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Sesión Extraordinaria 30 de Octubre de 2008

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DIARIO DE SESIÓN Nº 76.-  En Maldonado, siendo la hora 21:07  minutos, previo llamado reglamentario a Sala, se da inicio a la Sesión Extraordinaria convocada para el día 30 de octubre de 2008.-

Concurren a Sala los Ediles titulares Roberto Domínguez, Fernando Velázquez, Fernando Bolumburu, Gastón Pereira, Sergio Duclosson, Enrique González, Alejandro Martínez, Ruben Toledo, Marilín Moreira, Marlene Chanquet, Daniel Fernández, Víctor H. Castro, Benjamín Saroba, Martín Laventure, Oscar Olmos, Magdalena Saenz de Zumarán, Jorge Casaretto, Francisco Salazar y los Ediles suplentes Lilia Muniz, José Rodríguez, Carlos Núñez, Juan C. Serrón, Guillermo Moroy, Javier Sena, Wenceslao Séré, Coralio Darriulat, Miguel Plada, Alejandro Echavarría y Oscar Meneses. Con licencia anual: Gladys Scarponi, Nicolás Sosa, José L. Real y Milton Hernández. Ediles inasistentes: Juan Blanco, Favio Alfonso, Rosa Piazzoli, Julio García, Gustavo Pereira, Rodrigo Blás, José Carro, José Hualde, Alejandro Bonilla y Fernando García. Preside el acto: Roberto Domínguez Gómez. Actúa en Secretaría: Nelly Pietracaprina (Secretaria General), con el apoyo de Gonzalo Pérez Muró (Director de Dirección Legislativa).-

SEÑOR PRESIDENTE.- Señores Ediles, estando en número, comenzamos con la Sesión.-

                El Orden del Día tiene como único punto el EXPEDIENTE Nº 455/08: Intendencia Municipal remite a consideración del Cuerpo la Adecuación Presupuestal, período 2008-2010. Vuelto informado del Tribunal de Cuentas de la República.-

                Está a consideración del Plenario.-

                Señor Edil Toledo, tiene la palabra.-

SEÑOR TOLEDO.- Creo que hay dos informes del expediente. Vamos a pedir que se lean por llegada, al expediente.-

SEÑOR PRESIDENTE.- Muy bien señor Edil, así se va a proceder.-

SEÑORA SECRETARIA.- El informe en mayoría.-

A la Junta Departamental.-

VISTO: La Resolución  del Tribunal de Cuentas de la República del 28 de octubre del corriente año, respecto de la Adecuación Presupuestal  para el Período 2008-2010 de la  Intendencia, Decreto  Nº 3843/08.-

CONSIDERANDO I: Que las observaciones en su gran mayoría refieren a la falta de reglamentación de algunas de las disposiciones previstas en el Decreto Nº 3843/08 y se señala que estas reglamentaciones deben ser incluidas dentro de esta Adecuación.-

                CONSIDERANDO II: Que en esta instancia este Cuerpo Legislativo conforme a las normas vigentes no puede realizar modificaciones al texto ya aprobado.-

CONSIDERANDO III: Que el convenio celebrado con ADEOM que permitirá regularizar una situación injusta que se arrastra desde hace varios años está contemplado en algunos de los artículos observados por falta de reglamentación.-

CONSIDERANDO IV: Que en general el resto de las observaciones presentan consideraciones de forma y no de fondo.-

ATENTO: A lo precedentemente expuesto y lo dispuesto en el Artículo 225 de la Constitución de la República y demás disposiciones concordantes.-

La Comisión de Presupuesto, Hacienda y Adjudicaciones, en sesión del día de la fecha, al Cuerpo ACONSEJA: 1º) No aceptar las observaciones formuladas por el Tribunal de Cuentas de la República. 2º) Remitir la Adecuación Presupuestal, con lo actuado, a consideración de la Asamblea General, conforme a lo establecido en el Artículo 225 de la Constitución de la República. 4º) Declárase urgente.-

Firman este informe los señores Ediles Ruben Toledo, Gastón Pereira y la Edila Marlene Chanquet.-

El informe en minoría.-

VISTO: El dictamen constitucional emitido por el Tribunal de Cuentas respecto al Proyecto de Modificación Presupuestal 2008-2010 de la Intendencia Municipal de Maldonado.-

RESULTANDO I: Que el mencionado Organismo ha observado  el referido documento por lo expuesto en los párrafos, 4.1, 4.3,  4.5,  5.1, 5.2, 5.3, 5.4, y 5.6 de su dictamen.-

RESULTANDO II: Que en el Artículo 1º de la Ordenanza Nº 71 del Tribunal de Cuentas se establece que: “Cuando las Juntas Departamentales, al sancionar definitivamente los Presupuestos o Modificaciones Presupuestales, acepten las observaciones formuladas por este Cuerpo, deberán introducir efectivamente las correcciones dispuestas, sin perjuicio de instruir al Ejecutivo Comunal acerca de la realización de aquellas que requieran una mayor elaboración o estudio”. A su vez, el Artículo 3º de esa Ordenanza dispone que:   “Para el caso de que se acepten las observaciones formuladas, pero no se introduzcan las modificaciones necesarias, este Cuerpo dará cuenta a la Asamblea General, en cumplimiento de lo dispuesto en el Literal E  del Artículo 211 de la misma”.- (a.f.r.)

