ACTA Nº 721.- En la ciudad de Maldonado a los siete días del mes de octubre del año mil novecientos noventa y ocho, respondiendo a la convocatoria cursada a efectos de celebrar Sesión Extraordinaria la Junta Departamental, concurren a sala los Ediles Sres.: Julio Macedo Saravia, Luis Pardiñas, Dreyfus Pérez, Rudy Prior, Adolfo González, Walter Moyano, Rodrigo Blas, Raúl Méndez, Atahualpa Javier, Enrique Baeza, Francisco Mesa, Teresa Silva, Nario Palomino, Alberto de León, Ciro Quijano, Huber Bentos, Eduardo Bonilla, Cecilia Vega, Nelson Díaz, Juan Bayeto, Lourdes Ontaneda, Romeo Sarmoria, Walter Bonilla y los suplentes Sres. Nelson Blanco, Eduardo Barrán, Cristina Pérez, Graciela Asiaín, Raúl Bianchi y Yamandú Espinosa.- Preside el Acto el titular Dr. Julio Macedo Saravia, actuando en Secretaría Administrativa el Secretario General Sr. Nelson Martínez y en Secretaría de Actas el Director de Departamento Sr. Hugo Pérez Segovia.- A la hora veintidós y veintisiete minutos el Sr. Presidente declara abierta la sesión y agradece las atenciones recibidas con motivo del fallecimiento de su Sr. Hermano Darío Macedo, solicitando el Edil Sr. Walter Bonilla un minuto de silencio en homenaje al desaparecido, procediéndose en consecuencia, siendo la hora 22 y 29 minutos. Se reinicia la sesión con la consideración del Expediente Nº 241/98. INTENDENCIA MUNICIPAL remite Modificación Presupuestal para los ejercicios 1998 1999. Ingresan a sala los Sres. Ediles. Pedro Zuasnabar, Ana Ma. González, Walter Camejo y se retiran de sala Rudy Prior y Yamandú Espinosa. De inmediato por Secretaría se da lectura al informe de Comisión en mayoría y los dos suscritos en minoría.. Se retiran de sala los Sres. Ediles: Eduardo Barran y Nelson Blanco, ingresando Alvaro Villegas. En este momento el Sr. Edil Bayeto solicita la votación nominal para este expediente. De inmediato se somete a votación en general el Mensaje Presupuestal elevado por la Intendencia Municipal. Por la afirmativa sufragan los Ediles Sres.: Dreyfus Pérez, Francisco Mesa, Luis Pardiñas, Nario Palomino, Adolfo González, Teresa Silva, Rudy Prior, Rodrigo Blas, Walter Moyano, Pedro Zuasnabar, Raúl Méndez, Atahualpa Javier, Enrique Baeza, Cristina Pérez, Alvaro Villegas, Walter Camejo, Ana Ma. González, Alberto de León, Ciro Quijano, Cecilia Vega, Nelson Díaz, Huber Bentos, Graciela Asiaín, Raúl Bianchi y Julio Macedo, haciéndolo por la negativa los Sres. Ediles: Walter Bonilla, Romeo Sarmoria, Juan C. Bayeto, Lourdes Ontaneda y Eduardo Bonilla. En consecuencia resulta aprobado por mayoría (25 votos en 30). Se retiran de sala los Sres. Ediles: Pedro Zuasnabar, Lourdes Ontaneda y Rudy Prior, ingresando Francisco Salazar y Nelson Guerra. El Sr. Edil Guerra, solicita un cuarto intermedio de cinco minutos, el que votado resulta afirmativo por mayoría (29 votos en 30) a las 23 horas y 6 minutos, reiniciándose la sesión a la hora 23 y 20 minutos, solicitándose por parte del Sr. Edil Rudy Prior la prórroga de hora hasta finalizar con el tratamiento de este asunto. Se retiran de sala los Sres. Ediles: Salazar y Asiaín, ingresando los Sres. Ediles Zuasnabar y Néstor Scarpa. Acto seguido se procede a votar el Art. 1º del Proyecto, el que resulta aprobado por mayoría (25 votos en 30). Han sufragado por la afirmativa los Ediles Sres. D. Pérez, F. Mesa, L. Pardiñas, N. Palomino, A. González, T. Silva, R. Prior, R. Blas, W. Moyano, P. Zuasnabar, R. Méndez, A. Javier, E. Baeza, C. Pérez, A. Villegas, A. de León, Ana M. González, W. Camejo, C. Quijano, C. Vega, N. Díaz, H. Bentos, N. Scarpa, R. Bianchi