos, y el alcance de su competencia (art. 288 de la Constitución de la República). D)- En segundo lugar, entendemos que el Sr. Intendente debe ser enjuiciado, por el incorrecto manejo que se ha realizado respecto de las subrogaciones de funcionarios a cargos jerárquicos, incluso más allá de su legalidad jurídica. E)- Entendemos que se ha evitado deliberadamente el contralor de esta Junta respecto de movimientos de fondos presupuestales, asignados al rubro "0". En efecto, esto y no otra cosa ocurre, cuando a espaldas de todo control de esta Junta, por la vía de los hechos se designa para ocupar cargos superiores, a funcionarios recién ingresados. No puede dejarse de sentir cierta sensación de que lo que se trata de hacer por parte del Sr. Intendente, es favorecer a allegados, ubicándoles en cargos de jerarquía, con el objetivo tal vez de perpetuar el control municipal, aun después de finalizado el mandato. Se viola el derecho contenido en el art. 8 de la Constitución de la República, ya que parece que para hacer carrera, o incluso para ser contratado, en la Intendencia Municipal de Maldonado, se debe estar cerca del Sr. Intendente. F)- En tercer lugar, debe enjuiciarse al Sr. Intendente, en virtud de que no ha existido un tratamiento adecuado respecto de los contratos de patrocinio y publicidad. No se estableció la contraprestación que el Municipio recibiría por el patrocinio, ni siquiera existe contrato que establezca las condiciones estipuladas. Se adjudicaron contratos de publicidad, por montos de enorme importancia económica, sin contralor de esta Junta, se realizaron modificaciones a las condiciones de llamados a licitación, luego de celebrado el contrato con el oferente que resultó adjudicado, beneficiando al contratante, con el consiguiente y/o eventual perjuicio para los oferentes que no resultaron seleccionados. En mérito de lo expresado y con lo previsto en los Arts. 102, 296 concordantes y complementarios de la CONSTITUCION DE LA REPUBLICA, al Sr. Presidente solicitamos: Se sirva dar trámite a Juicio Político contra el Sr. Intendente Municipal de Maldonado. Firman la precedente moción los Ediles Sres. Juan C. Bayeto, Walter Bonilla, Lourdes Ontaneda, Ariel Fuksman, Eduardo Bonilla y Daniel Ancheta". SEGUNDA MOCION: "Visto: 1º)- Las explicaciones que, en su segunda comparecencia ante este Cuerpo Legislativo, ha efectuado el señor Intendente Municipal. 2º)- Los informes producidos por la Comisión Investigadora en su oportunidad, así como los informes de los señores Ediles delegados de nuestra Bancada, que confirman la existencia de notorias y múltiples irregularidades administrativas, así como violaciones al ordenamiento legal vigente, cometidas por la Intendencia Municipal de Maldonado. Resultando: 1º)- Que con fecha 1º de julio del corriente año, oportunidad en que fueron oídas las explicaciones dadas en Sala por el señor Intendente en oportunidad de su primera comparecencia ante este Cuerpo Legislativo, nuestra Bancada resolvió observar la gestión del señor Intendente Municipal, por sus flagrantes y reiterados apartamientos del orden jurídico y las violaciones a la normativa legal que debe presidir su gestión. 2º)- Que asimismo y en dicha oportunidad, nuestra Bancada resolvió solicitar al señor Intendente una inmediata rectificación de procedimientos, a efectos de otorgar una mayor cristalinidad a la gestión de la comuna a su cargo, evitando actos y hechos que resultaren violatorios de normas jurídicas de necesaria vigencia en todo ordenamiento administrativo. Considerando: 1º)- Que lejos de atender las solicitudes antedichas, el señor Intendente Municipal ha reiterado los procedimientos irregulares referidos, continuando además con una política de nombramientos y subrogaciones de funcionarios municipales en altos cargos administrativos, con notoria violación genérica de las carreras administrativas del restante funcionariado de la Comuna, y con la única y comprobable finalidad de avalar una solución de acuerdo partidario del sector político al que pertenece. 2º)- Que asimismo, dichos nombramientos y subrogaciones violan el artículo constitucional número 62º, en su expresa remisión al Estatuto del Funcionario Público en lo pertinente a los gobiernos departamentales, dentro de cuyos principios se encuentra la protección jurídica de la carrera administrativa, así como el precepto constitucional contenido en el artículo número 58º, que establece el principio de que los funcionarios públicos están al servicio de la Nación y no de una fracción política. 