CONSIDERANDO  I: Que en lo medular las observaciones afectan una serie de  compensaciones y partidas establecidas en beneficio de los funcionarios municipales por los Artículos 25 -Inciso 3-, 27, 31, 32, 36, 37 y 38.- 

                CONSIDERANDO II: Que por imperio de la Ordenanza Nº 71 y dado el contenido de las observaciones  realizadas a esas compensaciones y partidas, la aceptación de las mismas supondría la eliminación de los Artículos en cuestión.-

CONSIDERANDO III: Que razones jurídicas y de conveniencia llevan especialmente a no aceptar las observaciones formuladas por el Tribunal de Cuentas a las disposiciones que recogen las conquistas logradas por los funcionarios municipales. La eliminación de los artículos que recogen esos beneficios, para dar cumplimiento a la observación del Tribunal de Cuentas, implicaría que la consideración de esos beneficios se dilate hasta la próxima instancia presupuestal, que será en el año 2011. Por lo tanto, la no aceptación de las observaciones del Tribunal de Cuentas supone hacer posible y efectivizar las mejoras logradas por los funcionarios municipales en el presente documento presupuestal. Por lo tanto, no se aceptan las observaciones referidas en el párrafo 5.3 del dictamen del Tribunal de Cuentas.-

CONSIDERANDO IV: A mayor abundamiento cabe señalar que desde el punto de vista jurídico se dio cumplimiento al precepto constitucional de fijar  y modificar las dotaciones en la instancia presupuestal -Artículo 86 de la Constitución Nacional. Pese a la regularidad constitucional de los artículos observados debe señalarse que hubiese sido aconsejable una mayor calidad y desarrollo de las normas en el texto presupuestal, lo que es responsabilidad del Ejecutivo Departamental, por estar ello dentro de su esfera de competencia y por ser quien remitió la iniciativa. Las carencias deben imputarse entonces al Municipio, el que ha puesto en crisis, con sus carencias a la hora de elaborar el texto presupuestal, las conquistas de los funcionarios.   Nuevamente la Junta Departamental debe subsanar esas limitaciones, esta vez, recurriendo al único mecanismo institucional que le queda: la remisión de las actuaciones a la Asamblea General.-        

CONSIDERANDO V: Por lo tanto, se entiende que por un tema de responsabilidad, compromiso y justicia, no es posible postergar las mejoras de los funcionarios hasta el año 2011, por lo que se hace necesario no aceptar las observaciones del Tribunal de Cuentas. La única forma de salvaguardar dichas conquistas es dar cumplimiento al trámite previsto en el Artículo 225 de la Constitución y remitir las actuaciones a consideración de la Asamblea General.-

CONSIDERANDO VI: Por su repercusión social también se sugiere no aceptar la observación realizada por el Tribunal de Cuentas a la inversión aprobada por la Junta Departamental para regularizar el Barrio San Antonio  y atender situaciones de desalojo -párrafo 5.2.-

                CONSIDERANDO VII: La remisión de adeudos referida en el Artículo 57, agregado por la Junta Departamental, no contraviene lo dis­puesto en los Artículos 133 y 273, Numeral 3 de la Carta, dado que lo que hizo el Legislativo fue limitarse a dar cumplimiento a sentencias dictadas por la Suprema Corte de Justicia, las cuales son declarativas y de obligatorio cumplimiento en cada caso concreto.-

                CONSIDERANDO VIII: Resulta preocupante que la Intendencia, ante el requerimiento del Tribunal de Cuentas, no haya presentado la información que le fue exigida y que tiene relación con la situación de la Hacienda Municipal       -párrafos 4.1, 4.3  4.5 y  5.1. Por lo tanto, se entiende imprescindible que a la brevedad posible el Ejecutivo Departamental ponga en conocimiento del Legislativo Departamental la información que no le suministró al Tribunal de Cuentas. También se la deberá suministrar a dicho órgano de contralor externo. (c.i.)

