ATENTO: A lo precedentemente expuesto,LA PRESIDENCIA DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL, RESUELVE:Artículo 1º).- Establecer el siguiente organigrama de funcionamiento administrativo de la Corporación:JUNTA DEPARTAMENTAL: Autoridad Máxima del Organismo. Se expresa por su plenario, con los quorums reglamentarios.PRESIDENCIA DE LA JUNTA: Subordinado a las decisiones de la Junta Departamental, es el máximo Jerarca Administrativo. Es el único representante de la Junta Departamental y el único ordenador de gastos, funciones que les son indelegables.SECRETARIA GENERAL: Está a cargo de un Secretario General, Jerarca Administrativo de rango superior, solo sometido a jerarquía con respecto al Presidente de la Junta Departamental. La totalidad de las áreas en que se dividen las funciones del Organismo, dependen jerárquicamente del Secretario General.SECRETARIA POLITICA DE LA PRESIDENCIA: Está a cargo de un Secretario Político, funcionario de confianza del Presidente, designado y sustituido por éste cuando lo considere conveniente, sin expresión de causa. Son sus funciones la actividad de nexo entre la Presidencia y los Sres. Ediles así como el cuidado del buen orden administrativo de la Corporación, aplicando en forma personal los criterios de la Presidencia. Ejercerá las funciones de consejero y auxiliar del Presidente en la tarea de gobierno de la Junta Departamental.SECRETARIA ADSCRIPTA A LA MESA: Ejercerá las funciones de secretaria administrativa que le asigne el Presidente o el Secretario General, cumpliendo sus funciones en los despachos de Presidencia, Secretaría General o Secretaría Política de la Presidencia.AREA DE DESPACHO.- El contenido general de sus funciones es el siguiente: Mesa de Entrada.- a) Recepción y entrada oficial de toda gestión que se presente o remita a consideración de la Junta Departamental, por parte de otros Organismos, Instituciones o particulares.- b) Asentar en el libro correspondiente, caratular y encaminar la tramitación interna de la documentación.Mesa de Salida.- Dar salida oficial a todos los expedientes que deban ser remitidos a cualquier destino, sea por finalización del trámite o para efectuar cualquier tipo de gestiones.Registro y Control.- a) Llevar el registro computarizados de todos los expedientes en tramitación, así como el control de seguimiento de los movimientos internos y externos de cada expediente.- b) Mantener actualizado el archivo computarizado que permita la localización e información sobre cualquier expediente desde cualquier computador conectado a la red informática de la Junta Departamental.- c) Llevar el registro computarizado de los pedidos de informes que requieran los ediles a título personal o las Comisiones o las Bancadas partidarias de la Junta Departamental, y de las contestaciones recibidas a los mismos, manteniendo actualizado su archivo informático para brindar total información por la red.Boletín.- Confección semanal del Boletín Informativo de los Asuntos Entrados Tramitados por la Mesa o por la Presidencia del Organismo, haciendo entrega del mismo a las Bancadas para conocimiento de los Sres. Ediles, con una antelación mínima de cuatro horas a la correspondiente a la citación para Sesión Ordinaria del Cuerpo.Nómina.- Confección mensual de una nómina conteniendo un resumen de las diversas notas o gestiones remitidas por ambas Cámaras del Parlamento Nacional y por las restantes Juntas Departamentales del País, la que será puesta a conocimiento de las Bancadas. Dichas notas serán archivadas por el área durante doce meses.Manejo de Archivos.