3º)- Que por otra parte, existe una notoria desviación de poder por parte del Ejecutivo Comunal, así como una violación del artículo 229º de la Constitución de la República, en cuanto al régimen de contratación de funcionarios. El sistema aplicado ha desbordado el propósito de permitir cubrir una tarea determinada durante un plazo de tiempo determinado. El Tribunal de lo Contencioso Administrativo, ha determinado al respecto en forma textual, que si bien la situación de los contratados difiere de la de los presupuestados, "no puede ser admitido un ejercicio arbitrario y basado meramente en una discrecionalidad inmotivada. Muchas veces la categoría de contratados no parece ser otra cosa que un expediente para eludir limitaciones eventuales en materia de nombramientos y la observación de normas y principios que regulan y protegen la carrera administrativa de los funcionarios". 4º)- Que como corolario de lo expuesto, en una actitud que induce a diversas interpretaciones, todas perjudiciales para su actuación, el señor Intendente en el día de la fecha no concurrió ni se hizo representar ante este Cuerpo Legislativo, limitándose a efectuar una declaración pública por los medios de prensa del departamento. Atento a lo expuesto y a lo establecido por la Constitución de la República. La Junta Departamental de Maldonado RESUELVE: 1º)- Iniciar el procedimiento de juicio político para ante el Senado de la República previsto por los artículos 93º y 296º de la Constitución de la República, al señor Intendente Municipal de Maldonado, don Camilo Tortorella Azcue, en atención a las reiteradas violaciones constitucionales de los artículos 8º, 58º, 59º, 60º, 61º, 62º, 229º y 285º de la Carta Magna. 2º)- Cometer a la Mesa de la Corporación, reunir y glosar toda la documentación referida al presente tema que obra en poder de esta Junta Departamental, así como la producida y analizada por la Comisión Investigadora oportunamente designada por este Cuerpo, y su remisión a la Cámara de Senadores a los efectos referidos. 3º)- Insértese, cúmplase, comuníquese, etc. Firman los Ediles Sres. Cecilia Vega y Daniel Lazo". TERCERA MOCION: "Vista la declaración efectuada por esta Bancada del Partido Colorado con fecha 1º de julio del corriente año. Resultando: 1º)- Que por la misma y en oportunidad de la comparecencia del señor Intendente Municipal ante este Cuerpo Legislativo, se observó la gestión del titular del Ejecutivo Comunal por sus flagrantes y reiterados apartamientos del orden jurídico y las violaciones efectuadas a la normativa legal que debe presidir su gestión. 2º)- Que asimismo se solicitó una inmediata rectificación de procedimientos, que otorgara una mayor cristalinidad a la gestión de la Comuna a su cargo, evitando actos y hechos que resultaren violatorios de normas jurídicas y éticas de necesaria vigencia en todo ordenamiento administrativo. 3º)- Que por último, esta Bancada fundamentó su actitud contraria al inicio del juicio político, por cuanto dicha instancia significaría personalizar en el actual jerarca comunal, la total responsabilidad por un cúmulo de irregularidades e ilegalidades que comenzaron y se desarrollaron en el anterior período de gobierno, siendo simplemente continuadas por prácticamente el mismo equipo de jerarcas que acompañaron al anterior Intendente Municipal. Considerando: 1º)- Que lejos de aceptar las observaciones referidas, el señor Intendente ha continuado realizando nuevos nombramientos y subrogaciones de altos cargos jerárquicos, eludiendo de todas formas ceñirse a las más elementales normas jurídicas y éticas que obligan a todo jerarca de la administración pública. 2º)- Que asimismo y a lo explicitado anteriormente, debe adicionarse la actitud elusiva del señor Intendente, que resuelve no concurrir a este órgano legislativo en el día de la fecha, perjudicando aún más la posibilidad de entendimiento con este órgano legislativo, cuya función de contralor desconoce a través de su actitud. 