Debe señalarse que todos estos extremos serán controlados por el Legislativo Departamental en ocasión de la Rendición de Cuentas y cuando le sea remitida la información por el Ejecutivo, sin perjuicio de las posibilidades de intervención del Tribunal de Cuentas previstas en el Artículo 273, Numeral 4, de la Constitución Nacional. Por lo tanto, el contralor de la Junta Departamental está garantizado.- 

Considerando IX: En caso de no ser aceptados los dictámenes del Tribunal de Cuentas, corresponde que se pronuncie la Asamblea General (ver Delpiazzo, Tribunal de Cuentas, páginas 57, 58, 59, 81 y 82).  Y ello sin perjuicio de reconocer el enorme valor institucional del Tribunal de Cuentas, denostado en ocasiones por quienes reniegan del contralor y la transparencia.-

Por lo precedentemente expuesto, la Comisión de Presupuesto, Hacienda y Adjudicaciones al Cuerpo ACONSEJA: 1º) No aceptar las observaciones formuladas por el Tribunal de Cuentas de la República en los términos antes expuestos. 2º) Remítase la Modificación Presupuestal con lo actuado a consideración de la Asamblea General, conforme a lo establecido en el Artículo 225 de la Constitución de la República.-

                Firman este informe los Ediles Jorge Casaretto y Guillermo Moroy.-

Durante la lectura de dichos informes, se retiraron los Ediles Coralio Darriulat, Fernando Velázquez e ingresaron los Ediles Cecilia Burgueño e Isabel Pereira. Asimismo alternaron bancas los Ediles Wilson Laureiro, Olidén Guadalupe y Ana Quijano.-

SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Edil Sena.-

SEÑOR SENA.- Gracias, Presidente.-

                Si fuera tan amable, ¿me puede leer la Mesa las observaciones del Tribunal de Cuentas?

SEÑORA SECRETARIA.- El dictamen del Tribunal dice: 1º) Identificación del documento objeto de la auditoría.-

El Tribunal de Cuentas ha examinado el Proyecto de Modificación Presupuestal para el Período 2008-2010 de la Intendencia Municipal de Maldonado. Toda la  información incluida en el referido Proyecto y los supuestos sobre los que se basa representan las afirmaciones del Organismo que los emite. La responsabilidad del Tribunal de Cuentas es dictaminar e informar sobre dicho Proyecto de Presupuesto basado en la auditoría realizada, de acuerdo a lo dispuesto por los Artículos 211 -Literal A- y 225 de la Constitución de la República y establecer, en caso que corresponda, los hallazgos realizados en relación con el cumplimiento de las disposiciones constitucionales, legales y reglamentarias que resulten aplicables.-

2º) Antecedentes.-

2.1) La Intendencia Municipal de Maldonado, por Oficio Nº 900/08 de fecha 30 de junio de 2008, remitió la Iniciativa a la Junta Departamental dentro de los seis meses de iniciado el año civil, con arreglo a lo dispuesto por el Artículo 214 de la Constitución de la República.-

2.2) La Junta Departamental, por Decreto Nº 3843/08 de 6 de octubre  de 2008, aprobó en general, por 23 votos en 28 señores Ediles presentes, el Proyecto a regir desde el 1º de enero de 2008.-

2.3) Por Oficio N° 564/08 de 6 de octubre de 2008, la mencionada Junta remitió las actuaciones a efectos de recabar el dictamen de este Tribunal, ingresando las mismas oficialmente en Sesión del 8 de octubre de 2008.-

2.4) Al no haberse incluido la información requerida por la Ordenanza N° 70 de este Tribunal, la misma fue solicitada por  Oficio N° 7034/08 de 14 de octubre de 2008. En dicho oficio se requirió, entre otros, el detalle de las bases de cálculo de las  estimaciones de recursos, detalle de cálculo del Grupo 0, escalafón vigente y proyectado de cargos presupuestados, contratados y eventuales, con detalle del grado…

                En realidad, todo esto… Voy a pasar directamente a las observaciones. Perdón.-

5) Cumplimiento de normas constitucionales, legales y reglamentarias.-

5.1) Los recursos presentados no fueron clasificados y ordenados íntegramente con arreglo a la Ordenanza Nº  84 de este Tribunal de fecha 07/06/06.-

5.2) La partida asignada para la adquisición de tierras y posterior venta a sus poseedores a efectos de la regularización del Barrio San Antonio, regulada en el Artículo 3, excede las competencias del Intendente Municipal, de acuerdo con lo dispuesto por el Artículo 36, Inciso 1 de la Ley Nº 9.515 del 28 de octubre de 1935.-

5.3) La falta de reglamentación de las compensaciones y partidas establecidas en los Artículos 25          -Inciso 3-, 27, 31, 32, 36, 37 y 38, incumple con lo dispuesto en el Artículo 86 de la Constitución de la República, en la medida que la determinación y la distribución de las mismas se estarían fijando por el Intendente fuera de la instancia presupuestal.-

5.4) El Artículo 57, agregado por la Junta Departamental, contraviene lo dispuesto en los Artículos 133 y 273, Numeral 3 de la Carta, al omitirse la iniciativa del Intendente Municipal.-

5.5) Con referencia a los subsidios a la vivienda que establece el Artículo 83, se debe tener presente que los Gobiernos Departamentales carecen de competencia para la construcción y venta de viviendas, fuera del marco normativo aprobado por el Gobierno Nacional.- (g.t.)