y Julio Macedo, y por la negativa los Ediles Sres.: N. Guerra, W. Bonilla, R. Sarmoria, J.C. Bayeto y E. Bonilla. Se retira de sala el Edil Guerra, ingresando la Edila Ontaneda. Seguidamente se pasa a votar el Art 2º del informe en mayoría, resultando afirmativo por mayoría (22 votos en 30), sufragando por la afirmativa los Ediles Sres. F. Mesa, N. Palomino, A. González, R. Blas, A. Javier, E. Baeza, C. Pérez, A. Villegas, L. Ontaneda quien fundamenta su voto, W. Bonilla quien fundamenta su voto, R. Sarmoria. J. C. Bayeto, A. de León. Ana M. González, W. Camejo, C. Quijano, N. Díaz, C. Vega, H. Bentos, N. Scarpa, R. Bianchi y E Bonilla y por la negativa los Ediles Sres.: D. Pérez, L. Pardiñas, T. Silva, R. Prior, W. Moyano, P. Zuasnabar, R. Méndez y Julio Macedo. Fundamentan su voto los Ediles Sres.: L. Pardiñas, P. Zuasnabar, J.C. Bayeto, Julio Macedo, R. Bianchi, F. Mesa, A. González, A. Villegas, T. Silva, D. Pérez quien además informa que se retira de sala y solicita se convoque al Sr. Edil Nelson Blanco en su lugar, quien ingresa a sala. Continúan con la Fundamentación los Sres. Ediles: R. Blas, A. de León, E. Baeza, R. Prior y E. Bonilla. Intercambian la banca por breves momentos los Sres. Ediles C. Pérez, quien se retira, concurriendo Miguel Romero. De inmediato se pasa a votar el Art. 3º del informe en mayoría. El que resulta afirmativo por mayoría (18 votos en 30). Votando en forma afirmativa los Ediles Sres.: F. Mesa, R. Prior, Ad. González, R, Blas, A. Javier, E. Baeza, C. Pérez, A. Villegas, A. de León. Ana M. González, quien fundamenta su voto, W. Camejo, C. Quijano, C. Vega, quien fundamenta su voto, N. Díaz, H. Bentos, N. Scarpa, R. Bianchi y E. Bonilla, quien fundamenta su voto. Haciéndolo por la negativa los Ediles Sres.: L. Pardiñas, T. Silva, R. Prior, W. Moyano, P. Zuasnabar, N. Blanco, R. Méndez, N. Guerra, quien fundamenta su voto, W. Bonilla, quien fundamenta su voto, R. Sarmoria, J.C. Bayeto y Julio Macedo. Se retiran de sala los Sres. Ediles: R. Blas, C. Quijano y P. Zuasnabar, ingresando a sala los Ediles E. Barran, Luis Páez y Francisco Salazar. Seguidamente el Edil A. de León solicita que se voten en conjunto los Arts. 4º, 5º, 6º y 7º, adoptándose el criterio planteado y se pasa a votar, resultando afirmativo por unanimidad (30 votos), haciéndolo en tal sentido los Sres. Ediles: F. Mesa, L. Pardiñas, N. Palomino, Ad. González, T. Silva, R. Prior, E. Barran, W. Moyano, F. Salazar, N. Blanco, R. Méndez, A. Javier, E. Baeza, C. Pérez, A. Villegas, N. Guerra, quien fundamenta su voto, W. Bonilla, quien fundamenta su voto, R. Sarmoria, J. C. Bayeto, A. de León, Ana M. González, W. Camejo, L. Páez, C. Vega, N. Díaz, H. Bentos, G. Asiaín, R. Bianchi, E. Bonilla y Julio Macedo. Acto seguido se pasa a votar el Art. 8º, el que resulta afirmativo por mayoría (23 votos en 30), haciéndolo por la afirmativa los Ediles Sres.: F. Mesa, N. Palomino, Adolfo González, R. Blas, F. Salazar, A. Javier, E. Baeza, C. Pérez, A. Villegas, L. Ontaneda, W. Bonilla, R. Sarmoria, J. C. Bayeto, A. de León, Ana M. González, W. Camejo, L. Páez, C. Vega, N. Díaz, H. Bentos, G. Asiaín, R. Bianchi y E. Bonilla y por la negativa los Ediles Sres.: L. Pardiñas, T. Silva, R. Prior, W. Moyano, N. Blanco, R. Méndez y Julio Macedo. A solicitud del Edil de León se pasan a votar en conjunto, desde el Art. 9º al Art. 21º inclusive. Por la afirmativa votan los Ediles Sres.: F. Mesa, L. Pardiñas, N. Palomino, T. Silva, Adolfo González, R. Prior, R. Blas, W. Moyano, F. Salazar, N. Blanco, R. Méndez, A. Javier, E. Baeza, C. Pérez, A. Villegas, A. de