- a) Llevar el archivo documental de los expedientes que aún no han sido microfilmados, cuidando de que dicha microfilmación se efectúe en rollos originales y duplicado, los que serán cotejados con los expedientes antes de enviar éstos a su destrucción. b) Cuando la infraestructura lo habilite, efectuar las tareas de microfilmación de los expedientes en forma habitual. c) Llevar el control de mantenimiento, manejo y cuidado de toda la documentación contenida en los archivos microfilmados y convencionales del Organismo. d) Llevar el control de mantenimiento, manejo y cuidado del "Lector-Impresor", brindando la información que se requiera por parte de los Ediles, Comisiones o Bancadas del Organismo.AREA LEGISLATIVA: El esquema de las funciones y un breve desarrollo de las mismas es el siguiente: ARCHIVOLEGISLATIVO NACIONAL. ARCHIVO LEGISLATIVO MUNICIPAL. INFORMACION LEGISLATIVA GENERAL. NOMENCLATOR MUNICIPAL. BIBLIOTECA.FUNCIONES:-Realizar la compilación informática de la legislación nacional, llevando su actualización permanente.Seleccionar y clasificar la legislación Nacional de interés para el Organismo.Realizar la compilación de la legislación municipal, llevando la actualización permanente del Digesto Municipal.- Recopilar y seleccionar material antecedente para la actividad legislativa.Llevar un registro con clasificadores temático, nominal, cronológico u otros de todo lo considerado por la Junta.Evacuar las consultas que sobre la existencia de normas y su texto se formulan por escrito, el cual deberá llevar la firma de un Edil titular o del Jerarca de otra repartición de la Junta. De estos escritos de consulta se llevará cuenta, así como del informe emitido, lo que se pondrá una vez por mes en conocimiento de la Presidencia de la Junta, procediéndose a su archivo por el Area durante 24 meses, al cabo del cual serán destruidos.- Llevar el nomenclátor departamental, desarrollando esta tarea fundamentalmente como un servicio de infraestructura informática para el trabajo de las sucesivas Comisiones de Nomenclatura del Cuerpo, así como de los Sres. Ediles.Las bases estructurales para llevar la información deberían contemplar: a) obtención de bases gráficas similares a los que usa la Intendencia Municipal de Maldonado a esos efectos, de todas las localidades urbanas del Departamento de Maldonado; b) sobre lo ya existente a nivel de Intendencia Municipal de Maldonado, numerar las calles sobre planos y acordar el sistema de futuras numeraciones de calles o espacios, tratando de unificar el criterio; c) llevar, por localidades, que serán identificadas por códigos (existentes), el listado numérico de las calles y por separado, el listado numérico de espacios, colocando junto a la numeración la actual denominación y el número y fecha del decreto correspondiente; d) llevar de similar forma que el anterior, listado donde, figurando el nombre actual, se de explicaciones sobre su denominación. Allí deberán constar las denominaciones anteriores que hubiere tenido, con expresión de número y fecha del decreto; e) llevar índices integrados de denominaciones en todo el Departamento del cual resulten todos los números de calles designados con determinado nombre. A efectos de integrar la información a nivel Departamental, cada número de calle o espacio deberá ser codificado usando como prefijo el código de la localidad a que pertenece.Organizar la Biblioteca de la Junta Departamental.-Ordenar, fichar e indizar todo el material bibliográfico existente, posibilitando la búsqueda y uso de dicho material por parte de los Ediles u otros usuarios.Efectuar planificación para la amplia obtención de material bibliográfico multi-temático, elevando a la Presidencia un plan en esta materia, el que una vez aprobado, deberá ser llevado a cabo por el Area.Crear índices y listados de los libros que se incorporan, con indicación de la fuente de donde se aportó el material a la Biblioteca.Llevar junto al índice de libros, un indicativo del lugar donde está guardado.La falta de espacio en el actual edificio de la Junta, hará que algún material deba ser guardado en cajas numeradas, hasta tanto se disponga del imprescindible lugar.
AREA DE COMISIONES: Brindar servicio a las Comisiones del Cuerpo, de cualquier tipo que estas fueren, efectuando la centralización de los expedientes y la información de los mismos, así como el registro de fechas de ingreso al Area, tratamientos de los mismos por las Comisiones y egreso del Area. Deberá cumplir esta área las siguientes funciones:Distribuir los expedientes ingresados al área entre los secretarios de Comisiones correspondientes para su estudio.