5.6) La falta de reglamentación y la vaguedad de las normas previstas en los Artículos 84 y 85 impiden determinar su legalidad, no pudiendo quedar su­jeta a una futura reglamentación al no establecerse las pautas fundamen­tales en las normas presupuestales.-

6) Opinión.-

La normativa remitida cumple con las disposiciones constitucionales, legales y reglamentarias vigentes, excepto por lo expresado en los párrafos  4.1, 5.1, 5.2, 5.3, 5.4, y 5.6. Debido a que el Gobierno Departamental no cumplió con la Ordenanza Nº 70 y no remitió en plazo la información referida en el párrafo 2.6, a lo expresado en los párrafos 3.2, 4.3 y 4.5, y a que no se pudo recurrir a procedimientos de auditoría alternativos, el alcance del trabajo no es suficiente para permitirnos expresar y, por lo tanto, no expresamos una opinión respecto a la razonabilidad de las asignaciones presupuestales y de la no estimación de recursos.-

SEÑOR SENA.- Presidente.-

SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Edil Sena.-

SEÑOR SENA.- Simplemente que coincido con la señora Secretaria en que no había que leerlo todo, pero que conste en Actas que pedí que se incluyera en ella todo el edicto del Tribunal.-

                Nada más.-

SEÑOR PRESIDENTE.- Si me permite, señor Edil, lo que usted solicitó es que se leyeran las observaciones solamente.-

SEÑOR SENA.- Claro, por eso digo.-

SEÑOR PRESIDENTE.- ¿Pero qué salvedad quiere hacer? No le entendí, disculpe.-

SEÑOR SENA.- Simplemente que conste en el Acta desde el dictamen en adelante todo lo que…, porque…

SEÑOR GASTÓN PEREIRA.- Presidente, para una aclaración.-

SEÑOR PRESIDENTE.- Por una aclaración tiene la palabra el señor Edil Pereira.-

SEÑOR GASTÓN PEREIRA.- De acuerdo a una propuesta que hicimos el año pasado, que tuvo informe de la Comisión de Reglamento y  fue votado por el Plenario, el Acta pasó a ser la Versión Taquigráfica.-

SEÑOR PRESIDENTE.- Sin duda.-

SEÑOR GASTÓN PEREIRA.-  Así que está de más todo lo que está pidiendo el señor Edil.-

(Dialogados).-

SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Edil Sena.-

SEÑOR SENA.- Lo que está de más es lo que dijo él. Si yo lo pido, corresponde.-

SEÑOR PRESIDENTE.- El señor Edil Moroy tiene la palabra.-

SEÑOR MOROY.- Gracias, señor Presidente.-

                En la noche de hoy nos gustaría haber estado votando el dictamen del Tribunal de Cuentas sin observaciones o, por lo menos, con pocas observaciones. La sorpresa que hemos tenido es que ha venido plagado de observaciones y, sobre todo, de observaciones no tanto sobre el fondo de los temas o de los asuntos, sino de falta de profesionalidad técnica. Y la falta de profesionalidad técnica no de la Junta Departamental sino del Ejecutivo Departamental.-

                No sé si acordarán que, una vez ingresado el Presupuesto a la Junta Departamental, los Directores Generales de la Intendencia Municipal de Maldonado durante más de un mes y medio se negaron a concurrir a la Junta Departamental a dar explicaciones, o a estar solícitos para responder preguntas o consultas.-

                Esto, dentro de muchas cosas, es consecuencia de ello, de la falta de trabajo. Todo lo que está observando el Tribunal de Cuentas es justamente tarea específica del Ejecutivo. Un Ejecutivo que ha mostrado una falta de capacidad asombrosa, más aún en un tema tan importante como la Adecuación Presupuestal, en la cual se están votando fondos por casi U$S 150:000.000, en la cual se votan normas muy importantes y dentro de esas normas una, en la que los dos Partidos han hecho hincapié y  han hecho fuerza para que saliera, que fue el acuerdo con el Gremio de ADEOM.-

                Señor Presidente: hoy los funcionarios están esperando cobrar, hoy se les estaba depositando en las cajas parte de lo que establece el Presupuesto, la Adecuación Presupuestal, que -entre ajuste por IPC y un 4,99 de recuperación salarial- da un 10% por mes, retroactivo al mes de julio.- (j.k.).-