León, Ana M. González, W. Camejo, L. Páez, C. Vega. N. Díaz, H. Bentos, G. Asiaín, R. Bianchi y Julio Macedo, haciéndolo por la negativa los Sres. Ediles: L. Ontaneda, quien fundamenta su voto, W. Bonilla, R. Sarmoria, J.C. Bayeto y E. Bonilla. Obteniendo resultado afirmativo (25 votos en 30). Se retira de sala la Sra. Edil C. Vega e ingresa el Edil Mario Rivas. Acto continuo se someten a votación en forma conjunta los Arts. 22º al 25º. Haciéndolo por la afirmativa todos los Sres. Ediles que se encontraban presentes en sala. Fundamentó su voto en tal sentido la Edil L. Ontaneda. A la hora 00 y 35 se pasa a un cuarto intermedio de cinco minutos a solicitud del Sr. Edil A. de León. Siendo la hora 01 y 06 minutos se reinicia la sesión pasándose a tratar el Art. 26 de acuerdo al informe de mayoría, resultando negativo (1 voto en 27), sufragando por la afirmativa el Sr. Edil: Adolfo González y por la negativa los Sres. Ediles: F. Mesa, L. Pardiñas, N. Palomino, T. Silva, R. Prior, R. Blas, E. Barran, F. Salazar, N. Blanco, E. Baeza, C. Pérez, A. Villegas, L. Ontaneda, W. Bonilla, R. Sarmoria, J.C. Bayeto, A. de León, Ana M. González, W. Camejo, L. Páez, N. Díaz, H. Bentos, G. Asiaín, M. Rivas, E. Bonilla y Julio Macedo. Seguidamente se pasa a votar el Art. 26º de acuerdo al Mensaje Municipal. Resultando negativo (9 votos en 27). Sufragaron por la afirmativa los Sres. Ediles: L. Pardiñas, N. Palomino, T. Silva, R. Prior, R. Blas, E. Barran, F. Salazar, N. Blanco y Julio Macedo y por la negativa los Sres. Ediles: F. Mesa, Ad. González, E. Baeza, C. Pérez. A. Villegas, W. Bonilla, L. Ontaneda, R. Sarmoria, J.C. Bayeto, A. de León, Ana M. González, N. Díaz, L. Páez, W. Camejo, H. Bentos, G. Asiaín, M. Rivas y E. Bonilla. Seguidamente se pasa a votar el Art. 26º con las modificaciones propuestas, resultando aprobado por mayoría (25 votos en 27). Haciéndolo por la afirmativa los Ediles Sres.: F. Mesa, L. Pardiñas, N. Palomino, T. Silva, R. Prior, R. Blas, E. Barran, N. Blanco, E. Baeza, C. Pérez, A. Villegas, L. Ontaneda, W. Bonilla, R. Sarmoria, J. C. Bayeto. A. de León, (quien fundamenta su voto), Ana M. González, W. Camejo, L. Páez. N. Díaz, H. Bentos, G. Asiaín, M. Rivas, E. Bonilla y Julio Macedo, haciéndolo por la negativa los Sres. Ediles: Adolfo González y F. Salazar. Por último se pasa a votar el Art. 27º el que es aprobado por unanimidad de presentes (28 votos), haciéndolo en este sentido todos los Sres. Ediles que se encuentran presentes. Fundamentan su voto los Sres. Ediles: Adolfo González y Julio Macedo. El Sr. Edil A. de León solicita el trámite urgente de este expediente, lo que es aprobado por unanimidad (25 votos). En consecuencia la Junta dicta el Siguiente DECRETO Nº 3727. Art. 1°) - Adecúase el presupuesto por Programa para el Gobierno Departamental de Maldonado de sueldos y gastos y modificase Inversiones, establecidas por Decreto 3695, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos siguientes. Art. 2°)- Destínanse los siguientes montos para los programas de funcionamiento de la Intendencia Municipal de Maldonado para los ejercicios 1998 1999. 2.1- Año 1998 - Rubro 0 y 1 $ 392:099.016. - Rubro 2 al 9 $ 355:125.428. Total: $ 747:224.444. 2.2- Ampliase el Rubro 7 en $ 4:000.000. para el ejercicio 1999 con destino a transferencia a la Asociación de Fomento y Turismo de Piriápolis sujeto convenio para remodelación del Pabellón de las Rosas de la ciudad de Piriápolis. 2.3- Año1999 - Rubro 0 y 1 $ 431:308.911. - Rubro 2 al 9 $ 331:123.932. Total: 762:432.843. 