ACTA Nº 649.- En la ciudad de Maldonado, a los ocho días del mes de mayo del año mil novecientos noventa y siete, respondiendo a la convocatoria para celebrar Sesión Extraordinaria la Junta Departamental, asisten a sala los Ediles Sres. Esc.Pedro Zuasnabar, Luis Pardiñas, Atahualpa Javier, Adolfo González, Enrique Baeza, Dreyfus Pérez, Rudy Prior, Nario Palomino, Daniel Lazo, Gerardo Núñez, Roque Martinelli, Walter Camejo, Alberto de León, Nelson Díaz, Néstor Scarpa, Romeo Sarmoria, Walter Bonilla, Lourdes Ontaneda y los suplentes Sres.Daniel Alonsopérez, Carlos Insua, Raúl Bianchi, José Cabrera, Juan Fernández, Nelson Blanco, Alexis Corbo, Cristina Pérez yHéctor Espíndola.-Han faltado sin aviso los Ediles Sres. José Yacovazzo, Walter Moyano, Julio Macedo, Juan Marquine, Pablo Quintero, Miguel Romero .-Preside el Acto el titular Esc.Pedro Zuasnabar, y actúa en Secretaría Administrativa el Secretario General Sr.Nelson Martínez y en Secretaría de Actas el Director Sr.Hugo Pérez Segovia.-A la la hora veintiuna y cincuenta y ocho minutos, el señor Presidente da inicio a esta Sesión que ha sido citada a efectos de tratar como único punto:Expediente No.24.902.-Presidente de la Junta Departamental, Esc.Pedro Zuasnabar, eleva Proyecto de Adecuación Presupuestal para la Corporación, Ejercicio 1997 y siguientes.(Q.Especial, 3/5 de votos).-Adunto se encuentra el Expte.24.902/1, conteniendo Mensaje complementario del Sr.Presidente del Cuerpo sobre el tema.-El Edil Sr.Barrán, solicita un cuarto intermedio de 15 minutos, siendo la hora veintiuna y cincuenta y nueve minutos, reiniciándose la sesión a la hora veintidós y veinticinco minutos.-El Edil Sr.Alberto de León,mociona en el sentido de que se vote el Proyecto presentado, en forma nominal y sin desglose, siendo acompañado por el Cuerpo por mayoría (25 votos en 30).-De inmediato se procede a votar en forma nominal y en general el Proyecto, obteniendo resultado afirmativo (25 votos en 30), lo han hecho por la afirmativa los Ediles Sres.Insua, Camejo, Núñez, Vergara, Scarpa, Lazo, Ana Ma.González, De León, Corbo, Pardiñas, Javier, Baeza, C.Pérez, Blanco, Cabrera, Blas, Alonsopérez, Barrán, Espíndola, Adolfo González, Melgarejo, Pérez Abreu, Palomino, F.Salazar y Zuasnabar, haciéndolo por la negativa los Ediles Sres.Ontaneda, Sarmoria, Clavijo, W.Bonilla y Juan Fernández (quien fundamenta su voto).-Se ha retirado de sala el Edil Sr.Cabrera, concurriendo el Edil Sr.Prior.-Votado que fue en particular obtiene resultado afirmativo (24 votos en 29), haciéndolo por la afirmativa los Ediles Sres.Insua, Camejo, Núñez, Vergara, Scarpa, Ana Ma.González, A.de León, Corbo, Pardiñas, Javier, Baeza, C.Pérez, Blanco, Blas (fundamenta su voto), Prior, D.Alonsopérez,(fundamenta su voto), Barrán, Adolfo González, Espíndola, Pérez Abreu, Melgarejo, Palomino, Salazar y Zuasnabar, haciéndolo en forma negativa los Ediles Sres.Ontaneda, Clavijo, Sarmoria, W.Bonilla y Juan Fernandez.-En consecuencia en estos obrados, se Dicta el siguiente DECRETO No.3711: Artículo 1ro.) Establécese en la cantidad de $ 18:298.265,oo (Pesos Uruguayos Dieciocho millones docientos noventa y ocho mil doscientos sesenta y cinco), el Presupuesto de la Corporación para el ejercicio 1997 y siguientes -Programa 1-20 del Gobierno Departamental-, que se desglosa de la siguiente manera: Rubros 0 y 1- $ 14:271.391,oo Rubros 2 al 9 - $ 4:026.874,oo T O T A L - $ 18:298.265,oo Artículo 2do.) MODIFICACION DE GRADOS: a)- Modifícase el Grado del Cargo Chofer del 5-SA al 4-SA, al que le corresponderá un sueldo mensual de $ 7.500,oo (Pesos Uruguayos Siete mil quinientos) al 1ro. de julio del corriente año. b)- Modifícase el Grado del Cargo Telefonista del 4-SA al 3-SA, al que le corresponderá un sueldo mensual de $ 5.000,oo (Pesos Uruguayos Cinco mil), al 1ro. de julio del corriente año. c)- Modifícase el Grado del Cargo Portero del 3-SA al 2-SA, al que le corresponderá un sueldo mensual de $ 4.500,oo (Pesos Uruguayos Cuatro mil quinientos), al 1ro. de julio del corriente año.Artículo 3ro.) ELIMINACION DE CARGOS:- Elimínase un cargo de Director Administrativo, Grado 9-A.- Elimínanse tres cargos de Auxiliar Adm. 1ro., Grado 6-A.- Elimínanse cuatro cargos de Auxiliar Adm. 2do., Grado 5-A.- Elimínanse dos cargos de Auxiliar Adm. 3ro. Grado 4-A. Elimínase el cargo de Técnico en Computación Grado 6-T.-Elimínanse dos cargos de Taquígrafos de 2da., Grado 5-T.- Elimínase el cargo de Auxiliar 1ro.de Limpieza Grado 5-S.