Mucha gente ya pensaba que hoy lo iba a cobrar. Lamentablemente lo van a cobrar pasada la temporada; con suerte lo cobrarán a fines de febrero o marzo. El problema es que estas observaciones del Tribunal de Cuentas han puesto en un brete a la Junta Departamental. Nos han quedado dos caminos, y vamos a tener que optar por el menos malo, por el camino que permita, justamente, que lo que fue la voluntad de este Cuerpo se respete, porque  si elegimos el otro, muy probablemente lo que fue la voluntad de este Cuerpo quede por el camino.-

Entonces, señor Presidente, en nuestro informe, el informe del Partido Nacional, está establecido cuáles son las causales y cuáles han sido las faltas -en esta Adecuación Presupuestal- en las que ha  incurrido el Ejecutivo; creo que tendría que revisar sus profesionales -un tirón de orejas para sus profesionales-, porque no es un error muy común, es un error grave.-

Entonces, señor Presidente, por eso el Partido Nacional, si bien en lo medular concuerda con el Partido de Gobierno -uno mira lo medular y los dos informes piden lo mismo-, el Partido Nacional quiere dejar constancia de las razones por las cuales lo vota y las faltas en que se ha incurrido.-

Gracias, señor Presidente.-

Durante esta intervención, se retiró la Edila Marilín Moreira e ingresó el Edil Hebert Núñez.-

SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Edil Toledo.-

SEÑOR TOLEDO.- Gracias, Presidente.-

                Dos aclaraciones previas que voy a pedir a la Mesa, o a usted Presidente. El Tribunal de Cuentas, por intermedio de la Junta, le pide a la Intendencia ampliación de información, en dos oportunidades. ¿La Intendencia las devolvió a la Junta y  fueron remitidas al Tribunal? ¿Las dos?

SEÑOR PRESIDENTE.- Las dos fueron remitidas  a la Junta y fueron devueltas al Tribunal.-

SEÑOR TOLEDO.- Bien. Eso por algo que se estaba diciendo en un informe. Para ir dejando en claro algunas cosas, más allá de que el Tribunal diga por ahí que no tuvo tiempo de leer esto y no dictaminar algunas cosas.-

Yo cuando tengo las manos sucias me las lavo, y me las puedo lavar así, diciendo estas cosas, estas vaguedades, como en algunos casos está expresando el Tribunal de Cuentas de la República Oriental del Uruguay.  No es la primera vez que lo digo acá, no se asombren, porque hasta una exposición en el Período anterior hice sobre el Tribunal de Cuentas de la República.-

                Ahora, si nosotros vamos a analizar estas observaciones, quizás algunas sean  indiscutibles, no se puedan discutir. Sobre todo hay una que no es para discutir. Sí nos llaman poderosamente la atención algunas otras observaciones, como la referida en el párrafo 53, que justamente está observando siete artículos del convenio con ADEOM.-

¡Y mire qué raro! Está observando porque algunas reglamentaciones  se van a hacer fuera del Período presupuestal, que terminaría esta noche. No observa nada de fondo, no observó los montos, no observa la plata, de dónde sale, a dónde va, nada. Observa que, por ejemplo, en un convenio que se puede hacer con los guardavidas, o salvavidas,  por $ 127.000 que están ahí como prima para la seguridad, por riesgo de vida, se pudiera  hacer en Playa Mansa o Playa Brava, o en las dos en conjunto. Ese  es un convenio que tienen que hacer con ADEOM. Eso lo observa: tenían que haber puesto hoy, o antes de hoy, cuál iba a ser esa Resolución.-

                Observa, por supuesto, todo lo demás que va a ser tema de reglamentación entre la Intendencia y el propio ADEOM.- (m.r.).-

                Nada… para nosotros o para mí, personalmente, no voy a involucrar a nadie más: nada importante. Que, además, señor Presidente… y cuando digo “me llaman la atención estas cosas”, es la primera vez que veo una observación de este tipo en un Presupuesto en una Adecuación Presupuestal.-

                En el tiempo que llevo en esta Junta y en la Comisión de Presupuesto y analizando estas cosas con algunos profesores -como veo uno ahí arriba, que me enseñó muchas cosas de estas-, es la primera vez que veo este tipo de observaciones.-

SEÑOR GASTÓN PEREIRA.- Joven Profesor.-

SEÑOR TOLEDO.- Joven Profesor -¡joven Profesor-, pero serio, no como algunos otros. Serio, ¡serio Profesor!