2.4- Total gastos de funcionamiento del período 1998-1999: $ 1:509.657.287.- Art. 3°)- Destínanse los siguientes montos para los programas de inversiones de la Intendencia Municipal de Maldonado para los ejercicios 1998-1999. Año 1998 - $ 318:705.767. Año 1999 $ 386:803.943. Total $ 705:509.710. 3.1- Destínanse en el rubro inversiones en al año 1998, $ 2.000.000. en más de lo previsto para el proyecto Infraestructura Deportiva en la Zona NÉ de Maldonado (Proyecto 203). 3.2- Destinase en el rubro inversiones en el año 1998, $ 1:900.000. para construcción del proyecto Infraestructura Deportiva en la Zona NW de Maldonado ( Cerro Pelado). 3.3- Destinase en el rubro inversiones en el año 1998, $ 1:100.000. para construcción de Proyecto de Desarrollo productivo en Gregorio Aznárez. 3.4- Destinase en el rubro inversiones en el año 1998, $ 7:450.000. para pavimentación, iluminación y construcción de veredas en la jurisdicción de San Carlos . 3.5- Redúzcase del proyecto inversiones en el año 1998, $ 9:450.000. del proyecto 2060 (Viviendas de Interés Social - Regularización asentamiento Cuñetti ). 3.6- Redúzcase del proyecto inversiones en el año 1999, $ 12:650.000. del proyecto 2060 ( Viviendas de Interés Social - Regularización Asentamiento Cuñetti ). 3.7- Elimínese del proyecto de inversiones para el año 1999, $ 2:875.000. destinados al proyecto 211 (Adquisición de Horno Crematorio). 3.8- Destinase la suma de $ 2:900.000. del proyecto inversiones para el año 1999 para iluminación en balnearios de la Jurisdicción de San Carlos. 3.9- Destinase en el rubro inversiones en el año 1999, $ 625.000. para construcción del. proyecto Infraestructura Deportiva en la Zona NW de Maldonado ( Cerro Pelado). 3.10- Increméntese en $ 11:300.000. para el año 1999 el rubro destinado a construcción de viviendas de interés social fuera de la ciudad de Maldonado. Art. 4°) - Destínanse los siguientes montos para el Presupuesto de la Junta Local Aut. de San Carlos para los Ejercicios 1998/99: Año 1998 Rubros 0 y 1 $ 45:294.415. Rubros 2 al 9 $ 10:346.045. Inversiones $ 24:290.206. - $ 79:930.666.- Año 1999, Rubros 0 y 1 $ 49:823.855. Rubros 2 al 9 $ 9:061.492. Inversiones $ 32:528.623. Total de gastos del período $ 171:344.636. Art. 5°) - Establécese la estimación de recursos propios y aportes del Gobierno Nacional para los Ejercicios 1998/99, para la Intendencia Mpal. de Maldonado: Año 1998 - De origen Deptal. $1.001:102.780. De origen Nacional. $ 90:377.154. Total: $ 1.091:479.934. Año 1999 - De origen Deptal. $1.083:933.380. - De origen Nacional. $ 98:051.516. Total: $ 1.181:984.896. Total de recursos para el período $ 2.273:464.830. Art. 6°) - Establécese la estimación de recursos propios y aportes del Gobierno Nacional para la Junta Local Aut. de San Carlos, para los Ejercicios 1998/99: Año 1998 - De origen Deptal. $ 65:043.720. De origen Nacional $ 14. 886.946. Total: $ 79:930.666. Año 1999 - De origen Deptal. $ 71:992.620. De origen Nacional $ 19:421.350. Total: $ 91:413.970. Total de recursos para el período $ 171:344.636. Art. 7°) - Destínanse recursos para solventar el presupuesto de la Junta Departamental para los Ejercicios 1998/99, en los montos de: Año 1998 $ 25:549.723. Año 1999 $ 32:748.110. Total a destinarse en el período $ 58:297.833. Art. 8°)- Resumanse los recursos y gastos para todo concepto que destinará el Gobierno Departamental para los años 1998/99 en los montos de: RECURSOS Año 1998 - De origen Deptal. $ 1.066:146.500. Aporte Gob. Nal. $ 105:264.100. Total del Ejercicio $ 1.171:410.600. Año 1999 De origen