Cada secretario de Comisión deberá efectuar un análisis del expediente, haciendo un esquema de las fechas y Oficinas Municipales informantes, así como del técnico que suscribe los informes, con expresión de las fojas que lo contiene. Dicho esquema acompañará el expediente para su estudio, colocado inmediatamente a la carátula. Preparar los Expedientes, previo al tratamiento por las Comisiones.Llevar actualizado permanentemente el "Orden del Día" de cada Comisión, con nómina cronológica de los expedientes a considerar, según la fecha de ingreso de los mismos a cada Comisión. Las Comisiones tratarán e informarán los asuntos en el orden en que lo consideren conveniente.Citar a los titulares de cada Comisión y a los suplentes respectivos, en caso de aviso de ausencia o dudas de asistencia del titular, expresándosele que será citado su suplente, e indicándosele a éste la duda en la asistencia manifestada por su titular .Efectuar las citaciones que guarden relación con disposiciones tomadas por las Comisiones para que concurran a su seno o para efectuar en otro lugar reuniones con las Comisiones.Tomar asistencia de los Sres. Ediles de las Comisiones, comunicándola semanalmente al Presidente.Tomar las medidas necesarias para que el Secretario Administrativo de cada Comisión esté presente en todas sus sesiones, debiendo ser reemplazado en caso de imposibilidad de algún Jerarca del Area.Transcurrido la "Tolerancia de Tiempo" fijada por cada Comisión, su Secretario Administrativo levantará Acta dejando constancia de no haberse logrado el quorum mínimo para sesionar (tres miembros), con constancia de la hora y los Miembros presentes, quienes suscribirán dicha Acta. Para aquellas Comisiones que no hubieren determinado tolerancia horaria, la misma se estipula en 30 minutos, mientras la Comisión no determine término diferente.Redactar las actas de sesiones de las Comisiones, a más tardar el primer día hábil luego de cada sesión, constando:nombres de los asistentes y del Secretario Administrativo actuante, hora de comienzo y fin, y temas y expedientes considerados. Deben firmarlas Presidente y Secretario, o quienes hayan hecho sus veces, haciéndolo en primer lugar el Secretario Administrativo actuante en la sesión. Las firmas del acta deben haber sido recogidas antes de los siete días de su fecha.Redactar los proyectos de decretos, resoluciones e informes que las Comisiones hayan tomado para elevar al Plenario.Recabar las firmas de los informes girando los expedientes dentro del plazo máximo de siete días de haberse expedido las Comisiones.Brindar apoyo en la obtención de antecedentes, requerimiento de informes y otras actividades necesarias para el buen funcionamiento legislativo de las Comisiones.Llevar el registro de movimientos de trámite de los expedientes dentro del Area.Confeccionar el "Orden del Día" de las sesiones a realizar por el Organismo, la que será puesta a consideración del Secretario General de la Junta los días martes antes de las 17 horas.Redactar las resoluciones y decretos emanados de la Junta Departamental a solicitud del Secretario General.Asistir al Presidente en todas las sesiones del Cuerpo llevando el quorum, entrada y salida de ediles y servicios de Ujier de Sala, para lo cual destinará tres funcionarios que estarán por lo menos un mes encargados de estas tareas, rotando posteriormente con otros funcionarios del área.AREA DE RELACIONES PUBLICAS.- Son sus tareas específicas: Estar presentes en todas las Sesiones, Actos o Eventos que organice la Junta Departamental, colaborando en la parte protocolar de su instrumentación y realización.Recibir y gestionar todas las invitaciones que reciba el Organismo, llevando cuenta de ellas.Realizar repartido a las Bancadas de las invitaciones cursadas a los señores Ediles en general o al Cuerpo en su conjunto.Entregar al Area de Comisiones las comunicaciones y faxes llegados para las diferentes Comisiones del Cuerpo.Notificar a los organismos o personas invitantes acerca de la concurrencia a la invitación o las excusas del caso, así como las representaciones designadas.En caso de no estar presentes ni los integrantes de la Mesa ni el Secretario Político de la Presidencia, remitir las notas de saludo, condolencias o informaciones generales que hacen al normal funcionamiento del Organismo.Llevar datos de medios de prensa y periodistas que se acrediten ante el Organismo, abriendo