                Y mire usted, Presidente, lo que son las cosas: al Tribunal de Cuentas de la República, que tiene que controlar fundamentalmente, en estos casos, en estas Adecuaciones Presupuestales, que usted le esté mandando un Presupuesto que no esté desequilibrado, ¿verdad? -que coincidan las cuentas, los recursos entrados como los salidos tienen que coincidir-, nosotros le mandamos un Presupuesto completamente desfinanciado -a este Presupuesto, a esta Adecuación Presupuestal le faltaban U$S 8:000.000- y el Tribunal de Cuentas no se dio por enterado. Son esas cosas que pasan, ¿verdad?, como decía Larralde.-

                Por otra parte, tenemos una observación, por ahí, de un artículo que se había incluido por parte de la Junta con referencia al tema San Antonio, que lo observa el Tribunal. Pero tenemos otras dos situaciones exactamente iguales, que son los de La Capuera y de Selva Negra, que el Tribunal tampoco se dio por enterado.-

                Entonces, cuando usted analiza y dice… Porque uno cuando se forma la opinión, el Tribunal de Cuentas de la República es como una cosa que debe controlar todo lo que es la Hacienda Pública, debe controlar todo, y uno se encuentra con estas cosas, queda pensando: “¿Cómo funciona el Tribunal de Cuentas?”.-

¿Ustedes recuerdan…? No está Blás acá, el señor Edil Rodrigo Blás. Pero yo recuerdo en el Período anterior, cuando vino una observación del Tribunal de Cuentas a la Intendencia -que no era la nuestra-, en el Período anterior, por $ 350:000.000. ¿Lo recuerdan? Tuvimos acá una pelotera, estaba Blás explicando por allá.-

$ 350:000.000 en un mes; es de romper los ojos que en un mes si la Intendencia venía teniendo gastos observados… por lo general es así cuando se juntan todos los gastos de un mes que no están presupuestados y son observados por el Artículo 15 del TOCAF, andaba alrededor de $ 30.000 mensuales.-

$ 350:000.000 y el Tribunal de Cuentas observó pero no dijo nada, y adentro… había lechugas que se compraban ¿a cuánto? A $ 54.000, cosas impresionantes. Por eso digo, cuando nos ponemos a analizar, algunos órganos de contralor nos dejan algunas dudas.-

                En definitiva, señor Presidente, nosotros en este caso no estamos aceptando las observaciones, pero no sólo por lo que implican, o sea, por lo que pueden implicar estas observaciones en un convenio con ADEOM, ¿verdad?

                Yo, personalmente, no acepto parte de estas observaciones porque son traídas de los pelos por el Tribunal de Cuentas, y si no, que me expliquen por qué observan esos siete artículos del convenio con  ADEOM, como observan algunos otros, por ejemplo, el referido a la garantía de alquileres o a la garantía para los préstamos productivos. “Ah, porque no tenemos información”, dice, “y es vago el artículo”. Por eso lo observa y no se puede aplicar, tampoco quiere los cambios. El Tribunal de Cuentas no quiere los cambios; nosotros queremos los cambios.-

Y también en una parte se estuvo diciendo hoy que tenemos que mejorar la redacción y que tenemos que ser mucho más prolijos; en  eso también estamos de acuerdo.-(cg)

                Y muchas veces de lo que viene del Ejecutivo;  desde el Ejecutivo es que tenemos  que ser prolijos.-

                Fundamentalmente por estas razones -y para no extender más, señor Presidente- es que no estamos aceptando las observaciones que a esta Adecuación Presupuestal le está haciendo el Tribunal de Cuentas, por lo tanto va a haber cuarenta días de impasse hasta que la Asamblea General se pronuncie sobre este tema.-

Quiero hacer una referencia antes de que alguien la diga.-

                Yo tenía entendido que eran sesenta días -y lo tenía firme que eran sesenta días-, yo creo que en la Ley Orgánica Municipal dice sesenta días, pero con la reforma “naranja” de la Constitución en el año… -que no me acuerdo cuál-…

SEÑOR GASTÓN PEREIRA.- 67.-

SEÑOR TOLEDO.- …67 -pero como no era nacido no sabía de eso-, ahí se modificó y pasó a cuarenta días        -digo yo-, pero no la recordaba.-

Quiero dejar esa constancia y mención porque algún Edil va a salir pateando porque yo he manifestado, en todas partes, que son sesenta días y no son sesenta días, son cuarenta días que tiene la Asamblea General para expedirse.-

Señor Presidente, por ahora lo dejo así. Como miembro informante, capaz que uso los cinco minutos finales.-

Gracias.-

Durante esta alocución, se retiraron los Ediles Oscar Olmos, Hebert Núñez e ingresaron los Ediles Marilín Moreira y Eliseo Servetto.-

SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Edil Pereira.-

SEÑOR GASTÓN PEREIRA.- Gracias, Presidente.-

                Nosotros creemos que en esta instancia que tiene hoy la Junta, que no está habilitada a formularle modificaciones a la Adecuación Presupuestal en virtud de las disposiciones constitucionales que rigen en la materia, nos pareció oportuno tomar decisiones políticas y ser sensibles a determinadas situaciones que se vienen arrastrando desde hace años y, de alguna manera, trasladarle  a la Asamblea General el análisis de las eventuales faltas que hay a la normativa vigente, en la medida que estamos solucionando el problema que se viene arrastrando con los funcionarios del Municipio que, en el caso de que hoy no estuviéramos rechazando estas observaciones, significaría que se trasladase recién para el 2011 la solución al tema; si es que existe voluntad política en un nuevo Presupuesto -bueno es decirlo.-

                En segundo lugar porque estamos dándole una solución y una perspectiva más clara a través de una partida específica dentro de lo que todavía no estaba asignado por parte del Ejecutivo a la solución o la regularización del Barrio San Antonio.-

Básicamente esos son los dos pilares por los cuales estamos rechazando las observaciones del Tribunal de Cuentas, más allá de algunos aspectos que hay, que son más de forma que de fondo, que es bueno que en una futura instancia se tengan en  cuenta, pero que en esta no hubo tiempo, no hubo plazo para así hacerlo y ese es el motivo por el cual estamos suscribiendo el informe junto con nuestros compañeros Toledo y Chanquet.-

                Gracias, Presidente.-

SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Edil Echavarría.-

SEÑOR ECHAVARRÍA.- Gracias, Presidente.-

                Más que nada, a modo de aclaración. El Edil que estuvo hablando antes que el Edil Pereira hablaba de que le llamaba la atención las pocas observaciones, digamos -siete observaciones-, y no tomaba en cuenta las observaciones presupuestales.-

                Es bueno destacar que en el punto 3 habla del análisis de asignaciones presupuestales proyectadas, de lo cual menciona los recursos departamentales nacionales.-

                En el punto 3.2 dice que debido a la información citada en el párrafo anterior no fue ingresada con suficiente antelación para su estudio.-

                Creo que eso explica también por qué no ha tenido observaciones ese punto.-

                Lo mismo que en el punto 4, que también habla de las asignaciones presupuestales proyectadas, que debido al escaso tiempo no pudo ser estudiado como corresponde, si no, seguramente tendríamos unas cuantas observaciones más.-

                También es bueno destacar, en el 5.6, que habla de la vaguedad de la reglamentación: “la falta de reglamentación y la vaguedad de las normas previstas por los artículos 84 y 85 que impide determinar su legalidad”.-

                El señor Edil que hablaba anteriormente hablaba de cómo se puede hablar de ilegal cuando va a salir de Fondo de Garantía de Alquiler.- (m.g.g.)

                 En primer lugar los plazos legales no dan, porque el Fondo de Garantía de Alquiler significa doce meses de garantía con opción a doce meses más. Ahí excede los plazos legales, lo mismo para los plazos de los proyectos productivos.-

                Cabe destacar que en el Artículo 86 se hablaba de que “la Intendencia reglamentará la aplicación de los fondos previstos en los dos artículos precedentes. Dichas reglamentaciones estarán vigentes una vez que las mismas sean aprobadas por la Junta Departamental”, lo cual significa que los técnicos que asesoren al Intendente van a tener que tener muy en cuenta de que no se pasen los plazos previstos, que no pasen a ser ilegales esos puntos.-

                Señor Presidente, simplemente una opinión personal -que no le caiga mal a nadie-, lo he pensado siempre -quizás mucho de los que están acá también-, creo que tantas faltas y tantas carencias muestran, quizás tratando de salvaguardar la imagen del Intendente -al cual, a título personal, respeto mucho-, la carencia técnica con la cual el mismo se ha rodeado.-

                Gracias por ahora, señor Presidente.-

SEÑOR PRESIDENTE.- Señor Edil Toledo, como miembro informante…

SEÑOR TOLEDO.- No, una moción de orden. Dar por suficientemente discutido este tema y pasar a votar, ya que tanto el Gobierno como la oposición ya marcaron su posición.-

                Esa es la moción, que se vote.-

SEÑOR PRESIDENTE.- Pasamos a votar lo solicitado por el señor Edil Toledo, entonces, como moción de orden. Los señores Ediles que estén por la afirmativa, por favor…

SE VOTA: unanimidad, 29 votos.-

SEÑOR TOLEDO.-             Vamos a pedir que se vote el informe en mayoría.-

SEÑOR PRESIDENTE.- Pasamos a votar entonces el informe en mayoría. Los señores Ediles que estén por la afirmativa...