- Artículo 4to.) CREACION DE CARGOS:- Créase un cargo de Jefe Administrativo Grado 8-A. Créase un cargo de Sub-Jefe Administrativo Grado 7-A. Créanse diecinueve cargos de Auxiliar Adm.4to. Grado 3-A. Créase un cargo de Encargado de Choferes Grado 6-SA. Créanse dos cargos de Telefonista Grado 3-SA.Créanse dos cargos de Auxiliar de Servicio Grado 3-SA. Créanse dos cargos de Portero Grado 2-SA.- Artículo 5to.) CREACION DE ESCALAFÓN, GRADO Y CARGO:- Créase el escalafón Profesional, el que estará integrado por el Grado 10-P, al que le corresponderá un Cargo de Contador Público, con una retribución mensual líquida, equivalente al sueldo del Cargo Director Administrativo Grado 9-A. Percibirá además iguales Renglones que el personal de carácter político del Cuerpo, y su contrato será anual sin renovación automática. Artículo 6to.) MODIFICACION SALARIAL:- a)- Modifícase el sueldo del Auxiliar Administrativo 2do. Grado 5-A, el que pasará a ser de $10.963,oo (Pesos Uruguayos Diez mil novecientos sesenta y tres) a partir del 1ro.de julio del corriente año.b)- Modifícase el sueldo del Auxiliar Administrativo 3ro. Grado 4-A, el que pasará a ser de $8.400,oo (Pesos Uruguayos Ocho mil cuatrocientos) a partir del 1ro.de julio del corriente año. c)- Modifícase el sueldo del Auxiliar Administrativo 4to. Grado 3-A, el que pasará a ser de $ 6.400,oo (Pesos Uruguayos Seis mil cuatrocientos) a partir del 1ro.de julio del corriente año.d)- Equipárase el sueldo del Cargo Jefe de Servicios Grado 8-S al Cargo Sub-Jefe Administrativo Grado 7-A. Artículo 7mo.) a)- Establécese el siguiente grado escalafonario para el funcionariado de la Corporación, Administrativo, de Servicio, Técnico, y Profesional, a partir de la vigencia del presente Decreto. ESCALAFON ADMINISTRATIVO: 11.A Secretario General - 10.A Pro-Secretario - 9.A Director - 8.A Jefe - 7.A Sub-Jefe - 6.A Auxiliar Adm. Primero - 5.A Auxiliar Adm. Segundo - 4.A Auxiliar Adm. Tercero - 3.A Auxiliar Adm. Cuarto ESCALAFON DE SERVICIO: 8.S Jefe de Servicios 7.S Sub-Jefe de Servicios SERVICIOS DE LIMPIEZA SERVICIOS AUXILIARES 6.S Encargada de Limpieza - 6.SA Auxiliar de Sala - 6.SA Enc.de Choferes - 5.SA Enc.de Cafetería - 4.SA Chofer - 3.SA Telefonista - 3.SA Auxiliar de Servicio - 2.SA Portero ESCALAFON TECNICO: 9.T Director de Taquígrafos - 8.T Jefe de Taquígrafos - 7.T Sub-Jefe de Taquígrafos 6.T Taquígrafo de Primera - 5.T Taquígrafo de Segunda ESCALAFON PROFESIONAL: 10.P Contador Público b)- Establécense los siguientes cargos para el personal que desempeña funciones con carácter político, para el ejercicio 1997 y siguientes: Secretario Político de la Presidencia - Secretario de Bancada Artículo 8vo.) Los ingresos de nuevos funcionarios para ocupar las vacantes resultantes de la sanción del presente proyecto de presupuesto, se escalonarán durante los meses de julio, agosto y setiembre del corriente año, en proporciones iguales. Artículo 9no.) Las asignaciones correspondientes a cada Rubro del Presupuesto de la Corporación, se incrementarán anualmente y en forma automática, de acuerdo a la variación del Indice de Precios al Consumo (I.P.C.) del ejercicio inmediato anterior; complementándose así lo establecido por los artículos 19no. y 20mo. del Decreto 3658 del 4 de setiembre de 1992. Artículo 10mo.) Establécese a partir de la vigencia del presente Decreto, que el Hogar Constituído, la Asignación Familiar y las Primas por Nacimiento, Casamiento y Fallecimiento a percibir por el funcionariado de la Corporación, pasarán a figurar numericamente con los valores correspondientes al 30 de junio del presente año. Dichos Subsidios y Transferencias se incrementarán en idénticas oportunidades y porcentajes que las Retribuciones Personales. Artículo 11ro.) Las Retribuciones Personales de los funcionarios del Legislativo Departamental se han incrementado en las oportunidades y porcentajes que a continuación se detallan: a) A partir del 1º/09/996 - 7,4% b) A partir del 1º/01/997 - 9,5% Artículo 12do.) De acuerdo a lo establecido en los artículos precedentes, se fijan las partidas para los diferentes rubros de la Corporación y cuadros estructurales, según el planillado adjunto. Artículo 13ro.) El presente Decreto entrará en vigencia el primero de julio del corriente año. Artículo 14to.) Deróganse todas las disposiciones que se opongan a lo dispuesto por el presente Decreto. Artículo 15to.) Apruébase, pase al Tribunal de Cuentas de la República a sus efectos y remítase copia a la Intendencia Mpal.. Artículo 16to.) Declárase urgente.-No siendo para mas y habiéndose agotado el Temario, el señor Presidente, declara clausurado el Acto, siendo la hora veintitrés y diez minutos, labrándose para su debida constancia la presente que se firma en el lugar y fecha Ut.Supra.-
Esc.Pedro Zuasnabar
Presidente
Nelson Martínez
Secretario General
Hugo Pérez Segovia
Director