Deptal. $ 1.155:926.000. Aporte Gob. Nal. $ 117:472.866. Total del Ejercicio $ 1.273:398.866. Total previsto para el período 1998/99 $ 2 :444.809.466. GASTOS Año 1998 - Rubros 0 y 1 $ 437:393.431. Rubros 2 al 9 $ 365:471.473. Inversiones $ 342:995.973. Junta Deptal. $ 25:549.723. Total del Ejercicio $ 1.171:410.600. Año 1999 - Rubros 0y 1 $ 481:132.766. Rubros 2 al 9 $ 340:185.424. Inversiones $ 419:332.566. Junta Departamental $ 32:748.110. Total del Ejercicio $1.273:398.866. Total destinado a funcionamiento e inversiones para el período: $ 2.444: 809.466. Art. 9°) - Agréguese al capitulo VI Normas sobre Recursos, Titulo I, Impuestos, del Decreto 3695 el siguiente articulo: Art. 15) bis: "Las Tasas General Municipal y de Alumbrado se denominarán Impuesto General Municipal y de Alumbrado respectivamente, manteniéndose en vigor su actual regulación".- Art. 10°) - Hecho generador: Establécese una tasa por servicio de contralor bromatológico que gravará la comercialización en el Departamento o distribución gratuita en actividades publicitarias o de promoción de todos los productos alimenticios y bebidas.- Art. 11°) - Destino : El producido de dicha tasa se aplicará a solventar los servicios de análisis químicos, bacteriológicos y otros contralores de naturaleza análoga, que se practiquen en toda clase de sustancias alimenticias y bebidas con el fin de garantizar la salud pública.- Art. 12°) - Sujetos pasivos: son sujetos pasivos en calidad de responsables solidarios al pago los importadores, fabricantes, envasadores, representantes, mayoristas, distribuidores, transportistas y revendedores. Es contribuyente la persona física o jurídica respecto de la cual se verifica el hecho generador, comercialización o distribución gratuita del producto.- Art. 13°) - Exoneración: La comercialización de sustancias gravadas cuyo proceso de producción se cumpla en el Departamento de Maldonado, estará exonerada del pago de la tasa por los insumos y materias primas empleadas y por sus productos terminados. Todo ello sin perjuicio de que deberán observar los mismos controles a que se somete a las sustancias gravadas.- Art. 14°) - Mercadería no gravada: No abonarán tasa bromatológica los productos alimenticios y bebidas que estén exonerados del pago del Impuesto al Valor Agregado o que estén gravados por dicho tributo a la tasa mínima. Tampoco abonarán tasa los productos provenientes de otros Departamentos que lo hayan pagado en el lugar de fabricación o importación y todo aquel supuesto que de lugar a doble imposición.- Art. 15°) - Determinación y liquidación: La tasa bromatológica se determinará y liquidará en función de las características de la mercadería gravada, con independencia de su envase, según la siguiente escala: a)por litro o fracción de agua mineral (gasificada o no) $ 0.10 b)por litro o fracción de vinos o cervezas. $ 0.32 c)por litro o fracción de otras bebidas alcohólicas $ 3.60 por Kilogramo, litro o fracción de las restantes sustancias alimenticias gravadas, incluyendo bebidas refrescantes $ 0.30. Art. 16°) - Contralor: Los obligados al pago deberán presentar una declaración jurada de los productos introducidos al Departamento a su ingreso al mismo, sin perjuicio de las facultades inspectivas del Municipio. Los mecanismos para la declaración y el pago serán establecidos por la reglamentación.- Art. 17°) - Mercadería en tránsito: No se verificará el hecho generador del tributo cuando se declare en los controles de entrada al Departamento que la mercadería ingresa en tránsito para ser comercializada fuera del mismo. La Intendencia reglamentará los controles a los que se deberá someter la mercadería al salir del Departamento.