a tal efecto un registro de acreditaciones.Recibir los medios de prensa escritos que adquiere la Junta y efectuar la distribución de los mismos en la forma autorizada por la Presidencia.Estudiar la prensa escrita que recibe el Organismo efectuando el archivo de fotocopias de noticias de interés departamental, donde conste el medio de prensa así como la fecha de publicación del mismo. Asimismo llevará registro de cintas grabadas o videos sobre programas radiales o televisivos que sean de interés ser archivados.Hacer llegar a la prensa acreditada que lo requiera, la documentación emanada del organismo y autorizada por la Presidencia, con la periodicidad que la misma se genere.Hacer llegar a personas autorizadas por la Presidencia la documentación requerida.Enviar a la prensa toda comunicación que emane del Organismo en forma oficial para ser difundida, cualquiera sea el carácter de la misma.Llevar registro de Ediles y de los Suplentes de Ediles con todos sus datos, fundamentalmente teléfonos y direcciones.Llevar nómina de los asuntos especiales encargados a la Sección, anotando las gestiones dispuestas y efectuadas.Llevar la numeración de todos los oficios emitidos por la Junta, su nómina donde conste la fecha de su libramiento, el destino del mismo y el número de remito en su caso o la vía empleada para su diligenciamiento, y el archivo de su copia.AREA DE TAQUIGRAFIABrinda el servicio técnico de taquigrafía a la Junta Departamental, ya sea en sesiones de su plenario, de las diferentes Comisiones permanentes o especiales, en Reuniones Regionales o Nacionales de las diferentes Comisiones, en Congresos donde tenga participación la Junta Departamental, o en cualquier otro caso de necesidad del servicio que guarde relación con las funciones de la Junta Departamental. Dicho servicio se brindará dentro o fuera del edificio sede de la Corporación, en el Departamento de Maldonado o fuera de él, según fuere menester.AREA FINANCIERO - CONTABLETiene las siguientes funciones: A.= De periodicidad DIARIA Y MENSUAL.TESORERIALiquidación de sueldos.Aportes al BPS.Pagos de indisponibles. Liquidación y pago a Proveedores.Administración de Fondo Fijo (Caja Chica).Conciliaciones bancarias.Arqueos periódicos de caja. CONTABILIDAD Registración contable de caja y banco (Diario de Caja) Mayorización de asientos de caja y bancos.Confección de estados contables mensuales.Control de avance presupuestal a nivel de Rubros y Sub-Rubros.ADQUISICIONESAnálisis de requerimientos recibidos. Solicitud de presupuestos.Adquisiciones, Licitaciones VARIAS Diseño de formularios, planillas, estados, etc..Estadísticas de gastos (planillas y gráficos) Apoyo informático.Informe de expedientes.Asesoría a la Presidencia.Asistencia a Comisiones.B.= De periodicidad ANUAL.TAREAS ANUALES.Confección del Presupuesto Anual.Rendición de Cuentas del Ejercicio Anterior.AREA DE PERSONAL. Sus funciones son las siguientes:Llevar las Fichas Personales, los Legajos Personales y las Carpetas de Licencias al dia, analizando cuales serían las acreditaciones a presentar y la forma de renovarlos periódicamente. Hacer renovación de fotografía, exámenes de Salud y demás constancias renovables.Llevar fichas de licencias personales e integradas del Organismo, clasificadas en anuales reglamentarias, por enfermedad, maternidad, paternidad, duelo, etc. y las especiales por eventos, etc..Tomar conocimiento en cada gestión de licencia, verificando todos sus extremos, dejando constancia en la carpeta de licencias del funcionario.Efectuar control y seguimiento de horarios y su cumplimiento, comunicando cuanto fuere menester.Efectuar el control de las salidas extraoficiales autorizadas.Anticipación en solicitudes de Licencias Reglamentarias y planificación de otorgamiento de las mismas durante el año.Estudio de turnos.Contratación de personal, renovación de contratos y aporte de informes para presupuestación.Informes personales para calificación de personal y toda la tramitación referente al tema.Información al personal de todo lo dispuesto por la Secretaría General o la Presidencia. AREA DE INFORMATICA.- Si bien esta área existe actualmente sujeta a la actividad del Asesor en la materia, se ha establecido su lugar físico y se ha incorporado un potente equipo para desarrollar la actividad de programación, seguimiento, habilitación de uso de la red y respaldo de toda la información computarizada de la Junta Departamental.AREA DE SERVICIOS.