3º)- Que no obstante lo anotado, debe reiterarse la vigencia de los fundamentos que a juicio de los firmantes, hacen inconveniente la utilización de la instancia del juicio político. La Junta Departamental de Maldonado Resuelve: 1º)- Censurar enérgica y públicamente la gestión de gobierno del señor Intendente Municipal, en un todo de acuerdo con lo referido en los resultandos y considerandos de la presente resolución. 2º)- Retirar su confianza política a la persona del señor Secretario General, por entender que sus actitudes han incidido decisivamente en la comisión de las inconductas y desviaciones de poder anotadas. 3º)- Elevar la presente resolución a la Presidencia de la República, al Congreso Nacional de Intendentes y – acompañado de los antecedentes administrativos del trabajo efectuado por la Comisión Investigadora de esta Junta Departamental – al Tribunal de Cuentas de la República a todos sus efectos. 4º)- Dar la más amplia difusión pública a la presente resolución. Firman los Ediles Sres. Ciro Quijano, María J. Sosa, Gustavo Scarpa, Walter Camejo, Gustavo Scarpa y Jorge Guaraglia". CUARTA MOCION: "Visto: Las respuestas brindadas en Sala por el Sr. Intendente Municipal y sus Asesores, como asimismo las contenidas en la documentación entregada por escrito a cada uno de los Sres. Ediles en dicha oportunidad. Los abajo firmantes al Honorable Cuerpo proponen: Declárese satisfactorias las explicaciones brindadas por el Sr. Intendente Municipal y sus asesores respecto a las respuestas pedidas por la Comisión Investigadora de este Cuerpo. Firman los Ediles Sres. Cecilia Burgueño, Francisco Giménez, César García, Walter Moyano, Teresa Silva y Shirley Ruiz". Y por último se da lectura a la QUINTA MOCION, firmada por los Ediles Sres. Raúl Méndez, Miguel Romero, Enrique Baeza, Julio Macedo, Pedro Zuasnabar, Rodrigo Blas, Nario Palomino y Francisco Salazar. Una vez leídas todas las mociones, el Edil Sr. Nelson Guerra solicita que las mismas sean votadas en forma nominal. A esta altura, siendo la hora cero y ocho minutos del día 22 de los corrientes, a solicitud del Edil Sr. Rudy Prior, la Junta por mayoría (26 votos en 30) dispone un cuarto intermedio de diez minutos. Se reinicia la Sesión a la hora cero y cuarenta y cinco minutos, con la asistencia de los Ediles antes mencionados, a excepción de los Sres. Yamandú Espinosa y Shirley Ruiz, quienes fueron suplantados por los Ediles Sres. Walter Camejo y Atahualpa Javier, sometiéndose a votación de inmediato, la PRIMERA DE LAS MOCIONES presentadas, la que obtiene resultado negativo (8 votos en 30). POR LA NEGATIVA, votaron los Ediles Sres. Cristina Pérez, Dreyfus Pérez Abreu, Nelson Blanco, Cecilia Burgueño, Julio Macedo (fundamenta voto), Francisco Giménez, Pedro Zuasnabar, Walter Moyano, Enrique Baeza, Rodrigo Blas, Nario Palomino, Raúl Méndez, Atahualpa Javier, Teresa Silva, Rudy Prior, Jorge Guaraglia, Gustavo Scarpa, Ciro Quijano, Walter Camejo, Nelson Díaz Castro, María J. Sosa y Francisco Mesa. POR LA AFIRMATIVA, sufragaron los Ediles Sres. Ariel Fuksman, Daniel Ancheta, Walter Bonilla, Nelson Guerra, Juan C. Bayeto (fundamenta voto), Cecilia Vega, Daniel Lazo (fundamenta voto) y Eduardo Bonilla. Sometida a votación la SEGUNDA MOCION, resulta negativa (8 votos en 30). POR LA NEGATIVA, los Ediles Sres. Guaraglia, Scarpa, Quijano, Camejo, Díaz Castro, Sosa, Pérez Abreu, Cristina Pérez, Blanco, Burgueño, Julio Macedo, Zuasnabar, Giménez, Moyano, Baeza, Blas, Palomino, Méndez, Javier, Silva, Prior (fundamenta voto) y Mesa. POR LA AFIRMATIVA, los Ediles Sres. Vega, Lazo, E. Bonilla, Fuksman, Ancheta, W. Bonilla, Guerra (fundamenta voto) y Bayeto. Votada la TERCER MOCION, también resulta negativa (12 votos en 30). POR LA NEGATIVA, los Ediles Sres. Vega, Lazo, Pérez Abreu, Cristina Pérez, Blanco, Burgueño, Julio Macedo, Giménez, Zuasnabar, Moyano, Baeza, Blas (fundamenta voto), Palomino, Méndez, Silva, Javier, Prior y Mesa. POR LA AFIRMATIVA, los Ediles Sres. Guaraglia, Scarpa, Quijano, Camejo, Díaz Castro, Sosa, E. Bonilla, Fuksman (fundamenta voto), Ancheta, W. Bonilla, Guerra y Bayeto. Puesta a consideración la CUARTA MOCION, obtiene resultado negativo (7 votos en 30). POR LA NEGATIVA, votaron los Ediles Sres. Guaraglia, Scarpa, Quijano, Camejo, Díaz Castro, Vega, Lazo, Sosa, E. Bonilla, Cristina Pérez, Julio Macedo, Zuasnabar, Baeza (fundamenta voto), Blas (fundamenta voto), Palomino, Méndez, Javier (fundamenta voto), Fuksman, Ancheta, W. Bonilla, Guerra (fundamenta voto), Bayeto y Mesa. POR LA AFIRMATIVA, votaron los Ediles Sres. Pérez Abreu, Blanco, Burgueño, Giménez, Moyano (fundamenta voto), Silva y Prior. Por último, al votarse la quinta moción se produce un empate, 15 votos por la afirmativa y 15 votos por la negativa. A favor se manifestaron los Ediles Sres. Palomino, Méndez, Javier, Fuksman, Ancheta, W. Bonilla, Guerra, Bayeto, E. Bonilla (fundamenta voto), Cristina Pérez, Julio Macedo (fundamenta voto), Zuasnabar (fundamenta voto), Baeza, Blas (fundamenta voto) y Mesa. En contra los Ediles Sres. Silva, Prior, Guaraglia, Scarpa, Quijano, Camejo, Díaz Castro, Vega, Lazo, Sosa, Pérez Abreu (fundamenta voto), Blanco (fundamenta voto), Burgueño, Giménez y Moyano. A esta altura, siendo la hora una y veintinueve minutos, el Edil Sr. Zuasnabar solicita un cuarto intermedio de diez minutos, el que es aprobado por la mayoría del Cuerpo (24 votos en 30). A la hora una y cincuenta y dos minutos, se reinicia el Acto con la misma asistencia que se desprende de la anterior votación. De inmediato, el Edil Sr. Juan C. Bayeto solicita rectificación de votación de la última moción presentada, la que vuelve a obtener el mismo resultado, habiendo votado en el mismo sentido los Ediles antedichos. Se retira de Sala la Edil Sra. Cecilia Vega. A solicitud del Edil Sr. Julio Macedo, se procede a una segunda rectificación de la última votación, la que obtiene resultado afirmativo (15 votos en 29), habiendo sufragado por la AFIRMATIVA, los Ediles Sres. Palomino, Méndez, Javier, Fuksman, Ancheta, W. Bonilla, Guerra, Bayeto, E. Bonilla, Cristina Pérez, Julio Macedo, Zuasnabar, Baeza, Blas, Mesa y por la NEGATIVA, los Ediles Sres. Silva, Prior, Guaraglia, Scarpa, Quijano, Camejo, Díaz Castro, Lazo, Sosa, Pérez Abreu, Blanco, Burgueño, Giménez y Moyano. En consecuencia y en base a lo establecido en el texto de la QUINTA MOCION, se RESUELVE: VISTO: La no comparecencia del Sr. Intendente Municipal de Maldonado a Sala una vez que se ha efectivizado el levantamiento del cuarto intermedio dispuesto en Sesión Ordinaria del día 10 de los ctes. CONSIDERANDO I: Que el llamado a Sala es un legítimo mecanismo de contralor que tiene el Legislativo Departamental sobre la actividad del Ejecutivo Comunal. CONSIDERANDO II: Que se ratifica el informe de la Comisión Especial y lo aprobado por este Cuerpo en cuanto a: "OBSERVAR LA GESTION DE LA INTENDENCIA MUNICIPAL DE MALDONADO POR LOS CONSTATADOS APARTAMIENTOS DEL ORDEN JURIDICO Y LAS NORMATIVAS VIGENTES QUE DEBEN PRESIDIR SU GESTION". CONSIDERANDO III: Que la actuación de la Junta Departamental de Maldonado se encuentra respaldada por el dictamen técnico del Tribunal de Cuentas de la República, organismo de control de la Administración Departamental. CONSIDERANDO IV: Que sin la presencia del Sr. Intendente Municipal de Maldonado, ni del Sr. Secretario General, no resulta posible "coordinar la rectificación de los procedimientos observados", y ello tal como dispuso esta Corporación oportunamente. POR LO EXPUESTO LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE MALDONADO, por mayoría (15 votos en 29) RESUELVE: 1)- Ratificar la observación de la actuación de la Intendencia Municipal de Maldonado por cuanto no ha resultado satisfactoria la respuesta de dicho organismo. 2)- Retirar la confianza al Sr. Intendente Municipal de Maldonado. 3)- Rechazar la actitud asumida por el Sr. Intendente Municipal de Maldonado al no asistir a sala personalmente ni hacerse representar por el Sr. Secretario General una vez que se ha levantado el cuarto intermedio. 4)- Comuníquese y archívese. Siendo la hora una y cincuenta y seis minutos, ante moción del Edil Sr. Blas por mayoría se resuelve pasar a un cuarto intermedio de cinco minutos. Luego de efectuado el llamado a Sala reglamentario, a efectos de continuar sesionando y constatándose que no existe el qüorum necesario, siendo las dos horas y tres minutos, el Sr. Presidente da por finalizada la Sesión, labrándose para constancia la presente que se firma en el lugar Ut-Supra y fecha últimamente mencionada.

 

Esc. Francisco Mesa Borrallo

Presidente

 

Sr. Miguel Romero

1er. Vicepresidente

 

Sr. Nelson Martínez

Secretario General

 

Sra. Nelly Pietracaprina

Dtra. Dirección Legislativa