SE VOTA: 16 en 29, afirmativo.-

                El señor Edil Laventure, para fundamentar su voto.-

SEÑOR LAVENTURE.- Señor Presidente, hago la fundamentación en nombre del Partido Nacional, destacando que, si bien la conclusión de los dos informes es la misma en cuanto al trámite final que va a haber que darle a estas observaciones, creo que ha quedado de manifiesto la diferencia de la profundidad del enfoque de cada uno de los informes -el trabajo que además quiero destacar de los compañeros de la Comisión de Presupuesto-, en el cual se deja claramente establecido quiénes tienen responsabilidades y se deslinda de responsabilidad a quienes no la tienen.-

                Entonces, independientemente de que la conclusión -y así va a acontecer- del informe va a ser la misma, queríamos -a través de esta fundamentación- dejar claramente establecido -como lo hace el informe en minoría- cuáles son las razones por las que el Partido Nacional aconseja lo que aconseja y el llamado de atención, que más que un llamado de atención a esta altura diría que es un grito de alarma ante las constantes equivocaciones o errores técnicos que se cometen desde el Ejecutivo.-

                Gracias, señor Presidente.-

Moción de orden…

Durante la citada fundamentación, se retiró el Edil Juan C. Serrón.-

SEÑOR PRESIDENTE.- Una moción de orden…

SEÑOR LAVENTURE.- Reconsideración de votación.-

SEÑOR PRESIDENTE.- Pasamos a votar lo solicitado por el señor Edil Laventure. Reconsideración…

(Dialogados en la Mesa).-

                Rectificación, perdón. Rectificación de votación.-

                Señor Edil Laventure, reitéreme qué está solicitando, por favor.-

SEÑOR LAVENTURE.- Ahora, rectificación de votación.-

SEÑOR PRESIDENTE.- ¿Rectificación? Bien. Pasamos a votar. Los señores Ediles que estén por la afirmativa...

SE VOTA: 15 en 28, negativo.-

(Dialogados).-

En este momento, ingresa el Edil Juan C. Serrón.-

SEÑOR SAROBA.- Rectificación de votación.-

SEÑOR PRESIDENTE.- Rectificación de votación está solicitando el señor Edil Saroba.-

(Dialogados).-

 Pasamos a votar, señores Ediles. Los señores Ediles que estén por la afirmativa, por favor… Rectificación.-

SE VOTA: 16 en 29, afirmativo.-

Posteriormente, se retira la Edila Isabel Pereira e ingresa el Edil Fernando Velázquez.-

SEÑOR LAVENTURE.- Para pedir reconsideración de votación, señor Presidente.- (a.f.r.)

SEÑOR PRESIDENTE.- ¿Perdón…?

SEÑOR LAVENTURE.- Reconsideración de votación.-

SEÑOR PRESIDENTE.- El señor Edil Laventure está solicitando reconsideración de lo resuelto. Los señores Ediles que estén por la afirmativa…

SE VOTA: unanimidad, 29 votos.-

SEÑOR TOLEDO.- Presidente, vamos a mocionar para que se junten las dos Resoluciones finales de los dos informes -o sea, para votar la conclusión de los dos informes- de no aceptar las observaciones y pasar a la Asamblea General, de acuerdo al Artículo 225 de la Constitución.-

(Dialogados en la Mesa).-

SEÑOR PRESIDENTE.- Sólo las Resoluciones, ¿verdad?

SEÑOR TOLEDO.- Las Resoluciones.-

SEÑOR PRESIDENTE.- Pasamos a votar lo solicitado, entonces, por el señor Edil Toledo. Los señores Ediles que estén por la afirmativa…

SE VOTA: unanimidad, 29 votos.-

En consecuencia, VISTO: la parte resolutiva de los Informes en Mayoría y en Minoría emitidos  por la Comisión de Presupuesto, Hacienda y Adjudicaciones  que este Cuerpo comparte,  LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESION DE LA FECHA, RESUELVE: 1º) No aceptar las observaciones formuladas por el Tribunal de Cuentas de la República. 2º) Remitir la Adecuación Presupuestal, con lo actuado, a consideración de la Asamblea General conforme a lo establecido en el Artículo 225 de la Constitución de la República. 3º) Declárase urgente.-

SEÑOR TOLEDO.- Declárese urgente.-

SEÑOR PRESIDENTE.- Pasamos a votar la solicitud de urgencia. Los señores Ediles que estén por la afirmativa, sírvanse expresarlo…

SE VOTA: 27 en 29, afirmativo.-

(Aplausos).- c.i.-

Siendo la hora veintiuna y cuarenta y seis minutos y habiéndose agotado el temario previsto, el Sr. Presidente da por finalizada la Sesión, labrándose para su debida constancia la presente que se firma en el lugar y fecha indicados ut supra.-

 

 

Sr. Roberto Domínguez Gómez

Presidente

 

 

 

Sra. Nelly Pietracaprina   

Secretaria General

 

 

 

Sra. María Desanttis de Pérez

Directora de Departamento

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