- Brinda servicios a la Junta Departamental en diferentes tareas: a) mantenimiento; b) mensajería; c) limpieza puntual de cantina y pequeñas áreas; d) atención de Sala durante sesiones del Cuerpo u otras que se ordenare; e) atención de Bancadas y Comisiones; f) choferes; g) telefonista; h) portería; i) fotocopiado y armado de impresiones, y j) distintas tareas que se comprenden en el sentido general de un área de infraestructura para el funcionamiento correcto de las restantes.Artículo 2º).- Dése difusión, notifíquese personalmente a los funcionarios y a quien corresponda, posteriormente archívese.-Puesto a votación el el precedente Boletín conteniendo la nómina de asuntos entrados y tramitados por la Mesa, obtiene mayoría afirmativo (15 votos en 19).- A esta altura el Edil Sr.Julio Macedo, destaca la característica de esta Presidencia al poner en conocimento del Cuerpo absolutamente todos los trámites de carácter administrativo que se desarrollan en el Cuerpo, lo que considera sumamente positivo.-ASUNTOS ENTRADOS.-de inmediato por Secretaría se da lectura a las Actas de la Comisión de Cultura Nos.19 y 20/97.- De inmediato el Sr.Presidente de la Comisión de Cultura Edil Julio Macedo, destaca entre otras consideraciones, la voluntad unánime que existió para adoptar las resoluciones a que se ha arribado respecto a la iniciativa del Instituto Uruguayo Argentino de promover el Foro Juvenil,invitando a los Sres.Ediles para el día de mañana a la hora 10 y donde participarán los estudiantes participantes de los trabajos. Por último solicitan el apoyo del plenario a lo actuado por la Comisión que preside.- Asimismo la Edil Sra.Ana Ma. González, solicita que las palabras del Edil Sr. Macedo, sean anviadas a todas las Instituciones participantes en el Foro, así como las Actas respectivas.- Asimismo el Sr.Presidente destaca el valor del Acto del día de mañana a la hora 10 e invita a participar a los Sres.Ediles, a efectos de recibir el alumnado de distintos puntos del Departamento, de inmediato se somete a consideración del Plenario la propuesta de la Sra. González, obteniendo unanimidad (20 votos).- En consecuencia en Expediente Nº 24.709, recae la siguiente RESOLUCION:-1º)-Ratifícase lo actuado por la Comisión de Cultura y el grupo de docentes, en lo relativo al dictado de fallos de calificación del Foro Juvenil a que se hace referencia en las Actas Nos.19 y 20.- 2º)-Remítanse a los Institutos participantes, copia de las Actas enunciadas y la versión taquigráfica de lo manifestado en esta sesión respecto al tema.Cumplido archívese.- Edil Sra. Cristina Pérez, solicita el tratamiento como grave y urgente el tema de los "deudores del Banco Hipotecario" y la situación de los mismos respecto a las cuotas que deben aportar, así como la lentitud en la aprobación de la Ley respectiva por parte de la Cámara de Diputados, siendo acompañada por mayoría (15 votos en 18). Luego de exponer respecto a esta delicada situación, la Sra.Edil solicita el pase de sus palabras a la Comisión de Vivienda de Diputados, Directorio del Banco Hipotecario, a los Legisladores por el Departamento, al Senador oriundo del Departamento, Asociación de Escribanos del Uruguay, Colegio de Abogados y Comisiones Barriales de Vivienda, siendo acompañada en estos destinos por mayoría (18 votos en 19).- A esta altura el Edil Sr.Pardiñas,solicita prórroga del horario de Sesión, afirmativo por mayoría (16 votos en 18), asimismo por unanimidad (18 votos), se dispone la urgencia en el trámite de los Expedientes tratados en esta Sesión.-ASUNTOS VARIOS.- respecto al Primer Punto del Orden del Día (Consideraciones sobre el tema Desocupación), la Presidencia realiza distintas precisiones de orden reglamentario por lo que entiende que este punto debe ser retirado del temario, sometiéndolo a la consideración del Cuerpo, el que aprueba este temperamento por mayoría (13 votos en 19).-EXPEDIENTE