- Art. 18°) - Sanciones: Son aplicables a este tributo las sanciones establecidas en los artículos 95, 96 y 97 del Código Tributario Nacional.- Art. 19°) - La Intendencia podrá disponer todas las medidas que estime necesarias para la fiscalización, documentación e inspección de vehículos, locales y depósitos de los sujetos pasivos y obligados al pago.- Art. 20°) - En caso de constatarse infracciones a las normas de la tasa bromatológica, la Administración podrá retener documentación alguna. La mercadería en tal situación sólo se retendrá por la Autoridad Municipal con el fin de ser analizada, pudiéndosela decomisar sin derecho a indemnización, cuando se la repute nociva para la salud.- Art. 21°) - Derógase toda norma que se oponga al presente Decreto. Se derogan expresamente los artículos 175 y 176 del Decreto No. 3190, 123, 124 y 125 del Decreto No. 3297, 29 del Decreto No. 3357 y lº del Decreto No. 3387.- Art. 22°) - A partir de la promulgación del presente Decreto las retribuciones nominales de naturaleza salarial y los beneficios sociales se ajustarán en función de la variación habida en el Indice de Precios Consumo ( I. P. C.) del cuatrimestre anterior. Los ajustes se producirán en las siguientes fechas: 1º de enero - 1º de mayo - 1° de setiembre. Art. 23°) - La contribución de la Intendencia Mpal. de Maldonado al seguro de asistencia médica integral prevista en el Art. 23° del Decreto Departamental N° 3622 ascenderá al monto mensual equivalente al cien por ciento ( l00 %) de la cuota de su afiliación a una mutualista del departamento. El derecho a percibir este beneficio regirá a partir de la promulgación del presente Decreto. Existiendo cotizaciones diferenciales en la cuota mutual el beneficio establecido en el inciso 1° fijará en la más alta.- Art. 24°) La prestación por hijo que perciben los funcionarios municipales establecida en el Art. 30 Decreto Departamental N° 3534 queda fijada, a partir de la vigencia del presente Decreto, en $ 200.00.- Art. 25°) El monto de la prima por Hogar Constituido quedará fijada a partir de la vigencia del en $ 250.00 para todos los funcionarios municipales.- Art. 26º)- Modificase el Art. 74 del Decreto Departamental Nº 3695, el que quedara redactado de la siguiente manera: " Art. 74º)- En los escalafones Directivo y Técnico Profesional las retribuciones establecidas en los artículos precedentes son por todo concepto, con excepción de las partidas no sujetas a montepío. Para el resto de los funcionarios municipales, la retribución del Asesor Técnico Profesional III ( 10 T) será el tope máximo al que pueden llegar las retribuciones sujetas a montepío. Excepciónase de los topes y limitantes establecidos en los incisos anteriores, a los funcionarios municipales de los escalafones Directivo y Técnico Profesional, que cuenten con más de diez años ininterrumpidos de antigüedad como funcionarios al servicio de la Intendencia Municipal de Maldonado.- " Art. 27º)- Derogase toda disposición que se oponga al presente Decreto.- Art. 28º)- Apruébase en principio y siga al Tribunal de Cuentas de la República a sus efectos, declarándose urgente.- Siendo la hora una y veinticinco minutos, el Sr. Presidente da por finalizada la Sesión, labrándose para su debida constancia la presente que se firma en el lugar arriba señalado a los ocho días del corriente.-
Julio Macedo Saravia
Presidente
Nelson Martínez
Secretario General
Hugo Pérez Segovia
Director de Departamento