Nº24.413.-INTENDENCIA MUNICIPAL REMITE PROYECTO QUE INCENTIVA LA RECONVERSION Y JERARQUIZACION DEL SECTOR HOTELERO DEL DEPARTAMENTO.-La votación de este Expediente se realiza en forma nominal, obteniendo resultado afirmativo unanimidad (19 votos), habiendo sufragado en tal sentido los Ediles Sres.Luis Páez, Walter Camejo, Ana Ma.González, Cecilia Vega, Eduardo Bonilla, María J.Sosa, Nelson Guerra, Alba Clavijo, Romeo Sarmoria, Shirley Ruíz, Wáshington Ramos, Dreyfus Pérez, Euclides Melgarejo, Julio Macedo, Juan Marquine, Rodrigo Blas, Luis Pardiñas, Eduardo Barrán y Pedro Zuasnabar.- En consecuencia la LA JUNTA DEPARTAMENTAL- dicta el siguiente -DECRETO Nº3714.-Artículo 1º).-Los sujetos pasivos de las tasas de alumbrado, general municipal, conservación de pavimento y contralor de higiene ambiental sobre inmuebles destinados a hotelería, podrán descontar del monto global de dichas tasas en cada ejercicio hasta un 50% de la inversión inmobiliaria y hasta un 60% de la inversión mobiliaria realizada en el ejercicio anterior.- Si el monto a descontar supera el 50% del monto
global de las tasas enumeradas en el inciso anterior, ese excedente generará un crédito destinado a cancelar obligaciones de idéntica naturaleza a futuro.- Para que proceda el descuento de la inversión mobiliaria e inmobiliaria los proyectos de inversión deberán verificarse a más tardar hasta la finalización del actual período de Gobierno. Las inversiones realizadas en el presente ejercicio se incluyen en el presente régimen.- La presente inversión se aplicará exclusivamente a los hoteles establecidos con antelación al 1º de enero de 1994 y que a esa fecha verifiquen contar con habilitaciones de edificación, otorgadas por la Dirección de Control Edilicio, referidas a sus instalaciones locativas pre existentes. El Intendente, por resolución fundada, podrá extender este límite para casos o proyectos de inversión que así lo justifiquen.-Artículo 2º).- Cuando la inversión inmobiliaria realizada implique el pasaje del hotel de una categoría inferior a una superior, conforme a la categorización establecida en el cuadro adjunto que califica establecimientos en la Ordenanza General de Construcciones, no será aplicable el inciso segundo del artículo anterior, y si el monto a descontar superara el 100% de las tasas enumeradas en dicho artículo, se imputará el exceso a la cancelación de obligaciones futuras de idéntica naturaleza.-Artículo 3º).- La Intendencia Municipal establecerá por reglamentación los mecanismos y fechas para acreditar la realización de las inversiones y monto de las mismas.-Artículo 4º).- Todos los proyectos de ampliación, modificación o reforma de locales hoteleros que impliquen las inversiones inmobiliarias referidas, deberán ser gestionados ante el Municipio indicando el amparo al presente decreto.- Aquellos proyectos de reforma que contengan, dentro de los objetivos expuestos, excepciones a las normas de edificación vigentes, serán analizados por el Ejecutivo y el Legislativo Departamental al amparo de lo establecido en el art. 5º de la Ordenanza de Hoteles, Decreto 3394/79, Art.12, Decreto 3289 de la Ordenanza General de Construcciones, otorgando a cada caso, un estudio particularizado, procurando su viabilización en la medida que signifiquen mejoras en los servicios instalados y no se afecten criterios de jerarquización arquitectónica y urbanística del lugar. Los referidos trámites de permiso de construcción estarán exonerados de las tasas correspondientes.-Artículo 5º).- Las tasas de alumbrado, general municipal,de conservación de pavimento y de contralor de higiene ambiental, tendrán una bonificación del 10% para aquellos establecimientos hoteleros o propietarios o promitentes compradores de inmuebles destinados a ese fin, cuando en el establecimento trabajen, durante el ejercicio, un mínimo de ocho personas en relación de dependencia, con exclusión de parientes hasta el 4º grado de consanguinidad y 2º de afinidad, tanto el titular de la explotación como del inmueble, los que necesariamente deberán figurar en la planilla de trabajo.-Artículo 6º).- Modifícase el artículo 41 del Decreto 3695 el que quedará redactado de la siguiente forma: "Los permisos vigentes deberán ser renovados en la forma establecida en los artículos anteriores y tendrán una bonificación especial de hasta el 50% (cincuenta por ciento) de su importe, hasta el 30 de abril de 1998".-Artículo 7º).- La Intendencia Municipal reglamentará el presente Decreto.-Artículo 8º).-Pase a la Intendencia Municipal a sus
efectos, declarándose urgente.-No siendo para mas, a la hora veintitrés y veinte minutos el Sr. Presidente declara clausurado el Acto, labrándose para constancia la presente, que se firma en el lugar y fecha arriba indicados.-
Esc. Pedro Zuasnabar Alvariza
Presidente
Nelson Martínez
Secretario General